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manipulación contador luz (continuación)

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15/10/2014 12:30
Para morganmadrid:

Gracias por su mensaje. Sí, hoy mismo he descargado todas las facturas que estaban disponibles en la página web por cinco años.

La propietaria del piso está interesada en que me quede, me aconseja intentar a solucinarlo hasta que se pueda, y si no - está dispuesta a ingresar a mi cuenta el importe reclamado para que yo después se lo devuelva poco a poco. Esto también sería una solución para mí, aunque nadie puede garantizar que algo así no se repite otra vez...

Muchas gracias y esperaré sus consejos.

Un saludo
15/10/2014 12:48
Para mi pregunta:

Esa podría ser una excelente maniobra; no hace falta que se lo preste y que se lo tenga que devolver poco a poco. Quizá solo haga falta que se lo preste por unos veinte o veinticinco días.

Es el tiempo que necesito para realizar los movimientos de defensa adecuados.

Pero sigo pensando detenidamente los movimientos a realizar y no es fácil teniendo en cuenta que el contrato está a nombre de un tercero.

Saludos señora; ánimo.

Morgan.

contadormanipulado@gmail.com
15/10/2014 12:52
Para morganmadrid:

Muchas gracias, entonces le pediré que me abone este dinero. Esperaré sus instrucciones de qué hay que hacer para que el día 22 Iberdrola no me quite este dinero de la cuenta.

¡¡Gracias de nuevo!!

Un saludo
15/10/2014 22:33
Buenas tardes ,la semana pasada me cambiaron el contador de la luz, por uno digital, sin previo aviso el operario le dijo a mi mujer q el antiguo estaba manipulado que tendria notificación de la compañia,hoy al llegar a casa no hemos encontrado sin luz ,he mirado el contador y esta apagado ,han quitado el fusible y puesto unaa pegatina iberdrolacomo precintado .
llamo ala compañia no saben nada todo bien y al corriente de pago,me pasan con el distribuidor y me dicen q tenia el antiguo contaor trucado q ya me mandaran la multa yme daran de baja de ese contrato para hacer uno nuevo y page la sancion correspondiente de 15 a 20 dias tardaran.
Yo mientras sin luz ,sin ninguna notificacion ni avisos de lo que me estan haciendo,y sin saber q tengo q pagar.
y una familia de cuatro personas con velas y todos los alimentos pudriendose.
Porfavor, asesorarme , no se q hacer.
MUCHAS GRACIAS UN SALUDO.
16/10/2014 01:26
Para vapuji:
La verdad empieza ser desmoralizador participar en este foro; todos los días acabo yéndome a la cama a las dos de la madrugada agotado, desmoralizado y encabronado total, con todo lo que leo.

La actuación de Iberdrola y de otras Cias. Eléctricas (ya he tenido noticias de otro caso parecido con otra Cia.) parece haber sido tomada por común acuerdo entre ellas y es la nueva moda; como no consiguen obtener resoluciones administrativas favorables a sus intereses ante las reclamaciones de los usuarios ante la Administración, están empezando a tirar por el camino del medio y aplicando la Ley a rajatabla, de una forma casi terrorista.

La Ley dice:
Artículo 87. Otras causas de la suspensión del suministro.
La empresa distribuidora podrá interrumpir el suministro de forma inmediata en los siguientes casos:

a) Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato.
b) Cuando se establezcan derivaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato.
c) CUANDO SE MANIPULE EL EQUIPO DE MEDIDA Y CONTROL O SE EVITE SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO.
d) En el caso de instalaciones peligrosas.

En todos los casos anteriores la interrupción del suministro se llevará a cabo por la empresa distribuidora y se comunicará a la Administración competente, haciéndolo por escrito o por cualquier otro medio aceptado entre las partes.

De no existir criterio objetivo para girar la facturación en estos supuestos, la empresa distribuidora la girará facturando un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que se hubiese debido contratar, por seis horas de utilización diarias durante un año, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que se puedan interponer

Artículo 90. Resolución de los contratos de suministro a tarifa y de acceso a las redes.

