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denuncia de mobbing por lo penal

236 Comentarios
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10/05/2005 12:41
Un saludo para todos los compañeros.
Lo primero que he de hacer es resaltar la corrección con que se expresa el amigo "alegato". Por ese motivo, animo a todos los intervinientes de este Foro a reflejarse en esa práctica.

Por otro lado, me gustaría recordar que hace unos días cité algunas sentencias del tribunal supremo que señalaban, por ejemplo:
"...El menoscabo de la salud mental la ley no exige en modo alguno que dicho menoscabo sea de carácter permanente. Por lo tanto, cabe considerar que un menoscabo transitorio de la salud mental es suficiente para configurar la gravedad requerida por el tipo del delito de lesiones. Por otra parte el menoscabo no debe alcanzar la gravedad de una enfermedad mental. La ley exige, por lo tanto, sólo una alteración del equilibrio psíquico no irrelevante."(Cf. STS de 30.10.94)

También que:
"... la determinación del menoscabo, su comprobación no necesita, por lo demás, de una pericia médica cuando la experiencia general permite afirmar su existencia." (STS. Núm. 785 de la Sala 2ª, de 9 de junio de 1.998)

Qué podría decirse sobre esto?
10/05/2005 13:31
No sé porqué sabía que alguien iba a mencionar a Hansel, sieto decirte Thenwas que ese chiste, malo por cierto, ya nos lo han hecho muchas veces. Supongo que no sabes lo que es G.r.e.t.e.l., te lo explico, es el Grupo de Estudios de Técnica Legislativa, una asociación privada.
En cuanto a lo de criminología, no insinuaba que no fueras licenciado, directamente lo podía afirmar, pero no por nada, sino porque si no me equivoco todavía no hay ningún licenciado en criminología, pues apenas hace dos años que se aprobó la licenciatura en criminología, como ves has hecho un Master (que por cierto, 3 años para un Master en criminología me parece mucho) o podías tener la que anteriormente se le conocía como Diplomatura en criminología, pero que en realidad no era tal.
Me gustan las excusas que ponéis, es decir, que si me dices dónde has estudiado, ya seré capaz de averiguar quién eres, quién te piensas que soy? Blake?
Ves como ahora cambias tu argumentación? dices que el mobbing "llevado a su extremo, pero a su extremo, extremo,", en eso estamos de acuerdo, si cada día llegas al trabajo y un tio te amenaza con una pistola para que trabajes o que te va a meter una paliza si no lo haces y eso te crea un trauma psicológico, claro que encaja en el 147, y en el 173 y en muchos más, pero hablamos de las conductas de mobbing que son muy diferentes.
10/05/2005 14:18
no, no, no: revisa, lee mis notas con atención, siempre he hablado del extremo, extremo, extremo, desde el principio, y he puesto el ejemplo de la depresión o de la ansiedad generalizada. No digas cosas que yo no he escrito. Eso sí que no lo consiento, a mi puedes insultar, pero lo anterior no lo consiento (porque el cinismo y la mentira es peor que un insulto).
Y no hablaba de un tio que amenace con una pistola o con que me va a meter una paliza si no se trabaja, porque para eso ya hay un tipo de AMENAZAS en el código penal, sino de conductas más, por decirlo de alguna manera, sutiles, en el mobing no se amenaza con armas.
PD: en lo que si llevas razón, dejando a un lado el objeto de este hilo, es que aún no hay ningún licenciado en criminología (1.- No creo que sea de tu incumbencia donde he estudiado ni el contenido de dichos estudios, pero por deferencia te he especificado lo segundo. 2.- Que yo sepa la Diplomatura de Criminología sólo es eso, Diplomatura a efectos y para los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que lo estudiasen, que para los demás era un simple Curso, no era una diplomatura, pero me puedo equivocar)
PD: y sí, sí sabía lo que es el G.R.E.T.E.L, y también quería hacer la gracia, con lo que tú supones demasiado, supongo que ahora también supondrás que me quema la sangre, pues bien supuesto, pero supón también otra cosa: que me da igual si no llevo razón.

