Hola, tengo atribuido por sentencia de divorcio el uso y disfrute de lo que fue la vivienda familiar hasta la liquidación de gananciales, después de 8 años mi ex marido ha decidido hacer la liquidación y ya ha interpuesto la demanda, tengo cita con el secretario del juez ahora en enero para ver si podemos llegar a un acuerdo.
Tengo entendido que este procedimiento consta de dos fases, Formacion de inventario y liquidación, en que fase tendre que dejar la casa?
Añadir que la casa está a su nombre ya que la heredó antes de casarnos y tenemos dos hijos en común, uno con 20 años que ya trabaja y otro con 17 que está estudiando.
Hay muchos factores a tener en cuenta. Tu exmarido ha tardado mucho tiempo en querer recuperar bienes que eran privativos suyos. ¿La custodia era compartida? ¿Su situación económica es precaria en este momento o sólo lo era en el momento del divorcio? No entiendo que quiere decir con llegar a un acuerdo con el secretario judicial cuando ya han pasado 8 años del divorcio.
Gracias Olimpia, le comentó que la vivienda tiene una hipoteca que solicitamos para una importante reforma, la cual el banco me obligo firmar, pagamos la mitad casa uno.
La custodia es exclusiva mia, pero repito en la sentencia de divorcio el juez puso que tenía el uso y disfrute hasta la liquidación de gananciales.
Cierto que ha tardado mucho, el ha intentado recuperar la vivienda antes queriéndola vender y dándome una part, pero yo siempre me en he negado, ahora dice que me paga el porcentaje que me corresponde por la hipoteca pagada en común y que me vaya.
También ha metido en la liquidación un préstamo personal que terminó pagando el después de divorciarnos para unos muebles y electrodomésticos para la casa.
Perdón otro detalle que se me habia olvidado es que he solicitado un abogado de oficio y todavía no he tenido ninguna respuesta por parte del juzgado Y la comparecencia es a finales de enero.
Que su exmarido viva de alquiler con su nueva pareja no es relevante para su situación económica. Si el alega que es precaria y lo puede demostrar se agarra a eso. Si todavía están pagando hipoteca, su exmarido sigue pagando unos bienes que no puede disfrutar ni vender porque usted está disfrutando de la misma y se lo está impidiendo tal y como ha comentado anteriormente. Ha comentado que él intentó liquidar la sociedad y usted se negó y que él ha estado pagando un prestamo personal para muebles y electrodomésticos de la casa en la que usted está residiendo y de los cuales tampoco puede disfrutar. Con respecto a lo que dice del abogado de oficio puede acercarse al colegio de abogados porque es raro que no se lo hayan asignado todavía, puede ser que a lo mejor no le corresponda. Bajo mi punto de vista, iría buscando otro domicilio porque el tiempo se le acaba y después de ocho años y habiendose negado a que se hiciera la liquidación anteriormente, no creo que el juez le dé un tiempo muy amplio para abandonar la vivienda privativa de su exmarido.
Olimpia, es increible lo que le estás recomendando a esta mujer.
Esta mujer, está aprovechando que tiene la custodia de sus hijos para quedarse con la vivienda por la cara
Nadie ha dicho en ningún momento que tenga una situación económica mala y tu le estas diciendo que pida un abogado de oficio
El marido le ha propuesto varias veces vender la casa.... avanzar
Si ha estado 8 años así, seguro que no es porque el exmarido haya querido: lo mismo ha sido por sus hijos o porque el sistema legal, está lleno de gente como tu, capaz de asesorar como quitarle una propiedad a un hombre
Es lamentable. Si después de 8 años no ha querido solucionarlo y ahora está buscando como aferrarse a un clavo ardiendo, por algo será
Has entendido mis comentarios completamente al revés. Opino lo mismo que tu, yo no le he recomendado un abogado, ella dice que ha solicitado un abogado de oficio y que todavía no sabe nada. Le hablo de la situación económica precaria de su exmarido y me dice que vive en un piso de alquiler con su actual pareja, osea que ella está disfrutando de ala casa, de los muebles y electrodomésticos que como bien dice ella, los pagó el mediante un préstamo personal y aún pretende seguir en la vivienda. He intentado no verter opiniones personales porque me borrarian el comentario si digo lo que pienso acerca de este caso porque nosotros estamos en la misma situación, una mujer que no quiere abandonar una vivienda que No es suya ni quiere llegar a un trato económico. Ese hombre está pagando un préstamo personal, su parte de la hipoteca y lleva ocho años luchando para poder hacer su vida y la señora quiere seguir quedándose ahí, imagino que me eliminarán el comentario pero creo que ya te he dejado claro cual es mi punto de vista. Un saludo.
