En una Comunidad, donde se intenta cambiar al Administrador, dicho Administrador haciendo uso de la "información privilegiada" que posee, sobre direcciones y teléfonos de los propietarios, se ha hecho con muchos apoderamientos, para tratar de inclinar la balanza de votos a su favor y que la Comunidad no pueda cambiarlo.
¿Es esto honesto y legal?.
¿Va esto en contra de las normas deontológicas del Colegio de Administradores?.
¿Puede el Administrador votarse a si mismo?.
¿Cual sería la solución para la Comunidad?.
¿Como vería esto un Juez, en caso de llevar el asunto a juicio?.
Legal, entiendo que sí, ya que no se vota a sí mismo, sino que sus votos son por representación.
El Colegio de administradores (no te equivoques) está para defender a los administradores, no para defender a los propietarios. Los administradores pagan al colegio no tú, y por ello no entienden de esas normas o códigos.
Votarse a sí mismo, puede si es propietario, de lo contrario no tiene derecho de voto.
La solución, difícil. La ley le ampara. Si hay más votos positivos que negativos poco se puede hacer.
El juez lo vería a los ojos de la ley, y ya sabes cuál es.
Lo que si entiendo es que, si vota representando a ciertos propietarios, verifiquen la certeza de esa representación. En el acta debe figurar los votos de los propietarios (nombre y apellidos) favorables y en contra, así como los representados. Investiguen si verdaderamente han dado su consentimiento. Hablen con esos propietarios aunque sea por teléfono y explíquele lo que hace o no hace ese administrador.
Si no les da su teléfono o dirección, por internet es fácil buscarlos conociendo su nombre.
"El Colegio de administradores (no te equivoques) está para defender a los administradores, no para defender a los propietarios. Los administradores pagan al colegio no tú, y por ello no entienden de esas normas o códigos."
Te equivocas, los colegios profesionales (administradores, abogados, médicos, etc...) están para defender los interes de la profesión, no tiene la naturaleza de entidades privadas, sino que son semi públicas (son privadas en la gestión pero públicas en gran parte de sus normas) reguladas por una ley estatal y por la ley autonómica (en el caso de las comunidades que ya la han promulgado)
Además de la posible responsabilidad (civil, penal, administrativa) también los colegios pueden imponer sanciones, en los casos que así esté previsto en las diferentes normas colegiales y/o código deontológicos.
En este caso, en principio, no se aprecie ningún tipo de irregularidad, pero siempre puede elevar una queja al Colegio para que quede constancia y se pueda valorar conjuntamente con otras actuaciones del administrador.
Precisamente una de las potestades mayores que tienen los colegios profesionales es la potestad disciplinaria sobre sus colegiados.
Y esta potestad está dirigida precisamente a mantener el buen nombre de la profesión, echando o sancionando, si es necesario a los profesionales que no cumplan con la normativa establecida.
No se dedican exclusivamente a defender a sus colegiados ya que su función no es esa, sino defender los intereses de la profesión.
TN, sí, proviene de Franco. Te dejo la web para que la veas tú y todo aquél que quiera ver de dónde proceden los administradores, que vean sus orígenes.
Así comienza:
Decreto 693/1968, de 1 de abril, por el que se crea el Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas.
Así termina:
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a uno de abril de mil novecientos sesenta y ocho.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro Secretario General del Movimiento,
JOSÉ SOLÍS RUIZ
ESTOS FUERON SUS ORÍGENES.
http://www.cgcafe.org/MarcoLegal.htm
Yo no discuto que el Administrador, pueda votar en nombre de propietarios en los demás temas de una Junta, como presupuestos, aprobación de cuentas, etc.
Pero precisamente que pueda votar con esos votos a favor de su continuidad o no como Administrador, me parece muy irregular.
Fontanero, a ver si te enteras que hablamos de COLEGIOS PROFESIONALES y no de los APIs como grupo, si no eres capaz de entender la diferencia, apaga y vámonos. Los administradores, igual que el resto de profesiones liberales, están sometidos a un colegio profesional con una normas, conócelas antes de opinar.
Te sorprendería la cantidad de instituciones (y no es el caso) que adoramos y que tienen su origen en Franco, pero la gente ya ha superado eso, estamos en una democracia.
Sabes de dónde vienen realmente los colegios profeionales? realmente tienen muchos siglos de vida, aunque en la actualidad tienen una función muy diferente de la de antaño.
Te has leido la ley que te indiqué y cúales son sus funciones? sabes las garantias que tiene el público en general respecto de los colegios profesionales?
Te aconsejo que para entrar en un debate sobre el tema, primero te informes bien y no te dejes llevar por tu odio visceral hacia los administradores.
El colegio de administradores emerge del sindicalismo vertical franquista cuando éste estaba destinado a desaparecer, de ahí su fecha. Había que colocarse en algo que la cosa se acababa.
