Buenas, en mi caso somos seis hermanos. Mi tía (carnal) y mi tío (politico) tenián hecho testamento del uno para el otro, no había hijos en el matrimonio y falleció mi tía (carnal) convirtiendose mi tío en heredero único. poco después ha fallecido mi tío (político) sin hacer testamento.
No hay Linea ascendente, ni hijos ni hermanos, solo primos hermanos de mi tío.
¿a quien correspodería la herencia?.
Gracias anticipadas.
Depende del régimen de sucesiones aplicable (aragón, cataluña, etc. o el común en el resto de España) ya que en algunos territorios donde rige el derecho foral, se respetan los bienes procedentes de la familia de quien fallece.
En principio, con el derecho común (código civil) les correspondería a los parientes del causante a los que van a meterles un buen susto con el impuesto de sucesiones.
Pero lo mejor, es que consulten con un abogado de su localidad.
Un saludo.
No me ha quedado muy claro tu contestación Nuria.
la Localidad es Alicante por si me puedes aclarar mejor el Tema.
De todas formas mi pregunta es si heredan los sobrinos aunque sean por afinidad a los primos hermanos del finado
Gracias Anticipadas
No me ha quedado muy claro tu contestación Nuria.
la Localidad es Alicante por si me puedes aclarar mejor el Tema.
De todas formas mi pregunta es si heredan los sobrinos aunque sean por afinidad ó los primos hermanos del finado y cual es el tramite a seguir
Gracias Anticipadas
Si su tia dejó sus bienes en testamento a su tio, creo que la herencia será para los herederos de su tio, si solo tiene primos carnales, serán ellos quienes hereden...
Lo sobrinos del conyuge no hereden a no ser que en el testamento lo dijeran expresamente...
mi padre compró un piso siendo soltero con un prestamo a20 años,a los 4 meses de la compra se casa con mi madre,falleciendo éste alos 7 años de casarse. mi madre se quedó viuda con 3 hijos, uno de los cuales soy yo. mi padre no hizo testamento. mi madre volvio a casarse a los 5 años de enviudar y fruto de ese segundo matrimonio es una hija. ahora mi madre reside en una residencia de ancianos y padece una demencia tipo alzheimer. los hijos queremos vender el piso y quisiera saber como correspondería el reparto de la herencia, que es la casa que compró mi padre.también saber lo que le pertenece a la hermanastra.
-¿Dónde vive?
-¿Estaban sus padres en ganaciales o en separación de bienes?
-¿Cómo se pagó el piso, y en qué porcentajes?
-¿Está el piso totalmente pagado?
en Renteria (Guipuzcoa). estaban en régimen de gananciales.el piso se pagó mensualmente por parte de mi madre como esta establecido en las condiciones del préstamo, o sea , pagó mi madre 4 años viuda y otros 9años ya casada de nuevo, en total 13. el piso a día de hoy esta completamente pagado.
PD: no se ha efectudo ninguna reforma en la vivienda, excepto ascensor.
El derecho foral vasco es diferente en materia sucesoria, pero en el derecho general, sería algo así como (suponiendo que no había nada más):
-De los primeros 7 años, la mitad de lo pagado (la mitad que le correspodendría a tu padre de su mitad de la sociedad ganancial, y suponiendo que no hizo testamento alguno) sería para los 3 primeros hijos a partes iguales.
-La otra mitad más los 13 años últimos, serían por partes iguales para los 4 hijos de tu madre (incluyendo tu medio-hermana, y suponiendo que tampoco ha hecho testamento).
¿qué derechos? Salvo el tercio de mejora en usufructo, si no hace testamento los herederos forzosos son los hijos.....
Por supuesto habría que ver si en esos 9 años casada de segundas el señor aportó algo para la casa, y si estan en gananciales o en separación de bienes.
A eso último me referia: 7 años del primer matrimonio, mas 5 de viuda son 12. Hasta 20, faltan 8 años de gananciales con el segundo marido, que sería solo para la hija de este marido (50%)
el segundo marido murió hace15 meses sin hacer testamento. sé que hace algún tiempo estuvieron el matrimonio en el notario para arreglar las escrituras y según el notario a éste hombre no le correspondia nada porque no puede demostrar que el haya pagado nada. de todas formas cuando mi padre fallece en 1967 los herederos ya éramos mi madre y los 3 hijos, luego no creo que pueda venir alguien y por casarse usurpar una herencia, el préstamo lo ha pagado los 13 años mi madre a su nombre
No se enfade Rubiña. Vd. ha pedido asesoramiento, y esto es lo que intentamos darle. Sin descalificaciones.
