Buenas
Planteo mi pregunta y agradezco de antemano las respuestas.
Mi padre (viudo) es propietario de una vivienda en una zona exclusiva de Madrid. El 50% del piso es suyo y el otro 50% es de los hijos. Mi padre tiene el usufructo de la vivienda. Hasta ahora ha vivido solo, pero un hermano que se acaba de separar se ha ido a vivir con él. Este hermano tiene la custodia compartida de 2 hijas menores, y suponemos que estarán allí cuando el régimen de visitas así lo indiquen.
Los hermanos estamos preocupados porque ese piso siempre ha sido una especie de "seguro de vida" para mi padre, pero nos tememos que al ir a vivir mi hermano allí con 2 menores a su cargo el día de mañana sería difícil su venta. Mi pregunta es:
1. En caso de necesitar mi padre vender la vivienda ¿podría hacerlo contando que allí viven un hijo suyo y 2 nietas?
2. En caso de fallecimiento de mi padre ¿se podría vender esa vivienda estando mi hermano allí? ¿o sería imposible porque es domicilio habitual de uno de los propietarios y de sus hijas?.
Actualmente los gastos que genera la vivienda los pagamos los hermanos.
Kapitan si buscara un consejo moral le preguntaría a un cura no plantearía la duda en un foro jurídico. Aparte de prejuzgarme no tienes la mas mínima idea de la situación y tampoco puedes aportar un consejo legal, así que para consejos éticos se los das a quien te los pida
Ya sé que no quieres un consejo moral, por eso no te lo he dado. A ti eso te la trae al pairo, pero no puedes evitar que opine, jurídica o meteorológicamente.
Efectivamente me trae al pairo lo que digas e incluso que prejuzgues un caso que desconoces completamente comentando que si quiero echar a mi hermano. Hay hermanos buenos, malos, listos e incluso caraduras. Yo tengo un poder general de mi padre con el que podría hacer lo que quisiera, pero no lo voy a hacer porque en su día se hizo para salvaguardar los derechos de mi padre, y mientras mi padre sea capaz jamás lo utilizaré.
Si crees que no hay hijos aprovechados y sin escrúpulos es que eres un alma cándida. Pero tampoco voy a consentir que se lesionen los derechos de mis hermanos como copropietarios que son.
Tu padre puede meter en su casa a quien le de la gana, un hijo, dos hijos, cuatro nietos,...e incluso dejarle de heredero en mayor proporción de su parte y a ti la legítima estricta, que es lo que yo haría si fuese tu padre, no quieres sopa ?, pues toma dos tazas.
Vamos a ver, el día de mañana que tu padre falte, el problema que vas a tener es el mismo si tu hermano vive ahí con menores como si no, si no os ponéis de acuerdo en vender y repartir el dinero acabaréis acudiendo a los tribunales y viendo vuestro maravilloso piso en zona exclusiva reducido a un precio de risa en una subasta pública.
De verdad, que increíble, yo me quejo de que solo tengo un tío ( al que quiero mucho ), pero solo uno, pero vamos, en vista del panorama para tener tías como tú, mejor ando escasa de familia, caramba, como está el patio.
Es decir yo voy a un abogado y le planteo mi duda y me contesta: oiga es usted muy mala persona! Supongo que quienes hasta ahora han respondido no tienen la mãs mínima base legal en que basarse.
Me alegra ver que aún hay gente tan inocente que cree que todas las familias son perfectas, que todos los hermanos se portan como tales y que todos los hijos se portan bien con los padres. Supongo que los bufetes y los juzgados estãn llenos de pleitos entre hermanos, padres, etc. Què casualidad que todos los hermanos estemos de acuerdo excepto el que ahora vive con mi padre.
Por lo tanto, sólo contestarę a respuestas profesionales y obviaré estos comentarios que ni me interesan ni me aportan nada.
No claro, si vas a un abogado no te va a decir " oiga es usted muy mala persona ", lo que te dirá normalmente será " son 60 euros la consulta, tenga usted buenas tardes ", lo de mala o buena persona ya se lo dirá a su secretaria/o cuando te vayas si le apetece comentar como le ha ido la tarde.
Aquí inocentes pocos, y acostumbrados a historias de familias con historias para no dormir muchos.
Pero esto es un foro, es lo que tiene.
Visto desde fuera y con lo poco que has contado pues has obtenido las respuestas que has obtenido.
De todos modos, y ya desde un punto de vista legal, como dices que los hijos sois propietarios del piso al 50% ( entiendo que es la parte que era de tu madre ), pues se supone que el hermano divorciado que se ha instalado en el piso también será propietario en el mismo porcentaje que tú, así que si nos intentamos poner en su lugar aunque solo sea por un momento, si yo fuese un hombre divorciado, entre irme a vivir a algún cuchitril de mala muerte o a alguna habitación en un piso compartido donde no poder ofrecerles a mis hijas menores unas buenas condiciones, o irme con mi padre a un piso del que también soy propietario y así poder ofrecerles a mis hijas un alojamiento en una exclusiva zona de Madrid, pues yo lo tendría claro. Y si fuese tu padre, entre estar solo y ver a mi hijo con mis nietas mal viviendo o tener compañía de mi hijo y mis nietas y así además poder ayudarles en una mala situación, también lo tendría claro.
