Para la lectura y aceptación de la herencia de un testamento cuyos herederos son menores de edad tiene que ir la madre del menor a firmar la aceptación de la herencia (el difunto es el padre) aunque en el testamento diga que los menores no pueden disponer de los bienes hasta que cumplan 18 años y que mientras tanto los bienes los gestiona la abuela de los niños?
Es que en el caso que me ocupa la abuela dice que le parece que no tiene que ir la madre a firmar pero a mi me extraña un poco, por eso pregunto.
Discrepo de la anterior opinión.
En representación de los menores de edad deberá firmar su madre, como única titular de la patria potestad de sus hijos, con independencia de que en el testamento del padre disponga que la abuela gestione los bienes. Pero la madre tiene que comparecer.
ok eso pensaba yo, gracias se lo comentaré a mi amiga ya que necesita saberlo con tiempo porque tiene que pedir dias en el trabajo para desplazarse de ciudad a firmar.
Yo también lo pensaba así, pero en una herencia similar el Notario (como decía en mi otro mensaje, había que liquidar en ella una sociedad de gananciales) la madre sólo pudo comparecer para esa liquidación: es decir, en su propio nombre y derecho, pero no en el de sus hijos.
La diferencia pudo deberse a que en representación de los menores comparecía el albacea designado en el testamento: ¿lo hay en este caso?
es facil que el fallecido haya puesto tanto de administradora como de albacea para el testamento. Otra pregunta si la abuela fallece (dios no lo quiera) antes de que los beneficiaros cumplan 18 años (es cuando pone en testamento que los menores podran cobrar la herencia) que pasa con esa herencia¿
segun una de las madres de los niños la abuela le ha dicho que tenia una copia del testamento, que se la dio su hijo y que le habia puesto a ella (la abuela) como albacea y administradora de los bienes de los niños hasta que cumplieran 18 años y como supongo que no habran querido dejar flecos habrán puesto a otra persona por si la abuela faltase.
Muchisimas gracias Motta
Reitero mi comentario anterior.
Por otra parte no deben mezclar conceptos.
La madre comparece como titular de la patria potestad de sus hijos, es decir, como representante legal de los mismos, mientras sean menores.
La abuela es la encargada de gestionar dichos bienes pues así lo establece el testamento del hijo, es una de las pocas excepciones que establece el código civil.
Y respecto al albacea, su función es velar por cumplir las disposición testamentaria, tb comparecerá en la aceptación, pero repito y reitero, junto a la madre de los niños.
Otra cuestión seria ver la edad de los niños.
a su disposición
7 y 2 años tienen los niños, pues vaya marron, porque son de 2 madres diferentes y con una de las madres la abuela se lleva bien y con la otra no, y entre las madres tampoco hay muy buen trato, va a ser muy tenso el tema si se tienen que juntar en la notaría.
Tendran que firmar.
Consejo. Si van con algún abogado, pueden previamente hablar con la Notaria, con oficial o Notario y contarles la situación al objeto de que puedan firmar a la vez pero sin coincidir. Parece complicado pero es posible
Y como citan a una persona para la lectura de un testamento, por correo certificado o algo así? porque claro habra que asegurarse que los beneficiarios se dan por enterados que tal dia es la lectura del testamento y la firma, no?
Muchisimas gracias y perdoname por abusar de ti navarroiuris.
navarroiuris ¿eres abogado? me gustaria saberlo, mas que nada porque me gustaria estar en contacto con profesionales aunque solo sea de momento por aqui de conocernos sólo por la pagina de portico legal.
Motta&L abogados me gustaria saber tu pagina web si tienes y tu correo electronico o datos de contacto (preferentemente por internet) porque yo en el futuro posiblemente necesite de un abogado para cuando muera mi padre pues sé que tendre problemas con mi madre por la herencia.
Verás, mi padre tiene 63 años pero en el año 2002 fue parcialmente gastrectomizado a consecuencia de un agujero en el estomago a consecuencia de una úlcela crónica no tratada, pues no se la descubrieron... el tema es que por aquel entonces le dijeron que a los 15 años de la operacion éstos pacientes suelen presentar cáncer de estomago en un 65% de los casos, el caso es que a pesar de que mi padre tiene buena salud y todavia no ha desarrolado el cancer, creemos que dentro de unos pocos años podria ocurrir el fatal desenlace.
El tema es que en prevision de que él fuese el primero de la familia en morir, ha hecho testamento, otorgandole el tercio de mejora o usufructo viudal a mi madre, que esta casada con él en régimen de gananciales y por consiguiente dejándome a mi (que soy su hijo único) sólo con la legitima que legalmente me perteneceria. El tema es que mi madre y yo hemos estado hablando de cuando mi padre muera (dios quiera que tarde mucho...) y mi madre dá entrever que ella lo va a querer todo o sea la mitad del paatrimonio de mi padre más un tercio de mejora y yo no voy a estar de acuerdo y se va a tener que disolver la sociedad de gananciales de manera judicial y luego repartir la herencia. POR ESO QUIERO IR TENIENDO INFORMACION DE ABOGADOS EXPERTOS Y MAS BIEN BARATILLOS PARA EL DIA QUE MUERA MI PADRE, aunque sea solo de contaco por internet o simplemente saber de sus pagina web, (que para mi internet es lo mas comodo) pues se que en el futuro habra problemas y quiero saber como proceder.
Por cierto se me olvidaba, el patrimonio de mis padres es un piso que está a nombre de ambos conyuges y un dinero en diferentes bancos, la cuenta mas importante esta a nombre sólo de mi padre. Ellos estan casados en regimen de gananciales pero entiendo que la cuenta que esta a nombre de mi padre pasa directamente a mí la legitima y un tercio (el de mejora) a mi madre... esque mi madree dice que tambien la mitad de lo que hay en esta cuenta principal (cuyo titular es exclusivamente mi padre) es suyo, ello sumado al tercio de mejora que tambien es suyo, o sea el total de dos tercios de la cuenta principal dice mi madre que seria suyo, una cuenta que esta exclusivamente a nombre de mi padre y claro yo con esto no voy a estar de acuerdo y digo yo que primero, antes de nada habrá que disolver la sociedad de gananciales (una vez muera mi padre).
Por eso queria estar en contacto con abogados de esto para los problemas que en el futuro me surgirán.
Un saludo
nazka32 perdon por la intromision pero el motivo de "invadir" el tuyo es que queria dirigirme Motta&L abogados y a navarroiuris para estar en contacto telematico con ellos y si abro otro post, a lo mejor ellos no me leerian.
Segun mi opinion de aqui a que se muera tu padre pueden haber pasado muchas cosas con esa futura herencia, puede haber vendido todo y haberselo gastado, asi que hablar de una herencia futura me parece un poco osado, y ademas si tu padre tarda 20 años en morirse a lo mejor motta y navarroiuris ya no ejercen abogacia por ejemplo.