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manipulación contador luz (continuación)

1766 Comentarios
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27/10/2014 20:14
Para dmartine:

En cuanto a lo que comentas de que has hecho el cambio de compañía comercializadora el día siguiente a la inspección... todo va a depender de la rapidez con la que se realice dicho cambio, es decir, si el cambio se realiza antes de que tu anterior comercializadora tenga constancia del expediente de inspección podrá realizarse sin problemas, pero mucho me temo que no será así y que denegarán el cambio al preexistir un expediente abierto. En mi caso tuve que saldar la deuda, cambiar de compañía y luego devolver el recibo, tienes 58 días para ello (no apures hasta el último día).

Me refería a tu parte del comentario en el que citas "denegaran el cambio a existir un expediente abierto".

Yo no tenía conocimiento de esa posible actuación por parte de las Cias.; no me queda claro quien fue la que denegó:

Denegó la Distribuidora y te lo comunicó la Distribuidora?

Denego la Distribuidora y te lo comunicó la Comercializadora?

o Denegó la Comercializadora que era a quien le debias el dinero?

Fue por teléfono, en una oficina de atención al Cliente, por escrito...... ¿Cómo ocurrió?

A eso me refería.......

Saludos.


Morgan

contadormanipulado@gmail.com
27/10/2014 20:33
Hola.

En mi caso fue la propia Iberdrola la que me lo comunicó por teléfono cuando intenté cambiar de comercializadora cuando les había rechazado el primer intento de cobro unilateral por su parte.
Fue a la segunda vez cuando ya les pagué cuando pude realizar el cambio a otra y más adelante devolver el recibo.

Un saludo.
27/10/2014 21:16
Para todos. Por si fuera de alguna utilidad, os comento que mi caso, al ser diferente la CIA que me reclama el dinero después de la inspección (ENDESA) de la que actualmente me suministra la luz (IBERDROLA), no me han cortado el suministro pasados los 60 días desde la devolución de los recibos. Actualmente la distribuidora sigue siendo Endesa y la comercializadora Iberdrola.

Igualmente en mi caso no entiendo como han sacado el cálculo del dinero despropósitado que me piden (no coincide con lo de la fórmula 365 x kw mínimo x 6h/día) y he decidido no ceder delante de la amenaza de "paga o te demandamos" y siguo sin pagar lo que injustamente me reclaman...a ver ahora que pasa...me da mucho miedo la idea de un juicio contra Endesa, pero me da más coraje ceder a un abuso. Os contaré como van las cosas por si mi caso puede aportar algo a la causa común..

Un saludo!
27/10/2014 21:35
Para Antonioptn :

Vamos a ver.............. esto es un foro donde se han contestado a cientos de preguntas de muchos usuarios. Se procura siempre contestar a las cuestiones de las que no existan antecedentes en el foro, con el fin que sigamos aprendiendo todos.

Se ha comentado hasta la saciedad que en la Comunidad Valenciana solo admiten reclamaciones de usuarios que este acogidas a tarifa T.U.R. (antes tarifa último recurso) y ahora tarifa a precio de venta a pequeño consumidor.

Vd. -salvo error por mi parte- no veo indique a que Comunidad Autónoma pertenece.

Hemos explicado o al menos tratado de explicar las funciones de la Distribuidora y de la Comercializadora.

Hemos explicado también hasta la saciedad, que para poder reclamar y que a uno le atiendan la reclamación, no vale solo con llegar y decir buenas........ me pasa esto....... coja Vd. ese impreso cumpliméntelo, pague 20 euros y ya se puede ir; ya le diremos algo cuando podamos que hay muchísimas reclamaciones.

Si le acusen de manipular el contador y que por ello no registraba correctamente su consumo, hemos dicho cientos de veces que lo primero que hay que hacer es saber si tienen o no razón.

Y hemos dicho hasta la saciedad, que se den de alta en la Oficina Virtual de Iberdrola y obtengan copias de las facturas de consumo de los últimos cinco años.

Y hemos dicho que cuando se obtengan dichas facturas hay que realizar un estudio de consumo para poder comprobar que ocurrió con el consumo registrado en el contador en periodos semejantes es decir comparar ( por ejemplo) Enero-Diciembre 2012 con Enero-Diciembre de 2013 y Enero de Diciembre de 2.014.

