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manipulación contador luz (continuación)

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21/10/2014 15:01
Buenas de nuevo,

Si antes hablamos... Ya nos ha llegado una carta ordinaria en la que nos avisa de que pasarán una factura por 5443 kwh no facturados por importe de 1034.67 euros (que devolverá directamente el banco sin decirnos nada porque no hay suficiente dinero para atender ese pago y son así de majos).

El alta la tenemos del 29/10/13, potencia contratada 4,6W. La factura que nos pasan es del 12/10/13 al 26/09/14.

Ayuda,

Gracias
21/10/2014 15:39
Hola de nuevo,

He hablado con la inmobiliaria y dicen que el contador era nuevo y que fué él quien le abrió al (¿de Iberdrola? ¿la contrata?) que lo puso. Que hablemos con Iberdrola (ya lo hicimos con inspección) o que vayamos a consumo.

Estamos ya desesperados.

Gracias
21/10/2014 19:36
Buenas tardes, hoy hemos recibido la carta, yo no la he leído porque estoy de viaje, me e la ha leído mi mujer.
Resumiendo, en el informe de la inspección no esta tachada la casilla manipulación y si la casilla error del contador, eso me parece lógico porque no estaba manipulado.
Lo curioso es que en una segunda carta vuelven a marcar la casilla error del contador y que pasaran una factura la distribuidora.
Y me pregunto? Que factura? Si el contador es suyo y se avería, porque tengo yo que pagar nada?.
Alguien en una situación similar?
Gracias.
21/10/2014 23:52
Hola a tod@s!

Soy una afectada mas por las cartas de "manipulacion" (comunidad autonoma de Andalucia). Aunque en mi carta solo pone que "se ha detactado una anomalia", especifica que dicha anomalia consiste en la "inversion entrada/salida", y al haber esto generado una medicion inferior del consumo real, se "procede a refacturar una cantidad "x" de KW segun el art. 87 del RD 1955/2000".

Ahora, empezando por la premisa de que no he manipulado nada, lo que no entiendo es lo siguiente:
- el suministro se refiere a un negocio, no a una vivienda particular. Dicho negocio ha ido incrementando su actividad, y por ende su consumo, año tras año, desde que abrió (2008) hasta hoy.
- Endesa Energia SAU reclama un periodo de consumo entre 2009 y 2010. Es decir, que en vez de re-facturar el año anterior a la inspeccion (enero 2014), se han ido a hace mas de 4 años atras porque (explicacion telefonica "no oficial" del dep. juridico) "el consumo no cuadra con el consumo actual, es decir, que el consumo 2009/2010 es "demasiado poco" comparado con el consumo 2014. Lo cual, repito, pensando que estamos hablando de un negocio de hosteleria y no de una vivienda, se puede explicar (y demostrar bastante objetivamente) con el hecho que el negocio ha aumentado su nivel de actividad.
- Desde 2008 hasta hoy, la facturacion por consumo de energia ha subido paulatinamente un "x" cada año, y no ha bajado. Tambien, otros suministros han seguido el mismo incremento anual (ej. consumo de agua). A raiz de que se supone una manipulacion y se procede a hacer una inspeccion?

Preguntas para Morganmadrid.

Estimado Morganmadrid, gracias por tu forma de razonar tan clara y objetiva, y or el tiempo que nos estas dedicando. Espero que puedas contestarme porque cuando he leido lo que has puesto a Manran, aunque su caso no sea igual que el mio, me he asustado con lo que planteas pueda pasar si voy a jucio con Endesa.

Soy autonoma y tengo la sensacion que al tratarse de un negocio mis derechos no son "tan fuertes" como los de un particular, es cierto o no?

Admitiendo que no pueda o no me convenga defenderme contra la acusacion de maniplacion del contador, no porque dudes de mi inocencia, sino porque el contador se encuentra en un local comun de un bloque de pisos, con lo cual no puedo excluir que alguien lo haya tocado - y lo que dice la ley es bastante descorazonador sobre este punto (cada uno es responsable de su contador y punto) -, con que derecho Endesa se ha ido a reclamar un año tan lejano, epoca en la que mas habia diferencia con el consumo actual? Tiene algo que ver el hecho que justamente en 2010 cambiè mi contrato de suministro con Iberdrola? Y sobretodo, pueden hacerlo?

