Si no es vinculante, impugnar un acuerdo poco sentido tendría porque no alteraría el acuerdo. Podría anular el voto? Podría ser, pero no cambiaría nada.
Si fuera vinculante no sé lo que podría decir el juez, aunque supongo que ponderaria la situación. Por ejemplo: miraría el motivo de ese vecino el no delegar el voto en otra persona, pero podría ser que ese propietario si fuera asistir a la junta, pero un imponderables de última hora (demostrable) impidiera su asistencia, y tras hablar por teléfono con el presidente, éste lo expusiera en la junta y se aceptará.
Y sí es cierto que la ley dice eso, pero mire lo que dice la ley catalana ( y no pretendo cambiar el tercio) "el órgano supremo de la comunidad es la junta de propietarios" y si la junta de forma unánime, lo acepta, no se yo lo que diría el juez.
Esto es un tema controvertido como las grabaciones de las juntas. No está regulado, pero la mayoría de expertos están a favor de poderse grabar y de adjuntarse al acta como prueba de veracidad de lo acordado. En fin, es un comentario. Y veo que sí, que usted sabe de esto, cosa de agradecer.