Hola, tengo una potencia de contratada de 3,45KW. Necesito ayuda por favor. Vivo en granada y durante un tiempo deje vivir en mi vivienda a una amiga que lo necesitaba cobrándole sólo los gastos de luz y agua. Como no me iba a pagar alquiler pues no le hice contrato ni nada y además deje a mi nombre los recibos de luz y agua. Esta persona manipulo mi contador y no puedo acusarla porque perdí contacto con ella. Ahora, al cabo de tres años endesa ha comprobado que tenía manipulado el contador de electricicad y me reclaman un importe de 3.160 €!!! Por lo que he podido leer en internet y algunos foros, según la normativa legal, la multa máxima sería de (12 meses) por los kW contratados x 365 días x 6 horas de uso al día. Pues a mí me quieren cobrar dos años y medio porque según la normativa de endesa, se acogen a unos criterios objetivos según el histórico de las facturas que puede verse un descenso del cosumo desdes hace dos años y medio. Estoy muy preocupada porque yo no puedo saber desde cuando está manipulado mi contador y tampoco sé si es legal que quieran cobrarme dos años y medio.. Por favor ayúdenme!! Gracias.
Vaya por delante, que yo entiendo que si una compañía eléctrica, o un simple ciudadano, es objeto de un robo, o una defraudación de energía eléctrica, tiene a mi juicio EL LEGITIMO DERECHO a que por parte de quien resulte autor responsable de dicho robo o defraudación, se le restituya la integra totalidad del importe robado o defraudado; LA INTEGRA TOTALIDAD.
Dicho esto, el artículo 87 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de Diciembre establece:
"La empresa distribuidora podrá interrumpir el suministro de forma inmediata en los siguientes casos:
a) Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato.
b) Cuando se establezcan derivaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato.
c) Cuando se manipule el equipo de medida o control o se evite su correcto funcionamiento.
d) En el caso de instalaciones peligrosas.
En todos los casos anteriores la interrupción del suministro se llevará a cabo por la empresa distribuidora y se comunicará a la Administración competente, haciéndolo por escrito o por cualquier otro medio aceptado entre las partes.
DE NO EXISTIR CRITERIO OBJETIVO PARA GIRAR LA FACTURACION EN ESTOS SUPUESTOS, la empresa distribuidora la girará facturando un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que se hubiese debido contratar, por seis horas de utilización diarias durante un año, SIN PERJUICIO DE LAS ACCIONES PENALES O CIVILES QUE SE PUEDAN INTERPONER."
Por tanto, la cuestión es SI EXISTE CRITERO OBJETIVO para la estimación del consumo presuntamente defraudado por el usuario, o, SI NO EXISTE CRITERIO OBJETIVO para cuantificar el consumo presuntamente defraudado.
¿NO EXISTE CRITERIO OBJETIVO PARA CUANTIFICAR EL CONSUMO PRESUNTAMENTE DEFRAUDADO? En este caso procede:
a) Considerar el CONSUMO REAL del usuario en el periodo de irregularidad ANTERIOR EN UN AÑO A LA FECHA DE INSPECCION, como el producto resultante de la POTENCIA CONTRATADA, o que se hubiera DEBIDO DE CONTRATAR, por una utilización diaria de 6 HORAS, durante dicho año —365 días—.
b) Deducir —restar— el consumo que durante dicho periodo de irregularidad de 365 días anteriores a la fecha de inspección, le hubiese sido anteriormente facturado al usuario.
La diferencia entre EL CONSUMO REAL estimado del usuario durante el periodo de irregularidad, MENOS el consumo ya facturado por la Cía. al usuario durante dicho periodo, constituye el CONSUMO PRESUNTAMENTE DEFRAUDADO, que es el que la Ley autoriza a la Cia. SI NO EXISTE CRITERIO OBJETIVO PARA CUANTIFICAR EL CONSUMO DEFRAUDADO.
Hay que aclarar que una cosa es que las Compañías en el 98% de los casos consideren que NO EXISTE criterio objetivo para cuantificar el consumo presuntamente defraudado por el usuario, y otra cosa bien distinta es que EFECTIVAMENTE DICHO CRITERIO OBJETIVO NO EXISTA.
A mi juicio, SI EL CONTADOR REALMENTE HA SIDO MANIPULADO, prácticamente en el 95% de los casos EXISTE CRITERIO OBJETIVO PARA CUANTIFICAR EL CONSUMO DEFRAUDADO.
Yo considero que UNICAMENTE NO EXISTE CRITERIO OBJETIVO PARA CUANTIFICAR EL CONSUMO PRESUNTAMENTE DEFRAUDADO, si la defraudación de energía eléctrica se produce como resultado de UNA DERIVACION IRREGULAR DE ENERGIA (segunda acometida) ANTES DEL CONTADOR.
