Para estafa de amperio:
Su caso requiere una contestación bastante amplia; a la noche de hoy s.d.q. le contestaré
Saludos.
Morgan
contadormanipulado@gmail.com
Para tuero 1970:
1.-- Vd. dice: "Si me llaman (como me llamaron ayer) para decirme que están en el contador y que tengo que ir, que es mejor, ir o no ir?"
Como Vd. comprenderá no son formas de citar a nadie por teléfono diciendo que se tiene que presentar inmediatamente en el contador por que los Sres. de Iberdrola dicen que están allí.
En su caso se están produciendo una serie de actuaciones irregulares tanto de los Sres. de Iberdrola como del Sr. que parece ser que es de Industria, que aparece sin avisar previamente de su visita al punto de suministro.
2.-- Vd. no ha dicho su población, que entiendo que a la fuerza tiene que ser una Población pequeña, porque desde luego esas actuaciones no se dan en forma alguna en otras circunstancias.
Si le llaman, acuda; escuche lo que le digan y muéstrese dispuesto a hacer todo lo que le pidan........ luego ya veremos si lo hace o no, de acuerdo con lo que le pidan; Vd. diga que SI A TODO........ luego ya veremos.
Tenga en cuenta que en teoría, ahora mismo ellos pueden tener dudas, sobre si Vd. ha retirado, o no, la derivación o segunda acometida que Vd. tenía instalada, de manera que lo mas conveniente, es mostrarse dispuesto por todos los medios a arreglar la situación.
3.-- Lo que si va a hacer DE INMEDIATO, adelantándose a la actuación Oficial, es presentarse en Industria con un escrito que a continuación le redacto y solicitando que se revise el contador. El escrito lo tiene que firmar el titular del contrato. Con ello lo que se pretende, es que haya una constancia de que AHORA MISMO, la instalación se encuentra en perfectas condiciones.
Esa misma intención es la se pretende, cuando le digo que su electricista le emita un informe haciendo constar las mediciones de tensión e intensidad tomadas con la pinza amperimétrica tanto en la acometida con en los bornes del contador. Si el contador ahora mismo se encuentra precintado, su electricista ahora mismo no podrá tomar medidas en el borne del contador, pero si podrá hacerlo en el cuadro eléctrico de su vivienda, donde se encuentra situado el interruptor diferencial y los interruptores magneto térmico. Siempre que las mediciones coincidan tanto en la acometida como en estos, la instalación se encuentra en condiciones correctas.
Supongo que su electricista es de la máxima confianza; tenga en cuenta que los instaladores eléctricos por su profesión están obligados a tener relaciones continuas con la Distribuidora y no quieren tener problemas ni enfrentamientos con ellos, porque todo ello es muy perjudicial para su trabajo.
Tenga en cuenta también, que si Vd. no paga el recibo que le giren, Iberdrola es muy posible que presente el tema en el Juzgado y muy posiblemente el electricista tendrá que ir a declarar en condición de testigo, y que en esa condición está obligado a decir la verdad.
Eso quiere decir que en cualquier momento pueden preguntarle si tuvo conocimiento, o no, de la existencia de una derivación irregular en la acometida a la vivienda...... A buen entendedor, poca palabras bastan.
Saludos.
contadormanipulado@gmail.com
D. ************* , con D.N.I. nº 99999999999, y domicilio en calle ************ de (D.P.; Población y Provincia),
Comparece mediante este escrito ante (EL ORGANISMO DE INSDUSTRIA COMPETENTE EN SU COMUNIDAD AUTONOMA), y
EXPONE:
Primero: Que es titular del contrato de suministro eléctrico nº ******** con la empresa comercializadora de energía eléctrica XXXXXX, en base al cual se suministra energía al punto de suministro ubicado en (el domicilio donde se encuentra la instalación), identificado con el Código Único de Punto de Suministro ES ****** (es un compuesto de letras y números muy largo que aparece en su factura).
Segundo; Que el art. 96. Del R.D. 1955/2000 de 1 de Diciembre, establece en su apartado 1, que tanto las empresas distribuidoras y, en su caso, las comercializadoras o el operador del sistema, como los consumidores, tendrán derecho a solicitar, del órgano de la Administración competente donde radique la instalación, la comprobación y verificación de los contadores, interruptores de control de potencia (ICP) y otros aparatos que sirvan de base para la facturación, cualquiera que sea su propietario.
Tercero.- Que al amparo de lo establecido en citado art.96 del Real Decreto 1955/2000, solicita la comprobación y verificación del equipo de medida ubicado en el C.U.P.S. (repite Vd. el numero).