Y hemos dicho hasta la saciedad que antes de reclamar, hay que comprobar que ocurrió con el consumo registrado en su contador después de la inspección, es decir ¿Después de la inspección y corregida la manipulación del mismo que le impedía registrar debidamente el consumo (según decía la Compañía), AUMENTO O NO AUMENTO EL CONSUMO ?????

Y si aumentó, ¿en cuanto aumentó o en que porcentaje lo hizo?

Reclamar no es solo contar en una ventanilla "me pasa esto"; reclamar es me pasa esto y creo que la Cia no tiene razón por esto por esto y por esto otro y por esto otro.

Y lo primero de todo, es saber si la Cia. tiene razón o no cuando dice que se ha encontrado una manipulación en el contado; de poco vale reclamar si no demuestra que la Cia. no tenia razón cuando tal cosa afirmaba.

Y si desde luego espera que por el simple hecho de cubrir un impreso en una Oficina Municipal de Información al Consumidor, se problema tiene visos de solucionarse............ pues sinceramente debo de informarle que generalmente no es asi.

Aquí todo el mundo cumple su función: Vd. reclama, la Omic coge su reclamación y le comunica a Iberdrola que un consumidor ha hecho una reclamación por la que no esta conforme con algo; Iberdrola le dice a la OMIC y que lo estudiara, 25 días después contesta a la OMIC diciéndole que se efectuó una inspección al punto de suministro del usuario y que en ella se descubrió que su contador estaba manipulado y le mandaran unas fotos.

Y otra mas............

Conviene leer lo que antes de Vd. otros han comentado en el foro.
Y conviene leer lo que otros hemos contestado a las preguntas y dudas que se exponen en el foro.


Saludos.

Morgan

contadormanipulado@gmail.com


27/10/2014 22:24
Para Antonioptn :

" Se ha comentado hasta la saciedad que en la Comunidad Valenciana solo admiten reclamaciones de usuarios que este acogidas a tarifa T.U.R. (antes tarifa último recurso) y ahora tarifa a precio de venta a pequeño consumidor.

Vd. -salvo error por mi parte- no veo indique a que Comunidad Autónoma pertenece."

Es evidente que lo que trataba de decir es que Vd.-salvo error-, no indicaba cual era su Cia. Comercializadora si Iberdrola Comercializadora Ultimo Recurso o Iberdrola Clientes.

Saludos


Morgan


contadormanipulado@gmail.com



27/10/2014 23:03
Para amaf:

En su caso, indica correctamente su población, y cual es su Compañía.

Indica que actualmente es Iberdrola Clientes S.A.U. y que anteriormente era Iberdrola Generación S.A.U.

Desgraciadamente, como habrá podido comprobar por muchos comentarios en este foro, en la Comunidad Autónoma Valenciana, a pesar de lo que dice el articulo 98 del Real Decreto 1955/2000 sobre Reclamaciones:

"Las reclamaciones o discrepancias que se susciten en relación con el contrato de suministro a tarifa, o de acceso a las redes, o con las facturaciones derivadas de los mismos serán resueltas administrativamente por el órgano competente en materia de energía de la Comunidad Autónoma o Ciudades de Ceuta y Melilla, en cuyo territorio se efectúe el suministro, independientemente
de las actuaciones en vía jurisdiccional que pudieran producirse a instancia de cualquiera de las partes, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional undécima. Tercero de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos,

.../... El Servicio Territorial de Energía NO admite las reclamaciones de consumidores como Vd. que están suscritos a tarifa del mercado libre.

Eso no quiere decir que no deba ser ahí precisamente ante el Servicio Territorial de Energía, donde deba de presentar su Reclamación, y si le contestan diciendo que no son competentes, recurrir ante la Autoridad Superior.

Le dejo un link de la pagina del Ministerio de Industria, Energía y Turismo referente a tarifas del mercado liberalizado donde indica claramente el contenido del articulo 98 del Real Decreto 1955/2000 para informar a los consumidores adonde deben dirigir sus reclamaciones.