(Para el Administrador: no entiendo porque se suprimen mensajes de insultos y no se suprimen mensajes donde se miente cínicamente, es que no lo entiendo, de verdad, porque para mí lo anterior es como una injuria)

11/05/2005 20:15
Dónde estás las sentencias que dices que hay, Jmp? No será que no existen como dicen todos los demás?

Hace casi una semana que te las pidieron y no has puesto ni una, no quiero acusarte de faltar a la verdad pero esto ya huele.
12/05/2005 10:02
Como te dije, amigo Jmp, yo también soy muy "cabezón" y que no pienso olvidarme del tema.
Por ello, te vuelvo a reiterar, que nos mandes esas sentencias que dices que hay y que todo el mundo desconoce (jeje, es que como el tema de las armas de destrucción masiva, que se decía que estaban y luego nunca han aparecido, jeje)
Pues nada, sólo eso, recodártelo.
perfil JMP
12/05/2005 21:14
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
perfil JMP
12/05/2005 21:36
Bustos perdona, te olvidé, ¿Cual es tu opinión? y, para que quieres la jurisprudencia. ¿Acaso no eres capaz de sotener tus propio criterios?. Supongo que si, !!que osadia la mía!!.

Era una pregunta, !!!MADRE DE DIOS!!!, porque lo habré dicho, seguro que hay alguién que dirá que he in¡sultado y querrá tirarme de las orejas. Y yo no podre dormir esta noche, porque pensarán que soy un estúpido, o un enfermo, o que soy un negrero, o que tengo machacas, o....yo que se...O ¿que más dá?.

Ahora en serio BUSTOS, si eres compañero revisa los mensajes y verás quien falta el respeto y quien se limita a contestar. Y lo que es peor, quien miente o quien dice verdades a medias (que es peor). En el fondo esto da lo mismo.

Lo que importa es el fondo del asunto. Que hagas un acto de fe, o no, es cuestión tuya. Puedes creer o no creer. Eso da igual y no resuelve la controversia.

Olvidate del concepto de mobbing que es lo que se ha mantenido desde el principio, a pesar de las los valdios inentos de ALAR, ALEGATO, GRETEL etc, tan respetables y validos juridicanmente como los mios o los de Thenwas.

Pero no te dejes engañar, hay jurisprudenciua al respecto (evidentemente no en el sentido de dos o mas resoluciones del Tribunal Supremo). La razón es obvia. Estas cuestiones no llegan al Supremo.

Pero te recomiendo la sentencia del Supremo del Caso NevenKA, citada por alegato. Leete los votos particulares y comprenderas que, cuando menos, lo que sostemnemos themwas y yo no es para que ninguno de los que se rían lo hagan con fundamento. Salvo ignorancia inexcusable. Y de alguno ya comienzo a pensar que es el caso.

Un abrazo Bustos.

12/05/2005 21:39
Me parece que yo nunca te he faltado al respeto y siempre te he tratado con educación, así que no entiendo la razón por la que escribes de esa manera, sólo te he pedido que si hay sentencias, como has afirmado categóricamente, las pongas, porque TODOS LOS DEMAS afirmamos lo contrario.
La única razón que veo para que me ataques sin razón es que quieres desviar el tema para no reconocer que NO EXISTEN ESAS SENTENCIAS.
Sólo te pido que no insultes a nuestra inteligencia citando el caso Nevenca, sabes perfectamente que no hablamos de esos casos.
Te he tratado con suma corrección e incluso con admiración dentro de la discrepancia que tenemos en el tema, pero sinceramente, te has pasado tres pueblos, después aún te extraña que te insulten.
Sabes perfectamente y queda demostrado con tu ataque hacía mí, que no hay esas sentencias, y por eso buscas el lio, para que la gente no aprecie que no quieres reconocer que te equivocaste al afirmar que sí había.
Buscas mil y una excusas para no darlas, así que te voy a dar otra alternativa para que la gente vea que escurres el bulto, si no quieres hacer publicas esas sentencias que dices que tienes, mándaselas a Alegato y que el diga si existen o no sin hacerlas públicas, mira que es fácil o también te niegas a mandárselas a alguien con el que tienes buen rollo?
Tú "cabeconería" si es absurda, porque a toda costa quieres tener razón y cuando puedes demostrarlo fácilmente si tienes o no razón, no lo haces, la mía no es absurda porque deja claro ante los demás que no dijiste la verdad cuando afirmaste lo de las sentencias.
Quien afirma algo es quien debe demostrarlo, deberías saberlo.