Y por ultimo: ya que ahora y desde el 2010 la que me suministra la electricidad es Iberdrola y no Endesa (titular de la deuda), puede Endesa cortarme la luz (he rechazado los pagos adeudados en mi cuentas relativos a la re-facturacion con una orden de "no conformidad"), transcurridos los 60 dias, hasta que se arregle el asunto?

No tengo ni idea de cuanto son los gastos de un juicio en el caso de que pierda el pleito, pero Endesa me reclama mas de 4000 euro, que sumados a las facturas ya debidamente pagadas en el periodo en cuestion dan casi 7000 euros!! O sea Endesa dice que cuando mi negocio tenia un año de vida y abria pocas horas al dia, consumia de luz un 40% mas de mi maximo consumo actual durante un año (4700 euros en 2013, negocio abierto 7 dias a la semana, 15h al dia). No es justo!!!

Que me conviene hacer? Voy a juicio aunque no sea para demostrar mi inocencia por lo de la manipulacion...sino por lo menos para intentar que recalculen mi consumo de una forma mas justa...o pago y agacho la cabeza....? Mientras tanto, duele admitir que la inocencia no paga....

Te agradecerè infinitamente cualquier opinion!

Un saludo y suerte a todos!




22/10/2014 16:25
Hola de nuevo,

Tengo novedades que la verdad, no se si me pueden ayudar o no.

Esta mañana en Consumo del Ayuntamiento de Vila-real nos han remitido directamente al Servicio Territorial de Energía en Castellón. Allí hemos pasado por varias personas hasta que nos ha atendido uno de los técnicos (por lo menos, todos han sido amabilísimos con nosotros, y no es en tono sarcástico).

Este señor nos ha dicho que lo único que podemos hacer es presentar un escrito en Iberdrola (con copia para nosotros que nos deberán sellar) diciendo lo que ha pasado, que no hemos sido, los consumos excesivos para tener hecho un puente, etc. Que cuando nos manden a pastar o pasados 20 días, presentemos reclamación en Industria y Energía, adjuntando junto con las facturas ese escrito, y que por 20€ de tasas ya se encargan ellos de hacer de intermediario.

Nos han recomendado pactar con esos estafadores (se siente, pero si yo no he hecho nada y me quieren cobran mas de 1000 euros es lo que son para mi) para que me fraccionen esa factura porque en caso de impago, me cortarán la luz y además pueden resolver el contrato, con lo cual habría que volver a pagar enganche y toda la vaina.

Las novedades vienen ahora, que hemos podido acceder POR PRIMERA VEZ al cuarto donde estan los contadores.

En el informe de la inspección aparece los datos del contador que tenemos en la factura (el número al menos coincide). Ahora bien, el contador que tenemos ahora no es ni SAGEM ni tiene ese número de serie ni tiene (obviamente) el consumo que pone en el informe. Es un ZIV, el número de serie no se parece en nada y el consumo está "reseteado" (de 4217.00 en el momento de la inspección y en la última lectura según facturas a 159 que marca ahora).

Hay una pegatina bajo nuestro contador NUEVO (repito) donde dice que esta precintado y lo mismo en los 3 contadores siguientes, con el mismo número de "personal autorizado", fecha y hora.

Mi pregunta es, si en el informe no aparece que hayan retirado ningún equipo ni que se haya puesto un nuevo contador (en Industria esta mañana me han dicho que lo normal es que quiten el puente y lo vuelvan a colocar), ni aparece marcada la casilla de "se normaliza" en las actuaciones... en fin, nada sobre lo que han hecho ¿puede esto favorecerme de alguna forma?

Gracias,
23/10/2014 12:03
Para MorganMadrid
B. dias:
Te he enviado privado e igualmente te escaneare las cartas para que tengas la informacion, pero a mi las caras de" Iberdrola Comerciializador de referencia" IBERDROLA COMERCIALIZACION DE ULTIMO RECURSO
Tambien me ha remitido las cartas con la leyenda a la que hacias referencia en tu post del dia 18. " Para reclamaciones sobre el contrato de suministro o facturaciones podra dirigirse a la Consegeria u organo competente en materia de consumo de su Comunidad Autonoma,........."
Te loo enviare en cuanto me sea posible escanearlo. Aparte hemos recibido una carta certificacada con un aviso de suspension de suministro para el dia 09 de diciembre y no se si deberiamos fraccionar/pagar y luego reclamar o.....