Hemos comentado en este foro en muchas otras ocasiones la necesidad de de recabar de inmediato todas las facturas anteriores de su consumo dándose de alta en la Oficina Virtual de Iberdrola y comprobando a la vista de las mismas ellas si se registran irregularidades en el mismo antes y después de la inspección teniendo en cuenta que después de la misma el contador ya debería de registrar debidamente el consumo

Todo ello sigue siendo fundamental a la hora de establecer una defensa adecuada.

Si nos están acusando de ladrones, no vale con decir que no estamos conformes por que nos tenían que haber avisado antes que iban a venir a comprobar si estábamos robando o no.

Lo primero hay que demostrar que no se estaba defraudando consumo, y si por lo fuese se demostrase que existe una disminución del consumo que no puede ser justificada y en consecuencia puede deducirse que alguna irregularidad había en el contador, lo que hay es que cuantificarla con la mayor exactitud y contraponerla con la que dice Iberdrola.

Y así el consumidor tiene una defensa coherente, es decir, no soy un ladrón por esto por esto y por esto y aun en el supuesto que se me considere que efectivamente he estado defraudando consumo eléctrico, lo que he defraudado es como máximo estos kilovatios por esto por esto y por esto otro y no lo que dice Iberdrola.

La razón no tiene mas que un camino.

Saludos.

Morgan


contadormanipulado@gmail.com



27/10/2014 23:09
http://www.minetur.gob.es/energia/electricidad/Tarifas/MercadoLiberalizado/Paginas/facturacion_mensual.aspx


LINK DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO, donde consta:


Por último indicar que el artículo 98 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre Reclamaciones, establece:

“Las reclamaciones o discrepancias que se susciten en relación con el contrato de suministro a tarifa, o de acceso a las redes, o con las facturaciones derivadas de los mismos serán resueltas administrativamente por el órgano competente en materia de energía de la Comunidad Autónoma o Ciudades de Ceuta y Melilla, en cuyo territorio se efectúe el suministro, independientemente de las actuaciones en vía jurisdiccional que pudieran producirse a instancia de cualquiera de las partes, sin perjuicio de lo establecido en la Disposición adicional undécima, punto tercero, de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos”.
27/10/2014 23:21
Muchas gracias por responderme morganmadrid.
La comunidad autonoma es Madrid y la empresa que factura y suministra es Iberdrola.
Como le digo, aun no he recibido carta con ninguna reclamación, pero obviamente espero algún "susto".
Por si acaso, yo si que cambié de compañía al día siguiente de la inspección pero no se si será ya efectiva, la inspección fue el día 14.
Muchas gracias por su gran trabajo y por su asesoramiento a gente que, como es mi caso, queda demostrado que no hemos defraudado (ellos mismos lo corroboran) y nos sentimos totalmente indefensos ante lo que ellos decidan.
Repito, MUCHAS GRACIAS.
27/10/2014 23:45
Para Morganmadrid:

Chapeau!!

Gracias.
28/10/2014 00:04
Par Vicox;

Si es en la Comunidad de Madrid, pues la verdad que los Técnicos de la Dirección General de Industria, Energía de la misma son personas de muy alta capacitación profesional y gente muy seria, que examinan las cosas con equidad.

Eso no quiere decir que yo comparta siempre todas sus resoluciones, sobre todo claro las que no me dan la razón, pero siempre se puede comprobar en ellas que se las trabajan y las estudian a fondo; son gente muy seria.

En cuanto a lo del cambio de compañía, ignoró exactamente como lo hizo; supongo que por teléfono.

Yo creo que no puede negarse ninguna compañía comercializadora a tramitar el cambio a otra distinta que solicita un cliente; me refiero negarse de forma legal.

Se que existe un Organismo o una Oficina de cambio de suministrador pero la verdad que no me he preocupado nunca de estudiar de que va ese tema porque nunca he tenido conflictos con las Cias. con respecto a eso; trataré de conocer algo mas concreto.

Yo insistiría por mail a mi nueva compañía indicando que con tal fecha solicite el cambio de compañía comercializadora para que me informen con que fecha se ha llevado a cabo.

