Persona mi atrevimiento, yo estoy igual que tu, pero mi pregunta es, mientras estás esperando, osea después de los 18 meses, se cobra? Porque yo el día 19 de el mes pasado hice los 18 meses y me pagaron hasta ahí justo, cobraré el mes que viene?
Muchísimas gracias Antonio, edque como el mes de noviembre el 19 hice los 18 meses, me han pagado este mes solo hasta el 19 de noviembre, luego recibí el mensaje de que se me abría un expediente de propuesta de incapacidad permanente y me he quedado preocupado por si el tiempo de trámite que transcurre hasta ver si me Dan una demora o alta o incapacidad, me tenían sin cobrar... me dejas más tranquilo, muy amable Antonio
Hola, buenas tardes. Tengo un I.P.T para la profesión habitual que erea chofer/repartidor. Ahora estoy trabajando de auxiliar administrativo siendo compatible con mi pensión. Mi duda es que cuando lleve dos años como auxiliar adm. dejo de cobrar la pensión porque mi profesión habitual ha cambiado? O sigo manteniendola dando igual el tiempo en otra profesión?. Es que creo haber leído algo de esto hace tiempo en un decreto o en algun sitio.
Gracias
nadie te va a quitar la pension ni a los 2 años ni a los 15 porque trabajes en otra cosa,solo te la podrian quitar en caso de revision por mejoria independientemente de que trabajes o no
Estoy en tu mismo caso, gané el juicio en Febrero "REPARTIDOR" que durante el tiempo del juicio he conseguido encontrar trabajo de "ADMINISTRATIVO" y me han dejado sin efectos económicos y que me tenia que dar de baja y alta de nuevo, he mandado ya 2 contratos por registros y siguen mareandome.
Creo que además de que son lentos me corresponderian atrasos ya que el tiempo que estuve de administrativo deberia ser compatible con la pensión, o eso espero después de 4 años desde que me dieron de alta ya les vale.
Como fue tu caso?
Es que estoy en tu misma situación creo, soy repartidor de cerveza, estuve de baja un año, pase el tribunal y me dieron de alta, denuncié y gane el juicio a los 6 meses, me dieron demora de calificación y volví a pasar el tribunal, y me han vuelto a dar de alta. Ahora he vuelto a denunciar.
En esas entremedias tengo informes de neurocirujano, traumatología, médicos forenses que solicito el juez, etc etc etc, todos dándome la razón de que con lo quque tengo no puedo trabajar cogiendo peso.
Aparte el mes de octubre pase el reconocimiento médico de la empresa porque sigo ejerciendo mi profesión y me han dado ( apto con limitaciones físicas no se recomienda coger más 10 kg de peso ni posiciones de arrastre o empuje).
Estoy a la espera de juicio nose aún fecha ni nada.
El trabajar de Administrativo en mi caso es compatible ya qui mi lesión fue en la pierna. No sé si tu estado o por lo que te dieran dicha incapcidad es compatible. Si la lesión es en la espalda, en las manos, no sé. Yo cada vez que empiezo a trabajar de auxiliar administrativo, porque soy temporal y me van haciendo varios contratos, no espero ni la compatibilidad, mando a registro el inicio de actividad y punto. Si ni siquieran tienen cita previa en Canarias.
Wikito, ¿El juez en tu sentencia de la IPA al hacer referencia a tus informes médicos se refería sólo a tu agudeza visual o también se extendía sobre todo tu historial clínico?
Lo pregunto porque le he llevado el último informe al abogado y me ha dicho que es muy bueno, pero el informe sólo dice las patologías que tengo en la vista, el nigtagmo y demás, sólo pone el nombre de la enfermedad y luego dice que mi agudeza visual es de 0,05 y nada más. A mí me parece un poco escaso.
Hola Rafael75.
¿Te parece poco 0.05?, pero si es lo más bajo de la visión. Sabes que en la escala de wecker es así: 0.05 - 0.1- 0.2 - 0.3 - 0.4 - 0.5 - 0.6 - 0.7 - 0.8 - 0.9 y 1.0 por tanto el 0.05 equivale a ceguera (amaurosis). El juez recalcó solo en mi visión, porque como ya te dije en una ocasión, tengo secuelas en un brazo de paresia radial, pero no quise que se ponga en mi informe pericial que llevé al juicio. El juez subrayó informes del INSS que concuerdan con el informe pericial entregado por mi abogada hablando de mi visión. Y más o menos el juez dice que el INSS confirma mi baja visión, pero se contradice al no haberme dado la Absoluta que me corresponde por los artículos tal, tal y tal. En la sentencia pone que en un ojo tengo agudeza visual (av), 0.05 (amaurosis), y en el otro 0.2-0.3 sin posibilidad de mejoría, con Campo Visual (cv) en cañón de escopeta menor de 10 grados, y por tanto la perdida de visión en ambos ojos es del 98,5% salu2.
No es que me parezca poca la agudeza visual, es que me parece muy escueto el informe, de ahí mi temor a que el juez no lo tenga en cuenta.
Pero me tranquiliza tu respuesta, porque el propio Inns reconoce en el informe de síntesis que mis limitaciones visuales son severas si bien dice que son de nacimiento.
Lo que pasa es que la visión desde que fui al EVI ha empeorado y ha pasado del 0,2 al 0.05.
Wikito, disculpa que insista en el tema, pero cuando te refieres a informes del Inns ¿se trata de los informes médicos de la SS o del informe de síntesis del EVI?
Es que de lo que han comentado otros foreros el juez suele tener muy en cuenta el informe de síntesis.
Hola Rafael75. No hay nada que disculpar porque para eso estamos, para ayudarnos como en su día se me ayudó a mí. El juez se refirió a los informes del INSS y al informe de síntesis porque mi abogada los metió en la denuncia junto al informe de mi médico pericial, y el juez vio que el INSS reconoce mis patologías. Mi abogada les hechó encara, que el informe del INSS, el informe de síntesis, y el informe de mi médico pericial, es lo mismo, pero mi médico pericial que es experto en valoración de incapacidades, dice que esas patologías que reconoce el EVI y el INSS, pertenece a una IPA. Entonces el juez pone en la sentencia que las dos partes están deacuerdo con la enfermedad secuelar y que no va haber mejoría, pues al corroborar la patología del paciente, y cuando los artículos tal, tal y tal, pues dictamina que esa enfermedad secuelar y sin posibilidad de mejoría, se merece la Incapacidad Permanente Absoluta. Si no me explico bien, me lo dices y lo intento explicar mejor.
Hola tengo una incapacidad perfectamente absoluta desde 2018, soy aficionado al póker online, me gustaría saber si existe incompatibilidad de obtener ingresos del póker con mi pensión.
Me podrían retirar la pensión? Gracias