Ciertamente desconozco si se ha de pedir o no modificación de medidas o el cambio de custodia es por así decirlo algo automático.
Lo que no se entiende es que usted esté dejando que hagan esto tranquilamente sin haber acudido inmediatamente a un abogado de familia, la familia de la madre incomunica a la menor con usted, ¿le parece poco?, y van a decir que usted es un mal padre que pasa de su hija.
Que mañana mismo empiece a moverlo todo, con celeridad.
Hola progenitor, siento mucho el momento en que te encuentras, pero mi consejo es que te muevas con rapidez.
Yo desconozco como funcionan esas cosas, pero te contaré el caso que conozco por si te interesa.
Mi ex tiene antecedentes por violencia de género hacia mí. Después de separarnos, se juntó con una chica y tuvieron un niño. Al poco tiempo ella calló muy enferma y él la abandonó,aunque ni se casaron ni habia documentacion de ningun tipo, tan solo el niño tenia sus apellidos. Cuando el niño aun no habia cumplido los dos años ella fallecio. Dos dias antes de su muerte el fue a por su hijo. La familia de ella no queria darselo, pero no pudieron hacer nada por evitarlo. Hoy han pasado casi dos años de aquello y el vive con su hijo. Por suerte el niño esta bien, mis hijos lo ven de vez en cuando y me han contado que la familia de su madre va a ver al niño de vez en cuando, y en verano el niño pasa una temporada con su tia materna, asi que posiblemente tengan algun regimen de visitas, o quizas sea de palabra, eso ya no te puedo decir.
Te cuento esta historia para que luches por tu hija, porque en este caso, aun teniendo antecedentes penales por maltrato y habiendo abandonado a su hijo anteriormente, este hombre está con el niño, asi que imagino que tu tendrás tambien derecho a ello.
No lo dejes pasar y muevete, ese es mi consejo.
Hola.
En la via civil solicite una inmediata modificacion de medidas (necesitara abogado y procurador) si no dispone de ingresos suficientes puede solicitar justicia gratuita.
En la via penal si la cosa se pone dificil, denuncie a aquellas personas que tiene a su cargo a la menor y se niegan a entregarsela (art 222 C.P) el hecho podria ser constitutivo de delito, y puede ser castigado con penas de prision de seis meses a dos años.
Aprovecho la ocasion àra darle mi mas sincero pesame, pero no debemos olvidar que es su hija la que debe permanecer con su progenitor, aquel que ostenta la patria potestad unica de la menor debido a las dramaticas circunstancias del caso, motivo por el que la conducta dolosa podria acentuarse aun mas si se negaren a entregarle la menor, maximo si atendemos que es usted su unico progenitor vivo y por ende el unico que ostenta la patria potestad de la menor.
Espero haberle ayudado.
Un saludo.
Pues yo entiendo que al fallecer el progenitor custodio, la patria potestad -y la custodia- de los menores automáticamente pasa a ejercerla el progenitor superviviente, siempre y cuando previamente no haya sido privado por sentencia judicial firme del ejercicio de dicha patria potestad.
No creo que proceda una modificación de medidas a interponer por el progenitor superviviente, ya que no existe parte demandada (ha fallecido).
En este caso, yo me iría inmediatamente a buscar a mis hijas a casa de los abuelos maternos, acompañado de la autoridad (policía/guardia civil), y si no me las entregan, denunciaría.
Ahora bien, es posible que la madre fallecida, en testamento, haya dejado nombrado algún tutor para sus hijos menores, a fin de administrar sus bienes hasta que alcancen la mayoría de edad, máxime si dicho fallecimiento era previsible como consecuencia de una enfermedad grave y/o incurable.
Pues yo desde luego pienso que aunque la ley esté de tu parte y dando por hecho que tienes la patria potestad, es un tema muy delicado para la niña. Hay que tener en cuenta que será un cambio radical para ella y en un momento muy delicado para ella. Bajo mi punto de vista y desde luego sin quitarte la razón y con el mismo fin, yo lo haría con ayuda de psicologos y a lo mejor habría que ir haciendo el cambio poco a poco y no de la noche a la mañana. No sé es una idea, por el bien de la niña.
Lamento la situación, y vista la actitud de la familia materna yo también buscaria asesoramiento legal, aunque siendo que la patria potestad es de los padres, si muera uno de ellos, aunque sea el custodio entiendo como lógico y normal que la niña esté contigo, no creo que pueda "subrogarse" la custodia a la familia materna, pero como hay tantos casos que se salen de lo lógico, creo que es el mejor consejo que te handado, busca un abogado siempre y cuando consideres que puedes darle lo mejor a tu hija.
belmit los niños se adaptan a todo. Cuando hay una separación, la niña (por culpa de la ley) pierde a un padre...y se adapta, también cuando la madre se lleva a la niña a muchos km. Lo mismo ocurrirá en esta situación, nunca será buen momento.
Es decir, el padre tiene una gran oportunidad de estar con su hija. Lo que tiene que valorar el padre es si quiere estar con su hija o no. Y que le pierda el miedo a la responsabilidad de un hijo. Nadie nace sabiendo, ni siquiera la mujer y saca adelante varios hijos.
