Tema: La custodia compartida en valencia - a punto de ser aprobada - si no hay acuerdo se establecera la custodia compartida. exito del pp y de compromis
A lo que habra que estar muy atentos es como se va a aplicar la ley no tanto en los juzgados de primera instancia sino en la AP...la AP es la que le dió la custodia de una menor a la sra Carrascosa condenada y encarcelada en EEUU por secuestro, esperemos que hayan reflexionado y que se den cuenta de que los tiempos...y sonbre todo las leyes han cambiado...además llevan ya varios varapalos el último del TS....
pero el revolcón más llamativo en lo que respecta a la custodia compartida fue este otro coscorrón del TS..a la AP de Valencia...esperemos que se lean la Ley de Custodia Compartida con detenimiento...
http://sentencias.juridicas.com/docs/00329491.html
FALLAMOS
1º Estimar el recurso extraordinario por infracción procesal presentado por la representación procesal de D. Eduardo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, Sección 10ª, de 15 enero 2007 , dictada en el rollo de apelación nº 910/2006.
2º Estimar el recurso de casación presentado por la representación procesal de D. Eduardo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, sección 10ª, de 15 enero 2007 , dictada en el rollo de apelación nº 910/2006.
3º Se casa y anula la sentencia recurrida.
4º En su lugar se repone la sentencia dictada por el Juez de 1ª Instancia del Juzgado nº 24 de Valencia, de 26 junio 2006 , cuyo FALLO dice: "Que estimando parcialmente la demanda de Divorcio instada por la representación de D. Eduardo contra Dª Esmeralda , declaro Disuelto por causa de Divorcio el matrimonio formado por D. Eduardo y Dª Esmeralda con todos los efectos legales, y en especial los siguientes:
1º) Se acuerda el sistema de guarda y custodia compartida en relación al hijo menor de los litigantes, guarda mensual alternativa, con el sistema de comunicación y visitas que se detalla en el Fundamento de Derecho nº dos de la presente resolución, debiendo cooperar los progenitores en relación a las responsabilidades y funciones referentes a la guarda y custodia de su hijo.
2º) Cada uno de los progenitores abonará los gastos ordinarios (estudios, alimentación, ocio, vestido...) que se produzcan cuando el menor se encuentre bajo su guarda, abonando por mitad los gastos extraordinarios que devengue su hijo menor, con independencia de cuando se produzcan.
D. Eduardo , seguirá abonando los gastos del menor referentes al seguro médico de Sanitas, la cuota por pertenencia a la Falla y los gastos escolares de comedor".
5º No se imponen las costas de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación a los litigantes.
6º No se imponen las costas de la apelación a ninguno de los litigantes.
Líbrese a la mencionada Audiencia la certificación correspondiente, con devolución de los autos y rollo de apelación remitidos.
´Con la Ley 15/2005, de 8 de julio, se modificó el Código Civil en materia de separación y divorcio y se añadió la posibilidad de la custodia compartida, pero si bien es cierto que de eso ya hace 6 años, la realidad es que en Valencia no se ha estado acordando dicha medida salvo raras excepciones. Y digo "no se ha estado" porque desde la sentencia del pasado 1/10/2010, la cosa ha cambiado al revocar el Tribunal Supremo una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia en la que se oponía a la custodia compartida establecida por el Juzgado de Primera Instancia nº 24 de Valencia. Hasta entonces lo habitual era que, si un Juzgado de Primera Instancia establecía el régimen de custodia compartida, la Audiencia Provincial, al resolver el recurso, con el famoso "corta y pega" incluyese un famoso párrafo (que todos los que nos dedicamos a esto en Valencia, conocemos de sobra) en contra de que se estableciese la custodia compartida.
Desde esta famosa sentencia han aumentado considerablemente los casos en los que, generalmente los padres, no se conforman con los fines de semana alternos e intentan acordar una custodia compartida o la solicitan si el procedimiento no es amistoso.
No debe pasarse por alto que para que se establezca la custodia compartida debe existir un informe psicológico que concluya que este sistema es el que mas favorece al menor en cuestión.`
HOLA a todos otra vez, después de leer varias noticas me parece que esta ley no se va a aplicar automáticamente como a mí me gustaría, ya que mi hija es 50% mío y 50% de mi ex. Yo veo a mi hija 2 tardes a la semana y un finde cada 15 días.Que posibilidades tengo de pedir una modificación, ya sea custodia compartida o no, ya que a mí me gustaría que esas 2 noches que paso con ella entre semana se quedara a dormir, pero en contra tengo que no vivo en la misma localidad y que mi hija tiene otra hermana, la que tiene mi ex con su actual pareja. La pregunta es, que he leído que auque se apruebe esta nueva ley, que por cierto está pendiente de que le pongan un recurso de inconstitucionalidad, sólo se tendrán en cuenta las sentencias y/o acuerdos que supongan una alteración de las modificaciones de medidas adoptadas en su día y no se tendrán en cuenta, que se pidan modificaciones de medidas así porque sí, alguien me puede ayudar, PERDON POR SE TAN EXTENSO PERO NO SABÍA COMO EXPLICARME BIEN.