La gente no tiene intriga por conocer las sentencias, porque la gente tiene claro que no existen.
13/05/2005 09:02
Creo que hay que hacer una clara rectificación a la afirmado por Jmp el día 5 de mayo para que los profanos en Derecho no se lleven una falsa impresión del tema.

-Denunciable: Aquí ya entramos en sí es denunciable o no, denunciable lo es, por supuesto, que prospere es otra cosa y aquí hago mías la postura de Alegato y Alar, con alguna pequeña variación, pero en general es lo que yo pienso también, esto es, que no cabe la vía penal.

-Jurisprudencia: No hay jurisprudencia todavía sobre el tema, la habrá? pues depende, si como afirmamos casi todos, el mobbing no puede llevarse por la vía penal hoy en día, pero no habrá de momento, si como sólo afiman Jmp y Thenwas, el mobbing sí puede llegar a algo por lo penal, pues puede que pronto haya alguna sentencia, pero el hecho es que todavía no la hay.
Si alguien afirma una cosa que no entra dentro de las opiniones sino de los hechos, con es el tema de sí hay jurisprudencia, creo que debería demostrarlo y si no quiere demostrarlo, por lo menos que no lo diga, porque decir las cosas sin demostrarlas es muy fácil, pero eso no ayuda a quien pregunta

El hecho es que Francisca ya ha manifestado en el foro de laboral que los de laboral le han ayudado más en este tema y que no irá por lo penal, curiosamente en el foro de laboral todos han manifestado que no cabe la vía penal.

Sinceramente, las salidas de tono que algunos protagonizan aquí cuando no respaldan posturas de los demás, me parece lamentables. Aquí ha habido gente que se ha ido harta de aguantar esas salidas continuas de tono, porque como es normal la gente no tiene ganas de soportar eso por nada. Supongo que su objetivo es divertirse a costa de los demás.
13/05/2005 10:54
Aquí nadie ha dicho que el caso de Francisca pudiera ir por lo penal, eso lo dices tú. Por mi parte, he hablado de un supuesto hipotético llevado al extremo, también he hablado de un tipo de adorno en nuestro código, y que si eso es así, hay una mala técnica legislativa (eso no es una salida de tono, es una crítica: no confundir).

A mi me parece tan legítimo que un ejerciente (que también suele ser algo de lo segundo) de su opinión al respecto como si la da un lector compulsivo de jurisprudencia da la suya, pero hay una diferencia, esa diferencia es: los pasillos de los juzgados, y es una gran diferencia: ¿por qué hay veces que se archivan los procedimientos?, ¿por negligencia del letrado, por falta de material probatorio, por problemas de tipicidad o por saturación de los juzgados y falta de medios materiales y personales, por cansancio, por querer quitarse las cosas de encima?.

Mirad, esto es parecido a lo siguiente salvando las distancias (con lo cual me direis que no es parecido: bueno, vale): ¿cuántos casos de responsabilidad médica se llevan por lo penal como homicidio imprudente?: en teoría es muy posible, pero es difícil que no se archiven hasta casos flagrantes, ¿pero debieran?. ¿Por qué?.