Gracias por tu ayuda

Un saludo
23/10/2014 20:02
Hola para morgan madrid.

Le dije eso proque estoy comiendo huevos desde mayo........
Perdon por la expresion.Pues dodne pones que a partir de ahora no podran decir que no a los damnificados por este tema en la comunidad valenciana,te refieres que si presentamos otra vez el recurso en el servicio territorial de enrgia o si vuelvo a llamar a la direccion general de energia deben atender el recurso de alzada?
O tenemos que esperar contestacion al recurso de alzxada en la direccion general de energia?

gracias el trabajo que estas haciendo por todos es espectacular,ya te lo he agardecido antes pero te lo vuelvo a gardecer una y mil veces
un saludo
24/10/2014 09:39
Para MORGAN:

hola, soy de Valencia!!
mi factura es de Iberdrola Clientes s.a.u
en mi factura de 1209,31 si que pone la coletilla que creo que buscas.
pone lo siguiente:

Podrá realizar las reclamaciones que estime pertinentes en relacion con su contrato, dirigiendo un escrito a : "IBERDROLA CLIENTES S.A.U. Apartado de correos 61090 - 28080 Madrid", por telefono en el 900225235 o enviando un correo electrónico a "clientes@iberdrola.es"
En caso que la reclamacion no hubiera sido resuelta en el plazo de un mes, podrá dirigirla a la Junta Arbitral de Consumo Autonómica correspondiente, para las materias para las que Iberdrola Clientes S.A.U. se ha sometido a dicho arbitraje por ser responsabilidad de la empresa comercializadora, o bien dirigirse al Ministerio de Industria, Energia y Turismo.

Espero que sea esto lo que buscas, a ver si podemos hacer alguna reclamación!!!
Ya nos cuentas y nos dices que opinas...
Un saludo
24/10/2014 14:59
hoy he realizado una reclamación a iberdrola desde la OMIC, ya me han dicho que posiblemente les contesten que el contador está a cargo mío y sea la responsable de lo que le suceda, y de ser así tendré que reclamar a industria, me han dicho que hay muchísima gente en mi ciudad en la misma situación, ahora toca esperar.
24/10/2014 23:08
Buenas
Os relato mi situacion.
Recibo a principios de Octubre una carta de Iberdrola Distribucion Electrica en la que dice que después de una inspeccion realizada se detectan irregularidades : equipo de media manipulado, equipo de medida con puentes de tensión manipulados. Comunicarán estos hechos a la empresa comercializadora (gas natural).
Obviamente que yo sea conocedor, nunca he manipulado mi contador, es más, suelo visitar casi todos los meses la zona de contadores de agua, y luz de mi comunidad para ver que toda mi instalación está correcta. No entiendo porque la inspección que se realizó no se me aviso, estando yo en ese momento en mi domicilio, pues adjuntan el informe de la inspecció (hora y dia) son fotografías de la manipulacion.
Realizo una reclamación a Iberdrola a traves de burofax en la que denuncion que la inspección se ha realizado sin aviso y sin mi presencia y tampoco hay testigos presentes. Solicito fotos de la manipulación del equipo de medida.
Realizo una reclamación en el servicio territorial de energia de Valencia (prop) adjuntando la documentación presentada en la reclamación a través de burofax.
Hoy he recibido una carta de Iberdrola Distribución Electrica en la que dicen que en relación a mi reclamación el servicio de inspección detectó una irregularidad y se procede a abrir un expediente conforme al artículo 87 del RD 1955/2000 que durante el periodo facturado 21/09 al 20/09 me facturan un consumo de 11064,88 kw y que debo dirigirme en los mismos terminos a mi comercializadora.
La proxima semana realizare una reclamación en la OMIC de mi municipio.
Conclusión, si reclamo a Iberdrola que no estoy de acuerdo con la inspección no se porque me remiten a la comercializadora.
Alguién sugiere que más procedimientos puedo realizar?
Debo de pagar la factura que emita mi comercializadora?