GRACIAS.
Las leyes están hechas para cumplirse, en el caso de que esta ley ha sido aprobada y publicada y entra en vigor el 5 de mayo, si o si, es decir estará en vigor, otra cosa es que se planteé recurso de inconstitucionalidad para lo cual podemos estar hablando de muchos años hasta que se resuelva con resultado en todo caso incierto de hecho si el recurso es promovido por el actual gobierno central del PSOE lo que suena más a pataleta que a un verdadero recurso con base juridica, habría que ver si con un gobierno central del PP (que parece bastante probable) se le daría empuje a este hipótetico recurso, ya que incluso no es seguro que lo presente el gobierno actual....
Es decir una vez clarificado que la Ley entrara en vigor lo que es relevante es como se va a aplicar, tanto por los tribunales de primera instancia como por la AP, si bien es cierto que en los últimos tiempos a la AP el TS le ha revocado sentencias y le ha dado varios varapalos por interpretaciones sectarias de la Ley en lo que respecta a la concesión de custodias compartidas (concedidas en primera instancia) como en el caso del pago de hipotecas (reciente sentencia del TS revoca resolución de la AP obligando a un pago injusto 80% 20% ..)
Asi que quedamos todos emplazados valencianos como no valencianos a seguir un estrecho seguimiento de la aplicación de la ley de custodia compartida y todos los padres valencianos van a tener el apoyo de otros cientos de miles de padres de otras regiones...como la tienen los padres aragoneses o catalanes, en aragón al parecer los juzgados de familia están colapsados en concreto en Zaragoza donde solo existia una sola trabajadora haciendo informes psicosociales...para toda la provincia...demencial pero cierto.
Respecto a su situación, en primer lugar, un consejo debe aclararse entre lo que quiere pedir usted y una custodia compartida, al parecer usted lo que quiere pedir son dos pernoctas dentro de su actual regimen de visitas eso se puede parecer a una custodia compartida pero no lo es.
Usted en cualquier caso debe pedir una modificación de medidas, y la debe solicitar en el contexto del cambio legislativo, eso ya seria motivo suficiente para que se la admitieran a trámite, es decir usted no la esta presentando por que si..la esta presentando por que las circunstancias han cambiado, la ley, es más en la ley se le da un plazo para que se presenten las demandas, yo de ser usted pediria una custodia compartida con regimen semanal e intercambio los lunes en el centro escolar y con visita intrasemanal con el otro progenitor sin pernocta el miercoles. Los gastos de la semana de convivencia de los menores a cuenta del progenitor con el conviva el menor y gastos extraordinarios a mitad....y si hay hipoteca tambien gastos a mitad. En el caso de que no se le conceda la compartida yo pediría subsidiariamente las dos pernoctas como usted dice, no se que otras cosas tiene en el convenio pero quizas deberia solicitar el pago a mitad de la hipoteca o la liquidación de gananciales ....
Creo que en primer lugar debe aclararse que es lo que usted quiere y sobre todo que tipo de relación quiere con sus hijos y a partir de ahi actuar en consecuencia, esta en su mano por lo menos intentar que cambie la situación y la relación con sus hijos...
Tritón: ¿cientos de miles de padres? En Aragón, después de todo el revuelo, sólo se habían solicitado 120 revisiones de custodia a pesar de ser una comunidad con unos 2500 divorcios al año.
Ler: su hijo no es 50% de usted y 50% de su ex. Él es su propio dueño 100%.
Sergi2: aquí sólo pueden intervenir las segundas parejas femeninas. Las masculinas no. ¿No se lo dijeron al apuntarse? Además, qué es eso de defender a los niños. No hombre no, aquí se trata de repartir la mercancía, hay que proteger a los propietarios.
Por supuesto que hay que proteger la propiedad de personas que pretenden quedarse con lo ajeno, en España todavía las feminazis no han conseguido sacar ninguna ley según la cual cualquier propietario tenga que ceder su propiedad a cualquier no propietaria a condición de que no sepa tabajar pero sí cómo quedarse preñada y llorar que la mantengan.
Paradojas de la vida ,despues de ser toda la vida mujer ,aun me cuesta entender el mecanismo de nuestra mente.
