Nadie puede ser obligado a mantener una proindivisión por lo que el resto de herederos pueden instar actio comuni dividundo o acción de división de la cosa común. Otra cuestión es que la lleven a efecto por los altos costes procesales que este tipo de litigios conlleva. En cualquier caso, instada la acción usted puede allanarse para no ser condenado en costas y percibir en líquido lo que le corresponda de esa proindivisión. Salud y suerte.- TOMAS WILSON.
Vd. tiene que saber que sus circunstancias personales, edad, ingresos, situación de sus hijos, posibles minusvalias.... no son motivo para privar a otras personas de sus derechos.
Por consiguiente, el resto de los propietarios, sea cual sea su porcentaje, tienen derecho a la misma, y pueden solicitar que Vd. compre su parte (al precio que ellos consideren justo) o tambien pueden iniciar un procedimiento de división de proindiviso, con lo que saldria a subasta la vivienda, adjudicandose al mejor postor.
Me iria a vivir yo y mis hikos, mi hijo apenas tiene ingresos, y mi hija una pension x violencia de generl de 400 euros y yo cobro 900 netos x 12 pagas
No, ahora mismo no vive nadie en la vivienda, yo he cambiafo el recibo de la luz a mi nombre y voy a ir a empadronarme, hay una parte que tiene solo un 16 por ciento y son muy conflictivos, y me da miedo meterme y que me echen
Tenfo un 45 por ciento de usufructo y propiedad de una vivienda, el resto de los herederos son varios y tienen un tanto por ciento mucho menor. Al vivir de alguiler y dado que el resto tiene vivienda propia me quiero ir a vivir alli, me podrian echar?