En cuanto a lo de las salidas de tono (¿dónde están?, ¿decir que las jurisdicciones específicas de violencia doméstica van a ser un desastre (cuando ningún magistrado en mi región quiere ser titular de la misma)?, ¿poner en entredicho al señor Caldera cuando su administración emite resoluciones automáticas que se cargan los principios de motivación y proporcionalidad en los procesos de expulsión?), ¿dudar la profesionalidad de, por ejemplo, una fiscal que no provee escritos solicitando la práctica de diligencias porque, según ella, su jurisdicción no ha de ser formalista?, ¿es salida de tono decir que te encuentras día sí y día no a la una de la tarde en el gimnasio (que tú puedes por motivos personales permitírtelo) con un magistrado de la audiencia provincial que tendría que estar trabajando y que emite ... resoluciones... automáticas?, ¿es salida de tono afirmar que la señorita magistrada juez no puede estar un miercoles por la tarde tomando limonada en un paseo público mientras por la mañana emite injustas resoluciones conculcadoras de derechos fundamentales tomando como apoyo la declaración de un toxicómano con cuadros paranoides y que claro al final del final, tras un año de ridícula tramitación y pobres autos: sobreseimiento provisional, y entonces tú te pones serio y le dices al cliente: esto es una broma de mal gusto, así que demandemos a la administración de justicia, y el cliente te responde: es que no tengo dinero, a lo que le replicas: págame menos y cuando quieras, pero esto no tiene que quedar así, aunque la administración no conteste a la reclamación y el contencioso lo tengamos dentro de dos años y además lo perdamos?)... la ironía, el sarcasmo, el cinismo son ejercicios intelectuales y como tal, por mi parte, nada que reprochar, son incluso buenos para la salud, pero mentir por mentir, es una falta no de talante (eso del talante es un buen ejemplo de cinismo e hipocresia) que si de talento. A ver si se enteran algunos: que no se trata de llevar la razón que sí de razonar.

Insisto, cada caso es un mundo, y lo que no se puede es ir con los hombros agachados por la vida, que en segunda instancia vas a perder, pero... ¿y en primera?. Esa sí sería una victoria, pero para eso hay que currárselo y tener fe, porque ... la primera fuente del ordenamiento jurídico español es la ley.

Pd: esto es para Javier López: no te reprimas, exprésate libremente, y si hay salidas de tono, rebate. Esto es un foro, esto ni es una secta ni el ideario de un partido político.

13/05/2005 11:53
thenwas y ya que tienes la misma opinion que jmp y que el se niega a contestar. existe jurisprudencia penal sobre mobbing? supongo que no pero haber si tu puedes añadir algo al respecto. si existiera, haz el favor de indicarla

me interesa porque he sufrido y aun sigo sufriendo moobing y todos los abogados a los que he consultado me han dicho varias cosas diferentes pero todos me han dicho que por lo penal no puedo ir y por eso necesito saver si existe esa jurisprudencia porque esos mismos argumentos que empleais se los he dicho a un abogado y me ha dicho que estan equivocados, no sabria decirte lo que me ha dicho con exactitud porque lo que me decia me sonaba a chino, pero parecia muy seguro de lo que decia y enseñarla alguna sentencia seria muy bueno para mi, haber si me podeis ayudar ya que no puedo permitirme pagar mas abogados dado que tengo un trabajo malo y desgraciadamente ya soy muy mayor y no puedo cambiar de trabajo, nadie contrata a una señora de mas de 50 años sin estudios y ya estoy desesperada
perfil JMP
13/05/2005 12:34
Pero Gretel, tus múltiples bases de datos ¿recogen o no recogen la jurisprudencia de de todos, o incluso de algún, juzgado de lo penal de España?.

Te pido disculpas por mi salida de tono en el mensaje anterior, felizmente eliminado por cierto. También al resto de intervinientes. Mi sangre caliente en ocasiones me pierde. Lo que sucede es que como tu también faltas al resepto y no te das cuenta, poruqe si no lo hicieras, y de eso estoy seguro, yo no me saldría de tono.

Y ahora me gustaría que me dijerás donde te he ofrecido yo a ti sentencias. No se si te refieres a mi mensaje de 4 de abril. Si es así ten un poco de paciencia que, para bien o para mal, en breve tendrás la referencia en tus bases de datos cuando el TC dicte sentencia.

Seguire discutiendo.

