Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

tengo obligación de mandarle la ropa de mi hijo para el fin de semana?

Tema cerrado. No se admiten más comentarios
83 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 83 comentarios
Tengo obligación de mandarle la ropa de mi hijo para el fin de semana?
26/11/2016 12:08
Tengo cn el padre de mi hijo un régimen de visitas, El Niño tiene 5 años, los fines de semana que le toca con su padre, tengo obligación de mandarle la ropa para el fin de semana o el tiene que tener la suya?

Necesito saberlo
27/11/2016 10:39
Lolita301
Buenos días, en derecho de familia, habrá que estar a las circunstancias de cada caso concreto, pero en líneas generales, la respuesta a su pregunta, es que si usted es la progenitora custodia, recibe la correspondiente pension de alimentos, lo que han venido estableciendo los Tribunales especializados en Derecho de Familia, es que usted esta obligada a entregar la ropa y enseres necesarios para la estancia del menor con el progenitor no custodio, pues ello entra dentro de los gastos ordinarios de la pension de alimentos establecida,

Saludos cordiales.
27/11/2016 11:55
Lolita301
topi no se de donde se ha sacado esa gran mentira!!
Ningún tribunal viene estableciendo eso. Imagino que es lo que a usted le gustaría que ocurriese...sin tener en cuenta que caso es un mundo.

Lolita. No tiene obligación de enviar ropa del niño y más si la pensión es escasa.
Yo como madre custodia, siempre la he enviado, pero claro mis hijas una buena pensión y la ropa siempre ha sido devuelta de forma muy correcta.
Entiendo que si su problema es que no la devuelve o la devuelve sucia o estropeada se niegue a enviarla.
Que le compre algo de ropa para cuando este con el.
27/11/2016 14:11
Lolita301
Mensaje eliminado
27/11/2016 14:27
Jalisa
Lo que aun no se dan cuenta muchas de ustedes que un padre no es una fuente infinita de recursos y divorciado aun menos, pues la mayoria las pasan canutas, ustedes ponen a esos padres en situaciones economicas dificiles, a pesar de lo que se diga, si no tienen sueldo de diputado.
27/11/2016 14:45
Lolita301
Tu a quien haces daño al mandarlo sin ropa a tu hijo o a tu ex q es lo q quieres
te pareceria bien q al mandarlo sin ropa el fuera a comprarla y luego te la diera y te lo descontara de la pension de alimento
asi lo hice yo y fue al juzgado y se rieron de ella
el odio y el rencor no es para utilizarlo con los hijos
27/11/2016 17:16
Lolita301
No voy a entrar en polémicas ni dimes ni diretes, yo únicamente he dado una respuesta jurídica como abogado ejerciente que soy y basándome en la jurisprudencia más reciente en la materia en relación a la consulta de este post y la experiencia como Letrado.
Como dije al principio de mi mensaje, habrá que estar al caso concreto, pero en líneas generales y basándonos en la ley y jusriprudencia, la ropa, enseres... forman parte de la pensión de alimentos establecida en el proceso judicial concreto y las resoluciones judiciales en esta problemática otorgadas por los Tribunales es la obligación de que acudan los menores al régimen de comunicaciones con el progenitor no custodio con ropa, enseres básicos.
Lo que prima, en este tipo de discrepancias entre los progenitores es el interés superior del menor, y flaco favor hacemos a los menores con este tipo de situaciones.
Lo dicho, mi respuesta es estrictamente jurídica, y basada en términos generales, no en asuntos concretos de cada familia, pues no es lo mismo custodia compartida, que custodia individual, poder adquisitivo de ambos progenitores...
Rogaría que si no llevo razón, se me argumente jurídicamente.
Quizás interese otra respuesta, pero jurídicamente y en términos generales es lo que disponen a día de hoy nuestros Tribunales.
Saludos cordiales.
27/11/2016 18:19
Lolita301
Mensaje eliminado
27/11/2016 19:00
Lolita301
Buenas tardes,

Debe entregarse al menor con ropa adicional, pues se considera que la pensión alimenticia que abona el no custodio tiene como objeto también satisfacer la necesidad de vestido del hijo -CC art.142- (AP Madrid Secc 22ª auto 1-9-11, entre otras miles), así que topi tiene razón.

Dar la opinión sin saber, perjudica más que ayudar.

Un saludo
27/11/2016 19:38
Lolita301
Artículo 142

Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable.
Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo.


Esto es lo que dice el artículo 142.
No pone nada de que la parte custodia deba obligatoriamente entregar ropa ni enseres.

Jldc, usted es el que mal informa.
27/11/2016 19:40
Lolita301
Es curioso que alguien hable así sin tener la mínima idea.
La ropa está incluida en la pensión de alimentos.
Es verdad que alguna madre intenta p***** al padre no mandandole ropa, evidentemente consciente de que está perjudicando también a sus hijos, así vamos todos.
27/11/2016 19:56
Lolita301
Buenas tardes,

Su actitud no ayuda a las personas que buscan asesoramiento en el presente foro, cuyo fin no es el de desacreditar los asesoramientos de personas que se dedican profesionalmente a esta materia.