Cuarto.- Que a efectos de facilitar dicha visita de comprobación y verificación del equipo de medida, se señala para notificaciones la dirección electrónica (su correo electrónico) y el teléfono (el suyo).
En (población donde se haga la solicitud) a XX de Enero de 2015.
Firmado (el titular del contrato)
Buenos días,
En primer lugar pedir disculpas por no haber facilitado todos los datos pero debido a lo sorprendida que estoy con todo esto quise exponer brevemente todo lo acontecido y me salte datos importantes
Adjunto datos solicitados
1) cía distribuidora IBERDROLA
2) Cía comercializadora IBERDROLA SAU
3) PROVINCIA GUADALAJARA (Torrejón del Rey)
Decir que en dos ocasiones me han confirmado que el contador fui cambiado, la primera vez por el departamento de inspección y segundo hoy por la señorita que me atendió al llamar por novena vez después de una semana.
El día 8 después de numerosas llamadas y habiendo leído el foro decidi solicitar el cambio de comercializador. Se que tengo que pagar si o si la factura de 900 euros ya que la distribuidora de la zona es Iberdrola y si no pago me cortaran el suministro y lo voy a hacer pero eso no quiere decir que este conforme. Solicite el cambio de comercializador y me dijeron que en unos 15 20 días se podría hacer efectivo
Trato de resumir lo que me ha pasado durante toda la semana
Domingo 4/01 me avisa la alarma que no tengo luz voy a domicilio y veo el contador con una pegatina. Llamo y me dicen que no me pueden decir nada hasta el lunes 5/01/
Llamo el 5/01 a Iberdrola y la señorita que me atiende me dice que mi contador está inspeccionado y que por eso no tengo luz!!! Y me pasa con departamento de inspección de Iberdrola donde me atienden fatal desde defraudadora, hasta… el señor que me atiende me dice que el 12/12 se procede a cambiar mi contador por otro y llevarlo a laboratorio donde se comprueba que ha sido manipulado. A mi no me dicen nada y no recibo carta ni nada al respecto. Le digo que que me cuenta que de que me está hablando y me dice que se puede proceder al corte del suministro si así lo consideran oportuno . digo yo, para que me cortan el suministro si – ya me han cambiado a otro contador del que no me han informado, porque supuestamente el anterior estaba tocado(cosa que yo no me creo) y si estoy al día con mis recibos.es totalmente ridículo e ilógico.
el dia 6 es festivo asi que nada. Empiezo a investigar sobre este tema y veo que hay mucha gente en mi situación quizá no en mi zona pero si con este tema
el día 8 viendo que esto no se sostiene y después de volver a hablar con Iberdrola decido tramitar cambio de comercializador. El 9 de nuevo me llaman de la alarma, al parecer habían dado de alta luz y otra vez de baja.!!! El caso es que llamo y me atiende otra señorita confirmándome que solo me pueden cortar luz si hay algún no pago pero que estoy al día y que probablemente haya alguna averia asi que me pasa con el departamento de averias. Cuál es mi sorpresa cuando la persona que me atiende me dice que no tengo ninguna avería que el departamento de Inspección a decidido de nuevo cortar suministro (de nuevo me dicen algo diferente que si me cortan que si no me cortan que ahora si que ahora no…) le digo que me pase con el dpto. de inspección y me dicen que es imposible ya que son pasadas las 14:00 y que no están hasta el lunes … le digo que me pase con reclamaciones y me dice que tampoco es posible debido a que como es un tema de inspección y no están no puedo reclamar en otro lado!!!! Entro en un ataque de nervios ya que de nuevo otro fin de semana estoy sin luz.
Hoy 12 llamo de nuevo y me atiende una persona normal que creo alucinó con lo que le estaba contando. Me confirma que la luz no me la pueden cortar si no debo algún recibo, y que tengo solicitado un cambio de comercializador y que por eso aparece dado de baja el contrato de Iberdrola. Llamo al nuevo comercializador y me dicen que aún nisiquiera tienen dado de alta el cambio que tarda unos 15 o 20 días, y que no puede ser que Iberdrola me diga eso. En fin me tienen hasta el moño y mas allá.
Tengo todas las facturas de luz de este año. Tengo las del domicilio donde he estado tanto las de luz como las de gas, el contrato… todo.
Hola.
Llegó el temido día. Sobre las 11:30 de la mañana, estoy contactando con otra comercializadora de luz, pido el cambio. A la media hora veo que se va la luz, salgo a la calle y estaban los de iberdrola cortando, me dicen que acaban de recibir notificación de corte y no saben nada más.