Ahora bien, ¿ qué podéis hacer el resto de hermanos en desacuerdo y muy preocupados por vuestra futura herencia ?, en la actualidad, nada, en todo caso, pedirle que sufrague los gastos adicionales tales como suministros que su estancia origine. En un futuro, lo mismo que si no estuviese viviendo en el piso, poneros de acuerdo para comprar o vender partes, poneros de acuerdo para vender a un tercero y repartir el dinero, o no poneros de acuerdo y acabar en los tribunales con el consiguiente perjuicio para todos al costear minutas de abogados y acudir a subasta judicial.
Gracias por tu respuesta Lamanchega. Efectivamente la propiedad es el 50% de mi padre y el 50% de los hijos (por herencia de mi madre), teniendo mi padre el usufructo de la vivienda. Bien...en ningún momento he dicho que ni yo ni ninguno de mis hermanos queramos echar al que se ha divorciado de la vivienda común, y no creo haber dicho que estemos preocupados por la herencia, pero....
1 Entiendo perfectamente que alguien que ya no tiene dónde ir acuda acuda a casa de su padre, más siendo propietario de una parte y más teniendo a menores a su cargo. Supongo que yo en la misma situación haría lo mismo.
2 Entiendo que un padre acoja a un hijo bajo cualquier circunstancia. A todos los efectos, para mí es aún la vivienda de mi padre.
3 Para nosotros, esta vivienda es una especie de "seguro" para mi padre, porque ya no cuenta con los recursos económicos que contaba hace unos años porque continuamente ha tenido que ayudar a este hermano y hoy vive sólo gracias a su pensión y a la ayuda de sus hijos.
4. Este hermano nunca ha tenido muchas ganas de trabajar, así que ha pensado sobre la marcha que si la casa de mi padre tiene 8 dormitorios y sólo van a necesitar 3, puede alquilar el resto (tipo piso patera) y conseguir unos suculentos ingresos sin siquiera tener que quitarse el pijama cada día.
Resumiendo: que evitaremos (si podemos hacerlo) que baje la calidad de vida de mi padre, y evitaremos igualmente que si mi padre el día de mañana requiere cuidados costosos podamos vender esa vivienda, comprar una mucho más barata y facilitarle todo lo que necesite. Igualmente, otro de mis hermanos no atraviesa por momentos económicamente favorables y no entiendo que unos tengan que ser siempre los tontos y otros los listos.
Hijos hermanos y padres los habrá de muchos tipos, formas e incluso colores, pero también existen los hijos/hermanos caraduras, aprovechados y egoístas que creen que todo se les debe consentir.
Gracias y un saludo
no te lo tomes a pecho, Tefnut
tu consulta tiene mucho sentido común, y estoy de acuerdo contigo no solo en que ya inicialmente te han prejuzgado, sino que te han condenado sin derecho a defensa
mi verdad es que tu defensa gana poco con el título del tema, y todavía menos con tu calentón, y mejor estabas cuando no habías entrado en comparar actitudes de unos y otros hermanos, porque al ser copropietario tenías, y tienes, razón en querer saber qué riesgos existen para tu patrimonio, incluso al margen de posible o creíble interés en velar por el patrimonio de tu padre
mi respuesta es que no sabemos qué puede pasar en un futuro, ni lo que se legislará ni lo que se sentenciará, porque lo mismo puede resultar una cosa que la contraria
estoy de acuerdo en que la ocupación por menores es un riesgo existiendo derechos de copropiedad, pero lo considero secundario si hoy hay una necesidad inmediata de solucionar un problema de alojamiento, porque ante eso lo demás es futuro e impredecible, y, aparte de que la vida da muchas vueltas y no podemos saber cuál será la situación futura de cada cual, los menores dejan de serlo con el simple paso del tiempo
1º Tu padre no puede vender el piso porque sólo es dueño del 50%. En todo caso podría vender su participación o el derecho de usufructo.
2ª Al ser usufructuario, puede hacer con él lo que le dé la gana menos enajenarlo (venderlo, donarlo), por lo que puede meter a vivir allí a quien quiera.
3º Cuandpo muera tu padre, el piso pasará a ser de los herederos (supongo). Así pues, seréis copropietarios de in indiviso. Cada uno podrá vender su participación, pero no todo el piso salvo que todos, y digo todos, estéis de acuerdo.
4º En caso de que no se pueda vender porque alguien no quiere hacerlo, deberéis instar un proceso de división de la cosa común, que en el peor de los casos desembocaría en subasta del bien (con lo que eso baja el precio y con todos los gastos que conlleva) y saldríais perdiendo todos.
