El IMPROCEDENTE por lógica deberías tenerlo ya ganado. Puesto que así lo reconoce la empresa en una de las cartas que te ha remitido. Pero bueno puedes pedirlo en SEGUNDO ORDEN.
El Juez intentará concederte las cosas que tú pidas en el orden que tú pidas. Y si lo primero que pidas no procede intentará concederte el segundo orden que hayas pedido en caso de que no te correspondiese el primero.
Por ejemplo: yo que tú pediría en primer lugar: SOLICITO que se considere NULO este despido por esto, por esto y por esto.. En su defecto o subsidiariamente solicito que sea considerado IMPROCEDENTE, bla bla bla..
Yo no creo que sea una cuestión de AVARICIA Lucía.
Pienso que es una cuestión de DERECHOS. Si a tí se te han vulnerado un montón de derechos tienes motivos para exigirlos y reclamarlos.. ES TUYO.. Reclamalos.
Pero hazlo en base a lo que más te convenga: DESPIDO NULO, DESPIDO IMPROCEDENTE ETC..
Tienes muchas posibilidades.
Por lo que veo a tí tampoco te interesaría ya ser readmitida en el trabajo por las TENSIONES que podrían existir y todo eso.
Bueno pues que sepas que la única diferencia entre IMPROCEDENTE Y NULO es que en el primero PUEDEN readmitirte y en el segundo DEBEN readmitirte.
Y si tú no quieres ser readmitida no pidas el NULO pide el IMPROCEDENTE en tu demanda en base a los criterios que hemos comentado.
Pero eso sí, añade lo de la RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.
Aparte de todo Lucía, también podría ser muy interesante pedirte un abogado de oficio para que te ayude a redactar la demanda y todo eso, pues te resultará gratis...Acercate a Colegio de Abogados de tu ciudad o buscalo en google, y diles que necesitas un abogado de oficio y que te ayuden en todo lo que precisas. Esto ultimo podría ser de gran ayuda para tí, mejor que no hacerlo todo por tí sola, ademas no te costará nada. Piensa sobre esta ultima posibilidad,,,, y ya me diras que has decidido, pues es muy interesante. Al menos no pierdes nada por acercarte y hablar con ellos y a ver que te dicen: si te convencen adelante, que no te convencen pues continuas tu sola...
o, quizas, se me ocurre mejor que, en vez de Reclamación de Cantidad, puedes poner que RECLAMAS CLASIFICACIÓN EXACTA DE TUS FUNCIONES DE TRABAJO y por consecuencia la cantidad mayor que eso supondría en caso de ser reconocida dicha categoría solicitada
También comentarte una serie de hechos por si te interesan de como va el tema de inspección de trabajo porque ami por lo menos me resultan un poco surrealistas.
He hecho un escrito de mejor de denuncia en Inspección de Trabajo en el cuál comento todos los nuevos hechos que han sucedido.
1º Tengo una vida laboral del 5 de Septiembre de 2011 donde ME DAN DE ALTA EN LA SEGURIDAD SOCIAL EL 29 DE AGOSTO DE 2011 A JORNADA PARCIAL!!!
2º Tengo otra vida laboral de fecha 8 de Septiembre de 2011 donde ME DAN DE BAJA EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2011 (no me comunicaron nada de porque esa baja)
3º Me escribe el burofax de carta de despido el día 13 de Septiembre de 2011 y recibida por mí el 14 de Septiembre de 2011 (un día después) DONDE RECONOCE QUE ESTABA TRABAJANDO DESDE EL 3 DE AGOSTO DE 2011, y donde se ve claramente que las cantidades adeudadas en el Juzgado de lo Social son a JORNADA COMPLETA!!
4º Tengo otra vida laboral de fecha 15 de Septiembre de 2011 donde me VUELVEN A DAR DE ALTA OTRA VEZ EN LA SEGURIDAD SOCIAL a fecha de 29 de Agosto de 2011 y OTRA VEZ a JORNADA PARCIAL!