LLamo al último inspector que me visitó, y me dice que la razón de corte es porque no he subsanado el fraude, que me habían dado 15 dias y ya han pasado. Le digo que lo que me mandó hacer fue el viernes y que entre hoy y mañana estará hecho (cambio de la acometida desde el contador hasta casa), insiste en los 15 días y que recibe ordenes de cortar suministro, que el no puede hacer nada, que me dirija a atencion al cliente.
He llamado al electricista (que se ha quedado flipao) y habla con el inspector, resulta que a él le dice que lo que tengo que cambiar es la acometida desde la arqueta hasta el contador (cosa más lógica).
Que os parece, que cambie dicha acometida y haga informe de que ha cambiado la acometida y que la antigua estaba en perfecto estado, a parte de las mediciones que me comentastes?
Tengo la pequeña "ventaja", que de vecino tengo a mi hermana, y me está prestando la luz.
Vd. pregunta: Otra duda, ¿es normal que hallan dejado el contador sin precintar?
A la primera pregunta tengo que contestarle que evidentemente no es normal de ninguna manera; lo normal, y no solo lo normal sino lo obligatorio, es que el contador esté debidamente precintado.
Por tanto, debe de poner en conocimiento de la Distribuidora —Iberdrola Distribución S.A.U.— tal circunstancia del equipo de medida de inmediato; hágalo mediante correo electrónico para que le quede a Vd. debida constancia de que se avisó a Iberdrola Distribución de ello.
Segunda pregunta: ¿Y su devuelvo la factura a Iberdrola, con la OMIC por medio, podría tener una solución favorable para mi madre?
Las O.M.I.C, como su nombre indica son simplemente Oficinas Municipales de Información al Consumidor. Algunas de estas oficinas desarrollan una labor impresionante y digna de alabar, pero otras (como todo), son un verdadero desastre, y simplemente valen para colocar a los enchufados de turno.
Desconozco lógicamente como funciona la OMIC, a la que Vd. se refiere, pero en cualquier caso debo decirme que la función de dichas Oficinas suele ser generalmente SOLO DE INFORMACION AL CONSUMIDOR DE SUS DERECHOS.
En cualquier caso, una cosa son los derechos de los consumidores, y otra distinta una facturación de un elevado importe, que tiene su origen mercantil en una inspección al equipo de medida del consumo eléctrico de un consumidor, que a criterio de la Compañía Distribuidora de Electricidad ha sido manipulado de forma maliciosa impidiendo al mismo registrar el consumo en su medida real.
Ahí ya nada tiene que hacer Consumo, sino que el Organismo competente para atender la reclamación del usuario es el que señala el Real Decreto 1955/2000 en su Artículo 98, Reclamaciones.
"Las reclamaciones o discrepancias que se susciten en relación con el contrato de suministro a tarifa, o de acceso a las redes, o con las facturaciones derivadas de los mismos serán resueltas administrativamente por el órgano competente en materia de energía de la Comunidad Autónoma o Ciudades de Ceuta y Melilla, en cuyo territorio se efectúe el suministro, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS ACTUACIONES EN VIA JURISDICCIONAL QUE PUDIERAN PRODUCIRSE A INSTANCIA DE CUALQUIERA DE LAS PARTES, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional undécima. Tercero de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos."
Es decir; el Organo competente para conocer y dictar resolución administrativa sobre la posible reclamación que presente su Sra. Madre es el Organismo competente en materia de Energía de su Comunidad.
Como sigo desconociendo cual es la Población donde reside su Sra. Madre...... pues no puedo indicarle donde presentar en su caso la reclamación.
En este link —que funciona cuando quiere—, le aparece un mapa, y ahí pinchando en su Comunidad Autónoma, de aparece el Organismo competente en materia de Energía en su Comunidad.
http://www.cne.es/cne/mapa_comunidades.jsp?id_nodo=95&&&keyword=&auditoria=F#
Gracias Morgan. Mi madre vive en Madrid. Y si, esta mañana ya me he puesto con la Direccion General de Industria de la Comunidad de Madrid y ya me han explicado los pasos a seguir para hacer la oportuna reclamación.
También ya he mandado el correo a Iberdrola Distribuccion. Muchisimas gracias por la información. Le sigo contando.
Para estafa de amperio:
Vd. dice:
Si no me equivocó los pasos a seguir son:
1- Darse de baja de luz y/o gas (he ahí mi duda)
2- Denunciar ante la Guardia Civil la posible manipulación del contador del que me han informado.
3- Solicitar las facturas de consumo de 2-3 años atrás.
4-Solicitar las pruebas de la manipulación si las hubiere.
5- Recurso ante la Agencia Provincial de Energía y de Consumo Autonómica. Alegando la no manipulación y el cobro excesivo de la manipulación de que se me acusa calculando en todo caso la energía que habría consumido.