5º Cuando tu padre fallezca, tu hermano sería también propietario de una parte del piso, y como es copropietario y está usando su bien para el destino para el que es concebido, no podréis echarlo de allí, salvo que él acepte, o salvo que se haga el procedimiento del punto anterior. Pero vivir allí no le da más derechos que a nadie en lo económico.
Me gustaría saber qué poder es ése que dices que tienes. Si tu padre goza del usufructo de la vivienda, no está incapacitado judicialmente y tú no eres un súper héroe, no entiendo a qué te refieres.
Buenos días
Jecc primero gracias por tu respuesta. Supongo que he planteado un tema "difícil" de oir y ante el que la primera reacción sería: ¡vaya hermanos!!. Ninguno de nosotros se ha negado a que mi hermano viva allí porque TODOS consideramos que es la vivienda de mi padre y puede hacer con ella lo que le dé la real gana.
Realmente no me he calentado, después de años de problemas gordos siempre con el mismo hermano, quien más me preocupa es mi padre y no me gustaría que su calidad de vida se viera afectada (en el caso de decidir meter a inquilinos en las habitaciones). Pero si él acepta pues también es decisión suya. Yo, gracias a Dios, no necesito ese "cachito de herencia", y tengo un poder general de mi padre que jamás utilizaré si no es en beneficio suyo.Si he entrado en lo que llamas "comparaciones entre hermanos" es que hemos tenido muchos muchos problemas siempre con el mismo hermano y muy muy gordos, problemas que no vienen al caso y que, a efectos de lo que me interesa (efectos legales), no tienen ninguna trascendencia.
Gracias por tu respuesta
lsd2 primero gracias por tu respuesta. Clara y concisa. Gracias
Más o menos pensaba todo lo que comentas. Quizá el problema que veo yo más cercano por la edad de mi padre es que necesite unos ingresos extra dada su avanzada edad y que todos queramos venderlo y por la oposición de una parte no podamos hacerlo. Ya pasamos por algo parecido cuando falleció mi madre y fueron tratamientos y cuidados muy muy costosos.
Gracias por tu respuesta
Ya, pero es que si uno no quiere vender, no se vende... bueno sí, se puede vender la participación de cada uno.
Por otro lado, si su padre necesita ingresos extra, no es mala idea alquilar precisamente ese piso y sacar de ahí el dinero necesario....
Por otro lado, aunque el día de mañana se incapacite a tu padre y tú, por ejemplo, seas el tutor legal, tampoco podrías vender el piso, salvo autorización judicial....
Hola kapitan
El poder es un poder general otorgado ante notario, para que yo pueda hacer lo que quiera con sus bienes. Cuando vas a un notario para hacer un poder, el notario se cuida muy mucho de preguntar claramente a quien otorga el poder: "Oiga, usted sabe lo que está firmando?, ¿usted sabe que su hijo/a ahora puede hacer lo que quiera con sus bienes como si fuera usted mismo?. Se lo preguntó varias veces para que él supiera qué estaba firmando, y mi padre dijo: "pero con ese poder no va a hacer nada que me perjudique", a lo que contestó el notario:"Señor, veo problemas de este tipo a diario, y efectivamente la mayoría de los hijos no lo hacen, pero muchos otros sí". Ni siquiera es un poder mancomunado en el que necesitaría la firma de otro de mis hermanos. Es decir, mañana puedo ir, por ejemplo, al banco y dejarle la cuenta a 0.
Este poder se hizo porque después de una grave enfermedad de mi madre, si hubiéramos necesitado vender el piso no hubiéramos podido hacerlo porque ningún notario habría aceptado su firma por el estado mental en el que se encontraba.
Las cosas se ven muy duras o muy crueles desde fuera, pero cuando sobreviene una enfermedad grave las soluciones las necesitas hoy, y los cuidados que requiere una persona en algunas situaciones deben ser inmediatos. La vida te cambia de un día para otro.
Tengo ese poder porque si llegara ese día podríamos vender la casa firmando yo por él y no esperar a un juicio de incapacidad. Creo que sería el único supuesto en el que lo utilizaría.
Sabiendo ahora que todas las partes tendríamos que estar de acuerdo como dice lsd2, creo que ese poder no es tan "poderoso", ya que si una sola de las partes se negara a la venta no podríamos vender. Ojalá mi padre nunca lo necesite y que el tiempo que le queda de vida sea lo más tranquilo posible.
Un saludo
Gracias de nuevo por tu respuesta lsd2.
Claro que no sería una mala idea ese alquiler. Pero......el negocio ha sido idea de mi hermano y los ingresos son para él. Se lo ha planteado a mi padre porque él va a alquilar las habitaciones y él va a recibir los ingresos. Si no le afecta a mi padre me parece bien, que haga lo que quiera, pero me temo que no será así.
Y sí podría venderlo por el poder del notario, pero me temo que si todos tenemos que estar de acuerdo tampoco podremos hacerlo.
Gracias y un saludo