Desde mi entender la empresa tiene tantas irregularidades que no da palo al agua, a lo mejor se cree que ese burofax no se lo voy a dar al inspector de trabajo.... para intentar ahorrarse los salarios trámite a mi entender se ha pillado los dedos con el inspector, porque CREO que está obstruyendo a la labor inspectora al aclarecimiento de los hechos reales.
También quería comentar que la empresa está citada el día 19 de Septiembre de 2011 en la Inspección de Trabajo y yo voy a ir también a hablar cara a cara con el Inspector. Porque tengo una prueba a mi favor y es que tengo LAS LLAVES Y LA ALARMA DEL BAR (osea el mando a distancia para desconectar y conectar la alarma), para que vea que yo era quien abría y cerraba el bar.
Esto te lo digo por curiosidad, y por supuesto que hasta que llegue el juicio iré relatando todo lo que pase, por si alguien está igual que yo, que en estos tiempos de crisis hay mucha gente que estaba como yo sin dar de alta y sin contrato ni nada
HOY HAS DICHO UNA COSA QUE CAMBIA EL RUMBO DE TODO. Has dicho que ya no te interesa volver a la empresa con lo cual eso CAMBIA las cosas y mucho.. Te cuento en sucesivos mensajes.
Si te conformas con el IMPROCEDENTE. YO entendería que no tienes ya nada que reclamar más que la categoría dentro de la cual trabajabas.
Puesto que si te conformas con el despido IMPROCEDENTE. Es decir si no quieres pedir el NULO. Entonces no puedes pedirle a un JUEZ algo que ya tienes concedido el IMPROCEDENTE.
Pues perderías el tiempo y dinero (Yo creo). NO dinero que tengas que gastar de tu bolsillo, sino dinero en cuanto a percibir por parte del empresario a tu favor.
¿Por qué te cuento todo esto Lucia?
Porque por un lado el empresario ya te ha concedido el despido IMPROCEDENTE en su burofax.
Y ha subsanado TODOS (o casi todos) los incumplimientos legales: te ha despedido formalmente, por escrito, te ha abonado la liquidación y la indemnización correspondiente que te ha depositado y todo lo demas.
Eso hace (o al menos así lo entiendo yo) que NO CORRAN YA LOS SALARIOS DE TRAMITACIÓN si estamos moviendonos dentro del despido improcedente.
Puesto que el Juez podría decir (POSIBLEMENTE, O ESO CREO YO):
* Doña Lucía, usted pide el IMPROCEDENTE, y eso yo no se lo puedo conceder porque usted ya lo tiene. Se lo reconoció la empresa en el famoso burofax.
* Segundo: Doña Lucía, usted pide salarios de tramitación, y eso yo no se lo puedo dar, puesto que el empresario cuando reconoció por escrito en su burofax su improcedencia depositó la indemnización para usted, y por tanto no corren los salarios de tramitación.
EN CONCLUSIÓN: Si te vas a conformar con el IMPROCEDENTE, pienso que entonces ya no te interesaría seguir adelante con la demanda pendiente.
Sino, poner otra papeleta de conciliación NUEVA ante el SMAC en base al nuevo escenario de la situación.
¿Cual es el nuevo escenario de la situación?
1º,- A tí, te han despedido formalmente ahora (por burofax). Y te reconocen la improcedencia y te liquidan según tú TODO BIEN, excepto que tu crees que la categoría es otra superior a la reconocida (por haber sido verbal en un principio el contrato y bla bla bla, lo que sea.....).
Entonces, siendo así las coas, te interesa PROMOVER una NUEVA REACCIÓN a eso. Es decir presentar una NUEVA PAPELETA DE COONCILIACIÓN en cuanto a la categoria exacta que te corresponde. Que es el punto discrepante entre empresario y trabajador y por lo que luego (en caso de desacuerdo en el acto de conciliación) deberás proseguir para que sea un JUEZ QUIEN DIGA si tenías una u otra categoría y por efecto sus consecuencias: mayores liquidaciones y demas.
PERO EN ESTO YA NO TENDRÍA NADA QUE VER LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO, porque ya digo que eso ya lo tienes y no puedes reclamar por algo que ya tienes.