2. LA SUSPENSION DEL SUMINISTRO O DE ACCESO A REDES EN LOS CASOS DE FRAUDE DARÁ LUGAR A LA RESOLUCION AUTOMATICA DEL CONTRATO.


Por lo tanto lo primero es explicarle que lo que ellos entienden, es que NO EXISTE CRITERIO OBJETIVO PARA DETERMINAR EL CONSUMO DEFRAUDADO, y en consecuencia para cuantificar el mismo le aplicarán lo que dice La Ley: POTENCIA CONTRATADA X 6 HORAS DE UTILIZACION DIARIA X 365 DÍAS. Esta multiplicación arrojará una cifra de kilowatios (la que sea), a la que restarán el consumo (los kilowatios) que le hayan sido debidamente facturados en los 365 días anteriores a la fecha de la inspección.
La valoración económica de esos kilowatios presuntamente defraudados se la harán al mismo precio de la energía que le haya sido facturada en los 365 días anteriores a la fecha de la inspección.
En mi post del día 13 de Octubre a mbc49, trato de explicar de una forma que entiendo suficientemente amplia como se lleva a cabo el cálculo de dicha cantidad. Le recomiendo que lo lea detenidamente y si tiene alguna duda expóngala en el foro y trataremos de explicarla de nuevo.

Lo segundo que debo tratar de explicarle que el hecho de tener que hacer un nuevo contrato, implica de acuerdo con la Ley que tenga que pagar por ello por 2 conceptos; Derechos de acometida y Derechos de acceso a redes. El precio de los derechos de acceso a redes es de 19,70 Euros por kilowatio de potencia contratada; por ejemplo, si contrata 2 kilowatios seran 2x 19,70= 39,40 Euros. El precio de los derechos de acceso a redes ( anteriormente se llamaba derechos de enganche) es una cantidad siempre fija que creo recordar que actualmente está en 9,04 Euros. Por tanto en el caso anterior si contrata 2 kilowatios el importe total a pagar seria 39,40 más 9,04 lo que arroja una cifra total de 48,44 Euros. A esta cifra tiene siempre que incrementar el I.V.A. de 21 % (en este caso 10,17 Euros y por tanto el importe total incluido Iva a pagar en este caso seria 39,40 mas 10,17 = 49,57 Euros. Debe de ajustar el máximo la potencia a contratar. Si tiene dudas sobre esto hay una pagina muy interesante que lo explica todo bastante bien http://www.bajatelapotencia.org/
16/10/2014 01:46
Para vapuji: (2)

Explicado todo esto, debe decirle que dada su actual situación tiene pocas posibilidades de defensa. A mi personalmente lo único que se me ocurre es que una vez hechos los cálculos de lo que le van a intentar cobrar, valore si de alguna forma puede hacerle frente a dicha cantidad. Si ello es así, lo que yo haría en su caso es lo siguiente:

