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vivienda en precario

23 Comentarios
Viendo 21 - 23 de 23 comentarios
14/12/2004 19:12
Es obvio que no has entendido nada, y lo más grave, es que tengo un fundado temor de que te costará entender lo que aquí ha sido expuesto en términos jurídicos. Quizás con el paso de los años, puede ser, no sé. Incógnita.

Un juez familiar puede otorgar el derecho de uso sobre la vivienda familiar a uno de los cónyuges, sobre todo aquél que queda en compañía de los hijos (art. 96 CC), lo que no puede, es conferir por medio de dicha resolución más derechos que los que la unidad familiar tiene al momentto de la crisis. Así pues, si los terceros ajenos a dicha crisis concretan la cesión de uso conferida antes de la misma, pues, mejor que mejor.

Podrán oponerse a la medida de uso en el propio proceso matrimonial (como terceros interesados en una consecuencia de la resolución judicial que les atañe) o, caso de no hacerlo, podrán interponer después demanda para extinguir el derecho de uso en base a un contrato que resulta firmado por las partes.

No obstante, también he dicho, que quizás la mejor solución para no encontrarse con dicho problema (lejos de ser la de alquileres y créditos que expones) sea la de no hacer ese tipo de concesiones que habitualmente se hacen por pura liberalidad y en interés de la familia.

Un saludito.

14/12/2004 20:00
gracias herencias por tu aclaracion.
un saludo
15/12/2004 09:50
Gracias compañeros por vuestra ayuda, necesitaba tener posibles soluciones para un problema concreto y me las habéis dado. Me resulta curioso lo caldeado que está el ambiente en este foro, pero en todo caso veo que sois generoso en vuestras respuestas.

Un saludo a todos
08/05/2005 20:19
Sería interesante que siguiera el debate.

Parece que desde hace unos días se encuentra abandonado.

Seguro que existen opiniones distintas dignas de tener en consideración.

Un saludo a todos.