Creo que es bastante sencillo. Recoga a su hija y punto pelota. Si la familia materna quiere ver a su hija, pues que interpongan demanda y punto.
Lo bueno sería que ambas partes llegaran a un acuerdo de visitar a la familia de su ex, pero viendo como están actuando, está claro que no hay buena relación, con el tiempo habrá abuelos y tios que no puedan ver a sus nietos/sobrinos.
Que yo sepa, padre y madre no hay más que uno. Si en este caso uno de los dos falla, debe automaticamente estar con el otro. Sin más.
Un hijo no es un bien que se pueda heredar, y una madre no es quien para en su lecho de muerte establecer un tutor, existiendo ya uno, por mucho que le duela a la otra parte.
Si la patria potestad es al 50% no hay duda.
A no ser que judicialmente usted esté incapacitado para poder hacerse cargo de su hija.
Sintiendolo mucho, ya me gustaria que se diera esta situación en mi caso. Enhorabuena.
Totalmente de acuerdo con Espanyol,
padre y madre no hay más que uno, así que vaya a por su hija y si no se la quieren dar, llamada inmediata a la policia.
Que efectivamente, lo ideal sería que puedan estar también con la familia de su ex, que nunca pierda la niña ese referente, pero viendo la forma de actuar de ellos, tiene que dejar claro que el padre es usted y que si ellos se comportan como Dios manda, no tendrán ningún problema en ver y estar con la niña.
Y aunque es muy cruel pensar así, ójala ese caso se me hubiese dado a mí.
Para todos los aqui presentes hablando de este tema con mi abogado por si se diera el caso. Si el padre tiene la patria potestad al 50% asumiria la patria potestad al 100% por la muerte de su exmujer.
En pocas palabras esta perdiendo el tiempo este hombre si esta en estas circustancias, es más la familia de su exmujer si no permite la entrega del menor a su padre incuriria en un delito de sustracción de menores.
GRACIAS.
Gracias, arobert, a mi se me habia olvidado confirmarlo con alguien especializado en Derecho de Famila...
Ahora que releo, tampoco veo que Progenitor haya contestado a lo que le pregunte sobre quien le habia informado de lo del cambio de medidas, a lo mejor es que ya soluciono el tema, ojala
Yo tampoco veo muy claro lo de la modificación de medias, no creo que el muerto se presente a juicio, ni que reclame un incumplimiento de sentencia si el padre recoge a su hija.
¿Acaso va el padre a denunciar si no le dan una pensión?.
La familia materna no tiene ningún derecho a recibir pensión ni a obstruir el contacto entre hija y progenitor, si se creen con derecho que se lo pida a un juez.
Cómo opinión, expondré que, deje un tiempo para que su hija se recupere de la pérdida de su madre.
Al parecer, la niña convivía con su madre y sus familiares maternos, no les moleste y permítales que tengan un tiempo de Duelo. Tras un tiempo, además de las visitas habituales, pida pasar más tiempo con la niña, para que se habitúe a usted y su familia, y cuando lo consiga pida la custodia para usted,ya que es su progenitor vivo y es su derecho.
No se demore en sus acciones,puesto que lo contrario significaría dejadez en sus obligaciones. Pero tampoco se precipite, pues provocará problemas y traumas que repercutirán en un futuro en usted y su hija.
Un saludo.
Lentejas. Me parece muy sensata su postura. Yo creo que muchas de las preguntas que se formulan por aquí, no harían falta si se aplicase no ya la ley, sino el sentido común. A todos nos vendría bien mas cordura, sensatez y sentido común en vista a que muchas leyes están obsoletas o malinterpretadas o simplemente uno de los progenitores las obvia. Con lo que mejornos vendría mas sentido cívico entre que se modifican leyes que conllevan cambios enla vida de nuestros hijos......
La familia materna no tiene ningún derecho a recibir pensión ni a obstruir el contacto entre hija y progenitor, si se creen con derecho que se lo pida a un juez.
Rakshun es evidente que la familia materna no tiene ningún derecho, pero tampoco ninguna obligación; leí más arriba al padre decir que debía tres meses de pensión y que se pondría al día con la extraordinaria, con lo cual a día de hoy a la niña la estará manteniendo, quién con toda segurida se estuvo haciendo cargo de la niña, durante la enfermedad de la madre. Pero claro no tiene derecho ni siquiera a que le den las gracias, como es la familia materna. Vaya está más enferma de lo que pensaba.
Oño de verdad qeu tengo ganas, que ocurra en ud un milagro, que la haga tener más cordura, no defender al hombre por ser hombre, y obviar a la niña y al momento tan malo po rel que está pasando.
Estoy con Belmit y Lentejas en el sentido de que el flash por la muerte de uno de sus progenitores no es para tomárselo tan a la ligera hablando de derechos. Mejor pensar qué necesita esa niña ahora mismo, que reclama, qué quiere y luego actuar en consecuencia.