Un saludo
13/05/2005 13:36
Susa, te animo a que vayas al colegio de abogados de tú localidad y solicitos uno de oficio.
Le planteas el problema y él te aconsejará al respecto. En mi opinión, colocado en esa situación, no dudaría en acudir a la vía penal y por el 147 del código penal. No es una cuestión de jurisprudencia. Ánimo
16/05/2005 16:45
Veo que esto se está agotando. No obstante, no puede dejar de mencionar algunas incongruencias en que ha incurrido "alegato":

1º.- En cuanto a los elementos del tipo, dice que: "...Respecto al ELEMENTO SUBJETIVO del delito de lesiones es obvio que habrá de probarse la intención del empresario/s o trabajador/es directamente dirigida a causar la lesión corporal a la víctima que conlleva menoscabo de su salud mental..."
El dolo típico es genérico y no pide que el empresario busque "directamente" causar la lesión. El mismo "alegato" reconoce que se puede dar el dolo eventual.-
Esto ocurre porque, es posible, se confunda el dolo con el deseo de resultado. Además, el resultado no forma parte del tipo.
2º.- Sobre el ELEMENTO OBJETIVO, esto es: la existencia de una LESIÓN CORPORAL que, en este caso, únicamente afecta A LA SALUD MENTAL DE LA VÍCTIMA, y añadiría, que requiera para su sanidad tratamiento médico o quirúrgico, debe tener en cuenta lo siguiente:
a) El tratamiento médico se debe apreciar sobre la base de consideraciones jurídicas y de acuerdo con la función dogmática que se le asigna dentro del tipo penal de las lesiones.-

3º.- En cuanto a la relación causal, se sugerido que: "...También debe existir y probarse adecuadamente una relación de causalidad entre los hechos denunciados y el resultado lesivo cuestión que tampoco resulta fácil de determinar o discernir..."

Ahora bien, la causalidad que nos importa ha de discurrir por la vía de las valoraciones de índole normativa, extraíbles del Ordenamiento Jurídico en su totalidad. Esta idea supone una configuración normativa, y no ontológica, de la causalidad.
NO se trata, en definitiva, de una atribución natural del resultado.-
Por último, entiendo que los tipos de resultado debe verse desde este punto de vista como “prohibiciones de causar”, de manera que lo importante a los efectos del artículo 147, es que no se realicen comportamientos "conducentes" al resultado, sin que, por otro lado, sea relevante si éstos son activos u omisivos. Se prohíbe, en definitiva, un determinado resultado y no una conducta o comportamiento concreto.-

Partiendo de que hay que considerar todos los factores que influyen en el resultado de igual forma ( es decir, todos los factores que se pueden considerar como equivalentes), la acción del autor resulta causal desde el preciso momento en que ha tenido lugar una equivalencia de las condiciones para la producción del resultado.

4º.- vEn cuanto a la existencia de una "legislación laboral protectora...", no se puede compartir esa conclusión. De todos modos estamos debatiendo sobre comportamientos que "rebasan" ese ámbito o para los que la jurisdicción social no resulta eficaz ni suficiente.
No es posible descartar comportamientos fraudulentos, pero éstos caen fuera del ámbito penal.-
16/05/2005 16:54
Perdón, olvidé señalar que:

De acuerdo con nuestra jurisprudencia el tratamiento médico no es un hecho típico por sí mismo, sino un criterio para establecer la gravedad mínima de una lesión a los efectos del delito del art. 147 CP. Por lo tanto, si la lesión presenta una determinada gravedad que hubiera requerido tratamiento médico o quirúrgico, la prueba del mismo no sería necesaria. TRIBUNAL SUPREMO. Sala 2. 7-6-2002. SENT:1043/2002 REC:4197/2000
17/05/2005 09:08
En cuanto a tus disculpas, aceptadas y si yo he te he ofendido en algo, que persolmente creo que no dado que desde luego no es mi intención, te pido disculpas.
En cuanto al tema hay varias consideraciones a hacer:
-No me has ofrecido la posibilidad de citar esas sentencias, pero quien afirma una cosa, debe demostrarla o de lo contrario no afirmarla. No poder o no querer demostrar la cosas dice muy poco a tu favor. Aquí varias personas hemos afirmado que no existen esas sentencias y tú afirmas que sí, dado que, como buen abogado que presumo que eres, sabes que no se puede probar la inexistencia de un hecho (que no existen sentencias) eres tú quien tiene la carga de la prueba de demostrar que existen, y nada más fácil que citar alguna, sólo eso.
-Si te pido que cites las sentencias, no es para conocerlas, ya que todos los que sabemos de esto sabemos que no existen, es para que los profanos en Derecho tengan claro que, de momento, no ha sido posible ninguna condena por lo penal y que tú has podido provocar la confusión en ellos como, por ejemplo, ha sucedido con Susa, está claro que si no pones esas sentencias es porque no existen y que esas personas lo tengan claro.
Me parece faltar al respeto a esas personas hacer esas manifestaciones que pueden provocar falsas ilusiones a esos profanos en Derecho, si tu objetivo es ese, pues vale, pero si tu objetivo es ayudarlas, cosa que no dudo, o pondrás las sentencias o rectificarás esa afirmación.
-Trabajo en un despacho que podemos considerar medio-grande y que, afortunadamente, considera acertadamente que las bases de datos y bibliografía, tanto libros como revistas especializadas, es una muy buena inversión, por tanto en el despacho manejabamos varias bases de datos: El Derecho y Aranzadi, tanto la general como la de que incluye las sentencias de Audiencias, Tribunales superiores y de juzgados de primera instencia, que supongo que sabrás que contiene también la jurisprudencia menor más relevante y de haber una sola sentencia de mobbing, saldría. Aparte, cada departamente utiliza una base de datos por materia, en concreto en penal manejamos la de La Ley. Particularmente también tengo una base de datos que utilizo en el portatil a modo de consulta rápida por si estoy en casa o de vacaciones y la necesito, aunque no me aporta más de lo que tengo en el despacho. En todas esa bases no hay NI UNA SENTENCIA DE MOBBING POR LO PENAL, es más, aquí sólo tú afirmas la existencia de sentencias, mientras que hay por lo menos 3 personas (no sé si me dejo alguna) que no nos consta.
-Aparte del tema de la base de datos, si hubiera una sola sentencia de mobbing por lo penal y dada su repercusión social, HABRIA SALIDA EN TELEDIARIOS, PERIODICOS Y, SOBRE TODO, EN LAS CIENTOS DE PAGINAS DE MOBBING QUE HAY, TANTO DE ASOCIACIONES COMO DE SINDICATOS, al igual que sucedió en su momento con el famoso Auto y con algunas manifestaciones de algunos jueces.

perfil JMP
17/05/2005 10:26
Mira Gretel, de verdad que voy a hacer un esfuerzo por sostenerme. Espero cnseguirlo.

Yo no tengo que probar nada, y menos a ti. Lo crees o no lo crees, y punto. No te obsesiones que es peor. Lo de la carga de la prueba lo dejo para los Tribunales, no para un foro.

Y si no es para conocerlas ¿ara que pides sentencias? y sobre todo, ¿porque engañas a la gente diciendo que yo he ofrecido sentencias?.

Si quieres ayudar a los intervinientes en el foro hazlo, como lo hago yo. No te he visto que tu ayudes mucho por ahora. Pero siempre estas a tiempo. Si ti piensas que n pohay sentencias me parece muy bien y me alegro mucho por ti, o me entristezco ¿Que hago?.

No vuelvas a decir que falto el respeto a las personas ni que creo falsas ilusiones, porque luego sucede que dices que te insulto. Y aquí quien va de buen samaritano eres tu. Deja la demagogia de una vez querido.
Y te voy a decir una cosita, ni te voy a dar el gusto de ofrecerte citas jurisprudenciales ni voy a rectificar mi afirmación ¿que te parece?.

Enhorabuena por trabajar en un despacho grande y enhorabuena por las múltiples bases de datos que tienes. Es una suerte.

En cuanto a lo que pienses tu y otros intervinientes, respetando las opiniones, me da lo mismo. No se si lo entiendes.

Y, hombre, piensa como quieras, que el pensamiento además de ser libre no delinque, que no seré yo quien te saque de tu error.

Por último, si no crees haberme ofendido es innecesario pedir disculpas hombre, que se te ve mucho el plumero (bendito país). Para que lo entiendas, no acepto unas disculpas disculpadas por no ser verdaderas. Sería una hipocresía por mi parte.

Un saludo.