El regimen de gananciales significa que todo lo pagado durante el matrimonio, venga de donde vengan los ingresos, está pagado a medias entre los dos. Fijese la cantidad de señoras que al casarse se han convertido en amas de casa, y los únicos ingresos eran de su marido. Entonces ¿que ocurre? ¿todo es del marido y nada de ellas?.
En cualquier caso, como le han dicho, el derecho foral vasco es propio, por lo que puede ser que no valga lo que le estamos diciendo.
Un saludo.
Gracias por asesorarme, pero no me enfado.
también creo que en el año de compra,1959, existía otro código civil. De todas formas no veo justo que los hijos huérfanos de padre desde pequeños tengan los mismos o menos derechos que una medio hermana que su padre particularmente le ha favorecido en vida, porque por desgracia el trato ha sido diferente y siempre en beneficio de su hija biológica, una pena.
Todo dependerá de quién pagó esos 9 años de hipoteca durante el segundo matrimonio. Tal vez su madre pagara ese piso con algo que le dejó su padre, o tal vez el nuevo marido aportó dinero para pagar esa hipoteca, por lo que también sería suyo.
El señor no usurpa niguna herencia. Es que parte podría ser suyo (pues el piso no estaba pagado cuando se casó).
No obstante yo creo que la repartición ha de ser como le dije en mi primer mensaje, pues esa hija, no lo olvide, es hermana suya e hija de su madre también.
De todas formas a esa hermana si que le pertenece por parte de madre.No obstante mi abuelo materno nos ayudó economicamente siempre y el caso es que no se puede demostrar , a parte de mi madre, quién pagó ese préstamo que unicamente consta que fué mi madre, y el resto sólo pueden ser suposiciones. para terminar recordarte que las escrituras a dia de hoy siguen a nombre de mi difunto padre y que cuando compró el piso en 1959 estaba soltero.
A decir verdad, que lo comprase soltero o casado, no tiene mucho que ver, pues se pagó mayoritariamente después de que él falleciese. Pero el caso puede ser muy enrevesado, dependiendo si tenía seguro de vida o no para la hipoteca, de cuánto pagó cuando vivía, cuánto de entrada, cuánto pagó tu madre soltera, cómo pagó una vez casada de segundas, etc, etc..
Te aconsejo que vayas a un abogado, con todos los papeles que puedas encontrar (contrato de compraventa, hipoteca, recibos, testamentos si los hubieres, etc....) y él, una vez que lo vea todo, podrá opinar mejor que nadie.
Muchas gracias por vuestros consejos y vuestra paciencia. Espero que se resuelva de la manera más beneficisa para todos, ateniendonos a la legali dad. Un cordial saludo NORA
rubiña: de entrada el piso deberia ser de los 3 hermanos.. por herencia de su padre... y en su caso...su hermanastra tendria que demostrar que tambien lo pagó la madre.. y su segundo marido...
En la epoca en que se compró el piso, creo que no era muy normal lo de las hipotecas...solo eran prestamos que se pedian al banco... y parece ser como dice que fue un prestamo bancario y no una hipoteca lo que solicitaron..
El demostrar quien pagó el piso será a estas alturas dificil...... su hermanastra tendria que demostrar que tambien su padre pagó ese piso...pero concretando cantidades... meses etc..etc.. y eso supongo que será dificil.
Lo mejor que pueden hacer es llegar a un acuerdo con su hermanastra de lo que le pueda tocar a ella... y ustedes podrian hacer la declaración de herederos de su padre en la notaria... valorar lo que le corresponderia a su madre de la herencia de su padre por el usucfruto y abonarselo.
La otra solución que tienen y no se la aconsejo es ir al juzgado a que resuelvan el problema... porque entre abogado...procurador... perito tasador etc..etc.. les va a salir mucho mas caro... y tambien tendrian que dar su parte a su hermanastra...