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Expediente de incapacidad permanente

1514 Comentarios
Viendo 281 - 300 de 1514 comentarios
29/05/2019 14:48
Piros1985
Exacto, pero el punto 8 no lo vas a ver concluido. Directamente cambia la página donde verás que el expediente se ha resuelto con X fecha. Y el detalle de la primer pago de la pensión y cuando cobrarás.
Enhorabuena!!
29/05/2019 19:16
Mihero
Ya me sale la cantidad a percibir en TUSS aunque no ha concluido el punto 8, y aquí falla algo.
El desempleo cotiza igual que si estuviera trabajando verdad? Entró en cotizaciones efectuadas y me salen los dos años de desempleo a 1680€ de C.C y se supone que en clases pasivas he cotizado por esa cantidad también. Y aún así no se como lo han ajustado que por la pensión que pone me han puesto una base reguladora de 1000 euros.... Esto es Normal? O puede haber errores en el calculo?
29/05/2019 19:23
Piros1985
Ya te dije anteriormente que el punto 8 nunca lo verás concluido porque automáticamente te sale en la página lo que vas a cobrar de pensión y desde que fecha tienes la IP.
Sobre lo que vas a cobrar, casi nunca se equivocan mirando las bases de cotización. Pero para tu tranquilidad pásate en la oficina de la S.S
29/05/2019 19:31
Mihero
Este es un tema de clases pasivas Yolanda, para que tienen que introducir las cantidades cotizadas a mano el programa que usan ellos no lo hace automáticamente por eso dudo que lo hayan hecho correctamente, porque no es normal que haya cotizado desde 2009 una media de 1650 euros y me quede de base reguladora 1000. Algo han hecho mal seguro jajajajaja
Por otra parte, cuando se concluye el punto 8 y sale la página de la pensión, hay información de las cotizaciones y demás? O sólo sale como en TUSS? En la carta certificada si viene de donde sacaron la base reguladora?
30/05/2019 08:57
Mihero
Bueno acabo de hacerle una visita a una amiga abogada y segunsegún ella, al 100% segura de que la base reguladora que me han aplicado está erróneamente calculada, ahora tengo cita en la SS para ver si me imprimen la docu mentacion de la resolución donde vengan los tiempos que han cogido para calcularla. Y me ha asegurado que si hago la reclamación yo seguiré cobrando tal como está calculada ahora mismo hasta que se resuelva la reclamación, mi temor era que estuviera sin cobrar nada hasta que se solucionará. Ya decía yo que no era normal que con una base de cotizacion media desde 2009 hasta diciembre de 2018 de 1600€ me hayan dejado una base reguladora de 980€. Cuando vuelva os comentaré si he conseguido aclarar algo compañeros.
30/05/2019 09:59
Mihero
Si tu base reguladora te queda 1600€ Si es una permanente total para tu trabajo y eres menor 55años se sacarán el 45% de los 1600 que es tu base y Si es un absoluta se quedará el 100% o sea los 1600 más o menos.la permanente total hay retenciones de irtf
30/05/2019 12:13
Vilasecano
A ver ya tengo medio aclarado el tema, el error ha sido de ellos para no variar, me han cogido los últimos 5 años de cotizacion, los dos últimos de desempleo a 1680 euros de base de cotizacion, y los tres restantes la persona que se encarga de este calculo ha tenido la genial idea de ponermelos como lagunas de cotizacion (entre 700 €y 750€ ) cuando esos tres años están cotizados por clases pasivas a una base de cotizacion del grupo C2 equivalente al 4 creo recordar que son 19993 euros anuales, para a 1680 mensuales. Y yo solicite 3l computo reciproco, pe4o esa subnormal porque no tiene otro adjetivo, ha usado el computo sólo para completar los años de cotizacion pero a la hora de computar las cuantías las ha dejado como lagunas. Ya me esta haciendo la reclamacion mi abogada, porque de 540 euros que me han quedado hasta los 758 euros que es la cantidad real de pensión que me corresponde hay bastante diferencia. Y por cierto, la total que me ha quedado no descuenta IRPF
31/05/2019 08:44
Mihero
¿es normal que después de 11 días de tener el punto 3 concluido no se haya movido?

he ido al INSS y me dice la administrativa que no me puede dar el dictamen propuesta porque no lo han escaneado y lo han subido que van con mucho retraso.