No puedes obligarlo a vender un bien privativo si él te da la parte de ese préstamo que sacasteis. Has dicho que fue una herencia anterior al matrimonio. No entiendo tu postura y más si se está haciendo cargo de otro préstamo personal del cual has salido tu beneficiada. ¿ Has intentado ponerte en el lugar de la persona que ha tenido que empezar su vida de cero mientras tu te quedas en una casa que es suya y encima estás poniendo trabas para que liquide la sociedad? Prefiero no hacer valoraciones personales pero muchísimas mujeres y hombres estamos luchando por una igualdad de derechos que casos como este tiran por tierra diariamente. Si el juez que determine vuestro caso, es justo, abandonaras la vivienda en un plazo muy muy corto de tiempo. También hay otro factor que influye muchísimo que creo que no has comentado y es si tu tienes pareja y reside en ese domicilio. Un saludo.
Si la vivienda es privativa de tu exmarido no entra en la liquidación de gananciales. Tendrás que abandonarla cuando se termine la atribución de uso al menor y a ti como custodia, en principio la liquidación de gananciales no afectaría en nada a esta vivienda porque no es un bien ganancial, simplemente. Tampoco tiene que darte nada por ella, por tanto; se liquidarán los bienes que tengáis en común entre los cuales no está esta vivienda, que NO se deberá incluir en el inventario. Te tendrá que reintegrar el valor pagado por esa hipoteca, que sí es ganancial, que ha ido a la mejora de un bien privativo suyo, pero ojo que aquí NO HAY adquisición a plazos aunque haya hipoteca porque ya era suya, y no se aplica por tanto el artículo 1354 al que refiere el 1357, y no corresponde en parte a la sociedad de gananciales, como sí ocurre cuando se trata de una adquisición. Aquí no ha habido adquisición ganancial de la vivienda principal sino un préstamo ganancial que ha ido a la mejora de un bien privativo, y así se deberá hacer constar en el inventario y la liquidación de gananciales, pero no hay traslación alguna de la propiedad. Esa vivienda sigue siendo privativa suya y su propiedad no puede ser alterada en la liquidación de gananciales porque NO es ganancial.
La vivienda por otro lado no tienes que abandonarla, si no quieres. Si quiere venderla él que la venda, no necesita tu permiso porque es suya, pero el uso lo sigues teniendo tú por atribución judicial. Tampoco puedes obligarlo a venderla porque no es tuya ni un céntimo de la misma.
Lo que te tendrá que pagar es la mitad del valor actual de la MEJORA de su vivienda (aunque la ocupes tú), menos lo que quede por pagar, pero esto de forma independiente a que la sigas ocupando o no, que estás en tu pleno derecho, es lo que ha determinado el juez en sentencia que sigue en vigor.
Muchas gracias, me queda bastante claro, acabo de volver a leer la demanda de inventario y pone en el activo un porcentaje en proindiviso de la Vivienda familiar comprada con carácter privativo por mi ex marido, entonces lo que me gustaría saber es que como atribuido el uso y disfrute en hasta la liquidación en que momento se extingue dicho uso, después de aprobar el inventario?
Bueno añadir que el préstamo hipotecario se solicitó antes de casarnos y que parte de esté fue para la terminación de la casa que estaba sin terminar y mobiliario.
A ver, igual se está tratando en la formación del inventario como si fuera una hipoteca para la compra de la vivienda, sin haber caído vosotros o los abogados en este detalle, que ese préstamo no fue para su adquisición, sino para una mejora de un bien privativo. Si ambos queréis tratarlo así, como una adquisición en proindiviso entre el propietario y la sociedad de gananciales, pues nadie os va a ir detrás (los únicos serían los de hacienda, pero no estando tasadas las liquidaciones de gananciales tampoco). Ya es cuestión vuestra si queréis incluirla o no en el inventario, aunque en puro derecho, y en caso de disputa y tener que recurrir a mediación judicial, no procedería su inclusión.
El uso de la vivienda por otro lado no se extingue por la liquidación, no tienes que abandonarla en ningún momento si no quieres. Se extinguirá cuando se modifique el convenio y se retire el uso sobre esa vivienda, independientemente de la liquidación de gananciales. No tiene nada que ver una cosa y otra. La ocupas porque te la ha otorgado el juez junto al menor, no por ser ganancial, y la puedes ocupar mientras siga siendo así.
Paquito, creo haber entendido en uno de sus primeros comentarios, que ella tenía el uso de la vivienda hasta la liquidación de gananciales, y que lleva varios años impidiendo la misma a pesar de reconocer que su exmarido la está reclamando por su precaria situación económica.