26/10/2014 20:55
Para morgan...


Yo en ningun momento he puesto reclamacion en omic...

Pasa algo morgan¿?
27/10/2014 13:00
Para Lolo :

Tu has puesto tu reclamacion al Servicio Territorial de Energia, que es donde debes de presentarla y has recurrido la inadmision de tu anterior reclamacion al Servicio Territorial de Energia mediante un Recurso de Alzada ante el Sr. Director General de la Energia de la Comunidad Valencia.

Esta todo bien; tendran que contestar.

Un abrazo Lolo.


Morgan


contadormanipulado@gmail.com
27/10/2014 15:08
Pues cual es mi sorpresa que tal mi ultimo escrito a iberdrola y la compañia de gestion de cobros para que una vez puesta la reclamacion en industria no me pueden cortar la luz hasta que se pronuncie el ministerio me han enviado una copia de la foto que hizo el inspector, te la enviare morganmadrid a ver que te parece pq solo se ve mi contador con un medidor de tension, tambien adjuntan un escrito en el que dicen que van a tomar las actuaciones legales que estimen.
Un saludo
27/10/2014 18:04
Para Dña. Carmen Ranich:

En primer lugar darle las gracias por ofrecer colaboración con respecto a la nueva información sobre reclamaciones que constan en las facturas de Iberdrola, tratando de comprobar si es la misma información cuando la Cia. es Iberdrola Comercializadora Último Recurso S.A. que cuando es Iberdrola Clientes S.A.U.

Me parece que toda la gente que nos lee solamente Vd. y otra persona han ofrecido su colaboración, lo que dice mucho de Vd. y de todos.

Será un placer contestarla.

Saludos.

Morgan.

contadormanipulado@gmail.com
27/10/2014 18:47
Somos muchos los que hemos huido de Iberdrola y por tanto ya no recibimos facturación de dicha empresa. Al menos es mi caso.

Un saludo.
27/10/2014 18:58
Ya he regresado de viaje y he podido comprobar las cartas que me envían.
En mi caso la casilla señalada es "equipo de medida averiado".
En una segunda carta me indica lo mismo y me dicen que la comercializadora realizará la valoración correspondiente conforme al articulo 96 de Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.
Yo ya me he marchado de iberdrola, ahora supongo que tengo que esperar a ver en que consiste esa "valoración".
El equipo de medida es de ellos, si se avería ¿tengo yo que pagar?
Es que no entiendo nada de nada.
Gracias.
27/10/2014 19:02
Para dmartine;

Estoy seguro de ello Diego; comprendo perfectamente que no eres tu precisamente el que reciba facturas de Iberdrola.

He leído tu comentario que Iberdrola denegó el cambio de comercializador por haber un expediente abierto........... y me he quedado con esa copla.......
Cuando puedas por favor me cuentas mas sobre eso.

Y cuando llegue el día de tu juicio, recuerdame que te comente una cosa.

Saludos.

Morgan.


contadormanipulado@gmail.com


27/10/2014 19:09
Hola morganmadrid.

Creo que has mezclado dos casos con tu comentario
"" He leído tu comentario que Iberdrola denegó el cambio de comercializador por haber un expediente abierto........... y me he quedado con esa copla.......'

Yo si que conseguí el cambio de comercializadora y ahora estoy con otra. Ahora esperando fecha de juicio. Ganas tengo.

Un saludo.
27/10/2014 19:24
Para eulepharis:

Eso es precisamente lo que voy buscando. Como puede comprobar, indica claramente que puede reclamar al Ministerio de Industria. Tengo la impresión que no pone lo mismo en las facturas de Iberdrola emitidas en la Comunidad de Madrid que en las de la Comunidad Valenciana.

Le agradecería si es tan amable, que me envíe una copia de su factura, ocultando claro esta sus datos personales y bancarios a fin de comparar el texto de unas facturas y otras; no oculte por favor su Localidad ni Provincia, pero si su domicilio; se trataría en todo caso de demostrar que Iberdrola en la Comunidad Valenciana si reconoce la competencia del Ministerio de Industria para atender reclamaciones de "esa factura" y obligarles a que rectifique su criterio en el sentido de que son los Tribunales los que deben decidir.