Se ha quedado con mi número de teléfono que lo va a mirar todos los días para mandármelo en cuanto esté gestionado.
31/05/2019 16:19
Mihero
A todo esto, la fecha que me han puesto de efectos económicos es del 24 de abril, y pone fecha límite de pago de la primera pensión 31 de mayo, yo no he cobrado nada aún, y además en el desglose me pone que me descuentan el subsidio por incapacidad temporal del mes de mayo que tampoco he cobrado y se suele cobrar el penúltimo día de cada mes. Es normal que tarden? O me harán un pago único? Tampoco he recibido el mensaje de que haya hecha ninguna orden de pago y ya siendo viernes tiene pinta de que se van a ir a la semana que viene.
31/05/2019 16:50
Piros1985
En mi caso:
Expediente resuelto 24/04/2019
Fecha efectos económicos 23/03/2019 (pasé el EVI)
Detalle pensión de! Primer cobro del 25/03/2019 al 30/04/2019
Primer pago de pensión con efectos retroactivos
09/05/2019
Segundo pago pensión normal 25/05/2019
03/06/2019 14:19
Mihero
Mi hijo tiene cancer y pasó el Tribunal médico el 9 - mayo 2019 a pasado ya un mes y no aparece ningún apartado ¿ qué podemos hacer? No le pagan por ningún lado y hasta ahora cobraba por la seguridad social
03/06/2019 19:30
Mamaita11
Si no os sale ningún expediente tiene pinta de alta.
Coge cita previa en la oficina del INSS más cercana
03/06/2019 22:41
Piros1985
Buenas noches, mi expte. se abrió el 18/04/19 y estan concluidos los punto 1,2,3 y 4 . El 5 no ha desaparecedo y siguen los 8 ptos. egun comentatios en este hilo esto es buena señal. ...
El punto 4 se concluyó antes q el 3 que cocluyo el dia 30 y desde entonces el resto de los puntos no se han movido.
Mi pregunta es ¿cuanto tiempo suele tardar en finalizar el punto 5 del expte.?

Gracias y un saludo.
07/06/2019 11:29
Mihero
Buenos días, mañana hago 2 años exactos de la IT y sigo con el punto 4 pendiente y el 5 desaparecido ¿se pueden pasar los 2 años y no tener el expediente resuelto?
07/06/2019 11:38
Mochotre
A ver, cuando te vio el médico 2valuador y te propuso para la incapacidad, o cuando tu la pediste y te aceptaron estudiarla, vamos, en cuanto se abre el expediente ya no estás de baja automáticamente, te dan de alta con propuesta de incapacidad a petición del interesado o de oficio por los médicos. Desde ese día hasta que se resuelve el expediente sigues cobrando la incapacidad temporal, pero de baja no estás.
Eso sí, en cuanto el expediente este resuelto. En cuanto te lo comuniquen y si es denegada. Al siguiente día estas de alta y te tienes que reincorporar a tu trabajo o lo que sea que estés haciendo. Y si has agotado el tiempo máximo de baja por esa dolencia y no hay prórrogas ni nada. No te van a volver a dar de baja por eso. Ni puedes pedir que te habrán otra solicitud de incapacidad a no ser que hayas empeorado.
07/06/2019 11:43
Piros1985
tenia una demora de calificación con fecha de inicio de expediente de incapacidad del 13/12/2018.

La baja en el informe de síntesis data del 08/06/2017, mañana hago 730 días y no tengo resolución.

La mutua por lo que he visto en los foros ya no paga a partir de ese día, es probable que tenga que reclamar el dinero al INSS porque al no tener punto 5 es casi seguro que vendrá denegada.

Si viniera aceptada no hay problema porque por lo visto pagan desde el día de la visita al tribunal creo
07/06/2019 11:58
Mochotre
la mutua te deja de pagar porque ya ha pagado durante el tiempo que le correspondia. A el inss no se que dinero le vas a reclamar. El inss te empezará a pagar los 430€ de incapacidad temporal 1ue le corresponde durante el tiempo qie tarde en resolverse el expediente.
Y por lo de que te venga denegada o aprobada... Si si es enfermedad común o accidente no laboral y no tienes el punto 5 está denegada al 100%.
Hasta que no recoges la resolución oficial no estás de alta pero cobrar el subsidio sólo lo cobrará hasta la fecha de cierre de expediente.
07/06/2019 12:47
Piros1985
gracias por la información.

¿entonces si paso los 730 días como voy a pasar no me paga nadie?

Me parece muy mal que por culpa del INSS se sobrepasen esos días y nadie se haga responsable
07/06/2019 13:15
Mihero
El inss te pagará el subsidio de incapacidad temporal hasta que se resu3lva el expediente
07/06/2019 13:27
Mochotre
Yo solo se que una vez pasado 135 días y no hay resolución se le llama silencio administrativo.
Tenlo en cuenta.