17/05/2005 11:19
Veo que no lo entiendes, yo no te pido las sentencias para mí, porque sé que no las hay y por tanto no las vas a dar, te las pido para demostrar a los profanos en Derecho que cuando dijiste que sí había sentencias, estabas mitiendo o te equivocaste, si es lo primero serías un mentiroso, si es lo segundo deberías rectificar y ya está, eso te engrandecería, personalmente creo que es lo segundo, sólo tú puedes sacarnos de dudas.
Esto es demagogia "Y si no es para conocerlas ¿ara que pides sentencias? y sobre todo, ¿porque engañas a la gente diciendo que yo he ofrecido sentencias" yo no he dicho a la gente que las haya ofrecido, dónde lo he dicho? eso es demagogia, además ya te he dicho que el hecho de pedirte las sentencias y no darlas como es el caso, demostrará a los profanos (que son los único que pueden dudar, los demás ya sabemos lo que hay) que no existen, eso les ayudará mucho más que tus intentos de confusión.
Cuando alguien afirma una cosa, debe estar en disposición de probarlo y hacerlo, si alguien afirma una cosa y dice que tiene las pruebas pero cuando se le piden no las da, lo siento, pero eso es un mentiroso y un falso, aunque como apunto, podría ser un fallo tuyo al afirmarlo y por eso podrías rectificar.
Demagogía es lo que haces tú, haciendo afirmaciones de cosas que no son ciertas y no probando cosas que son fáciles de probar y poniendo mil y una excusas para no reconocer que te equivocaste.
Yo, en este tema, estoy ayudando y mucho más que tú, por la sencilla razón de que a los profanos les queda absolutamente claro que no existen esas sentencias, tú en cambio les confundes al afimarlo no siendo verdad.

Conclusión: NO EXISTEN SENTENCIAS DE MOBBING POR LO PENAL y cuando afirmaste lo contrario, O MIENTES O TE EQUIVOCAS, como es fácil saber que no te equivocas ya que sólo debes poner esas sentencias, en tus manos está aclararlo, si pones las sentencias yo mismo te pediré disculpas y rectificaré uno a uno todos mis post, pero si no las pones o no rectificas ese fallo, lo que pensaré es que mientes, pero supongo que como te da igual lo que piensen los demás...
Sinceramente, veo que no te entra en la cabeza que la gente de honor cuando hace afirmaciones porque sí debe poder demostrarlas, negarse a ello es dejarte en muy mal lugar (lugar en el que te colocas tú solo) y aunque en este caso aunque quieras no puedes demostrarlo porque no hay sentencias, lo que estás diciendo es que te niegas, lo cual tu mismo te estás calificando.

Supongo que tu siguiente paso será el insulto como haces con todo el mundo que no está de acuerdo contigo, pero recuerda que tú y sólo tú eres quien te ha puesto en esta situación de engaño.
perfil ich
17/05/2005 11:50
Yo creo Gretel que estas comedido porque yo directamente creo que esta mintiendo y no creo que le este insultando por decirlo porque es la verdad

En fin, a ver con que excusa sale ahora y veremos como despotrica, no es que sea de sangre caliente es que simplemente es asi dado que siempre hace lo mismo basta con mirar sus intervenciones a lo largo de los ultimos meses

Para mi quien dice algo y no lo quiere demostrar es que falta a la verdad, maxime cuando no hay razon para que no la de y este es un ejemplo claro

El tema esta claro pero hay gente que le sigue dando vueltas y le seguira dando vueltas, dejemos que se quede solo en sus manifestaciones ya que lo que quiera es que haya gresca y la gente se olvide de sus fallos


17/05/2005 15:48
Gretel, deberías no faltar a gente que ayuda a los demás. No conozco ninguna exposición tuya en la que des tu propia idea, quizas es porque no la tienes. Supongo que si alguien no te quiera dar una información sera porque no quiera, y no porque no la tenga, o por tu forma exigente de pedir no lo Deberías plantearte esa posibilidad. Al fin. Cada uno es libre de hacer lo uqe quiera. Igual que tu lo eres para distorsionar la relaidad. En el fondo me da la sensación de que estas dolido poruqe no te ofrecen una información que no se porque necesitas. Y lo digo por tus anteriores post.

Me da la sensación de que estás siendo una presa fácil. Lo intuyo y no se por qué. Y no comprendo porque te eriges en juez y parte si esto no... eres lo otro.... No lo entiendo

Adios