¿Es así?
¿Me doy de baja solo de la luz o de luz y gas al tenerlo contratado conjuntamente?
El orden correcto del procedimiento a seguir sería:
1º.-- Solicitar las pruebas de la manipulación si las hubiere.
2º.-- Denunciar ante la Guardia Civil la posible manipulación del contador del que me han informado. (Siempre naturalmente que no haya sido uno mismo el que haya manipulado el contador, puesto que en ese caso, estaríamos formulando una DENUNCIA FALSA, y tal actuación constituye un delito grave; MUCHO OJO CON LO QUE HACEMOS)
3º.-- Solicitar duplicado de las facturas emitidas por la Comercializadora de dos o tres años atrás.
Una vez las hayamos obtenido, seguimos:
4º.-- Darse de baja de luz y/o gas (he ahí mi duda)
5º.-- RECLAMACION ante el Organismo competente en materia de Energía de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el articulo 98 del Real Decreto 1955/2000.
Vd. dice...... Alegando la no manipulación y el cobro excesivo de la manipulación de que se me acusa calculando en todo caso la energía que habría consumido.
Yo digo....... comprobando primero que es lo que ocurrió con el consumo registrado en el contador, antes............ y después de la inspección.
Si el consumo registrado en el contador aumentó de forma significativa a partir de ser realizada la misma, hay indicios para suponer que la Cía. Distribuidora tiene razón cuando afirma que el contador estaba manipulado......... ; no hace falta ser un "lince" para llegar a esta conclusión.
Así que lo primero de todo, es saber si la Cía. parece tener razón, o por el contrario parece que no la tiene, cuando afirma que el contador había sido manipulado.
Y a partir de ahí, conociendo perfectamente la situación en la que se encuentra el usuario, puesto que aún en el caso de que por su parte no se hubiera realizado la manipulación del equipo de medida, si efectivamente tal manipulación existía pudiera haber resultado el beneficiario económico de la misma, ALEGAR LO QUE EN CADA CASO PROCEDA.
Vd. plantea la duda de que hacer si el contrato de suministro de energía se encuentra vinculado con el de suministro de gas natural.
Generalmente en este caso concreto, el usuario obtiene un descuento del precio de ambos suministros, vinculado a la contratación de ambos POR UN PERIODO DE TIEMPO DETERMINADO.
Este beneficio, suele llevar implicado una PENALIZACION, si se incumple el compromiso del usuario de mantener durante un periodo de tiempo ambos suministros contratados; tal penalización tiene a la fuerza que estar reflejada en los contratos. Por tanto, debe comprobar los contratos antes de tomar la decisión definitiva, y en caso de que no lo vea claro INFORMARSE PRIMERO EN PERSONA en una oficina de Atención al cliente de la Cía. con la tenga contratado ambos suministros.
Para tor 2015 (1):
PRIMERO.-- Vd. dice "En primer lugar pedir disculpas por no haber facilitado todos los datos pero debido a lo sorprendida que estoy con todo esto quise exponer brevemente todo lo acontecido y me salte datos importantes. Adjunto datos solicitados;
1) Cía. distribuidora IBERDROLA
2) Cía. comercializadora IBERDROLA SAU
3) PROVINCIA GUADALAJARA (Torrejón del Rey).
No hace falta que se disculpe............. pero hace muchísima falta que diga los datos con precisión.......
Ahora sabemos que su Cía.. Distribuidora de Electricidad es Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U., pero seguimos desconociendo cual es su Cía. comercializadora.
Vd. dice que es "Iberdrola S.A.U.", peor tal Cía.. no existe......... existe Iberdrola Comercialización de Ultimo Recurso S.A.U. e Iberdrola Clientes S.A.U.; las diferencias entre ambas son muy importantes, pues mientras que la primera comercializa energía eléctrica a precio de tarifa regulado y en las condiciones de suministro que fija la Ley, Iberdrola Clientes S.A.U., comercializa energía a precio de mercado libre y en LAS CONDICIONES QUE LIBREMENTE HAYAN FIJADO LAS PARTES EN EL CONTRATO DE SUMINISTRO, Y QUE NORMALMENTE EL USUARIO NI LEE.......... NI ENTIENDE.
En este último caso, las condiciones que se pactan para la interrupción de suministro, SON MUY DIFERENTES a las que aparecen reflejadas en los contratos de suministro a PRECIO DE TARIFA REGULADO que son las que aparecen en el contrato con IBERDROLA COMERCIALIACION DE ULTIMO RECURSO S.A.U.