¿La compañía considera que SI EXISTE CRITERIO OBJETIVO PARA ESTIMAR EL CONSUMO DEFRAUDADO POR EL USUARIO?
Pues muy bien; la compañía tiene que demostrar, que REALMENTE ese criterio objetivo existe, y aclarar exactamente cual es.
Vd. dice: "Pues a mí me quieren cobrar dos años y medio porque según la normativa de Endesa, se acogen a unos criterios objetivos según el histórico de las facturas que puede verse un descenso del consumo desde hace dos años y medio".
Vamos a ver; NO HAY NORMATIVA DE ENDESA. Existe la Ley, y punto.
Si hace dos años y medio Vd. era el titular del contrato, y entonces su consumo medio diario de energía era de 5 kWh/día, y a partir de esa fecha su consumo diario descendió a 3 kWh/día, y una vez realizada la inspección que detectó la manipulación y CORRIGIO LA MISMA, su consumo medio diario de energía registrado en el contador AUMENTO de nuevo a 5 kWh/día, parecen existir indicios evidentes que durante dos años y medios se han defraudado a la Compañía DIARIAMENTE 2 kWh de fluido eléctrico.
Por lo tanto, 2 kWh/día, durante dos años y medio —912 días— resulta un consumo total presuntamente defraudado de 1.824,00 kWh, y ésta estimación del consumo defraudado resulta ciertamente difícil de rebatir ante un Juez, aunque hay al respecto "mucha tela que cortar", que como siempre suele suceder en la vida, depende de la calidad del "sastre" que la corte y del "hilo", "la tijera" y "la buena mano" que utilice.
Vd. dice que, en su caso concreto, ENDESA ha considerado un periodo de irregularidad de DOS AÑOS Y MEDIO, durante el cual el contador estaba manipulado y en consecuencia no registraba el consumo en su MEDIDA REAL.
Pero Vd. NO DICE, cual ha sido el CRITERIO OBJETIVO que Endesa manifiesta tener para estimar EL CONSUMO DEFRAUDADO durante los dos años y medio del periodo de irregularidad, ni TAMPOCO dice, cual es en concreto LA CLASE DE MANIPULACION que Endesa manifiesta haber detectado en el contador que registra su consumo, ni tampoco si Endesa le ha INTERRUMPIDO EL SUMINISTRO una vez hubo detectado la manipulación de su contador.
Por lo tanto, sin más datos, sería absolutamente temerario e imprudente por mi parte el decir si la estimación del consumo defraudado que realiza Endesa, se ajusta a lo establecido en la Ley, y en la Jurisprudencia, o no.
Lo que desde luego EN NINGUN CASO ES ADMISIBLE, es que Endesa considere; dado que el usuario me ha estado defraudando consumo durante dos años y medio, aplico la formula de POTENCIA CONTRATADA x 6 Horas de utilización diaria x 914 días; por ese caminito ............ "naranjas de la China", o dicho de forma mas vulgar "tírate de la moto Endesa, que ya has llegado".
Si para la estimación del consumo presuntamente defraudado por el usuario la Compañía aplica la formula de: Potencia contratada x 6 horas de utilización diaria, EN NINGUN CASO, repito EN NINGUN CASO, el periodo máximo de irregularidad considerado PUEDE EXCEDER de 365 DÍAS; un año.
Esta formula pretendían utilizarla —y de hecho la utilizaron considerando un periodo de irregularidad de hasta 1096 días (TRES AÑOS)— los Sres. de UNION FENOSA DISTRIBUCION S.A.U y GAS NATURAL, pero les dimos tal somanta de palos, en todos los sitios y en todas las ocasiones en que se pudo, que parece ser que se les han quitado las ganas de volver a pasarse de listos en su puñetera vida, aunque a día de hoy todavía les quedan pendientes de recibir unas cuantas cornadas de categoría.
Espero desde luego que los Sres. de ENDESA NO PRETENDAN AHORA DESCUBRIR LA POLVORA, porque pudiera ser que les estallase la dinamita en las manos.
Por último decirle que a mi juicio, una facturación por importe de 3.160 Euros, correspondiente a un consumo presuntamente defraudado como resultado de una manipulación maliciosa del contador (delito contemplado y castigado de forma expresa en el articulo 255 del Código Penal) tiene la suficiente importancia, para que independientemente de buscar ayuda en los Foros de internet, empiece Vd. a considerar la posibilidad de contratar a un "fontanero" que se encargue de tratar de solucionar su "avería"; pretender que algunas cosas salgan gratis, pues que quiere Vd. que le diga......... tontos desde luego estamos algunos, (pocos desde luego), pero tan tontos, tan tontos, me da que no.