Si se encuentra aburrido/a búsquese un hobby en el cual no perjudique a terceros, dado que nadie a solicitado su opinión infundada.

Un saludo
27/11/2016 19:57
Jalisa
Mensaje eliminado
27/11/2016 20:04
Mensaje eliminado
27/11/2016 21:00
Lolita301
Qué un juez obligara a ello seria bastante absurdo pues se puede entregar ropa en malas condiciones, pequeña etc, Cada persona valora subjetivamente lo que necesita un crio para un fin de semana o una larga temporada.

Tema difícil para que un juez se pronuncie. No creo que sirviera de nada.

En ocasiones no se entrega ropa por bien del menor. Ocurre que en economías débiles, que si la parte no custodian no devuelve la ropa, el crio no tiene que ponerse durante los quince días siguientes. Será preferible que ande con lo puesto un fin de semana a que ande así toda la quincena.

No hay que olvidar que hay custodias con escasos ingresos y escasas pensiones alimenticias para sus hijos, a las que les es imposible comprar ropa cada quince días por el no custodio no la devuelve, o la devuelve sucia, rota etc, etc.
27/11/2016 21:48
Jalisa
Mire jalisa, a personas como usted los jueces les deberían quitar la custodia, ya que son personas que para perjudicar al otro cónyuge no les importa perjudicar a sus propios hijos. Usted es de las típicas personas que dan consejos no para ayudar, si no para confundir. No de lecciones a los abogados, que ellos son los que han estudiado la carrera y son los que saben asesorar, no usted que lo único que puede hacer es confundir a una persona que pide consejo y meterle en un problema mayor.
27/11/2016 22:47
Lolita301
Buenas noches Lolita301, si quiere un buen consejo, déjese asesorar por especialistas en Derecho y no por ex mujeres rencorosas que lo único que aprecian de los padres de sus hijos es el dinerito que sueltan todos los meses, ya que es lo único que les mueve, no les mueve el amor por sus hijos.
Asique si quiere un consejo, envíele la ropa que sea necesaria al padre, que se va con su padre no con un extraño y la felicidad de su hijo vale más que cuatro prendas de ropa. Además no hace falta enviar ropa de marca, puede ser ropa más normalita. De todas formas si se rompe la ropa estando con su padre no pasa nada, ya que el padre también ha pagado esa ropa. Las cosas materiales se reponen.
Yo soy una madre divorciada con un niño de 8 años, opino que bastante duro son los divorcios para los hijos como para andar con chorradas tipo ropa. No nos olvidemos que las cosas se solucionan donde se debe y no usando a nuestros hijos para hacer daño. Los hijos son de los dos, padre y madre.
Para quien habla de sentencias y autos, decirle Jalisa, que mi sentencia de divorcio incluye como pensión los siguientes términos: ropa, alimentos, colegio y gastos médicos que entran por la SS...todo esto incluido en 150 euros.
Y que esta cantidad me parezca pequeña no quiere decir que enseñe a mi hijo a valorar a su padre simplemente como a Banco España.
Mi hijo se va a la comunidad donde reside a su padre cuando le corresponde por convenio y más... con la mochila llena de ropa para un mes y lo que haga falta, porque hay que entender que el padre en un momento determinado esté en el paro y no pueda darle ciertas cosas al hijo.
Y si su padre alguna vez viene a vivir de nuevo a la misma comunidad que su hijo, ejercerá la custodia compartida como es de LEY.
Ya vale de rencores hacia los padres...pensemos más en nuestros hijos y menos en nuestros intereses personales.
Estoy harta de leer en los foros comentarios de mujeres que flaco favor nos hacen a muchas, estoy harta de que me metan en el mismo saco que a otras muchas.
Que atrevida es la ignorancia a veces!!
28/11/2016 07:30
Silvia37
Se puede decir más alto pero no más claro Silvia 37. Un aplauso para usted y para todas las mujeres sensatas que realmente piensan en el bien de los hijos.
28/11/2016 08:50
Lolita301
Estoy totalmente de acuerdo con Silvia37, pero que sucede cuando el ex rencoroso es el padre no custodio y cuando se le envía ropa, juguetes, medicación...etc. no lo devuelve? Hay que dejarle que fastidie sin motivo y te obligue a reponer de todo cada 15 días?.
Ya vale de rencores hacia los padres, pero también hacia las madres, que en muchos casos nos hemos quedado con la custodia de nuestros hijos simple y llanamente porque el papa no quería más que unas visitas a elección de su agenda personal.
Yo también estoy harta de leer en los foros que todas las madres custodias somos unas brujas y los pobres padres son exclavos de nuestros caprichos.
Vamos a ser serios de una vez, hay de todo en los dos lados!!!
28/11/2016 09:04
Lolita301
Un aplauso para Torrella, se puede decir más alto pero no más claro!!!