NI tampoco tendría que ver en esto nuevo nada LOS SALARIOS DE TRAMITACIÓN, pues tu estás DESPEDIDA de manera IMPROCEDENTE. Y eso hace que no se generen salarios de tramitación SI TE CONFORMAS CON LA IMPROCEDENCIA.
Sigo más en otro mensaje.... para ampliarte más alternativas...
NOTA: Te advierto que yo te estoy escribiendo estos últimos mensajes míos sin leer aún EL ÚLTIMO MENSAJE QUE TÚ HAS ESCRITO AQUÍ. Quiero que lo sepas para que sigas una línea.
NO lo he querido leer para que no me confunda las ideas que tengo en mi cabeza, que son muchas... Luego lo leeré y te haré todas las aclaraciones que sean convenientes....
Perdoname por esto, es que no quiero que se me olvide lo que tengo en mente... luego lo leo y te cuento también sobre ello vale????
Sigo en otro mensaje aparte lo que te quería continuar diciendo... sobre otras alternativas.
Siguiendo el hilo de lo de la IMPROCEDENCIA, si te conformas con ella. Tu quedarás oficialmente despedida el día que señala el BUROFAX. Pongamos que diga 15 de septiembre 2011
Será a partir de ahí cuando te correspondiese pedir PARO. Pero poco te correspondería por haber trabajado un mes aproximadamente. Con lo que entiendo que el paro no debe ser tu preocupación en NINGÚN MOMENTO (RECUERDA ESTO PARA LO QUE TE VOY A DECIR EN MI SIGUIENTE MENSAJE).
Ya sé, que aparentemente, no viene a cuento de nada... Pero quizás si importará en un futuro cuando te cuente lo que te voy a decir MÁS ADELANTE.
Otra opción que tienes, y esta es la que yo creo que es la más interesante es lo que te narraré a continuación LUCÍA:
* En lugar de conformarte con la IMPROCEDENCIA podrías luchar y reivindicar el despido NULO.
¿Por qué?
PRIMERO: Pues porque como ya he dicho el IMPROCEDENTE si te conformas con él. Ya ha terminado y se ha solucionado LEGALMENTE TODO. Puesto que la única controversia existente ahora es si eres o no eres camarera. Y para eso tendrías que iniciar una nueva papeleta de conciliación ante el SMAC y un proceso nuevo, pero no genera salarios de tramitación ni nada. Y lo de improcedente sería absurdo pedirlo, puesto que ya lo tienes.
SEGUNDO: Pues porque aunque a tí no te interese ser readmitida en la empresa, el despido NULO si que podría generarte SALARIOS DE TRAMITACIÓN. Desde que fuiste despedida (SEGÚN EL BUROFAX el día 15 de septiembre 2011) hasta que haya una sentencia y el Juez declare tu despido como NULO, en base a lo que yo te he SEÑALADO MUCHO MAS ARRIBA.
Si es que eso acabase así, como yo creo, claro está. Pero ya digo que creo que tienes muchas posibilidades de ganar el NULO.
En cuyo caso podría ocurrir lo siguiente:
1º. Ganarías el NULO (si el Juez te diera la razón, que pudiera ser... según lo dicho).
2º.- Entiendo que te pertenecerían salarios de tramitación de todos los meses desde el despido improcedente burofax, 15 septiembre hasta el día de la sentencia en que se te reconociese el NULO.
3º.. Y EN CUANTO A LA READMISIÓN, que se decretaría también en caso de NULO. No debes preocuparte, puesto que aquí será pecata minuta para tí. ¿A que me refiero con "pecata minuta"?
**** a) Que tu te reincorporarás, y si ves que la cosa va muy mal y muchos problemas pues te pides la baja voluntaria el 1º o 2º día de haber sido readmitida.
Es cierto que la baja voluntaria no generará paro pero AQUÍ OS DONDE TRAIGO A COLACIÓN lo del AVISO DE MI MENSAJE ANTERIOR... Que te debe dar igual puesto que si te conformases con el IMPROCEDENTE hoy 17 de septiembre 2011 tampoco tendrías derecho a paro, por ser un mes solo lo que habrías trabajado.