Me presentaría en persona en una Oficina de atención al cliente de Iberdrola y expondría la situación, diciéndoles naturalmente que Vd. no ha manipulado el contador y que tiene una familia con cuatro personas que están sin luz con todo lo que ello conlleva.
Trataría de hacer de inmediato un nuevo contrato, aunque me temo que el propio sistema informático de Iberdrola no lo permita (aunque conozco algún caso en que no ha sido así) Ajuste bien la potencia a contratar que luego eso tiene difícil modificación durante el próximo año después de la fecha del contrato. No olvide nunca que debe acogerse a la tarifa de P.V.P.C. Precio de Venta de Pequeño Consumidor. Compruebe esto y que no le líen diciendo que hay tarifas mas favorables; son más favorables para ellos no para Vd. El importe de los derechos de acometida y de acceso a redes del nuevo contrato se lo pasarán por el Banco. Páguelo.
Intente que desde la Oficina de Atención al cliente se pongan en contacto con Iberdrola Distribución a fin de que cuanto antes valoren económicamente el consumo presuntamente defraudado y emitan la factura correspondiente a todo ello. Diga igualmente que el importe de dicha factura se lo pasen por el Banco. No se le ocurra pagarlo en efectivo ni por ingreso en ninguna cuenta bancaria que le digan. Si le hacen firmar algún documento, procure que su firma.......... ya sabe; en esos terminales electrónicos que utilizan; no es nada difícil que la firma que aparece no se asemeje a la real.
Es muy importante que obtenga también a través de la Oficina virtual de Internet copia de todas las facturas de los últimos cinco años que hayan sido emitidas a su cargo. Es posible que no pueda hacerlo a través de la Oficina Virtual porque posiblemente le hayan bloqueado el acceso. Si ello es así, solicite igualmente en la Oficina de Atención al cliente el histórico de consumo de su anterior contrato (el que parece ser que le han cancelado); tenga en cuenta que todo ello le será imprescindible para en el futuro efectuar un estudio de consumo correcto de su instalación.
Una vez que le hayan pasado por el Banco el recibo correspondiente al consumo presuntamente defraudado aguante, de momento el tema sin comentarios.
A continuación proceda Vd. a efectuar un cambio de Compañía Comercializadora de Energía; dado que ese momento ya no tiene deuda alguna con Iberdrola, no tienen mas cojones que aceptarlo puesto que Vd. en ese momento no les adeuda cantidad alguna.
La nueva Cía comercializadora tarda entre 10 y 15 días en efectuar el cambio de Cía. y tenerlo a Vd. como nuevo cliente. Una vez se haya efectuado todo esto (compruebe Vd. por teléfono o por internet que dicho cambio se ha efectuado y que ya es cliente de la nueva Cia.)
A continuación pasados diez o quince días vaya a su Banco y de orden por escrito que se devuelva el recibo correspondiente al consumo presuntamente defraudado. Recuerde que de acuerdo con lo establecido en la Ley de Sistemas de Pago, dispone de un plazo de 8 semanas para hacerlo, aunque le aconsejo que en cuanto haya hecho todo lo que le indico lo devuelva sin agotar el plazo.
Y de momento, el recibo correspondiente al consumo presuntamente defraudado, que se lo coma Iberdrola con patatas fritas; ya no podrán chantajearle como están haciendo con el hecho de dejar a una familia sin luz eléctrica en el tiempo en que vivimos.
Y ya sin la presión del chantaje del corte de luz, y con las facturas del consumo de los últimos cinco años o con el histórico ya podrá empezar a comprobar que fue lo que realmente paso con el consumo registrado en el contador.

No tengo muchas mas ideas para su defensa; la siguiente posibilidad es irse directamente a otra Cia. Comercializadora de Energía y tratar de hacer un nuevo contrato de suministro eléctrico, aunque la Distribuidora (que en su caso seguirá siendo Iberdrola) le bloqueará el acceso a el Código Único de Punto Suministro de su instalación a la nueva Compañía durante un plazo aproximado de 10 o 15 días. Pasado ese plazo en los casos que conozco ha permitido hacerlo.

Saludos y suerte.

Morgan.


contadormanipulado@gmail.com

La 1:44; otro día mas y otro día menos.
16/10/2014 10:49
Muchas gracias Morgan,
ahora mismo me pongo en marcha.
te agradedco mucho tus consejos.
un amigo,un abrazo ,te valla lo mejor en la vida
UN SALUDOOOO.
16/10/2014 11:52
Buenos días, ante todo daros las gracias por el enorme trabajo que os estais dando y que no conocía.
Quiero comentaros mi caso, que me ha llevado a leeros aunque realmente no tengo ninguna noticia ni carta ni nada que se parezca de mi compañía, en este caso Iberdrola.
Pero empiezo a sospechar que algo se va a cocer.
Anteayer, sin previo aviso por la tarde apareció un sr que sin identificarse dijo que nuestro contador estaba roto y que iba a cambiarlo, pasados 10 minutos comprobé que el router del wifi, tras volver la luz, se había roto, bajé al cuarto de contadores (es una comunidad donde sólo tiene llave el presidente) y estaba allí el individuo al que le indiqué lo sucedido, me dijo que intentara arreglarlo si tenía seguro etc.
Me había cambiado el contador por uno nuevo sin contar con nadie.
Como no me gustó nada la situación, llamé a iberdrola para quejarme y no me hicieron mucho caso con lo que, automaticamente cambié de compañia.
Mi pregunta es, viendo todos estos casos ¿he hecho bien? ¿es posible que me venga una carta indicandome que el contador estaba manipulado (que no lo estaba)?.
y lo peor de todo, después de leeros, he observado que mi consumo en los últimos dos años en cuanto a kw ha bajado, en parte provocado por la crisis, pero me resulta extraño que he pasado de 250 kw a 100 en los últimos meses.
Es posible que efectivamente el contador estuviese roto?.
Decir que yo pago religiosamente por banco y que siempre suelo tener facturas que oscilan entre los 50 y los 75 euros, somos tres pero trabajamos y estudiamos y esn casa sólo por las tardes.
Muchas gracias por vuestros consejos.
16/10/2014 20:47
Para morgan

