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¿Cómo se tipificaría?

46 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 46 comentarios
27/09/2006 22:08
Rus ¿A favor de quién? en las sentencias que expones siempre se hace referencia a conseguir abrir cerraduras para acceder al lugar donde se encuentre el objeto a sustraer. Si en el caso planteado el vehículo estaba es la calle es hurto, puesto que la rueda no esta contenida en ningún sitio si no que está al alcance de cualquiera.
perfil Rus
28/09/2006 10:22
Yo no lo interpreto así. Hacen referencia al uso de un destornillador para quitar los tornillos de un teléfono y una máquina tragaperras. No se producen daños, por lo que el concepto de llaves falsas se aplica también a aquellos instrumentos que se utilizan de manera "correcta" pero para un fin ilícito.

Para mí no es lo mismo coger una rueda que está junto al coche que desatornillarla. Esa acción que implica voluntad de hacerse con algo que no está al alcance de nuestra mano es lo que diferencia el robo del hurto. Tampoco es lo mismo coger algo de un coche que tiene la ventanilla bajada que romperla para coger algo.

En el caso del teléfono, por ejemplo, entiendo que sería hurto meter la mano en el cajetín y sacar el dinero. Llevarse el cajetín, bien sea usando la fuerza bruta o desatornillando la máquina sería robo. Yo al menos lo interpreto así.

Evidentemente, si fuera defensa, hablaría de hurto. Pero no somos nosotros quienes ponemos la sentencia, y nuestra obligación es argumentar en uno u otro sentido. Si hay una posibilidad de incluir el supuesto en el robo con fuerza, ¿por qué no intentarlo?
28/09/2006 10:45
Respuesta:

Tentativa de Hurto bajo eximente de enajenación mental ex artículo 20. 1º o 20.3º (yo me inclinaría por este último).

Explicación: Sin gato hidráulico no se podrá llevar nunca la rueda.

Un saludo.
perfil Rus
28/09/2006 10:51
ya puestos, delito imposible.
28/09/2006 13:40
Vamos a ver, se califica robo con uso de llaves falsas, independientemente de que la cosa en sí esté en la calle, esté al alcance de todos o expuesto al público. Una cosa clara, con las manos no puedes llevártela. Es más, la puerta de un coche también está en la calle, una cabina de teléfono está en la calle y por tanto accesible perfectamente, así que ese argumento no sirve.
Como dice Ruth, con razón, se trata de calificar, porque si tuviera que defender la estrategia sería bien otra, optaría por el hurto.
Pero bueno, el tema es otro, es precisar la conducta en sí, y sin dudas (Dios me libre desde mi ateismo) es robo por uso de llaves falsas, porque si bien el concepto de llave falsa del art.239 C.P. no detalla el elenco de posibles instrumentos para la apertura de cerraduras y demás, este concepto se debe aplicar de manera funcional.
Por consguiente, llave falsa, es cualquier, y digo, cualquier instrumento que se use para abrir un mecanismo de cierre, cerrado por tanto, sin la autorización de su propietario, sin que sea necesario romper nada. Solo se rechaza la calificación de robo cuando la llave se halla en lugar vivible y por tanto a disposición de cualquiera. ( STS 3 marzo 1987). salvo
28/09/2006 14:47
pues yo ya me estoy haciendo un lio. No os puedo exponer jurisprudencia, pero si se de un caso del Robo/Hurto de una rueda con una llave y el individuo se fue....¿suerte que el neumático yla llanta valian un pastón?.Superaban con creces las entonces 50.000 pesetas.
Por cierto alegato, muy bueno el chiste de la enajenación mental....

- Oye, que mi perro ha matado a tu gato.
-¡¡¡No pude ser!!!, ¡mposible, si mi perro es un rotwailer....
-Si... y mi gato , hidráulico.
28/09/2006 17:52
lo siento, no acabé la frase.... Robo/Hurto de una rueda con uallave y el individuo se fué detenido...
28/09/2006 21:37
En el caso de la máquina tragaperras a la que se le quitan los tornillos para coger la recaudación, sería robo puesto que quitas los tornillos para acceder al interior, donde está la caja que contiene las monedas, en el caso del teléfono es lo mismo quitas los tornillos para acceder a su interior y acceder a la caja que esta dentro.