Por lo que no debes mirar que no tengas derecho a PARO, puesto que eso ya lo sabemos... y debes darlo POR PERDIDO. Pienso que tienes que valorar otros intereses mayores yo creo.
Sino que debes pensar en los SALARIOS DE TRAMITACION. Además de lo de la categoría exacta que te corresponde: camarero (según tú).
ENTIENDO QUE TE INTERESARÍA MÁS PEDIR EL DESPIDO NULO y luego cuando te readmitan ir por ir al trabajo y el 1º día pides la baja voluntaria. O incluso te digo más si ves que puedes aguantar un tiempo: 1 semana, un mes o tal... pues conservar así el empleo.. Supongo que esto ultimo será dificil pero si pides la baja el primer día VOLUNTARIAMENTE por lo menos todo esta trayectoria te habrá servido para cobrar los salarios de tramitación.
No sé si esto será lo más ético o lo menos ético, lo que si sé es que es LEGAL y por tanto como fórmula LEGAL estarías haciendo algo que es justo. Y por tanto lícito.
BUENO QUE SEPAS QUE ESTO SOLAMENTE SON MIS CRITERIOS que yo no soy Dios ni sé si ocurrirá las cosas así.. Solo son mis teorías.... no quiero que creas que esto va a ser así porque lo digo yo. Ni nada parecido.
EN CONCLUSIÓN: creo que sería mejor para tí, pedir el NULO, y dentro del nulo mencionar que pides también una aclaración sobre lo de la categoría. Y lo que sí es seguro es que podrán pasar dos cosas:
a) QUE LO GANES EL JUICIO.
b) QUE LO PIERDAS.
Si lo pierdes no tienes nada que perder porque habrás intentado TODO LO QUE HABÍA EN TU MANO.
Y si lo ganas, pidiendo el NULO, habrás conseguido un montón de derechos más.
Porque no debes olvidar que el IMPROCEDENTE ya lo tienes y que nada se puede pedir de algo que ya se tiene. Ni salarios ni readmisión ni improcedencia ni nada. Y la categorización del puesto de trabajo no guarda relación con el despido sino tan solo con esa cosa aislada en sí misma.... (o eso entiendo yo lucía.).
Bueno voy a ir a leer tu mensaje ultimo que lo tengo pendiente y luego te comento más .....
La verdad es que tanta fecha que comentas es un poco "lioso" (con perdón por supuesto).
Por tanto, yo más que tener en cuenta todo ese CAÓTICO numérico de fechas y demás me ceñiría a lo siguiente.
¿Es correcto lo que se dice en el burofax, donde se reconoce el despido IMPROCEDENTE, la fecha de inicio y la fecha de fin?
Que yo creo que sí, según entendí de tus palabras.
Por lo que si eso es así, yo me olvidaría más o menos de todo eso que has dicho en tu mensaje y me ceñiría a los últimos mensajes que te he dicho yo.
Y DE TU ÚLTIMO MENSAJE te aconsejaría esto:
a) Olvidarte de todo ese laberinto de fechas que mencionas, si es que realmente estás de acuerdo con las fechas que se dijeron en el burofax de la empresa. (Y si no dimelo y dime por qué no estas de acuerdo con esas fechas del burofax, y según tú cuales deberían ser las fechas de INICIO de la relación laboral y cual la última, pero solo estas dos por favor que son las que verdaderamente interesarían. Al menos para este asunto... del despido).
b) y de tu mensaje yo solo me quedaría con lo de las pruebas para demostrar a la INspección que tienes llaves o lo que hayas comentado que podrían servir para ayudar a probar que eras camarera y no ayudante. Para el apartado de la categorización.
Bueno, no sé si tienes más dudas. O lo mismo te he liado más con todo lo que te he contado.
Pues hoy como es sábado y no trabajo tengo más tiempo y me he extendido muchisimo.
Ya me dirás en un mensaje que te ha parecido y que piensas hacer finalmente de todo lo que te he contado.... para ver si unificamos ideas y demas. O lo que a tí te parezca. vale Lucía????
