Mi pareja falleció hace 14 meses pero no estabamos regularizados. Teniamos una cuenta bancaria a nombre de los dos y a su fallecimiento la bloquearon en el banco. Recupere la mitad del activo, ya que me correspondía. Al haber renunciado la familia a la herencia, me dirigi al banco para pedir que se desbloqueara la cuenta y me dijeron que estaban esperando a que la familia presentase el documento de la renuncia. Como he dicho, han pasado 14 meses y la familia pasa del tema. Cuanto tiempo tiene que estar esa cuenta bloqueada?, por qué el banco no le pide a la familia dicho documento, al igual que lo han hecho todos los acreedores?. Si yo consigo ese documento, mediante un favor...Tengo que informar al banco de su procedencia?.Todo esto lo expongo por que para hacienda, consto que poseo un capital que no tengo.
He presentado la renuncia de la herencia al banco.Cual es mi sorpresa que me dicen que no saben como actuar y que no deberia de figurar ya en esas cuentas ya que yo recuperé en su momento mi parte. Me indigna esa contestación puesto que sigo siendo titular de esa cuenta aunque estuviese a cero y nadie me puede quitar a voluntad de ahi. Por otra parte he encontrado la ley que regula a las cajas de ahorro en general y el articulo dice lo siguiente.
A continuación de esto, como veo el desconocimiento de la caixa al respecto de como actuar en mi caso y para que no se quede en el olvido, he encontrado la ley que regula a las cajas de ahorro y en su articulo 27 dice lo sigueinte.
Artículo 27.- En las libretas o cuentas indistintas, dejando a salvo las disposiciones de carácter fiscal, seguirá entendiéndose que cada uno de los titulares indistintos es propietario de la integridad del saldo que arroje la libreta o cuenta, no pudiendo los derechohabientes del premuerto impugnar el derecho del sobreviviente, que, por su parte, quedara obligado a cumplir las disposiciones fiscales.
Creo que está suficientemente claro el asunto no?.Voy a hacer valer mis derechos y por si le sirve a alguien de ayuda, aquí lo dejo.
En una libreta indistinta cuando uno de los dos titulares fallece,al otro titular solo le pertenece el 50% del total.El otro 50% es de los herederos del fallecido.
El tema de las renuncias no se como va.Quiero decir que no se a quien va esa herencia cuando dichos herederos renuncian a ella,aunque me imagino que pasara al estado.
Tu eras copropietario del total mientras el otro titular estaba vivo,en el momento de fallecer ese 50% pertenece a los herederos.
Este tema lo he vivido en 1ª persona,osea que se de que hablo.
tolimar. Puede que por desconocimiento de esa ley de cajas de ahorro, las cosas se queden impunes y sin arreglar. Me parece que ese artículo está muy claro y no habla para nada de que vaya ese dinero a parar a manos del Estado.Eso ocurríria si no hubiesen más titulares en esa cuenta que el fallecido. Pero al tener dos titulares esa cuenta, quiere decir que es indistinta y al fallecer uno de ellos, el otro se queda como titular absoluto y nadie puede sustraer ese dinero de esa cuenta ni nadie puede borrar a ese titular de dicha cuenta por conveniencia. Una vez que el banco vea que ya no tiene que protegerse del impuesto de sucesiones, puesto que no hay tal, al renunciar a la herencia,la responsabilidad de la entidad termina ahí y punto. No tiene potestad para seguir bloqueando las cuentas y como dice ese articulo, es problema del titular vivo y de los herederos si los hubiere, el entendérselas en los tribunales mutuamente.
Gracias cansado (al) yo también me he acordado mucho de ti. Aquí estoy de nuevo con más fuerzas que nunca. Jmás abandonare la lucha, forma parte de mi esencia.Ahora necesito ayuda y cualquier consejo me vendría bien.
goz
Es que no es cosa del banco,si no que no tenemos derecho,te lo digo porque a mi me paso exactamente lo que tu cuentas,aunque no era ni compañero,ni marido, sino otra persona.Vete a un abogado y que te diga si hay alguna posibilidad o que pasa con el dinero, cuando los herederos no aceptan la herencia,él mas que nadie sabra por donde tirar.
A mi si me dieron el dinero porque me dijeron que ellos no tenian nada que ver,pero me advirtieron que seguramente me denunciarian (como asi fue) osea que tuve que devolverl el 50% mas intereses)
Esto fue hace muchos años,me imagino que las leyes habran cambiado, de ahi el bloqueo de la cuenta.
Espero que tengas mas suerte que yo.
Un saludo
Debe demostrar que es su pareja o que lazo los unia.
Si no es herdera de este señor y no hay herederos el dinero pasa al estado.
Conozco un caso de viuda con pareja a la que se le hizo devover el dinero de la cuenta conjunta, ya que o eres pareja de hecho o esposa y por lo tanto tienes tus derechos o no eres nada del finado y por lo tanto no recibes nada.
Además esta señora puso en peligro su pensión de viudedad ya que se suposo un alzo de unión con el finado. Lo que no sé es si finalmente la perdió.