Tenga en cuenta que para poder efectuar el cambio la Compañia Distribuidora (Iberdrola Distribución) tiene que ir a su instalación y tomar nota del consumo registrado en el contador hasta esa fecha, de manera que hasta ahí le facture su ultima factura Iberdrola Clientes S.A. y a partir de ahí será la primera de su nueva Cia. Comercializadora.

Vd. ahora mismo no les debe un euro y no creo que se atrevan a bloquear un cambio por eso.

Yo supongo o quiero suponer que Iberdrola hará una estimación razonable del consumo que entiende que no le ha sido facturado por la avería del contador y de acuerdo con eso, pues en su momento Vd. decidirá en su momento la decisión a tomar.

Pero vamos.... a lo de siempre.... primero de todo a comprobar si es cierto o no lo que dicen, porque da mucha fuerza el tener razón.

Y cuando reciba Vd. la carta; veremos.

Gracias.......siempre es agradable que le reconozcan a uno su esfuerzo.

Saludos.

Morgan

contadormanipulado@gmail.com





28/10/2014 00:53
Para morganmadrid.
Ante todo gracias por el interes mostrado.
Resido en la C. Valenciana, mi Cia. comercializadora es Gas Natural.
Todavía no he recibido factura por el importe a pagar despues del informe de inspección.
Tengo todos los recibos de los dos últimos años, y los consumos han sido similares.
Debo de esperar a la factura de Gas Natural para reclamar y demostrar que no ha habido diferencias en los consumos?

Gracias y un saludo.
28/10/2014 07:25
Para Antonioptn:

Parece lógico tener que esperar a recibir la factura con el importe que le reclaman para efectuar una reclamación concreta.

Debe averiguar que a que tarifa esta contratado; ya sabe o debe saber que si NO ES A TARIFA DE ULTIMO RECURSO, el Servicio Territorial de Energía de su Comunidad dice que no tiene competencias para entrar y conocer a resolver su reclamación.

Por tanto primero de todo vea si esta suscrito o no a la tarifa de ultimo Recurso; solicite incluso un duplicado del contrato.
Obtenga las facturas de mas años; si tal como dice Iberdrola el contador estaba manipulado, es posible que la manipulación tenga cierta antigüedad; es decir que puede ser que independiente que solo le reclamen 365 días de consumo anteriores a la inspección, la manipulación y el fraude se haya producido durante mas tiempo anterior a la fecha de inspección.

Tenga en cuenta que si los datos son a su favor siempre le favorecerá saberlo y que en cualquier caso la Administración solicitara a la Cia el histórico del consumo del punto de suministro, en consecuencia la Administración conocerá lo que ocurrió.

Por último señalarle que la dirección de correo electrónico se indica, por varias razones:

1.-- Para que las arañas de los buscadores, cuando se introduzca la palabra "contador manipulado", reflejen en los resultados de la búsqueda esta página y el consumidor eléctrico afectado pueda encontrarnos.

2.-- Para que cuando sea preciso remitirme alguna documentación que precise ser estudiada con carácter previo antes de dar la opinión sobre la misma que corresponda.

3.-- Para que los usuarios que precisen de una atención personalizada Y POR TANTO NO GRATUITA, en el sentido de que desean que se efectúe el estudio de consumo de su instalación, se estudie toda la documentación que obra en su poder, con respecto a su problema y se le informe si puede o no obtener (a mi juicio) una resolución favorable a sus intereses planteando una reclamación ante la Administración, y por último y en su caso se le redacte el escrito de la misma, puedan hacerlo.

4.-- Para que algunas cuestiones que no puedan plantarse de forma pública puedan hacerse con la privacidad y confidencialidad suficiente.

Eso no quiere decir que no se procure dedicar en todo caso la atención debida a todas las preguntas que se plantean en el foro y se conteste sin reserva alguna a las cuestiones que en ellas se plantean.

Quiero decir con todo esto, que no es necesario que la misma pregunta o duda que plantea en el foro, la remita a la vez al correo.

Saludos.

Morgan.

contadormanipulado@gmail.com
28/10/2014 08:46
Para Dña. Carmen Ranich:

La foto que me envía a mi juicio no refleja manipulación alguna.

En cualquier caso, siempre hay que hacer una labor de comparación entre los datos que aparezcan en el Acta de Inspección y lo que se deduzcan de la foto.