SEGUNDO.-- Vd. dice... " Le digo que qué me cuenta que de que me está hablando y me dice que se puede proceder al corte del suministro si así lo consideran oportuno . digo yo, para que me cortan el suministro si – ya me han cambiado a otro contador del que no me han informado, porque supuestamente el anterior estaba tocado(cosa que yo no me creo) y si estoy al día con mis recibos.es totalmente ridículo e ilógico."
Sobre esto le tengo que decir —y ya ha sido expuesto en muchas ocasiones en este Foro, y se le acabo de decir muy recientemente a tuero 1970—, que el articulo 87 del R. D. 1955/2000, "OTRAS CAUSAS DE SUSPENSION DEL SUMINISTRO", establece que las empresas distribuidoras PODRAN PROCEDER A LA INTERRUPCION DEL SUMINISTRO DE FORMA INMEDIATA, en los siguientes casos:
a) Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato.
b) Cuando se ESTABLEZCAN DERIVACIONES para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato.
c) CUANDO SE MANIPULE EL EQUIPO DE MEDIDA O CONTROL, o se evite su correcto funcionamiento.
d) En el caso de instalaciones peligrosas
PERO NO SOLO ESO PUEDEN HACER............ PUEDEN HACER MUCHAS MAS COSAS......
El articulo 90 del Real Decreto 1955/2000 "RESOLUCION DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTRO A TARIFA Y DE ACCESO A REDES", en su apartado 2, establece:
2. La suspensión del suministro o del acceso en los casos de fraude dará lugar a la resolución automática del contrato.
Por tanto; si la Compañía Distribuidora considera que el usuario ha manipulado su contador y por consecuencia ha cometido UN FRAUDE, puesto que como resultado de tal manipulación LE HA DEFRAUDADO ENERGIA LECTRICA, no solo puede interrumpir el suministro eléctrico al usuario, sino que además PUEDE DE ACUERDO CON LA LEY resolver sin mas trámite el contrato de suministro y DARLO DE BAJA..........
TERCERO.-- Las actuaciones de las Compañías Distribuidoras de Electricidad, NO SON HOMOGONEAS, y cada una de ellas actúa de distinta forma......... No solo eso; aun tratándose de la misma Compañía Distribuidora —en este caso concreto Iberdrola Distribución S.A.U.—, su forma de actuar depende mucho de la Comunidad Autónoma de la que se trate......... en la Comunidad de Madrid, salvo casos excepcionales si descubren una manipulación del contador NO SUELEN INTERRUMPIR EL SUMINISTRO SALVO CASOS EXPECIONALES, y se limitan a corregir la manipulación y facturarle al usuario el consumo que ellos entienden que ha defraudado. Esa misma actuación, suele ser la que se produce en la Comunidad Autónoma de Valencia......
Sin embargo EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, ocurre TODO LO CONTRARIO; si descubren una manipulación del contador INTERRUMPEN EN TODOS LOS CASOS EL SUMINISTRO, y ponen en conocimiento del Órgano competente en materia de energía de la Comunidad todo lo ocurrido...... , es decir; CUMPLEN CON LA LEY A RAJATABLA.
Además de ello......... no solo interrumpen el suministro, SINO QUE SUELEN PROCEDER DIRECTAMENTE A DAR DE BAJA DEFINITIVA EL CONTRATO DE SUMINISTRO, de acuerdo con el contenido del apartado 2 del articulo 90 del Real Decreto 1955/2000, que le he comentado anteriormente.......
Por eso es tan importante el conocer su Cía.. Distribuidora, la Comercializadora y la Población y Comunidad Autónoma donde se encuentra ubicado el punto de suministro para poder contestarle adecuadamente...........
CUARTO.--- En su situación, hay a la fuerza que ir despejando incógnitas......... porque ahora mismo no sabemos si simplemente la Distribuidora ha interrumpido el suministro y hasta que no pague el recibo correspondiente al consumo eléctrico que entiende defraudado no se lo van a volver a reanudar, o si la Distribuidora HA INTERRUMPIDO EL SUMINISTRO DE UNA FORMA DEFINITIVA Y HA PROCEDIDO A DAR DE BAJA EL CONTRATO.
En este último caso (que yo entiendo, y mucho me temo que es el que le ocurre a Vd.), no podrá de nuevo tener suministro eléctrico en su domicilio hasta que formalice un nuevo contrato de suministro con una Compañía Comercializadora de energía eléctrica............
Pero vamos..... Vd. no debe hacer caso de mis temores, y debe tratar de aclarar definitivamente la situación en la que se encuentra, bien por teléfono o mediante un correo electrónico a LA DISTRIBUIDORA, pidiendo que le aclaren la situación, es decir; que le digan DE UNA PUÑETERA VEZ, SI EL SUMINISTRO ELECTRICO SE HA INTERRUMPIDO DE FORMA PROVISIONAL, O POR EL CONTRARIO TAL INTERRUPCION ES DEFINITIVA Y HAN PROCEDIDO A DAR DE BAJA EL CONTRATO DE SUMINISTRO.