Aquí no se trata de demostrar si eres o no heredero o te une un lazo afectivo con el finado. Se trata que figuro como titular de una cuenta bancaria.Anque fuese un amigo del finado, al figurar como tal titular y ser una cuenta indistinta, la ley dice que el titular sobreviviente se queda con el activo sin más.Máxime en este caso cuando lo único que impedía el desbloqueo era los impuestos de sucesión que ya no se tienen que pagar puesto que no hay herederos.Así pues la labor protectora del banco ha acabado. Luego es problema del titular sobreviviente pelearse o no con los posibles opositores,pero que en este caso tampoco los hay.
Hola Goz, y cómo se enteraron los del banco de que tu pareja había fallecído??.
En una libreta que tenía mi pareja a nombre de él, y de su ex cuando estaban juntos, pone en la última página de la libreta de la Caixa de Catalunya que si la libreta está puesta a nombre de dos personas, en el caso de que uno de los dos fallezca el dinero es para la otra persona que queda viva, y digo yo es que si no la persona que queda viva de qué come??; ahora que no sé si esto habrá cambiado; ellos se separaron hace 15 años, y todavía guardo la última hoja de la libreta en la que pone lo que he comentado, cuando se separaron ya sacaron todo el dinero que tenían ahí.
Si sabéis algo, lo comentais por aquí, como todo cambia, pues es eso.
Yo no entiendo mucho de leyes pero pienso que en una pareja en que la libreta está a nombre de los dos, cuando uno de los dos fallece se vá al banco sin decírle al del bamnco que tu pareja a fallecído y se saca todo el dinero, porque si te hace falta el dinero de qué comes??, luego se pagan los impuestos que hayan que pagar y ya está no??.
yamila9
Eso que dices es lo que hice yo,pero los herederos me denunciaron y tuve que devolver el 50% mas los intereses de todo el tiempo que duro el juicio.
Yamila9. Se enteraron al día siguiente en el periódico, por la esquela que pusieron los servicios funerarios. Los bancos lo peinan todo para, precisamente por las defunciones publicadas en los diarios, cubrirse las espaldas contra el fisco y luego no les pidan responsabilidades. Pero aunque los abogados son muy listos, a ver quien lo es más. Si no hay herederos con los que se pueda dar un enfrentamiento hacia mi persona y no hay impuestos de sucesiones que pagar, no veo la necesidad de seguir con las cuentas bloqueadas. Reitero que nadie ouede eliminarme de titular de esa cuenta y muchos menos sustraer ese capital a su conveniencia.
Si no hay herederos, hereda el estado, y ese 50% que este señor dejó no le pertenece a usted si no al estado.
Ya le digo que no ganará a los abogados del estado, y no se quedará con algo que simplemente no le pertenece.
Debió de testar el finado en su favor si no fue así usted no puede tocar esto, por esto el bloqueo.
Pues si es así, entonces por qué en la libreta de la Caixa de Catalunya pone que en caso de fallecimiento de uno de los dos, le pertenece al otro??, ya os digo que yo guardo esa hoja de la libreta, ahora que si la ley a cambiado eso ya es aparte, no lo sé......; ya lo preguntaré un día en la Caixa y llevaré la hoja de la libreta que he comentado, haber lo que me dicen.
En cuanto a lo que han comentado de que si no se lo a dejado en el testamento, cuando se hace testamento que yo sepa no se puede dejar una libreta al alguien en herencia, no??.
A mí también me preocupan estos temas porque mi pareja tiene una hija mayor de un matrimonio anterior que hace 15 años que no se ven, pero seguro que el día que mi pareja falte vendrá como una loba, después que he sido yo la que lo a atendido, porque su familia no se a preocupado de él para nada, y yo ya llevo 13 años con él, y no tenemos hijos en común, así que ya veremos como me veré en un futuro, que me lo veo bien negro.
winza, usted tiene razón en cuanto a lo que dice que si no hay herederos, hereda el Estado, En este caso si yo no figurara como titular, primero que no se me ocurre decir ni pio y segundo que no tendria derecho a nada puesto que no figuro en esa libreta. Pero he aquí que sí fugiro como titular, entonces ya no es cuestión de que se siga el orden sucesorio para que herede el Estado. Es más complicado que todo eso y más sencillo a la vez.¿Es que se va a pasar por alto el artículo 27 que he citado antes?, creo que ahí lo pone bastante clarito y no habla de que herede el Estado, antes estoy yo.
Yamila9
Sí que sería conveniente que preguntase en la caixa sobre ese aspecto, ya que en mi libreta de la caixa de Cataluña no lo pone. No estaría mal que se informara al respecto y así nos ayudamos todos y los que vengan con ese mismo problema, que me imagino que habrá bastantes pero aún no son conscientes de lo que tienen encima.
Quiero djar claro otro aspecto, Si en vida mi pareja u otra persona, pone a otro como titular en sus cuentas, queda patente la voluntad del primer titular. Entonces no sé por qué ya no prevalece esa voluntad que en un principio se plasmó en un contrato.