1. Comprobar si el numero del contador del acta es el mismo que el de las facturas.
2.-- Comprobar si la marca y el numero del contador que parece en el acta, se corresponde con la marca y el numero del contador que se refleja en la foto.
3.-- Comprobar si la lectura del contador que se refleja en el acta, es la misma lectura que se pueda observar en la foto.

4.-- Comprobar si la lectura de la pinza amperimétrica que se refleja en el acta corresponde a la lectura de la pinza amperimétrica (que se debe reflejar en el display de la misma).

5.-- Ver si en la foto se observa algo raro, alguna manipulación; eso naturalmente no se le puede pedir al usuario normal y corriente, pero vamos se puede consultar con facilidad con cualquier electricista o instalador eléctrico o en este foro.

Vaya efectuando Vd. misma todo esto para que comprenda el procedimiento y haga constar sus observaciones en el foro. Asi otras personas podrán ir aprendiendo algo de todo esto.

Saludos.

Morgan


contadormanipulado@gmail.com
28/10/2014 12:28
Buenos dias!

Me gustaría preguntar una cosa, a ver si alguien puede aclararme este punto.

Cuando la Cia examina los datos de consumo, para valorar si ha habido manipulación del contador o no, me imagino se basa principalmente sobre el dato "Consumo de Energia Activa" (o Termino de Energia), que queda reflejado en el contador. Pero en el histórico de consumo hay otro dato, que es la "demanda máxima de potencia", es decir, la potencia que se demanda al conectar todos los aparatos a la vez. Por lo que tengo entendido, el contador tambien mide este dato (hay un maximetro, no?), y entonces mis dudas son:
- la supuesta manipulación del contador que afecta a la lectura del consumo, tambien afecta a la medición de la demanda máxima de potencia?
- Entiendo que no, por lo cual, si asi fuera, los que vienen siendo acusados de manipulación solo porque han experimentado una subida del consumo podrían motivar esta subida con que tenían mas electrodomésticos conectados?
Mis preguntas se basan sobre una observación de mi histórico de consumo, ya que en 2013, al tener menos aparatos conectados, la "Demanda Maxima de Potencia" era entre 5 y 9, mientras que en 2014, al conectar mas aparatos (lo cual justifica una subida en los consumos), el mismo dato no baja del valor 11.

No se, igual puede ser un dato objetivo para aquellos casos en los que la discordancia entre estos datos pueda ser interpretada como una prueba objetiva que no ha habido manipulación en el contador (alguien que ha instalado un nuevo electrodoméstico, o puesto aire acondicionado, o cambiado el gas por la vitro, etc justo después de la inspección).

Saludos!
28/10/2014 13:15
Para agape 78:

Contesto a su post del dia 21;

Se trata de un negocio concretamente una cafetería, que al parecer y afortunadamente su facturación va en aumento desde el año 2008 hasta la fecha. Debido a su aumento de clientela y en consecuencia, se produce igualmente un aumento de consumo eléctrico.

Me dice que Endesa le reclama un importe de 4000 y pico euros (mas o menos) por consumo de Junio del año 2009 al año 2010 y me dice también que ha puesto el asunto en manos de abogados que se están "comunicando" con el Departamento Juridico de Endesa.

Me envía Vd. una tabla Excel que refleja una serie de cifras que no acabo de entender si son euros o kilovatios referidos a unos meses de determinados años. Es decir no se si se refieren a consumo o importes pagados, ni en que numero de días ni con que potencia contratada, si ni había facturación de enegia reactiva o no.

Debe ser que hablo en un dialecto rarísimo cuando explico hasta la saciedad que hacen faltas los originales de las facturas para realizar el estudio de consumo de la instalación porque veo que no consigo hacerme entender.

Al toro:
Vd. ha encomendado a un profesional la defensa de su caso con Endesa.

A mi me gusta mucho que respeten mi trabajo, y desde luego yo procuro respetar el de los demás.

Independientemente de todo ello, como comprenderá su caso teniendo en cuenta el importe que le reclaman ( mas de 4.000.--) Euros y la complejidad en principio del mismo, parece lógico que no sea analizado de una forma GRATUITA.

