mildudas me gustaría ponerme en contacto contigo, dejame un mail, te entiendo perfectamente y tienes mucha y auténtica razón, no como otras que se quejan de vicio. un abrazo y mucho ánimo, eres de muy buena pasta.
Cada caso es un mundo Miguel y la ley es igual para todos, pero aun asi confio en la justicia, pues los jueces son PERSONAS que aplican la ley no lo olvides. Espero que tengas suerte
mildudas, a mi me pasó lo mismo. No paró hasta dejarme en la ruina, todo comprado con la venta de bienes privativos mios, ha arramblado con lo que ha podido y después me ha dicho que venda algo de mis padres por que quería que le idemnizara, je, por vivir como un mantenido sin dar palo al agua ni levantarse nunca antes de las 12.
Y ahora se ha metido a vivir en un piso que pagé yo a 100% muebles incluidos, proveniente todo de bienes privativos mios y le puse al 50% y ahora el muy jeta se atribuye el usufructo de por vida, según sus palabras, osea que si quiero ver un duro, va a ser una ruina en abogados y no tengo ni idea de lo que pueda pasar.
Es que les hay para darles de comer a parte, y a ser posible, bellotas
Clareta, como se ha dicho, se puede instar a la liquidación de la sociedad de gananciales, a lo cual si no hay acuerdo el juez adjudica el 50% de la vivienda a cada uno.
Si no hay acuerdo de venta, se puede solicitar que se subaste, pero el uso y disfrute de la propiedad la tienen los hijos y esa carga la tiene que aceptar el comparador.
Quien compará una vivienda con inquilinos que no sabe cuando tendrán esa independencia economica para dejarla libre?
Creo que con estas cargas nadie pujará, y la vivienda quedará como está al 50%, con repartición de hipoteca y gastos.
Locke y Ferro57, en primer lugar, saludos y gracias por vuestras aportaciones.
Por vuestras aseveraciones observo que el hijo o hija puede disponer de la vivienda conyugal casi indefinidamente. Creo, simplemente por cuestión de lógica que os equivocais de plano. Pensais que un Juez va a tragar con que el hijo estudie y estudie toda la vida.
Por eso mencionaba el hecho de poner un limite temporal, es decir, hasta los 25 años, que considero una edad apropidada porque le ha dado tiempo para estudiar una gran carrera e incluso la especialidad.
En fin, todo son opiniones, y después los tribunales, sí se acude al contencioso, interpretarán las normas a su manera y según quien te toque.
Yo estoy haciendo todo lo posible para hacerlo por el mutuo acuerdo, pero.... Dios y la parienta dirá...
Saludos y seguid participando en el foro. La cosa se pone interesante. Gracias.
JGC, no te entiendo bien cuando dices en sus casas, porque sí no de aque no me mueven ni los geos. Me imagino que serás el conyuge no custodio y el derecho de uso y disfrute de la vivienda conyugal lo tendrá tu ex-mujer no?.
Explícate, no te cortes. Tuvistes muchos problemas para que tu ex firmara el convenio con esa limitacion de 25 años? Expón tu caso, cuanto pagas de pensión alimenticia, has disuelto la sociedad de gananciales, etc, etc.
Saludos.
Juridicamente quien mas te pueden ayudar sea Locke y Ferro57, ya que mí caso es totalmente distinto al tuyo, yo tengo la cuestodia y mis hijos el uso y disfrute del piso. La verdad es que no me costo que firmara ya que tenia una demanda de divorcio contencioso y al final por acabar cuanto antes accedi al mutuo acuerdo, pero es que cada caso es un mundo, sí hubiera sabido que se portaria con los hijos como lo esta haciendo la hubiera hundido ya que podia.
Para nada la adscripcion del uso d ela vivienda es eterna. En principio rara es la demanda no atendida cuando los hijos alcanzan los 30 años. Mas a mas nada raro encontrarse una mama que une el dolor de la muerte del hijo a su expulsion del domicilio ya que muerto este pierde tal "derecho" que jamas tuvo y solo detenta facticamente por el hijo.