Esta mañana he llamado para ver como iba el recurso de alzada y cual es mi sorpresa...
Pues que de momento no la han visto pero que creen que al ser de iberdrola generacion,ellos no eran competentes....
Que me espere a la resolucion,pero que ya me adelantan eso,uno de los tecnicos de direccion general de energia que revisa los casos.

L dicho la indefension que hay aqui en valencia con ese tema al gobernar el pp ya que dan proteccion al capitalista y las grandes empresas...
Es vergonzoso

Gracias morgan esperareos resolucion...
17/10/2014 02:08
Para Lolo:

Mi querido amigo; te voy a dar de hostias.
Solo a ti se te ocurre decirle aun Sr. que tiene que informar jurídicamente sobre la procedencia o no de tu Recurso contra la decisión del Servicio Territorial de Energía de no admitir tu reclamación contra Iberdrola por entender que carecen de competencia para ello, diciéndole que en Valencia por eso de que gobierna el PP se dá protección al capitalista y a las grandes empresas.

En muchas Comunidades del resto de España gobierna el P.P. y esas mismas reclamaciones son atendidas por los Organismos competentes en materia de Energía en cada Comunidad Autónoma, sin problema alguno. Por tanto no es un problema de que gobierne el P.P. sino un problema especifico que está ocurriendo en la Comunidad Autónoma de Valencia, que al parecer y por lo que me dices sigue empeñada en mantener un criterio jurídico distinto al que se mantiene en el resto de las Comunidades Autónomas del Estado Español. Esto es un problema de Estado de las Autonomías, en el que cada una establece la interpretación de la Ley según su propio criterio......... es lo que hay.
Hubiese sido mejor que en ese momento tu opinión —muy respetable— te la hubieses reservado para ti.

Yo desde luego he desempolvado el recurso famoso (del 18 de Agosto pasado) y he vuelto a estudiar lo que en él decía, y lo largo de las 15 páginas del mismo creo que se exponen suficientes argumentos jurídicos y con la suficiente contundencia para que el Recurso que hemos planteado tenga que ser estimado.

