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¿Se puede echar a un usufructuario de su vivienda?

24 Comentarios
Viendo 21 - 24 de 24 comentarios
29/07/2012 20:20
Si ya la acepó Kapitan, pero no ante notario y, para pagar la deuda, tiene que fallecer mi madre, por que tiene el usufructo, entonces tenemos que esperar, si mi madre tuviese otra casa, se vendia una, pero no es el caso. En cualquier caso, le agradezco su contestación porque yo acepto todas las opiniones y, como no, la suya también.
Gracias kapitan
29/07/2012 20:23
De nada, clavelina, de nada, para eso estamos.
30/07/2012 14:38
Bueno os cuento agripa y wolfang52, mi hermano hoy fue al notario para plantearle el problema, (solo fue a modo de información). El notario coincidió con todo lo que me habéis dicho a mí. Pero mi hermano no quiere problemas más allá de las deudas , porque si tiene que perder su parte, la perderá y punto, pero si se puede hacer algo dentro de la legalidad para que este tranquilo por mi madre, pues también se hará y, el notario le dijo, que le vendiera su parte a mi otro hermano y a mí y dejárle a nuestra madre el usufructo, y con el dinero que nosotros le diésemos (según valoración de la casa) que lo entregase en el juzgado y, a su vez a uno de sus acreedores. Pero tiene más de uno y, mi hermano en vez de preguntarle eso al notario, no lo hizo, bien es verdad, que no está bien y enseguida se apoderan de él los nervios. Que me podéis decir. En agosto ya vamos mi hermano, mi madre y yo con él al notario.
Yo antes de nada, pediros perdón por las molestias que os pude ocasionar.
Un millón enorme de gracias

perfil Anónimo
25/10/2016 17:41
clavelinaroja
Fallecidos tres hermanos, mi padre y mis dos tíos, quedamos cinco herederas de una casa, dos de mis primas con un tercio, otra prima con otro tercio y el otro tercio mío y de mi hermana. Mis primas quieren vender la casa y echar a mi madre. Mi hermana y yo no querernos vender ni que mi madre se marche. ¿Pueden obligarnos? ¿Qué ley nos ampara?
Gracias de antemano
25/10/2016 19:08
Anónimo
En realidad a quien ampara la ley es a tus primas. Ellas tienen derecho a cobrar su herencia.
El hecho de que tu madre resida en la vivienda, supongo que por liberalidad de tus abuelos, no les puede privar de recibir la herencia que les corresponde.
Por lo tanto, si, pueden vender su parte o pedir la disolución del proindiviso.