La verdad que hoy me estás dejando todo aclaradísimo!!
Las fechas en el burofax son las correctas, la vida laboral es la que no es correcta, miente en todo, lo decía porque el inspector va a ver que la empresa está obstruyendo y será peor para la empresa con el consiguiente mejor informe de resolución a mi favor
Yo estoy de acuerdo con lo que me has comentado, pedir el despido nulo y si me lo conceden volver a trabajar y si veo en el primer día tensiones (que las va a ver por lógica) pues pido la baja voluntaria, el tema del paro (que no tendría, como mucho la ayuda de los 6 meses de 420 euros) me da igual y la indemnización también me da igual, con los salarios trámite me conformo. Yo estaría dispuesta a ir en esa dirección y perder tanto la ayuda y la indemnización.
También decirte que como no tengo aún abogado pues leo mucho por el Google y leí esto: "De conformidad con el contenido de la Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de octubre de 2006, a los efectos de la consignación indemnizatoria que congela los salarios de trámite debe distinguirse entre la consignación insuficiente por “error excusable” y la consignación insuficiente por negligencia o “error inexcusable”"
La categoría profesional sería negligencia, no?
¿No sería mejor poner en primer orden el despido NULO y por si no me lo dan pedir en segundo orden el error por negligencia en el cálculo de la indemnización, según parece ser si es por negligencia si corren los salarios trámite.. o no?
No conocía esa sentencia del TS, pero suena interesante y opino en la misma dirección que tú.
Creo que tiene todo el sentido del mundo:
No es lo mismo un ERROR excusable que uno inexcusable, en cuanto a la consignación insuficiente.
Yo no he leído la sentencia entera y desconozco los "pormenores", pero sí, creo que podría ser muy buena idea hacer mención de ella en la demanda y del FUNDAMENTO JURÍDICO en el cual se diga eso.
Y que el Juez saque sus propias conclusiones.
Por tanto, creo que debes PEDIR ambas cosas:
a) Por un lado deberías pedir la consideración del DESPIDO NULO (lo cual te reportaría la readmisión y los salarios de tramitación hasta el día de la sentencia: tanto si fueron causas excusables como inexcusables).
b) Y lo de la categorización inexacta en base a tus pruebas. Esto otro si se te concede podrá determinar que los salarios de tramitación se ajusten a un mayor importe económico por ser mayor categoría la de camarero a la de ayudante, y por tanto mayor salario.
SI GANAS EL NULO GANARÍAS LOS SALARIOS DE TRAMITACIÓN...
Y SI GANAS LO DE LA CATEGORIZACIÓN por error inexcusable ganarias que además de tener derecho a los salarios de tramitación te los ajustarían a los importes que realmente te corresponden.
Y luego ya verías que hacer con la indemnización y liquidación hasta la fecha del despido del burofax.. Lo mismo el Juez se pronuncia y te resuelve tambien y si no pues luego ya verás que hacer con eso si quedara algún fleco pendiente.
Es así lo que yo pienso que podría ser lo mas recomendable..
Entonces papeleta de conciliación no pongo más?, lo digo porque en la papeleta de conciliación no puse nada de nulo, solo que lo consideraba improcedente.
Por cierto Obelisco de que provincia eres, aunque no creo que seas de la mía, ya que donde vivo es una ciudad pequeña, pero a ver si hay suerte jejeje
Yo entiendo que no hace falta. Porque nos encontramos ante unos hechos nuevos y no hago que tu quieras modificar por propio interés o voluntad.
Tu presentantes una RECLAMACIÓN SOBRE UN DESPIDO.
Y la cuestion sigue versando sobre eso: una reclamación respecto de un despido.
Entiendo que es cierto que estarás variando ligeramente la demanda en comparación con la PAPELETA, pero es que también han ocurrido hechos nuevos que te han llevado a presentarlos como tal.
Y pienso que debes seguir adelante con la demanda. Puesto que tu intención inicial era un RECLAMACIÓN DE DESPIDO.
Y tu intención actual sigue siendo la de una RECLAMACIÓN X DESPIDO habiendo sobrevenido circusntancias nuevas (BUROFAX IMPROCEDENTE).