Si como dice kili ,(Ya me contara de donde ha sacado el dato de las 120 revisiones),los hombres no van a pedir la CC ,entonces ¿porque ese miedo a que se apruebe?...
no estaria de mas que citara sus fuentes, según tengo entendido el ritmo es de más o menos unas 60 revisiones mensuales, si bien la entrada en vigor fue no hace mucho, hace apenas unos meses. Pero es que la cifra que usted da 2500 divorcios en Aragón son anuales y se corresponden a los que implican no implican a menores (un 60 % del total) y de entre los que hay menores están los contenciosos y los de mutuo acuerdo, ...es decir que esas 80 demandas de revisión mensuales que serían en torno a las 900 anuales son un buen ritmo de solicitud revisiones....y me consta que algunos abogados pueden estar esperando como dictaminan los juzgados para recomendar a sus clientes presentar la suya, aparte de que los juzgados de Aragón están ya colapsados con las revisiones presentadas de momento...pero es que obvia otro dato fundamental y es cuantas demandas se presentan ahora solicitando la custodia compartida...y al parecer son bastantes más, que con anterioridad.
ahi van algunas fuentes, facilite las suyas...aunque la manipulación de decir 150 demandas en unos pocos meses respecto a el múmero de divorcios totales (con niños o no, contenciosos o no) creo que dice algo de alguien que no quiere ver o que quiere hacernos ver otra realidad....
Y como le han dicho si tan pocas revisiones se van a pedir que miedo hay a la custodia compartida....
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http://www.heraldo.es/noticias/zaragoza/la_custodia_compartida_atasca_los_juzgados_familia_con_revision_120_separaciones.html
Juicios fijados para junio
Esta falta de profesionales está condicionando la agenda de los jueces. En concreto, el titular del Juzgado de Familia número 6, Javier Forcada, reconoce que está fijando sus juicios para junio. "Si necesitamos un informe psicológico o de una trabajadora social, hasta que no lo aporten, no se puede celebrar la vista", explica.
El juez es rotundo al manifestar que están sobrepasados por el exceso de trabajo. "Está claro que ahora se ha multiplicado el número de sentencias y nos hacen falta más medios", señaló Forcada.
Hace un mes y medio, un separado preguntó en una conferencia celebrada del Colegio de Abogados: "Soy un padre pagador de la pensión, ¿cuándo podrá aplicarse la revisión de la separación?". Si entonces le dijeron que la fecha del juicio para esa modificación, si no hay acuerdo entre las partes, sería para abril, el atasco de la custodia compartida ya provoca una lista de espera de medio año. Sería para junio.
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antena 3
Los juzgados de familia en Aragón colapsados por la Ley de Custodia Compartida
En tres meses han recibido más de 150 revisiones de custodias, en las que el juez ha determinado ante la falta de acuerdo de los padres, que compartan tiempo con el hijo y manutención.
La portavoz del Grupo Popular de las Cortes de Aragón en materia de Justicia, Yolanda Vallés, ha reclamado este miércoles al Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior del Ejecutivo autónomo que dote de más personal a los Juzgados de Familia para atender mejor la próxima "avalancha" de peticiones de custodia compartida.
Los populares han registrado una proposición no de ley en este sentido. En rueda de prensa, Yolanda Vallés ha explicado que la Ley de Custodia Compartida da un plazo de un año, a partir de septiembre de 2010, para poder solicitar la revisión de los convenios que regulan la relación de los padres separados con los hijos cuya custodia no tienen.
Así, Vallés ha señalado que se va a producir, en los próximos meses, una «avalancha» de peticiones de revisión, lo que ya ha elevado a seis meses los plazos de fijación de los señalamientos para estas vistas en los Juzgados de Familia, lo que a su vez ha aumentado a ocho o, incluso, nueve meses las fijaciones de señalamientos en toda la jurisdicción civil. A día de hoy estos juzgados están «colapsados», ha dicho la diputada.
Tritón,
Aquí tiene usted la tasa de divorcios de Aragón y el porcentaje de ellas con hijos menores (52%): http://www.divorciodirect.com/divorcios-con-hijos-menores-de-edad/
Esto arroja un total de 1.361 divorcios con hijos al año.
Alrededor del 50% de divorcios en Aragón son contenciosos (http://www.medifam.net/educacion/articulos/art2-3.htm).
Si quieren ustedes consultar los datos de divorcio en Aragón pueden verlo aquí:
https://www.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/Organismos/InstitutoAragonesEstadistica/AreasTematicas/EstadisticasSociales/JusticiaSeguridadCiudadana/ci.22_Nulidades_separaciones_divorcios.detalleDepartamento?channelSelected=e648c6daf36fa210VgnVCM100000450a15acRCRD
En los datos de 2009 (los más recientes) hay cosas muy interesantes:
- 1272 separaciones/divorcios con hijos
- Las demandas de separación/divorcio se presentan por igual por parte de hombres y mujeres (31% hombres, 34% mujeres, 35% ambos)
- El 70% de las separaciones/divorcios se producen de mutuo acuerdo.
- 6% custodias paternas, 83% maternas, 10% compartidas