Hola a todos. Hace 10 días colgué el mensaje sobre que se solicitaba por parte de mi ex la orden de ejecución de la sentencia en lo referente al pago de la pensión alimenticia a mis hijas. (No puedo pagarle más de los 400 euros que le he pagado hasta ahora, el Juez marcó 800 y está pendiente de la resolución de la Audiencia)
Sabeis que ella lleva dos años en los que no ha cumplido ni una sola de las sentencias dictadas en su contra y en ese plan sigue.
Sin embargo sé que la solicitud de embargo de mi nómina llegará sino para este mes para el siguiente. Aquí los juzgados funcionan así: Si solicitase mi ex que me fusilasen no llegaba al verano.
Mi abogado sigue empeñado en que caso de poder hacerlo algún día, me comprase siquiera un cuchitril donde dormir no lo pusiera a mi nombre y me insiste mucho en ello.
Mi pregunta es la siguiente: Si a parte de mi nómina de 841 euros tuviese un bien a mi nombre ¿Qué me embargarían primero la nómina o irían directamente a por el inmueble?
Y me aprovecho: ¿Hay un tanto por ciento de ocasiones en las que la Audiencia ratifique o corrija una sentencia? No sé cómo explicarme pero creo que me entendeis.
Gracias de antemano y un cordial saludo
shadow, se embargarán los bienes que haya designado la parte ejecutante en su demanda. Si no, se embargarán aquellos bienes con mayor facilidad para su enajenación y que menos gravoso sea para el ejecutado. Tienes un orden en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En cuanto a lo de las Audiencias, en tu caso lo veo complicado pq las ejecuciones son sota, caballo y rey. Es decir, si no has pagado todo lo que debías pagar, se estima la ejecución. No hay más. Y más cuando se trata de pensión de alimentos a hijos que son créditos privilegiados, no hay compensaciones que valgan, ni pluspetición, ni que digas que no puedes, ni nada.
A mi me hace gracia,cuando se dice que eso es así y no hay nada que hacer.Pero bueno ¿es que los jueces van con la venda en los ojos como el símbolo de la justicia?.¿No se paran a pensar que es imposible que este hombre pague la pensión que le piden?.No puedo asimilar que un juez vea justo que una mujer se esté comportando como la de shadow y se quede impasible sin hacer nada y consintiendo que este hombre se vea en la puñetera calle,para que una ARPIA,se quede con el riñón cubierto.Aquí falta solidaridad,la gente se une y se manifiesta para cambiar cosas,la mayoría de las veces sin importancia y sin embargo no se manifiesta a las puertas de los juzgados y se recogen firmas para que cambie esta seudoley de la igualdad,que ampara a la mujer,paara fastidiar al hombre.No se donde está la igualdad aquí,señores.Solo veo un montón de tiparracas,(siempre dejándo a un lado los VERDADEROS casos de malos tratos), que lo único que quieren es acabar con sus maridos,amparadas por la ley y me importa poco que se me tiren al cuello las feminístas,porque a ellas les digo que no miran por la igualdad,que no saben lo que quiere decir ese vocablo,que no les importa un carajo que hombres buenos acaben arruinados y desesperados,capaces de cualquier cosa,simplemente por ser la victimas de una ley que han prodigado ellas y que no hay peor machísmo que el feminísmo.
shadow,no pongas a tu nombre ni si quiera un piojo,tampoco lo pongas a nombre de nadie,porque te darán la puñalada,te tirarán a la calle y se quedarán con ese piojo.Espera que pase todo y luego cuando ya estés divorciado,haces testamento,especificando que la desheredas,así el día de mañana no tendrá derecho a nada tuyo(en el caso de que poseas algo),lo heredarán tus hijos.Una vez hecho eso,luego decides si vas de alquiler o te compras una vivienda.
como se pone, morgana. Tampoco entiendo que su abogado le insista enq ue se compre un bien, salvo que quiera cubrir su riñón (el abogado), yo consultaría una segunda opinión a un abogado de prestigio para quedarse tranquilo.
Gracias Morgana, ya estoy divorciado lo que no entiendo es lo de desheredarla. ¿Pero sigue teniendo derecho a algo mío?.
Y el asunto por el que he entrado en el foro esta tarde: Ya no soporto más este tema, son casi dos años. Desde mi ex hasta "su señoría" (con toda mi falta de respeto posible) se han empeñado en no dejarme vivir. Mi ex se la está buscando. En cuanto a "su señoría" ¿Presento una queja en el CGPJ o lo denuncio directamente por prevaricación? Sabeis que hay muchísimo dinero por medio y es IMPOSIBLE que se le esté permitiendo a una persona saltarse la Ley y ni siquiera darle un toque de atención. Lo increíble es que de tan descarado parece mentira.
Un saludo
Si no lo haces a ti,además de tener derecho a la pension de viudedad en un futuro,suponiendo que tu fallecieses antes,tambien heredaria lo que pudieses haber tenido con porterioridad,con todo tu esfuerzo y que no se merece.kalhuo te lo podra decir.