Si me facilita copia de la documentación del asunto, con todas las facturas etc etc. yo no tengo inconveniente en realizar el estudio de consumo y ver si efectivamente podía existir en principio alguna defraudación y en que fecha se inicia y por que porcentaje, y si eso le vale a su abogada para facilitarle la labora pues estupendo.

Pero eso si; antes de encargar la comanda a la cocina debe solicitar y aceptar el precio del menú.

Un saludo Señora.

Morgan


contadormanipulado@gmail.com





Un saludo Sra.

Morgan

contadormanipulado@gamil.com


Entiendo que Vd. deberia tener una tarifa de consumo con discriminación horaria.

Y ya de paso me da las gracias "por el tiempo que podrás y querrás dedicarme."

Entiendo que su caso esta dirigido por una profesional que es la que con mayor con



Como Vd. comprenderá yo entiendo que ella es muy suficiente para saber lo que debe de hacer y por ello yo desde luego si hay un profesional que esta llevando el tema no tengo absolutamente nada que decir sobre como enfocar la defensa del asunto; es ella que tiene toda la documentación la que seguro que mejor que yo sabe lo que tiene que hacer.


Independientemente me envía Vd. una tabla excell, que refleja un serie de cifras que no sé si son importes en euros o kilovatios referidos a unos años; del 2008 al 2014.

Si vd. tiene interés en que l
28/10/2014 14:59
Hola Morganmadrid!!
Perdón si no ha sido clara la finalidad de mis preguntas. En principio le envíe esta tabla Excel sólo porque quería una opinión más sobre mi caso, es decir, quería saber si el enfoque que se le estaba dando iba por el buen camino o no. Es cierto que mi caso ya está en mano de una profesional, pero como usted varía veces ha dicho, todo lo que se pretende demostrar va comprobado con datos objetivos y razonamientos que además de respetar reglas de lógica se desarrollan acorde con la ley. Es por esto que me he permitido preguntar y escribir en el foro, porque el tema de las leyes a veces es tramposo, y 4 ojos ven mejor que 2. Y igual que a mi o a la abogada que me sigue o a cualquiera se le pueden escapar cosas, también es cierto que uno va compartiendo lo que le ocurre con la buena fe que razonando "en público" a veces las conclusiones a las que se llega puedan ayudar también a otros. Para mi de momento ha sido así, es decir, que leyendo sus mensajes y los de otros usuarios por lo menos me he dado cuenta de que hay que razonar de cierta forma y mantener la cabeza fría y no sólo protestar a ciegas y indignarse.

No le he enviado más datos ni he insistido en preguntarle personalmente por correo justamente porque no quería molestar inútilmente, pero esta claro que si necesitara una ayuda más en apoyar mi defensa formalmente la contactaría enviando la documentación que corresponde y sobretodo teniendo claro que su asesoramiento, claramente, nos es invitación de la casa! ;)

De hecho mi último post ha sido publicado con la idea que pudiese ser de alguna utilidad, las mismas preguntas ya las he puesto a un electricista instalador y en cuanto tenga respuesta las publicaré.

Un saludo y gracias de verdad!!!
28/10/2014 15:01
Para la Sra. de "El Moralet"

Alicante, Comunidad Autonóma Valenciana.
Fra. de 2.982,19 Euros emitida por Iberdrola Comercializadora Ultimo Recurso

Cia. Distribuidora de la Energia; Iberdrola Distribución S.A.U.

Inspeccion del 10.10.2014, sin fotos, EQUIPO DE MEDIDA MANIPULADO; PUENTES DE TENSION MANIPULADOS.

1.-- Es un tema importante, tanto por el importe que le reclaman como por el consumo que se deduce.

2.- Tiene que formular denuncia en la Guardia Civil, diciendo que :
El artículo 12.1.b) del Real Decreto 1110/2007, establece que “El cliente es el responsable de la instalación y equipos de medida que miden su consumo”.
El apartado 2.a) del mismo artículo 12 establece que “El responsable de un equipo de medida lo será de la instalación de medida y del mantenimiento, operación y verificación, siendo además responsable de que el equipo e instalación de medida cumpla con los requisitos legales establecidos”.