Hola Morgan, muchísimas gracias por el tiempo que ha dedicado a contestarme y asesorarme sobre mi problema con endesa.
Sobre los datos que no le dije le comento que, endesa no me ha cortado el suministro eléctrico.
Los criterios objetivos a los que se acogen son: revisando el histórico de mis facturas, se ve un descenso de consumo y, ellos aplican ese descenso a que ya estaba manipulado el contador, lo cual no me parece justo porque mi factura puede reducirse por muchos otros motivos que también pueden parecer objetivos como es no estar en todo el día en la vivienda, como era mi caso. En el histórico de mis facturas se puede ver que el importe desde que se hizo el contrato, siempre ha sido de 60 o 70€ nunca he sobrepasado un importe mayor a 100€ y desde que ellos me dicen que el consumo se reduce, cada factura tenía un importe de 50 o 60€ así que no me parece justo que ahora me quieran cobrar facturas de 270€.
La manipulacion que tenia en mi contador era una segunda cometida.
Muchas gracias también por aconsejarme que busque ayuda. Por mi parte, he puesto una reclamación en consumo exponiendo lo que no me parece justo sobre el importe que me quieren hacer pagar, pero ayer llamé a endesa para preguntar por mi reclamación y parece ser que han archivado dicha reclamación o se ha perdido. Por eso busco ayuda en los foros sobre estos temas para volver a poner otra reclamación y saber más o menos cómo tengo que exponerla. Ahora la enviaré al defensor del cliente de endesa, y a ver si hay suerte y no se pierde y me pueden escuchar!
Para el Sr. "X" del Departamento de Inspección de Iberdrola Distribución Madrid.
Muchas gracias por su actuación; me hubiera gustado poder citarle en este Foro por su nombre y apellidos y hacer constar que es Vd. un profesional de los pies a la cabeza, y además, un hombre honrado, cabal y sobre todo con corazón, pero temo que de hacerlo mis elogios le causasen algún trastorno.
El Sr. X de Iberdrola Distribución Madrid, está ayudando activamente a resolver el caso de una señora de aproximadamente 75 años de edad, de delicado estado de salud y con muy escasos medios económicos.
La inspección de Iberdrola Distribución, detectó que el suministro de su vivienda carecía tanto de contrato como de contador; el suministro a la vivienda se efectuaba mediante una chapuza indecente de derivación irregular, que sabe Dios realmente quien efectuó.
El personal de Inspección de Iberdrola Distribución cumplió con su obligación y en consecuencia interrumpió el suministro, lo que tuvo como consecuencia que esta Sra. lleve aproximadamente veinte días viviendo sin luz en su casa.
El Sr. "X" de Iberdrola Distribución Madrid, está contribuyendo a que cuanto antes esta situación se arregle; la estimación del consumo defraudado que Iberdrola Distribución Madrid ha efectuado en este caso, es a mi juicio realmente benévola y generosa, lo que dice mucho en su favor.
Como cuando ha habido que criticar en este Foro alguna actuación de Iberdrola Distribución lo he hecho con dureza y sin ningún tipo de contemplaciones, justo es en esta ocasión hacer exactamente todo lo contrario, y FELICITAR PUBLICAMENTE A IBERDROLA DISTRIBUCION INSPECCION DE MADRID, por su comportamiento.
Como dicen los toreros........... "Va por Ustedes" que desarrollan todos los días de la mejor manera posible, uno de los trabajos mas ingratos y desagradables que conozco, sin que a nadie se le ocurra nunca romper una lanza en su favor.
Hola, la semana pasada te envie por correo toda la documentacion que me solicitastes.
No he recibido noticias tuyas, supongo que te habran llegado los correos.
Si, no te hubieran llegado o hubiera algun problema, hazmelo saber.
Muchas gracias
saludos
ranich
Yo estoy con la denuncia del juzgado hoy donde me dice que esplique o que pague.
Tengo 20 días hay alguna contestación o directrices, no las encuentro por aquí ahora.
En mi caso igual que algunos anteriores,a la espera de Resolución de la Conselleria de Industria, mientras la comercializadora me manda cartas pidiendo disculpas por "sus problemas " causados pero de anular la refacturación nada de nada. Toca esperar ...
en mi caso con la ayuda de morganmadrid que me elaboro el escrito de negativa al monitorio explicando la situacion y diciendoles que las va a pagar rita la cantaora....
hay muchos modelos si buscas en google yo creo q explicando bien la situacion y elaborando un buen escrito deberan ver que no se sostienen los argumentos de la electrica....