Vosotros en el caso de las prendas que llevan un dispositivo de alarma fijado a las mismas, si cogeis a alguien quitando ese dispositivo ¿lo detendriais por inutilización de sistema de alarma o no?. Ya os adelanto que la jurisprudencia entiende que solo será robo cuando se inutilice la alarma para acceder al interior del lugar donde se quiere sustraer. P.E. si anulamos la alarma de un almacen para que no suene al entrar y así podernos llevar lo que hay en su interior estariamos cometiendo robo, si lo que hacemos es quitar la alarma que la prenda lleva fijada estamos cometiendo hurto.

Un saludo, no se si me explico.
28/09/2006 22:47
Te explicas muy bien Azgz, le he estado echando un vistazo al comentado, y entiendo lo mismo que tu, aunque no dejo de pensar que te aseguro que en el colectivo se le daba caracter de delito de robo, y no hurto. Un saludo amigo, buena apreciacion.
29/09/2006 12:40
En referencia a lo del gato hidraulico de ALEGATO, he de decir, que semanas atras, se dio este caso a compañeros de otro lugar, y lo catalogaron como robo con fuerza, por la utilizacion de un gato (no de esos que hace miauuu), si no de los otros.
29/09/2006 16:44

Pues yo entiendo HURTO, por todo lo anterior manifestado.

Utiliza llave falsa (y aún así no lo tengo claro) pero no accede al interior de nada para cometer la sustracción.
También hay que valorar, que los tornillos no son un sistema de seguridad para evitar la sustracción, simplemente, mantienen la ruedas pegadas al coche (pa no matarnos)

Es igual que el famoso caso de la finca. No lo conocen? es muy bueno, ahí va:

Una finca con una valla. Un chorizo la salta y sustrae una caja de manzanas (100 euros) que hay dentro. Robo o hurto? pues depende:
- Si la valla está puesta para impedir la entrada de personas, pues robo con fuerza por el método de escalo.
- Si la valla está puesta para impedir la salida de animales, pues hurto, ya que no es un mecanismo de seguridad.

Qué cosas, no?


29/09/2006 16:51
Da igual como se cataloge por la fuerza actuante lo imprtante es la calificación final en el juzgado. Si pudes y los compañeros van a juicio ya dirás si es por hurto o por robo.

En este caso aunque se utilice un gato sigue siendo hurto por lo ya expuesto.

Ahora pensar una cosa, el art. 623 C.P. (Faltas contra el patrimonio), castiga entre otras cosas al que sustrajere un vehículo a motor o ciclomotor cuando su valor no exceda de 400 euros, con la pena de localización permanente o multa.

Luego en el parrafo siguiente dice que si el hecho se realiza EMPLEANDO FUERZA en las cosa se impondrá la pena en su mitad superior.

O sea si alguien fuerza la cerradura de la puerta del coche o fractura la ventanilla y después fuerza el encendido del vehículo, se le aplica más pena, pero sigue siendo una FALTA. ¿Cómo es esto posible si cuando hay fuerza el hecho se califica como delito de robo y además no existe la fata de robo?

Bueno pués ahí teneis el ejemplo si alguien fuerza un vehículo para llevarse el vehículo= Hurto.

Si alguien fuerza un vehículo para llevarse una chaqueta que hay en el interior= Robo (fuerza el continente para llevarse el contenido).

Por último, si se fuerza la puerta del garje donde está contenido el vehículo y se lo lleva= Robo (fuerza el continente [garaje] para llevarse el contenido [vehículo]).

Es mi opinión y así la expreso y firmo.

En tal y tal a 29 de septiembre de 2006.

