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obligación de firmar una testamentaria interna del banco en el BBVA

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
04/11/2009 20:52
muchsimas gracias, pacuchin, es que solo faltaria que se quedaran con el dinero que con tanto sudor ha estado trabajando , menudos sinverguenzas que son
05/11/2009 13:03
Lo mejor es dirigir un escrito al defensor del cliente.
05/11/2009 17:10
amyoliz, no tienes que agradecerme nada, todos te contamos más o menos lo que sabemos. y no descartes los que te dice Juan S, que me parece que va muy acertado en el consejo que te dá.
Un abrazo
05/11/2009 18:00
si, si la reclamacion la puse directamente a atencion al cliente del bbva y al defensor del cliente del bbva
25/09/2010 10:45
Madre mía, la que se avecina. Yo tengo una testamentaría abierta con el BBVA, y no puedo estar más de acuerdo con todo lo malo que decís de ellos. El trato personal es malo, malísimo. Nunca me llaman para informarme de como va el expediente. Después de entregarles todos, todos los documentos, ahora me piden algo más, que ni siquiera el notario me ha pedido. Me dan largas, y no quieren darnos el dinero de una cuenta corriente que nos corresponde por herencia de un familiar fallecido.... Como no soy clienta con cuenta en su banco, en atención al cliente no me hacen caso. Y nada de lo que les digo les asusta. Me han recomendado que les pida la hoja de reclamaciones y que tramite mi queda por ahí.. ¿Podría ser esto efectivo?
12/07/2011 23:48
a mi me ha pasado igual me obligaban a firmar dicho documento a lo cual me negue pero mi hermana hizo la tramitacion y me han cargado 2 veces 94 euros es decir cerca de 200 euros pienso reclamar donde sea y que me expliquen en concepto de queme parece abusivo y ademas han tardado 6 meses en resolverlo, aun no tengo el dinero de la herencia y hace un mes que me hicieron los cargos.
en cajasol tardaron menos de un mes en resoverlo y combraron solo 50 euros
¿Porque hay tanta diferencia para un mismo proceso en diferentes banco?
23/03/2012 20:48
Yo estoy en las mismas, sólo que nadie la ha firmado, ni la pensamos firmar. Nos hemos informado a través de abogados y de la Consejería de Hacienda y nos dicen que lo único que nos pueden pedir, como mucho, es el certificado de defunción, la declaración de herederos y el pago del impuesto de sucesiones, que aún no lo hemos podido pagar porque se empeñan en que, para darnos el certificado de saldos bancarios, tenemos que hacer la testamentaría con ellos. Algo que, en todas partes que hemos consultado nos han dicho que es ilegal y que se puede demandar como práctica abusiva.

Además, el abogado también nos ha dicho que el banco no tiene porque saber qué hemos decidido hacer los herederos porque ese es un asunto privado que no les incumbe. Lo único que les incumbe es que el impuesto de sucesiones esté pagado para que podamos disponer del dinero. Todo lo demás es pasarse de sus atribuciones, querer meter la mano en bolsillo ajeno y demandable como prácticas abusivas. Esto último además, me lo han dicho de forma contundente en la misma Consejería de Hacienda.

Por mi parte está muy claro que, una vez resuelto el tema, esta gente no va a volver un céntimo de mi familia en sus cuentas.
23/03/2012 21:59
Si no me he confundido de caso, creo que se corresponde a la actitud que toman algunos bancos de querer cobrar la consulta a su gabinete jurídico para comprobar que los documentos presentados son suficientes. Es cierto que en casos complejos el banco puede tener la necesidad de que sus abogados lo estudien con detenimiento para evitarse reclamaciones posteriores que le podrían suponer un quebranto. Pero por supuesto esto es una explicación muy rebuscada y poco creíble y que hace pensar más en un medio para obtener fáciles y pingües beneficios, totalmente injustificados en casos rutinarios y donde las escrituras de herencia firmadas por el notario no deja lugar a dudas.
En estos caso y en practicamente todos los problemas con el banco esto es lo que hay que hacer:
- 1. (este es de mi cosecha) no ser un pesado que protesta por todo, tener un motivo cierto.
- 2. Reclamar por las buenas en la oficina bancaria.
- 3. Si no nos atienden, o en un plazo muy breve , 2 ó 3 días, nada de dos o tres semanas, se pide la hoja de reclamaciones y se cumplimenta directamente.
- 4. Se escribe al defensor del cliente, buzon internet de atencion al cliente, etc.
-5. Si a los dos meses no nos han atendido, reclamacion en el Banco de España.