Si lo desestiman, tendrán que rebatir punto por punto, los más de 16 argumentos jurídicos expuestos y eso les va a costar trabajo. No vale con decir el recurso es desestimado y punto pelota. Hay que decir; Vd. no tiene razón por que la Ley dice esto, lo otro y lo de más allá y todo eso dá mucho trabajo y obliga a estudiar en profundidad los temas.
Aparte de ello, cuando un funcionario examina un recurso contra una decisión de la Administración, de determinada extensión y con unos argumentos jurídicos a mi juicio suficientemente potentes (puedo estar equivocado) ya está entendiendo que muy probablemente si decide NO admitir el Recurso y mantener la decisión del Órgano Administrativo inferior, muy probablemente se vuelva a producir un nuevo Recurso contra su decisión, bien sea directamente ante el Conseller de Industria de la Comunidad Autonoma o ante los Tribunales Contencioso-Administrativos de la Comunidad Valenciana, y por ello, su decisión en todo caso tiene que estar suficientemente justificada en Derecho, porque sino al final puede ser que alguien le tire de las orejas y le diga " Oiga Vd. el usuario tiene la razón por esto, esto y lo de mas allá.
Ten en cuenta que si un Juez tiene que examinar tu Recurso lo primero que va a pensar es........ A ver a ver; que coño es lo que dice este tio de que en el resto de la Comunidades del Estado Español se admiten estas reclamaciones y en la Comunidad Autónoma de Valencia no.
Otra cosa es, que independientemente de que tengamos la razón nos la quieran dar, porque desde luego si te dan la razón y estiman tu Recurso se la tienen que dar a miles de ciudadanos valencianos y desde luego eso trae muchas complicaciones. Si ya los Servicios Territoriales de Energía de la Comunidad Autónoma de Valencia están desbordados con las reclamaciones de los consumidores del sector eléctrico imagínate lo que puede ser, si a partir de que se estime tu Recurso se tienen que empezar a admitir miles de reclamaciones más con todo lo que ello conlleva, respecto de personal técnico suficiente para estudiarlas y medios para todo ello; el cristo que se puede montar es cojonudo.
Y sobre todo por alguien puede decir "que coño es lo que hemos estado haciendo y quien es el responsable de este asunto" y ponerlo en la puñetera calle.
Hay que esperar que contesten y en su caso, si no estiman tu Recurso, examinar con detenimiento que razones jurídicas alegan para ello. Si no estamos conforme con ellas, hay que volver a recurrirlas; las batallas jurídicas son así y no queda otra.

En resumen, no vale con decir :"como es de Iberdrola Generación no somos competentes"; eso te lo podrán decir a ti por teléfono, pero no por escrito. Que digan por escrito lo que deban de decir y nosotros ya diremos lo que estimemos oportuno.

SIETE VECES CAIDOS, OCHO LEVANTADOS".

Saludos.

Morgan.




17/10/2014 02:51
Para Vicox:

Le agradecemos igualmente sus comentarios favorables a este Foro. Como ha podido observar esto es semejante a una carrera de relevos. En su momento los ciclistas que tiraron del pelotón fueron elarge y dmartine, a los que sin duda alguna por su esfuerzo y dedicación se debe en gran parte el éxito que tiene en la actualidad y que demuestra cada día siendo uno de los mas visitados del FORO DE PORTICO LEGAL.

En estos momentos me toca a mi tirar del pelotón; detrás de mi tiraran otros. Pero nunca debemos olvidar que los primeros que tiraron y los que tuvieron un trabajo mas difícil fueron los que he señalado y naturalmente muchos otros. Su esfuerzo a mi juicio, nunca ha sido suficientemente reconocido ni agradecido.

Teniendo en cuenta que su asunto es importante, pero no excesivamente urgente, procuraré contestarle ampliamente mañana porqué sinceramente son las 2:47 de la madrugada y empiezo a estar ligeramente espeso.

Un saludo.

Morgan

contadormanipulado@gmail.com


Otro día más y otro día menos....... Buenas noches
17/10/2014 08:08
Por supuesto Morgan faltaría Màs, de nuevo agradeceros el esfuerzo, me he leído la primera y la segunda parte y es muy interesante, pero ahora estoy mucho Màs intranquilo....
Atiende primero lo urgente, porque realmente a mi no me pasa nada, de momento.
17/10/2014 09:14
para Morgan:

Estimado Morgan.

En mi último mensaje he escrito que pedí prestado el importe de multa que Iberdrola me quiere cobrar, para tenerlo en el banco, ya que el recibo es domiciliado (y la fecha de cobro es ya este miércoles 22.10). Y Usted me ha dicho que es una buena idea y que al "pagar" el recibo, yo podría solicitar un alta nueva en otra compañía (pienso en la Unión Fenosa), esperar que el alta fuera efectiva y en seguida devolver el recibo. Sería un alta totalmente nueva, porque el contrato de luz es a nombre de una Asociación que alquilaba este piso antes de mí.