Hoy, esta profesión de administrador es la herencia de abuelos y padres, porque de forma general, pasa de generación en generación, es su negocio. ¿Cómo desprenderse de una cartera de clientes (comunidades) después de tantos años?. Para algunos es su plan de pensiones (las venden al mejor postor --en caso de no heredar nadie--).
Es verdad, los hijos no tienen que ver nada con los hechos de sus padres, pero no por ello, es su herencia.
Ignoro si es tu caso, pero sí te puedo decir, que sí es el de muchos.
Mi critica a los administradores. ¿Hay alguna crítica o alabanza favorable en este u otro foro hacia ellos?. NO. Recogen lo que han y están sembrando, solo es cuestión de darse un paseo por el foro.
Estos foros no les gusta..... ¡cómo les va a gustar si aquí se ayuda altruístamente a la gente! aquí no paga ni cobra nadie.....esto es una ruina para los admi.....ya que se desvelan muchos secretos, y eso no interesa.
¡Ah! y no alucines tanto conmigo. Comprendo que soy directo, no ando por las ramas, es mi defecto, alguno debo tener.
Tienes muchos post por contestar en el foro. Ayuda, y déjate de tantas milongas.
Yo no soy administrador, ni estoy en el colegio de administradores.
"El colegio de administradores emerge del sindicalismo vertical franquista cuando éste estaba destinado a desaparecer, de ahí su fecha"
Y dale, tu sabes lo que es un COLEGIO PROFESIONAL? sabes cuándo surgen? (muchos siglos antes de Franco), sabes que estamos en una democracia y que están regulados por ley? sabes distinguir esas cosas? parece que no.
Quién habla de la profesión? hablamos del Colegio profesional y sus funciones, pero tu odio te impide apreciar bien las preguntas, tu a cuchillo con tu tema, aunque no tenga que ver.
"¡Ah! y no alucines tanto conmigo. Comprendo que soy directo, no ando por las ramas, es mi defecto, alguno debo tener. "
No, no eres directo, es que contestas siempre lo mismo aunque el tema no tenga que ver, estás obsedionado con los administradores.
" ¡cómo les va a gustar si aquí se ayuda altruístamente a la gente! aquí no paga ni cobra nadie.....esto es una ruina para los admi.....ya que se desvelan muchos secretos"
Qué secretos? te piensas que son una logia que preparan conspiraciones judeo-masónicas? de verdad, rozas la paranoia.
"Tienes muchos post por contestar en el foro."
Si no fuera que me paso casi todo el tiempo corrigiendo tus errores, a más podría contestar, de hecho este foro es donde menos contesto y gracias a ti, en el resto de foros no suele pasar que la gente se aventure a contestar sin saber.
Mírate ya las funciones de los Colegios profesionales.
Sí, se resumen en un punto: corporativismo puro y duro (en el caso del colegio de admi). Déjate de leyes y decretos, que en España lo que sobra es precisamente eso y lo que falta es aplicarlas.
¿Cuántos admi han echado del colegio? debe haber muchos a tenor de las quejas ¿no?. Ninguno, y si han echado alguno es porque ha superado el listón de la sivergonzonería con mayúsculas.
¿Cuántos admi pasan por los juzgados por querella hacia ellos? a esta pregunta me podrás contestar.... Espero que muchos, el foro está lleno de quejas.
Bueno, no te quito más tiempo. Contesta y ayuda que tienes mucha faena.
"corporativismo puro y duro (en el caso del colegio de admi). Déjate de leyes y decretos, que en España lo que sobra es precisamente eso y lo que falta es aplicarlas"
Tú conoces la ley de colegios profesionales? conoces la normativa del colegios de administradores de fincas? conoces el número de sanciones disciplinarias que se dictan? cuando sepas contestar a estas 3 preguntas, podremos conozar un debate en condiciones.
"¿Cuántos admi han echado del colegio? debe haber muchos a tenor de las quejas ¿no?. Ninguno"
Para echar a un administrador (igual que para un abogado, un médico, etc..) del colegio se necesita una condena por los tribunales en casi todos los supuestos, dado que el colegio dicta las sanciones disciplinarias de aquellas actuaciones que van contra el código deontológico y, la sanción más grave, que es que te echen, debe ser dictada por los tribunales para asegurar las garantías necesarias.
Conoces a cuántos han echado? han sido varios, no muchos en relación a los colegiados, pero sí los hay y tú dices que a ninguno sin saber la realidad.
"Cuántos admi pasan por los juzgados por querella hacia ellos? a esta pregunta me podrás contestar.... Espero que muchos, el foro está lleno de quejas. "
Cuantos pasan, no lo sé, es imposible saberlo, a cuantós condenan? a muy pocos, pero los juzga un tribunal y cualquiera puede denunciar, aquí no hay corporativismo que valga, pues lo juzga un juez con todas las garantias para ambas partes.
Sigues empeñado en ir a cuchillo contra administradores y abogados (igual que cierta persona que no escribe mucho ya por aquí, al menos con ese nick) y te ciega la perspectiva.