Es decir que teniendo en cuenta que la Ley le hace responsable de todo lo que ocurra con su equipo de medida y dado que el armario que contiene su equipo de medida ha sido aperturado violentamente rompiendo el candado, formula denuncia contra la persona que resulte responsable de dichos hechos y que parece ser, repito, parecer ser el Inspector de Iberdrola nº tal y tal.

Y continua diciendo que con fecha tal y tal ha recibido comunicación de Iberdrola donde se le informa que en su visita de inspección de tal fecha se ha descubierto que su contador estaba manipulado y no registraba bien el consumo; igualmente ha recibido factura de Iberdrola valorando económicamente el consumo presuntamente defraudado en 2.892,19 Euros (se lleva la factura de Iberdrola) y que dado que Vd. nunca ha manipulado el contador ni ha ordenado hacerlo, formula denuncia contra la persona o personas indeterminadas que hayan podido llevar a cabo dicha manipulación, que constituye un delito contemplado en el articulo 255 del Codigo Penal.

Le darán copia de la denuncia y le hara falta adjuntarla en el futuro a su reclamación.

NO hay un modelo de reclamación.

Es imprescindible tener datos del consumo para saber lo que paso y si el contador estaba o no manipulado, y en todo caso el alcance de la manipulación es decir en cuanto o en que porcentaje el contador no registraba bien el consumo.

Envie a Iberdrola Distribución (tiene vd. una dirección de correo electrónico de la misma) un escrito solicitando educadamente que por favor le envíen las pruebas fotográficas de la manipulación del contador correspondientes al exp. nº. xxxx , puesto que Vd. no ha efectuado
ninguna manipulación del contador ni ha ordenado a nadie hacerla.

Y ya iremos viendo.

Saludos.

Morgan

contadormanipulado@gmail.com



28/10/2014 15:46
Para Morganmadrid

Antes de nada agradecerte tu altruista y pronta ayuda.

Si ya estaba agobiada con el tema, ahora tengo una mezcla de agobio, terror y esperanza, porque creí que era igual que los del resto pero ahora resulta que lo mío es un "delito penal" por parte del inspector responsable de Iberdrola que forzó y manipuló mi equipo de medida, sin mi conocimiento y consentimiento.
Supongo que será porque mi equipo de medida está en la calle al vivir en en el campo...no??

Solo me queda una duda...¿debo esperar a que me contesten de Iberdrola con las posibles pruebas o fotos antes de ir a denunciar a la Guardia Civil ?

De momento solicito ya las pruebas y si me dices que no hace falta esperar a las pruebas, mañana por la mañana voy a la Guardia Civil y os voy contando...

Muchas gracias Morganmadrid, si alguien puede aportar algo más a mi caso os lo agradecería.
Ánimo a todos !!
28/10/2014 16:05
ah!! y otra cosa...
En cuanto a lo que me dices.... "Es imprescindible tener datos del consumo para saber lo que paso y si el contador estaba o no manipulado, y en todo caso el alcance de la manipulación es decir en cuanto o en que porcentaje el contador no registraba bien el consumo"....¿no vale los datos de consumo que figuran en la web de Iberdrola? ...o ¿es mejor que aporte las facturas que recibo electronicamente en la reclamación futura?
28/10/2014 16:12
para anuskacm:

Manipular un contador, y en consecuencia defraudar fluido eléctrico es un delito contemplado en el Codigo Penal contemplado en el art. 255 del mismo.

La ley hace responsable de lo que ocurra en el equipo de medida al cliente,
Por lo tanto si el cliente no ha manipulado el contador tiene que dejar constancia de lo que ha ocurrido y formular denuncia contra la persona que resulte responsable del delito de defraudación de fluido eléctrico.

Independiente de todo ello, Vd. dice que eso estaba cerrado con un candado y que lo han abierto por la fuerza.
Pues si el clientes es responsable del equipo de media y la puerta del armario de contadores que lo contiene alguien la fuerza sin su permiso, hay que denunciar y dejar constancia de eso.

LLegado el momento le hara falta presentar copia de esa denuncia. No olvide que la denuncia la tiene que realizar el titular del contrato de suministro.

Saludos


Morgan


contadormanipulado@gmail.com