Entonces he llamado a la Unión Fenosa y he preguntado qué tengo que hacer para darme de alta, y me han dicho que sólo tendré que decirles qué potencia quiero y darles un número de cuenta (tengo también otra cuenta en el mismo banco). He preguntado que si el inquilino anterior tuviera problemas con Iberdrola, podría esto afectarme a mí de alguna manera, y me han dicho que no. Y que el tiempo de que mi alta nueva sea efectiva es de 3 a 7 días. ¿Podrían surgir algunos problemas durante este tiempo? Quiero decir, ¿tiene que venir un técnico de la Unión Fenosa y cambiar el contador o pone algún sello en el ya existente?

Por eso quería preguntarle ¿si podría solicitar el alta en la Unión Fenosa antes de miércoles - por ejemplo, ya hoy? Y decir al banco que no acepten el recibo que venga de Iberdrola el día 22? ¿O es preferible "pagarlo" de todos modos y proceder como Usted me aconsejaba?

La inmobiliaria con la cual tengo el contrato de alquiler me propuso hacer un contrato nuevo desde el 1 de noviembre. ¿Podría esto ser útil y/o razonable?

Muchas gracias en antemano.

Un saludo cordial




17/10/2014 10:04
Para morganmadrid:

Muy buenas, otra vez por aquí.

Te informo de lo que me solicita Endesa Distribución.

Mi caso es que Endesa me reclama por haber detectado una doble acometida.

Me dice que en base al Real Decreto 1955/2000, en su artículo 87, que dice que de no existir criterio objetivo para girar la facturación en estos supuestos, la empresa distribuidora la girará facturando un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que se hubiese debido contratar, por seis horas de utilización diarias durante un año, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que se puedan interponer. y en base a esto, se acogen "a lo que se hubiese debido contratar", claro, siendo una cantidad muy elevada, ya que los kWh que pasa por la casa son 9,2 kWh y lo que tenemos contratado son 4,4 kWh.
Que opinas, pueden tomar como referencia los 9,2kWh?, muchas gracias.
17/10/2014 10:27
Buenas.

Aprovecho la mención que me ha hecho Morgan para decir que leo todos y cada uno de los posts que se publican. Que no he informado de mi caso porque aún no he recibido contestación por parte del juzgado de la oposición al monitorio que contra mí interpuso Iberdrola, y por tanto aún sigo a la espera de que se estime dicha oposición y que me indiquen la fecha para el juicio oral.

Ánimo a todos los que sufren por causa del abuso de las compañías eléctricas. Leo casos aquí que deberían trascender a la opinión pública para que la sociedad fuera más consciente de los daños que provocan estas grandes corporaciones en personas con escasos recursos y que estoy seguro de que en muchos de ellos no han sido provocados por ellos.

Un saludo y no desesperen.

17/10/2014 10:41
Sí, dmartine, estoy de acuerdo. Igual se podría crear una plataforma como la que han hecho para los desahucios. No sé...
17/10/2014 12:31
Para mi pregunta:
Estoy redactando la contestación a lo suyo; tenga un poco de paciencia y sobre todo no se adelante a la jugada...

Saludos.

Morgan

contadormanipulado@gmail.com
17/10/2014 12:41
para morganmadrid:

Perdone, Morgan. Esperaré con paciencia, sé que tiene Usted que responder a mucha gente. Sólo son nervios que me hacen pensar "por adelantado".

Un saludo
17/10/2014 17:24
buenas tardes hoy me cambiaron el contador pero no retiraron la pegatina de inspeccion yo no estaba en el domicilio y no me dejaron ningun aviso,es normal?estoy preocupado por si me llegara una factura con multa .a alguien le a pasado?
17/10/2014 17:31
Para mi pregunta: (1)

Nada que perdonar; es que su caso es complejo y no tiene solución fácil y cuesta exponerlo con claridad suficiente.

En mi primer lugar vamos a concretar un poco mas la situacion en que se encuentra, para que mi respuesta pueda en su caso servir para otras personas.