Si te sientes más segura presentando la papeleta de conciliación, entiendo que también puedes volver a hacerlo ya que como tu bien dices pediste IMPROCEDENTE y ahora quieres cambiar a NULO.
Sin embargo, entiendo que debería valer ambas opciones, y por tanto podrías realizar aquella con la que te sientas más agusto.
A veces no existe un único camino para llegar a un mismo destino, sino que puedes ir por diferentes vías alternativos.
Si analizamos el caso, también puede ser visto ADEMÁS, como tu planteas. Es decir:
EN REALIDAD A TI TE HAN DESPEDIDO el día 15 septiembre (bueno pongamos por caso porque no sé el día exacto, ¿vale?).
Y lo que dice la normativa es que se tienen 20 DÍAS PARA RECLAMAR SOBRE EL DESPIDO. Por tanto entiendo que tambien es viable esta opción. E incluso casi que más segura, porque estarías ciñendote a una cuestión más congruente, real y verdadera: EL DESPIDO NULO.
Y por otro lado, si tardas más tiempo en interponer la demanda, tardarán más tiempo en tener lugar el juicio y por tanto mas salarios de tramitacion etcetera, supongo.. Con lo cual podría ser más seguro (jurídicamente hablando) para tí, y más legal.
Si quieres contactar en privado conmigo mi email es:
obelisco@live.com
Luego allí si quieres te digo de qué Comunidad Autónoma soy.. y otros posibles detalles.
Es decir, para más claridad, no sea que no haya quedado aclarado del todo:
Podría ser muy inteligente por tu parte, tal y como tu has sugerido, considerar el proceso que iniciaste como CONCLUIDO.
Porque tú pedías un DESPIDO IMPROCEDENTE en tu papeleta de conciliación y ya lo tienes CONSEGUIDO. Gracias a tu lucha lo tienes: felicidades por cierto.
Por tanto, ahora ya ese proceso terminó y podría entenderse que se da comienzo a otro proceso ¿cual?
Pues que sí, que vale, que te han despedido PERO DONDE DICE IMPROCEDENTE ahora te das cuenta, analizando más profunda y ampliamente el caso que te correspondería ser calificado como NULO.
Y como la ley dice que se tienen 20 días para demandar por despido. Y si te despidió el día 15 septiembre tienes que empezar a contar desde ese día.
Y por tanto estás ajustándote a la Ley, y entiendo que es razonable y válida tu sugerencia, y estarías actuando más sobreseguro inclusive. No se que el Juez te venga con algo como que NO TE DOY EL NULO, porque tú pediste el IMPROCEDENTE en la papeleta y bla bla bla.... etc...
De esta manera NADIE te podría decir que no hicistes las cosas como tocaban.. Y TU EMPRESA SEGURAMENTE SE QUEDARÁ "FLIPADA" como poco.. de tu inteligencia y de tu saber actuar....!!! Por lo menos eso es lo que pensaría yo si fuera tu jefe... y me viniera todo esto encima....!!!!!
Siendo así: comparto el cambio que has dado a la cosa.. y pienso que lo suyo es INICIAR UN PROCESO NUEVO: nueva papeleta de conciliación pidiendo el NULO y acumulando a dicha acción o demanda lo de reclamar tu categoría real y no la que pretende imponer unilateralmente la empresa.
Creo que podrías ser una buena abogada laboralista...!!!!
Ah, por cierto: si me escribes a obelisco@live.com dimelo por aqui.. porque no suelo abrir todos los dias ese email sino de tarde en tarde. Y si me lo dices por aqui en un mensaje entonces me percataré e iré a verlo, ¿vale lucía?
Estoy releyendo mi mensaje penúltimo y donde dice: No se que el Juez te venga con algo como que NO TE DOY EL NULO, porque tú pediste el IMPROCEDENTE en la papeleta y bla bla bla.... etc...
ALLÍ HAY UN ERROR y deberías leer: "No S E A QUE el Juez te venga con algo como que no te doy el nulo por bla bla bla..."