Estoy preparando otro Recurso ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia sobre este asunto, en base que después de mucho buscar encontré que entre sus funciones se encuentra la de:

"Supervisar el grado y la efectividad de la apertura del mercado y de competencia, tanto en el mercado mayorista como el minorista, incluidas entre otras, las reclamaciones planteadas por los consumidores de energía eléctrica y de gas natural, y las subastas reguladas de contratación a plazo de energía eléctrica.



Y el Artículo 98. Reclamaciones.
Las reclamaciones o discrepancias que se susciten
en relación con el contrato de suministro a tarifa, o de acceso a las redes, o con las facturaciones derivadas de los mismos serán resueltas administrativamente por el órgano competente en materia de energía de la Comunidad Autónoma o Ciudades de Ceuta y Melilla, en cuyo
territorio se efectúe el suministro, independientemente de las actuaciones en vía jurisdiccional que pudieran
producirse a instancia de cualquiera de las partes, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional undécima. Tercero de la Ley 34/1998, de 7 de octubre,
del Sector de Hidrocarburos.

A ver si dando palos por todos los lados, conseguimos algo.

Muchas gracias de antemano. Saludos.

Morgan.

contadormanipulado@gmail.com






27/10/2014 20:06
Para Vicox:

Artículo 96. Comprobación de los equipos de medida y control.
1. Tanto las empresas distribuidoras y, en su caso, las comercializadoras o el operador del sistema, como los consumidores, tendrán derecho a solicitar, del órgano de la Administración competente donde radique la instalación, la comprobación y verificación de los contadores, interruptores de control de potencia (ICP) y otros aparatos que sirvan de base para la facturación, cualquiera que sea su propietario.


2. En el caso de comprobarse un funcionamiento
incorrecto, se procederá a efectuar una refacturación complementaria.


Para los consumidores cualificados u otros sujetos
cualificados, si se hubieran facturado cantidades inferiores a las debidas, la diferencia a efectos de pago podrá ser prorrateada en tantas facturas mensuales como meses transcurrieron en el error, sin que pueda exceder el aplazamiento ni el período a rectificar de un año.

Sin perjuicio de lo establecido reglamentariamente para los consumidores cualificados u otros sujetos cualificados,
si hubiesen abonado cantidades en exceso, la
devolución se producirá en la primera facturación
siguiente, sin que pueda producirse fraccionamiento de los importes a devolver, ni el período de rectificación supere un año. En este caso, se aplicará a las cantidades adelantadas el interés legal del dinero.

En el caso de que el error sea de tipo administrativo, los cobros o devoluciones tendrán el mismo tratamiento que el señalado anteriormente.


Bien; ya tiene Vd. lo que dispone el articulo 96 del R.D. 1955/2000 .

Pero por lo que podido leer anteriormente en todos sus comentarios, Iberdrola no ha efectuado el procedimiento legal establecido, para cuando se observen averías en los equipos de medida que registran el consumo de los usuarios.



Yo entiendo que ellos tienen razón en la última parte de su actuación; en reclamar la valoración económica del error en la correcta medición del por avería del mismo.

Pero que anteriormente la habían perdido por que no vale hacer que Iberdrola se convierta unilateralmente en Juez y Parte de la cuestión; si observaron un error, que puede ocurrir y en su caso bien que lo parece porque pude comprobar que no le acusan de fraude, existe un procedimiento reglado para comprobar la existencia del error e Iberdrola, acostumbrada como está a hacer lo que le dá la gana en el equipo de medida del usuario sin poner en su conocimiento previo todo ello, pues no lo ha respetado ni cumplido.

Por lo tanto yo entiendo que con una reclamación bien planteada y bien fundamentada jurídicamente tendrán que aceptar que no se han ajustado a la Ley

No me queda claro cual es su Población o al menos su Comunidad Autónoma ni tampoco que "Iberdrola" es la que le factura; a lo mejor lo ha indicado y yo no lo he leído que también puede ser.

Aclare cuando pueda esta cuestión y a partir de ahí ya podre ser más concreto en mi contestación.
Saludos.

Morgan.


contadormanipulado@gmail.com



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