en mi expediente hoy se han concluido los puntos 5 y 6, me quedan solo el 7 y el 8, parece que esta la cosa movidita, lo que no se es cuanto tardaran estos dos ultimos puntos
Lo tuho ya esta hecho. Si sigues con los ocho puntos y no ha desaparecido el 5 es que la tienes concedida. La semana que viene ya tienes la resolucion. Enhorabuena.
Pues bien mi expediente sigue igual anclado hasta el punto 3 resuelto. He estado en el INSS a pedir el informe de sintesis en el que pone en CONCLUSIONES:
Limitacion osteoarticular de columna lumbar grado 3
Limitacion auditiva grado 2
He preguntado a la chica que me atendió que si sabia algo y miro y me dijo que iban muy atrasados, que en realidad mi expediente administrativo esta pracitcamente listo pero que habia muy poco personal y no estaba listo por eso. Tambien me dijo que proponian una INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL pero que no me queria asegurar nada porque aun no esta cerrado el expediente.
Pues nada esto sigue lo mismo. Parado en el punto 3 desde el 25 de septiembre. Que desesperación. Ya solo me quedan 28 dias para los 135. Estoy hasta los .....
Pues yo desde el el 30 de julio que inicie la IP y hoy me ha concluido el punto 3. Me quedan para los 135 dias mes y poco....
Vamos la paciencia se acaba.....
Esperemos que espabilen de una vez estos del EVI de Madrid....si necesitan más gente que pongan a más.....
Hola Carmeal, que tal va lo tuyo ? Yo sigo igual, esto no se ha movido nada. Ya me tiene preocupado, voy a empezar a plantear la reclamacion previa porque en 20 dias o resuelven o denegada por silencio administrativo. Espero que tu tengas mas suerte que yo.
Hola Fran, que va sigo igual que tu anclado en el punto 3, yo tambien tengo hecho el preliminar de la reclamación, esto debe ser generalizado, porque tu y yo estamos anclados en el mismo sitio.
Yo tengo cita el 20 haber si me dicen algo si esto sigue igual, yo pienso que no actualizan los punto, porque no es normal......
Se han saltado el estado del estudio de las bases de cotización, según veo por ahà es el proximo estado que indicarÃa antes de pendiente de resolución.
Correcto, en el formulario de incapacidad permanente que se rellena cuando se solicita por nuestra cuenta indica:
"De acuerdo con el artÃculo único del Real Decreto 286/2003, de 7 de marzo (BOE del 8 de abril), el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento iniciado es de 135 dÃas contados desde la fecha en la que su formulario ha sido registrado en esta Dirección Provincial o, en su caso, desde que haya aportado los documentos requeridos."
Siguiendo la estela de la ley de 1992, se especifica claramente que estas disposiciones tienen validez siempre y cuando no contradigan el ordenamiento legal de la Unión Europea, que pasa a ser la última instancia de referencia.
Un cambio importante en la consideración de dÃas naturales o hábiles es que el sábado deja de ser dÃa hábil a todos los efectos. Por lo tanto, hay que considerar dÃas inhábiles los sábados, domingos y festivos. Este es un punto fundamental que va en la lÃnea de unificar los plazos de las Administraciones públicas y los juzgados, dado que en algunos casos se consideraba hábil el sábado y en otros no.
Vamos a ver. En la solicitud de incapacidad por expresamente que el plazo se inicia l dia que se presenta la solicitud y su duracion maxima es de 135 dias. No habla de habiles, materiales ni nada. Y segun ley cuando no se expecifica deben entenderse naturales.
Por cierto mi expediente sigue igual. Parado en el punto 3
Por cierto acabo de venir del neurologo y me ha dado un nuevo informe:
"paciente de 50 años, con colocación de derivación intrahepatica
por hemorragias digestivas, que presente tras la misma, temblor
distal de intención con parestesias en palmas y plantas de los pies, muy
limitante para la vida diaria, le impide comer, beber independientemente pues
se le cae por los temblores y no puede llevárselo a la boca",