De acuerdo con le que le informen, los pasos a seguir son diferentes.......... de manera que quedamos en espera de sus informaciones.
Lamento en su caso no poderle dar mejores noticias...
hola de nuevo
decir que intento dar todos los datos pero no soy entendida.
Segun veo en la factura en la parte izquierda arriba aparece IBERDROLA CLIENTES SAU CIF A95758389 así que supongo, y corrijame si me equivoco que esa es la COMERCIALIZADORA
La distribuidora es IBERDROLA DISTRIBUCION ELECTRICA SAU.
la última factura que he recibido es de 4,31 euros y en la parte de abajo pone FACTURA DE BAJA-
Como me indicó y viendo que cada vez que llamo me dicen algo diferente envié correo a clientes@iberdroal.es para que me digan si tengo o no luz, si la han cortado, si es debido al cambio de comercializador o que.
en cuanto tenga mas noticias le digo
le indico que de todo esto no me he enterado por recibir una carta sino por la alarma que tengo contratada, por llamar por teléfono a iberdrola y por ver las facturas en canal cliente. Es muy fuerte y a mi humilde juicio es un claro caso de abuso de poder ya que desdes el segundo cero he estado totalmente indefensa ante sus actuaciones, sin poder hacer nada...
lo dicho en cuanto tenga alguna novedad se la facilito.
Para tor2015:
Tal como me temía, y Iberdrola Clientes S.A.U. le indica en la factura de 4.31 euros a la que Vd. hace referencia, han procedido a dar de baja el contrato de suministro que Vd. tenia contratado.
Eso quiere decir, que Vd. no tendrá suministro Eléctrico en su domicilio hasta que no formalice un nuevo contrato de suministro eléctrico con una compañía Comercializadora de Electricidad.
Dada la situación, es casi lo mejor que le podía suceder; en cuanto pueda preséntese en persona en una Oficina de Atención al Cliente de la Cía. con la que desee contratar el nuevo suministro, y diga que quiere contratar suministro a tarifa T.U.R., que quiere decir Tarifa Ultimo Recurso, y que ahora se llama Tarifa P.V.P.C.; tarifa a Precio de Venta Pequeño Consumidor.
Aunque Vd. le tendrá un especial cariño a los Sres. de Iberdrola, le aconsejo que ahora mismo contrate de nuevo el suministro con IBERDROLA COMERCIALIZACION DE ULTIMO RECURSO S.A.U. para facilitar las cosas.
Posteriormente ya decidirá Vd. en su caso si cambia de Compañía Comercializadora, puesto que dicho cambio no conlleva gasto alguno para Vd. Aproveche la ocasión para revisar bien cual es la potencia eléctrica que realmente necesita, —hay una pagina muy buena para eso http://www.bajatelapotencia.org/ —, y procure SIEMPRE Y EN TODO CASO contratar el suministro a precio tarifa P.V.P.C. (Precio Venta Pequeño Consumidor).
Tenga en cuenta que le cobrarán derechos de acometida, que en su caso corresponde derechos de acceso y derechos de enganche.
Los derechos de acceso tienen un coste de 19,703137 €/kW contratado, es decir por cada kilovatio de potencia contratada le cobraran la cantidad que le he indicado.; los derechos de enganche son una cantidad fija de 9,044760 €/ actuación. Por eso le indico que ajuste su potencia.
La experiencia de casos anteriores, es que pasados quince días del corte de suministro y de dar de baja el anterior contrato, la Distribuidora —en su caso Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U.—, no pone pegas a la nueva compañía comercializadora para realizar el nuevo contrato de suministro.
Es ahora mismo la única forma que tiene Vd. para volver a tener suministro eléctrico en su domicilio.
Independientemente de todo esto, recibirá Vd. en el domicilio del suministro, diversos escritos:
1.-- De Iberdrola Distribución comunicándole que han llevado a cabo la inspección y la fecha en lo hicieron, así como indicándole que tipo de manipulación han encontrado en el contador. A dicha carta le adjuntaran una copia del Informe de Inspección donde consta todo ello.
2.-- Dos escritos de Iberdrola Comercialización de Ultimo Recurso S.A.U.; en el primero le dirán que la Distribuidora les ha comunicado que han efectuado una inspección y que se han encontrado que el equipo de medida (el contador), había sido manipulado, y por consecuencia no registraba correctamente el consumo del usuario.
