Eres joven, si te dejan la total serÃa para tu profesión habitual, podrás trabajar en otro tipo de trabajo y cobrar la pensión y tu sueldo.
Mi caso es diferente, 53 años, ya cobrando una total para profesión habitual y ahora me derán otra por otra profesión y me dejaran si poder hacer prácticamente ningún trabajo, si con mi edad no nos contrata ni el tato, imagÃnate si encima no podemos trabajar en casi nada....
Suerte.
lo mismo no te he entendido yo, perdona.
O sea, que o me la deniegan o me reconvierten la que tengo en absoluta....sinceramente casi que prefiero que me la denieguen y me quedo como estoy a ver si rasco algo por otro sitio...buffff.
Pero ya te digo que el trabajo por el que estoy de baja no lo puedo hacer de ninguna de las maneras.
Si son dolencias distintas te darán la absoluta. Y podrÃas cobrar hasta dos incapacidades si son de regÃmenes distintos (autonomos y general), en ese supuesto sÃ. Yo que tu tomarÃa todos mis nuevos informes y si no te dan la absoluta reclamarÃa y de ahà a los juzgados. No le temas a un juez. temele a un EVI de la SS
Hola... querÃa saber cómo va lo tuyo
Llevo unos dÃas sin entrar en el foro... bloqueado el móvil ...no podÃa entrar con el viejo
Veo que hay comentarios cómo antiguos y respecto al tema nuestro no veo nada nuevo
Un saludo