Ya hay mas de una sentencia de audiencia en la que se ratifica el cese de la adscripcion de uso al convivir la madre custodia en dicho domicilio con otrra persona con relacion concomitante a la marital.
Hay muchas mas causas de las que parecieran para que cese esa adscripcion de uso. Todas ellas imprevisibles para el propietario que la soporta.
No aconsejaria poner el limte temporal tanto en cuanto ese "derecho" no es entre iguales sino que se otorga al menor y el "favor filis" suele jugar en contra de su ejecucion forzosa.
Un saludo
Que espera mi respuesta? y cuál es la pregunta?? creo que intenté ayudarle en mi post anterior, otra cosa es que no le sirva.
Si quiere pactar, pacte, si lo quiere hacer constar, hágalo constar, pero si su hijo con 25 años le quedan dos años para terminar la carrera, por ejemplo, seguirá viviendo en la casa y no podrá ejecutar de ninguna manera dicho plazo.
Plazo máximo?? no hay, libre apreciación de los señores jueces.
Muchas gracias a los dos por vuestras aportaciones.
En cualquier caso, considero que más vale poner límite temporal, sí la ex accede, que no ponerlo.
De todos modos, estoy de acuerdo que al final todo dependerá del juez/a que te "toque".
Saludos.
Por desgracia la ruptura conduce directamente a un empobrecimiento. Manener dos domicilios etc incrementa a veces de forma brutal los gastos. Al punto que recuerde como el entonces ministro de Haqcienda D Carlos solchaga "justificaba" el mayor pago de impuesto de IRPF en el ahorro que suponia la convivencia en el matrimonio. hubo de ser el Tribunal Constitucional quien obligara la modificacion que hoy vivimos en el 89 que nos permite declarar individualmente.
Dicha menor capacidad economica recaera en los hijos como en los progenitores como no puede ser de otra manera; no todos pueden ser hijos de "Botin" por poner un ejemplo.
Es mas en muchos paises ocidentales se calcula los gasots del no custodio antes de marcar la correspondiente pension de alimentos para poder marcar el autentico nuevo nivel de vida.
En todo caso la decision es personal.
Un saludo
Ferro, eso que dices en tu primera actuación,
"vervi gracia a una minusvalia preexistente o sobrevenida", no se que quiere decir con eso
Te cuento, cuando yo realicé mi separación, tenía y tengo un hijo con minusvalía, el 65%, permanente, y otro niño pequeño, y la custodia de mutuo acuerdo fue para ella, ya que no trabajaba, y yo por mi horario era imposible dedicarme a ellos. Ahora bien, la vivienda se puso cuando sean economicamente independientes, "lógicamente si el hojo es dependiente", creo y no se si me equivoco que cuando el otro salga de casa se puede solicitar la vivienda, digo creo.
Si me puedes comentar algo al respecto o cualqueir cosa de interés, Gracias"
Ferro, el mejor conEjo? Para mi todos menos el de la ex. En fin, fuera bromas.
En el convenio liquidamos la sociedad de gananciales, y la propiedad de la casa se divide por mitad para cada conyuge. Ella no quiere vender, porque sabe que el uso y disfrute de la misma se puede alagar mucho tiempo, como tu bien dices.
No te entiendo cuando dices liquide la propiedad del piso si las pérdidas son asumibles. Por favor, explícate. Ya te digo que ella no quiere vender.
Un saludo y sonrie Ferro.
Siendo la propiedad de la casa de los dos ex-conyuges, si ella no quiere vender, se quedará en la casa hasta que los hijos tengan esa "independencia económica".
Ya que la vivienda se concede en uso y disfrute a los hijos, independiente de quien se la propiedad, se podría subastar, pero tendria la carga de que tiene inquilinos.
No creo que nadie compara la casa con esas condiciones