En el segundo, le dirán a Vd. la cifra correspondiente al consumo eléctrico que la Distribuidora considera que Vd. les ha defraudado, (XXXX kilovatios), y le dirán que en base a ello, han emitido una factura a su cargo de XXXXX euros; posteriormente a estos escritos, recibirá Vd. en su domicilio la factura a la que he hecho referencia con anterioridad.
Tiene a la fuerza que localizar los 3 escritos que le he citado porque posteriormente le van a hacer a Vd. falta, bien para hacer una reclamación en condiciones ante la Consejería de Industria de Castilla la Mancha, o bien para oponerse en el Juzgado a la Reclamación de Cantidad en Proceso Monitorio, que más tarde o mas temprano Iberdrola Clientes S.A.U. llevará a cabo contra Vd.
Entiendo perfectamente que Vd. se encuentra indefensa...... Tenga en cuenta que no estaría yo contestándole si no lo considerara así.
Animo........ es un camino largo el que le toca recorrer, pero no le queda mas remedio que hacerlo.
Saludos.
Morgan.
contadormanipulado@gmail.com
Pdta. Si le parece bien, escanee la última factura recibida y envíemela al correo indicado que quiero echarle un vistazo. Cuando tenga el informe de Inspección y los otros escritos que le he señalado, también seria bueno que me los enviase con el fin de aconsejarle con precisión de acuerdo con lo que en ellos se diga.
Para tor2015:
Independientemente del correo que me dice que ha enviado a clientes@iberdrola.es, debe enviar correo con las mismas preguntas a Iberdrola Distribución Electrica S.A.U.
Copie y pegue esta dirección electrónica en la barra de su navegador:
https://www.iberdroladistribucionelectrica.com/webibd/corporativa/iberdrola?IDPAG=ESSOCDISOFICONBUZ
Ahí encontrará el correo electrónico de la distribuidora a la que debe dirigirse. Indique siempre:
Titular del contrato y su N.I.F.
Domicilio del suministro
C.U.P.S. que identifica el punto de suministro; es un conjunto de numero de letras y números que aparece siempre en su facturas.
Morganmadrid, gracias por todo
Acabo de recibir un mensaje al teléfono que pone info iberdrola: su distribuidora ha aceptado el cambio de comercializador solicitado por usted, lo que implica la baja con iberdrola. infor 900750000
Yo solicite el cambio de comercializador pero no la baja en el suministro mi marido me acaba de decir que tenemos cortada la luz y que si está el contador
A ver es que no me aclaro si acepta el cambio de comercializador se supone la distribuidora no ha cortado la luz no??
perdone mi desconocimiento pero es que no me aclaro.
segun esto yo podria seguir adelante con el cambio de comercializador sin tener que volver a dar de alta contrato con la distribuidora no?
le envio a su correo la última factura recibida de 4,31 euro
No tengo que perdonar su desconocimiento, por que en su caso, no se aclara nadie, ni incluso yo.
Me dice Vd. en el correo que me ha remitido, que ahora mismo tiene Vd. el suministro interrumpido.
Si el suministro está interrumpido, tal interrupción se llevo a cabo por la Distribuidora, en base a la manipulación del equipo de medida que dice que descubrió al realizar la inspección.
Sin embargo, me dice en su correo:
"He hablado con Iberdrola Distribución donde me ha dicho que no me han quitado el contador y que debería acudir directamente a la comercializadora que elija para que se tramite el alta. Me han dicho que con distribución lo tengo todo ok y que no habría problema en darme de alta."
Pues si eso es así......... haga lo que le dicen: póngase en contacto con la nueva comercializadora y dígale que procedan a la mayor brevedad a llevar a cabo el contrato de suministro que ha suscrito con ellos.
Espero que no le pongan ninguna pega mas, de acuerdo con todo lo que me dice que le han dicho e Iberdrola Distribución..........; si le ruego que nos mantenga informados, porqué es una situación muy extraña, dado que el cambio de compañía comercializadora, no se lleva a cabo nunca (que yo sepa) con el suministro eléctrico interrumpido. Mucha suerte.
Saludos.
Morgan
contadormanipulado@gmail.com
Hola a todos y muchas gracias por toda la información que aportais.
Mi caso es el siguiente, en el mes de septiembre me llaman al timbre para decirme que hay unos técnicos de Iberdrola y que me van a cortar la luz por un cambio de contador que si puedo bajar. Bajo al cuarto de contadores y me encuentro con dos tipos sin ningún tipo de identificación de Iberdrola, que han cambiado el contador sin pedir permiso, yo les pregunto que porque hacen eso y me dicen que Iberdrola ha detectado un consumo irregular y que llame a la compañía. Llamé y me dijeron que no tienen porque avisar de nada y que ya me informarían.