Es Vd. inquilina de una vivienda en la que reside desde hace cinco años. Dicha vivienda se encuentra ubicada en la Comunidad de Madrid. El contrato de suministro eléctrico esta suscrito con Iberdrola Comercializadora Ultimo Recurso S.A.U. y la empresa distribuidora de energía electrica, es decir, la propietaria de las redes, la que efectua la lectura de los contadores y la que le vende la energia a la empresa comercializadora, que a su vez se la vende y factura al titular del contrato de suministro electrico es Iberdrola Distribucion.

Bien; el titular del contrato de suministro es en este caso una Asociacion, que al parecer ocupó dicha vivienda con anterioridad a su arrendamiento de la misma ( hace cinco años) Dicha Asociacion, parece haber desaparecido legalmente, o al menos mi busqueda de la misma ha resultado infructuosa. He encontrado en la red constancia de su existencia en el mismo domicilio que actualmente Vd. ocupa e incluso un número de telefono de dicha asociacion asociado a dicho domicilio. Mi llamada a dicho número con el fin de obtener datos sobre el actual domicilio de dicha Asociación no ha obtenido resultado alguno dado que al parecer ese número ya no existe.

Vd. recibe en su domicilio una escrito de Iberdrola Comercialización de Ultimo Recurso dirigido con fecha 1 de Octubre a dicha Asociación. En el mismo se le comunica que con fecha 29.09.2014 Iberdrola Distribucion ha efectuado una inspeccion a la instalacion electrica situada en el domicilio......... y que en dicha visita de Inspección se ha encontrado una irregularidad consisten en "EQUIPO DE MEDIDA CON PUENTES DE TENSION MANIPULADOS", de la cual dicha Cia ( Iberdrola Distribucion) le ha debido informar oportunamente. Desconozco si efectivamente Iberdrola Distribucion le ha comunicado algo, que ciertamente deberia haber hecho. Dicha comunicacion deberia haber sido acompañada del Informe de Inspeccion efectuado en el día 29 de Septiembre a su instalacion, donde debe constar la lectura registrada en el contador en el momento de la inspección; la marca y numeración del mismo; la lectura de Tensiones e Intensidades registrada en la instalacion tomadas con pinza amperimetrica y que clase de anomalia o anomalias ( pueden ser varias ) se habian efectuado en el contador. En dicha acta de inspección tambien deberia quedar constancia de si dichas anomalias fueron corregidas o no en el momento de la inspeccion. Normalmente en el mismo acto de la inspeccion se corrigen las anomalias y se deja constancia de haberlo efectuado; eso quiere decir que a partir de ese momento el contador vuelve a registrar en su magnitud real el consumo electrico de la instalación. ENTIENDO QUE VD. NA HA RECIBIDO DICHA COMUNICACION DE IBERDROLA DISTRIBUCION NI TAMPOCO EL INFORME DE INSPECCION.

Vd. manifiesta en el foro que "el contrato de la luz no está a mi nombre sino al del inquilino anterior (entiendo que era la Asociacion) pero el recibo se cobra de mi cuenta bancaria". Vd. manifiesta tambien en el foro que ha hablado con GasNatural-Fenosa y que les ha preguntado que necesita para darse de Alta y que le han dicho "que solo tendra que decirles que potencia quiero y darles un número de cuenta". Malo. NO ME SUENA NADA BIEN ESE VIOLIN.

Para darse de alta, ES DECIR HACER UN NUEVO CONTRATO, Vd. necesita obligatoriamente el numero de Codigo Unico de Punto de Suministro de su instalacion (C.U.P.S.), que identifica siempre la instalacion de ese domicilio en concreto, el numero de contador que registra el consumo del mismo, la lectura registrada en la ultima factura, el historico de consumo del mismo, SI EXISTE O NO ACTUALMENTE ALGUN CONTRATO EN VIGOR CON CUALQUIER CIA COMERCIALIZADORA DE ENERGIA ELECTRICA, y en su caso, la identificacion del titular de dicho contrato y cualquier incidencia referida a dicho punto de suministro (INSPECCION Y FRAUDE) y acreditar bien por un titulo de propiedad, la escritura de compra de la vivienda o por un contrato de arrendamiento, que efectivamente tiene derecho a efectuar dicho contrato de suministro electrico a la vivienda.