Un saludo a tol mundo y a disfrutar del fin de semana (el que pueda).
29/09/2006 17:07
Hurto, no confundamos las llaves de una puerta, una casa, un coche...con la llave inglesa pa desmontar la rueda. En ese caso no se puede entender como llave falsa, pq el instrumeno no se usa para "abrir algo". No se si me explico.
29/09/2006 19:06
Nuevamente, creo que desde mi humilde opinión nos equivocamos. Estamos mezclando cosas, que pueden llegar a confusión.

En el tema de la llave falsa con el neumatico, es la llave que no te viene en el coche, el resto son consideradas falsas por mucho que la hayas comprado en la casa de coche y sean idénticas. no abre nada? vamos a ver, usas algo o no para llevarte la rueda, o te la encontraste pegada al coche? y si quieres la llanta? solo te la puedes llevar si quitas la rueda entera?
Con respecto a los ejemplos de Azgz, se equivoca.
Está hablando de dos ejemplos que vienen tipificados por diferentes artículos. partimos que el vehículo viene tasado judicialmente en más de 400 euros.
Si se se emplea fuerza en las cosas para llevárse el coche.. es Robo de uso de vehículo art. 244.2

Si se emplea fuerza en las cosas para acceder dentro del vehículo y apoderarse de una chaqueta es robo (si pongamos la chaqueta vale 405 euros). art 237. Otra cosa es el concurso de daños que pueda venir acompañado.

Buen finde, y que sirva de algo esto
29/09/2006 21:13
Pero azgz, ¿no consideras que para llevarse una rueda, a parte de quitarla, tendras que levantar el coche?
No creo que lo podamos catalogar de pericia, mas bien creo, en el empleo de la fuerza para acceder al proposito de sustraer la rueda.
Por contra llevas razon, en el juzgado lo catalogaran, pero te hablo lo que ha pasado por aqui, se les intruyo por robo con fuerza; ya te dire como lo catalogaron.
Ahi queda eso, señores esto se esta poniendo bueno, jajajajajaj un saludo a todos.
29/09/2006 22:05
Parcialez, dices que para que sea robo en el ejemplo que pongo de forzar un vehículo la chaqueta tiene que valer 405 euros, ¿desde cuando para tipificar el robo se tiene en cuenta la cuantía?, da igual que en ese caso la chaqueta valga 3000 euros que 2, en ese caso será siempre robo; el límite de los 400 euros está para diferenciar el delito de hurto de la falta de huro (mas de 400 delito, menos falta).

En cuanto a lo demás me rindo, pero es HURTO, o al menos esta es la última tendencia de los tribunales al tipificar estos hechos.

Si encuentro jurisprudencia ya la colgaré.
30/09/2006 04:32

Insisto en que hay que tener en cuenta en que los tornillos de las ruedas no es una medida de seguridad (antirrobo, me refiero) por lo que no se consideraría robo con fuerza.


perfil JS
30/09/2006 10:31
Hay vehículos que tienen un tornillo de seguridad que precisa de una pieza concreta con una forma determinada para poder retirar dicho tornillo. Si ese es el caso, robo.

S no es el caso, también será robo, por lo apuntado por Harry Callahan: Hay que levantar el vehículo.
30/09/2006 18:00
Harry, no entiendo en base a qué por levantar el vehículo lo consideras robo con fuerza.

Un delincuente levanta la persiana de un comercio, entra en la tienda y se lleva una televisión. La persiana no tenía candado y la puerta de la tienda no estaba cerrada. Entonces según tú al levantar la persiana es robo ¿no?.
01/10/2006 01:01
Vaya azgz, la verdad es que me has desenmascarado, me has dejado K.O por mas que leo y releo el codigo penal, no encuentro contestacion a tu razonamiento, en tanto y cuanto mas creible es el hecho de que la utilizacion de un gato No es robo con fuerza., ejem ....solo me queda irme a la cama, y levantarme mañana con otros brios.....un saludo azgz....y gracias por quitarme la venda de los ojos .....ja ja ja ja mañana mas.