Depende del poder que tengais, podeis hacer mas o menos.
No acudas a la Justicia, nada o muy poco podras hacer por esta via.
Habiendome leido la polemica sobre los administradores, y en general sobre los colegios, algo me gustaria decir.
TN
.....Te equivocas, los colegios profesionales (administradores, abogados, médicos, etc...) están para defender los intereses de la profesión,
Que coincide con los intereses de los colegiados. Por tanto es lo mismo.
¿Cuáles son los intereses de la profesión?
Que el colegiado se gane la vida.
....Además de la posible responsabilidad (civil, penal, administrativa) también los colegios pueden imponer sanciones,
Pero no ponen sanciones.
A lo sumo en una ridícula parte de los casos.
En el caso de un colegio en particular, conozco el dato de que solo en 1%, de las quejas se aprecia mala practica.
Y en el caso de los abogados de toda España, dicho por persona representativa, una mínima proporción.
“la estadística popular entre el ciudadano, e incluso los propios colegiados, en que el colegio no hace nada”. Significando “corporativismo descarado”.
...pero siempre puede elevar una queja al Colegio para que quede constancia....
Absoluta perdida de tiempo.
Lexmentor
....Y esta potestad está dirigida precisamente a mantener el buen nombre de la profesión, echando o sancionando, si es necesario a los profesionales
Es pedir un imposible
Precisamente minimizan los casos para protegerse.
....No se dedican exclusivamente a defender a sus colegiados ya que su función no es esa, sino defender los intereses de la profesión.
Es la única función.
Y reitero, ¿cuales son los intereses de la profesión?
TN
..... sabes las garantías que tiene el público en general respecto de los colegios profesionales?
Ninguna.
Y me refiero de hecho, en la practica, que es lo que en definitiva interesa.
Autor: TN Fecha: 13/03/2008
....Tú conoces la ley de colegios profesionales? conoces la normativa de los colegios de administradores de fincas? conoces el número de sanciones disciplinarias que se dictan?
Algunos datos tenemos, y el “boca a boca” que es lo más próximo a la realidad.
....y, la sanción más grave, que es que te echen, debe ser dictada por los tribunales para asegurar las garantías necesarias.
Que es otro imposible, que un abogado te defienda frente a otro o al colegio. Y por tanto imposible condena alguna.
...Conoces a cuántos han echado? han sido varios, no muchos en relación a los colegiados
Uno, y por “chorizar” cantidad importante.
¿Cuántos conoces?
...Cuantos pasan, no lo sé, es imposible saberlo, a cuantós condenan? a muy pocos,
El problema es que es imposible presentar la realidad ante un juez. Por tanto muy pocos caen ante la Justicia.
Y la Justicia que es un cachondeo, lo permite, lo posibilita.
"Que coincide con los intereses de los colegiados. Por tanto es lo mismo."
Tú tambien caes en los mismo, el interés de la profesión no coincide con el interés de los colegiados.
Otro que creo que se debe leer la ley de colegios profesionales y las normas de diferentes colegios (no sólo de los administradores, los de cualquiera), entonces podrás apreciar la diferencia.
"Pero no ponen sanciones.
A lo sumo en una ridícula parte de los casos. "
Incorrecto, se ponen sanciones, dado que la potestad disciplinaria es pública, y por tanto controlada en última instancia por los tribunales. Si se impone la sanción es porque se ha actuado incorrectamente, si no se impone es porque no ha sido así.
"Es la única función.
Y reitero, ¿cuales son los intereses de la profesión?"
Lee la ley de colegios profesionales y lee la ley del colegio concreto que desees analizar, allí tienes la respuesta, estás opinando sin conocer ese tema que es básico referente a este tema.
"Que es otro imposible, que un abogado te defienda frente a otro o al colegio. Y por tanto imposible condena alguna."
Veo que, además de desconocer el tema de los colegios, desconoces cómo funciona la justicia, así no me extraña que en este foro se den ciertas opiniones, cualquiera pueda hablar de cualquier cosa y dar respuestas sobre cualquier tema, da igual que no se sepa del mismo.
Hay mucha gente que habla de corporativismo simplemente porque desconoce el funcionamiento de los colegios y/o siente odio hacia una profesión concreta, en este foro tenemos varios ejemplos (siempre que no sean la misma persona, claro)
Da la casualidad que esa realidad es a la que me dedico, y tú?
"Y eres dogmatico en tus opiniones. Aqui la opinion acertada es la tuya. "
No, todo lo contrario, pero al menos yo opino desde cierta perspectiva de haber analizado sobre lo que digo, opinar sobre colegios profesionales o sobre la aplicación de la misma, sin conocer si quiera eso, como se le llama?. Analizad la ley y verter todas las críticas sobre la misma que consideréis, pero criticar una cosa en general, sin conocer su fundamento, no tiene sentido.