Hasta hoy no había recibido nada, solo que en la factura anterior pagué muy poco y en la última factura bimensual lo han compensado cobrándome un pastón. Estaba esperando a que me enviaran la factura que ha llegado hoy, y para variar no se entiende nada. Pero bueno lo peor no ha sido eso, sino que he recibido un mail de mi banco, avisándome de que han devuelto un recibo de 1.936 €. Yo no he recibido nada de nada, la primera noticia es el cargo del banco. He llamado a Iberdrola y me dicen que es una factura de inspección que tengo que llamar a otro número que sólo está disponible de 10.00 a 14.00 h de lunes a viernes. Con lo que no he podido saber nada más. me he puesto a investigar y he encontrado este foro. Alguna recomendación? Estoy realmente asustada,no puedo afrontar esa cantidad, por no decir que estoy indignadísima porque por supuesto yo no he manipulado nada.
Muchas gracias de antemano por vuestra colaboración.
Hola de nuevo.
Me ha llamado el electricista diciendome que se ha vuelto a poner en contacto con el inspector, y este le ha dicho que cambiando la acometida (desde arqueta hasta el contador), poniendo una manguera blindada (tubo de acero inoxidable), y emitiendo un informe de que esto se ha cambiado, es fácil (pero no ha asegurado) de nos vuelvan a dar luz sin realizar alta nueva.
Le he dicho al electricista que lo haga, el informe tambien, pues entiendo que dicho informe no delata fraude, solamente que ha sido cambiada la acometida.
Aunque tengo luz (prestada del vecino), no tengo la necesaria, y estoy deseando volver a la normalidad de "vivir" en una casa con su electricidad.
Me pasa algo parecido a tor2015, que soy poco entendido en estos temas, me cuesta dijerir todo lo que esplicais, la cabeza ya no se donde la tengo, no quiero alargarme mucho en los comentarios, seguro que algo se me olvida de comentar.
Mañana, bueno, ya hoy, me cambiará la acometida. Ya os contaré.
Para tuero 1970:
La instalación del cable de acometida desde la arqueta al contador nunca es cuestión del usuario sino de la empresa Distribuidora.
Ahora bien, teniendo en cuenta que el usuario, en ese cable de acometida que era propiedad de Iberdrola, había llevado a cabo una derivación irregular —un empalme—, de la que se suministraba energía de forma que no quedase registrada en el contador, y que de todo esto Iberdrola tenia en principio solamente sospechas, y que posteriormente esas "sospechas" se convirtieron en "certezas", —dado que fue el propio usuario el que reconoció la existencia de la derivación ante el inspector primero y con posterioridad ante varias personas de Iberdrola, y además un funcionario de "Industria"—, y que en base a esas certezas Iberdrola Distribución procedió a interrumpir el suministro, parece lógico que Iberdrola Distribución se asegure que tal derivación irregular no se va a volver a conexionar en el futuro, y obligue al usuario a blindar ese cable de acometida de forma tal que no se pueda volver a llevar a cabo ninguna derivación irregular de ningún tipo en ese cable de acometida nunca mas.
Vd. dice: " que el inspector le ha dicho a su electricista, que es fácil (pero no lo ha asegurado) que nos vuelvan a dar luz sin realizar alta nueva".
A mi desde luego, no me parece nada fácil, me parece realmente muy difícil.
Desde luego ahora mismo el suministro se encuentra interrumpido por una situación de fraude, y por lo tanto yo entiendo que para que se vuelva a suministrar energía eléctrica al punto de suministro UNA VEZ QUE IBERDROLA SE HAYA ASEGURADO DE QUE TAL SITUACION DE FRAUDE NO SE VA A VOLVER A PRODUCIR EN EL FUTURO, solo caben dos posibilidades.
Primera: que el usuario se haga cargo del pago de la factura que la Comercializadora emita correspondiente a la valoración económica del consumo eléctrico que la Distribuidora estime que le ha sido defraudado.
Segunda.- Que el usuario no se haga cargo del pago de dicha factura, y que por ello transcurrido el plazo legal se produzca la interrupción definitiva del suministro y la baja del actual contrato de suministro.
En ese caso, una vez dado de baja el contrato actual, el usuario podría proceder a llevar a cabo una nueva contratación con otra Compañía Comercializadora de Energía, si Iberdrola no le permite contratar con ellos por tener pendiente de pago esa factura. En ese caso, tendrá que pagar derechos de acometida; acceso y enganche.
Ya iremos viendo como se desarrollan los acontecimientos, pero el asunto desde luego en principio no pinta nada bien para Vd.
Saludos.
Morgan.
contadormanipulado@gmail.com