Y eso de que sería así si estás casada, porque hay más hijos. Pues mira por donde sin estar casados son hijos igual.
A ver si tengo suerte, y mi pareja lo hace así de una buena vez, que ya me lo he ganado. Y la que se lo merece soy yo mientras viva, el día que yo falte para su hija.
Yo sí que te he entendido perfectamente Dichosa, de hecho se suele hacer así cuando hay hijos anteriores, para que no te puedan hechar a la calle como un perro.
en la notaria dijeron eso,que mientras estemos vivos nadie podra reclamar nada.
eso si se que no podemos vender,por que de un 50% es de unos hijos y el otro 50% es de otros,nosotros lo unico es que despues de haber conseguido algo suyo en la vida si me ocurriese algo k mis hijos no le reclamen la parte de su madre y le echen a la calle,lo mismo no me se expresar
Encarna Sánchez no tenía hijos ni padres, por lo tanto no tenía legitimarios. Y sobre los casos que cuentan, nada tienen que ver con este.
Yo no he dicho que no se pudiera a quedr a vivir en el piso ni que la pudieran echar, yo he dicho que no le pueden dejar el usufructo sobre el 100%.
Pero bueno, tanto da. Si tu sabes más que nadie, y Dichosa se fía de tí, adelante, que yo no soy nadie para amargaros la fiesta.
Pero en la otra casa donde vive la buena señora esta con los hijos de el es de mi cuñado y mi pareja.
no tendrian bastante con esa parte?o con parte del dinero k dejara?
ya me pones en duda,pero a mi me dijeron que hasta que no faltasemos los dos los hijos no podrian reclamar nanda ni los mios ni los suyos,que conste k lo hice por el y no por mi,por que yo tengo mi casa propia que es mia y cuando yo falte de mis hijos.
Incluso conozco algún caso, de una madre que le deja el piso a uno de sus hijos, y ese hijo ya tendría cerca de 50 años cuando se separó, y volvió a casa de su madre (su padre falleció hace muchos años), y ella hizo testamento dejandole 'vivír' en el piso mientras él viva. La mujer falleción hace pocos años, y tenía más hijos, todos son mayores de cincuenta y pico.
Luego se separó una de los hermanos, y también estubo viviendo ahí con sus dos hijos, (la madre ya había fallecido), y cuando pudo se fué a un piso de alquiler.
Luego conozco otro caso, pero es muy triste.
Es una mujer del barrio de mis padres, (la conocemos de toda la vida). Ésta mujer se quedó viuda cuando el menor de sus hijos tenía 7 meses, (tenía tres hijos pequeños), y se fué a vivír con su madre.
Es la típica mujer chapada a la antigua, y muy buena mujer. Sólo estubo con su marido, y nunca volvió a rehacer su vida. Total, que hace unos años la madre hizo testamento dejandole a ella vivír en el piso mientras viva. La casa es de éstas antiguas ya muy viejas, muy viejas, y tiene gallinas, etc....
Y en eso que un día hablando la mujer con una de sus hermanas, le dijo que su madre había hecho testamento, y le dijo que le dejaba vivír en el piso mientras viva.
Por lo visto ésta hermana llamó a otro hermano que tienen y se lo contó, y le comieron la cabeza a su madre diciéndole, ¿es que nosotros no somos tus hijos, y nuestros hijos no son tus nietos?, y la mujer cambió el testamento, pero la mayor parte se lo ha dejado a la hija que la ha cuidado toda la vida.
La mujer tendrá ya cerca de 70 años, y la han dejado destrozada, no sabe ni leer, ni escribír, vive sola, ya que sus hijos rehicieron su vida. Y uno de sus hijos es el que estaba con abogados y todo ésto, para ver que se podía hacer; nos lo contó a mi madre, y a mí.
Los hijos son los que le dieron la parte correspondiente, a los hermanos de su madre, que era para no mirarlos más a la cara. Ellos están casados, y tienen su piso, (son más jóvenes que ella).
El testador no podrá privar a los herederos de su legítima sino en los casos expresamente determinados por la ley.
Tampoco podrá imponer sobre ella gravamen, ni condición, ni sustitución de ninguna especie, salvo lo dispuesto en cuanto al usufructo de viudo y lo establecido en el artículo 808 respecto de los hijos o descendientes judicialmente incapacitados.
Por lo tanto, te podrá dejar el máximo de usufructo posible, y la mayor parte de propiedad para el hijo en común (legítima estricta, tercio de mejora y libre disposición), pero nunca el usufructo sobre el 100%. Cierto es que así os aseguraríais que no os echen de casa, pero no sería el usufructo sobre el 100%, y si os diera por alquilarlo, deberíais pasar su parte al propietario en cuestión, en proporción a su parte.
Pues si estar casados es valida ademas k el otro 50 por ciento de la vivienda es mia,ademas tenemos un hijo en comun.ademas a los hijos se les puede dejar solo la legitima si uno quiere y sejar el resto al pequeño en comun
Evelyn, pues yo creo que no..... y eso que de Dº empiezo a saber algo..... Sin estar casados esa clausula no me parece legal, puesto que hay más hijos.
Dichosa: ¿En la notaría te dijeron que esa clausula era válida? Porque hasta donde you creo, me parece que sin estar casados no lo es....
¿Dónde vivís, en qué provincia?