Hola:
En mi modesta opinión, morgana_6 se equivoca.
Los herederos serán sus hijos -o hijas- si no hace testamento, si lo hace, siempre deberá respetar las legítimas, su ex no recibirá nada -salvo que usted decida dejarle el tercio de libre disposición, que me parece que no-.
No necesita desheredarla, no es heredera.
En cuanto a la pensión de viudedad, dependerá de si tiene concedida una pensión compesatoria, si no la tiene tampoco le corresponderá.
Salvo mejor opinión.
Reciba un saludo
No me equivoco en absoluto,porque ya se ha hecho un testamento en esos términos,aconsejado por un abogado y ante notario y el cual yo he leído.Nunca hablo por boca de ganso,si no sé una cosa no participo,pero si la sé, la sé con todas las consecuencias.Lo de la pension compensatoria y la de viudedad eso lo tengo claro,tambien lo sé.Claro que tiene que respetar las legitimas,pero si no tiene a nadie a quien dejar el tercio de mejora,pues lo lógico es que sean sus hijos quienes la reciban,siempre y cuando sus hijos algún día se porten mal con su padre,como es el caso que comento,y le deje la estricta legítima y mejore a alguien de su confianza o afecto,como tambien es el caso al que aludo.
morgana-6:
No sé porque se ofende, yo no le digo que usted hable por boca de ganso, sólo que en mi opinión se equivoca y se lo sigo diciendo.
No necesita desheredar a su ex porque no es heredera y nada heredará.
En cuanto al tercio de mejora, también se equivoca, necesariamente ha de mejorar a uno -o a todos- de sus herederos forzoso, sus hijos; el único que puede dejar a otra persona, independiente de sus herederos forzosos es el tercio de libre disposición.
Salvo mejor criterio
Saaludos
No me pongo de ninguna manera,simplemente le digo que hay un testamento en esos términos que le explico y si usted dice que no es así,entonces es que el testamento está mal hecho o el abogado es tonto y el notario idem,pues dejó claro que era necesario que se dejara expresamente por escrito en el testamento le voluntad de dejar fuera a la esposa del testamento.En cuanto a los términos de los hijos,este señor ha dejado la estricta legítima a los hijos,ni tercio de mejora ni nada,porque no se lo merecen y no los ha desheredado porque no puede.Lo demás se lo ha dejado a una persona ajena a él.
No sé en que lugar tiene usted la vecindad civil, pero para el derecho común, la herencia se divide en tres partes:
La legítima es la 'porción' de bienes de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, aunque desee hacerlo, porque por ley se reserva a determinados herederos llamados forzosos, salvo que el testador decida desheredarlos expresamente, y exista causa legal para ello.
El alcance de la legítima estará en función de las personas que participen en la herencia.
Por su parte, el tercio de 'mejora' puede emplearse para favorecer en especial a alguno o algunos hijos o descendientes; si no se dispone sobre él expresamente, se entiende que incrementa la cuantía de la legítima.
Con el tercio de libre disposición el testador podrá hacer lo que tenga por conveniente.
Salvo mejor opinión.
Un saludo
No sé como decirlo ya.Solo atestiguar con mis propios ojos que ese testamento existe,se ha hecho recientemente y me parece que si no fuese correct o legal,habria puesto impedimentos,tanto el abogado como el notario,que es quien tiene la última palabra.El testamento se ha hecho en Valencia.No aporto copia porque me parece excesivo e ilegal,pero es así.
A mi me indicaron que los herederos legales son los hijos. Lo que pasa es que si yo muero sin hacer testamento, heredarian mis hijos, pero automaticamente, al ser mi ex su unico tutor y custodio, podría este hacer uso de mis bienes, vender la vivienda y dejar sin nada a los niños. Lo que se hace no es desheredar al ex, es indicar uno o dos albaceas que hasta la mayoria de edad de los menores seran los que administraran los bienes, así, se asegura que la herencia será para los hijos.
A parte de nombrar albacea si los hijos son menores de edad,se deshereda a la ex.Si no fuese eso ccorrecto,no se habría hecho un testamento en esos términos.
Morgana, disculpe que meta baza en la conversación para contradecirla, pero lo que dice juliarigo es cierto. Las esposas nunca son herederas forzosas, ni siquiera en caso de no estar separadas, al menos en derecho común, y en el caso de la Comunidad Valenciana es igual. El único bien que se reconoce como legítima forzosa a las viudas es el usufructo del tercio de mejora. Ahora bien, si quien hizo el testamento quiso cubrirse las espaldas indicando expresamente que no quería dejarle nada a su ex esposa, no veo por qué el notario iba a negarse a hacerlo constar, pero es una precaución inútil. Ah, y el tercio de mejora ha de legarse también a los hijos, forma parte de la legítima. Lo que sí se puede dejar a quien se quiera es el tercio de libre disposición.