ainoa.
jajaja.
Estaba haciendo mi resumen, se me enciende la bombilla de si derecho5 trabajaba a tiempo completo o a tiempo parcial, para ver si le compensaba el convenio especial y tú ya la habías contestado.
¿Contestas tú sobre el convenio, no? Será más fiable la respuesta.
Nada nos cruzamos amperio.
Estaba pensando como explicarlo, pues no le voy a soltar el rollo que ya debatimos tu y yo de plazos y requisitos.
Y pensé, voy a esperar que seguro que amperio se lo explica en cristiano y si luego le interesa pues le damos los datos, como que tenga en cuenta la fecha de agotamiento del desempleo como comienzo del plazo para solicitarlo.
Anímate, que fijo que lo expones de manera que lo entienda mejor, básicamente para que sirve, mientras busco si ya la seguridad social tiene actualizado el programa de autocálculo y lo pongo, pues tendrá que ver si después de cobrar el subsidio y lo que tiene que gastar en cotizaciones le compensa, que diga también la edad, etc.
Sería también interesante que busque en la resolución de la pensión de viudedad cual es la base reguladora de la prestación y el porcentaje que cobra (supongo que el 70) pero que lo diga, pues es probable que reciba el complemento de mínimo al que puede renunciar y percibir el subsidio.
P.D. En un rato intentaré estar, pues tengo que atender a la family que está (supongo que como bernabiel) pendiente del partido y no van a mover un dedo, así que nada yo lo haré todo!! Ajj maldito fútbol.
Ahora estaba pensando en bernabiel (juega el barsa, no el pelo hasta dentro de un buen rato si gana el barsa), y me vino a la cabeza de si su nick tendría que ver con el bernabeu tengo que preguntarle, pero me da que va a ser más con Biel ciudad de Berna, (Suiza), y como su suegro gallego fue emigrante en Suiza según dijo en otro post y Berna fue destino de la emigración de muchos gallegos, casi seguro que acierto. Ya nos dirá, cuando acabe el futbol, por lo menos si frio o templado.
Mi edad es de 39 años. Y en cuanto a la base reguladora de la prestación y el porcetanje que cobro, no tengo ni idea y esos papeles en mi casa no los tengo y no sé si los tendré en casa de mis padres. Os puede servir de momento sin estos datos??
Lo primero que tienes que aclarar es lo que cobras.
575,37€ x 14 meses = 8055,18€ : 12 meses = 671,265€.
¿Es así?
Si es así, entiendo que cobras 671,265€ BRUTOS mensuales.
Lo que tienes que conseguir es llegar a NO superar los 483,98€ BRUTOS mensuales del máximo de renta INDIVIDUAL.
Por lo tanto, tienes que recuperar 187,285€ (671,265€ menos 483,98€ = 187,285€).
Pienso que tendrías 2 posibilidades para poder acceder al subsidio por agotamiento de la prestación por desempleo:
1) Renunciar a parte o todo del complemento de mínimos (SI ES QUE LO COBRAS, que no lo sé).
Suponiendo que cobres el complemento de mínimos (no lo sé), si renuncias A PARTE O TODO ese complemento (tienes que renunciar a unos 190€), esto te PODRÍA permitir cumplir el requisito del máximo de rentas de manera INDIVIDUAL. La cantidad a la que renunciaras se RESTARÍA del importe BRUTO de tu pensión de viudedad.
Ahí, como NO superarías INDIVIDUALMENTE los 483,98€ , TENDRÍAS derecho a cobrar los 426€ de subsidio por agotamiento de la prestación por desempleo.
2) Suscribir un convenio especial con la Seguridad Social.
¿Qué es un convenio especial?
Es un acuerdo suscrito voluntariamente por los trabajadores con la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de generar, mantener o ampliar, en determinadas situaciones, el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social, y con la obligación de abonar a su exclusivo cargo, las cuotas que corresponden.
Me explico. Las ventajas que veo en que suscribas un convenio especial con la Seguridad Social es que LO QUE PAGUES POR EL CONVENIO ESPECIAL (unos 200€. No sé exactamente el importe), te lo descontarían de tu pensión de viudedad PERO seguirías cotizando a la Seguridad Social, de cara a tu jubilación.
Por lo tanto, podrías cobrar el subsidio de 426€, pero tendrías que renunciar a parte o todo el complemento de mínimos si es que lo cobras (unos 198€) O BIEN suscribir un Convenio especial con la Seguridad Social (más de 200€).
Lo que yo te aconsejaría es:
- Que te informes de si cobras o no complemento de mínimos en tu pensión de viudedad.
- Que vayas, lo antes posible, a Tesorería de la Seguridad Social a enterarte de lo que te supondría económicamente suscribir un convenio especial con la SS.
- Hacer tus cálculos y tomar la decisión que consideres más oportuna.
Lo interesante del convenio especial es que sigues cotizando a la SS para tu jubilación. No olvides que el subsidio por agotamiento de prestación por desempleo es NO CONTRIBUTIVO.
Los importes son correctos, aunque en la carta del SEPE, me dicen que mi pensión de viudedad es de 684.69 euros, no sé porque, porque yo cobro mensualmente 575.37 euros y son 14 pagas.
Quería preguntarte, tengo derecho a hacer eso, para poder conseguir el subsidio?No me dicen nada? Y también, en caso que renunciase a ese complemento(que tengo que ver si tengo), luego una vez encuentre trabajo o se finalice el subsidio, recuperaría ese importe al que renunciaría?
Y finalmente, muchísimas gracias por todo, entre todos, haceis una gran labor y sois de gran ayuda para todos.
Un abrazo a todos...
En cualquier caso, mañana voy a la Seguridad Social, me informo y os comento... Ya que me estais ayudando, por lo menos deciros como se resuelve... Y ya os dejo dormir..
P.D? En las bases mínimas y máximas para ser más aproximado incluir las del 2013, LPGE, pues la orden de cotización estará a caer. Aunque con las del 2002 también estaría aproximado.
Derecho5, ya que vas al INSS pide los datos de la base reguladora y porcentaje de la pensión de orfandad, así ya lo tienes, y ya que haces el viaje pues aprovecha.
Tampoco estaría mal que pidieras un vida laboral y bases de cotización, así sabrás lo que llevas cotizado, lo que te falta para pensión jubilación, y hacerte una idea general de lo que puede beneficiarse el convenio no ahora sino en un futuro.
Saludos.
Amperio, como siempre explicación comprensible y muy clara.
¿Cuando hablas de 575,37€, es lo que cobras NETO (dinero en el banco) o BRUTO?
Me has dejado un poco descolocada porque si es neto, cambiaría el cálculo.
Puedes renunciar TEMPORALMENTE al complemento. También, puedes cancelar el convenio especial, cuando lo consideres oportuno.
No tienen por qué decirte nada por haber suscrito el convenio o por renunciar al complemento . Es totalmente legal.
Lo que te aconsejo es que hagas las gestiones y decidas lo que más te pueda interesar, lo ANTES POSIBLE.
Ten en cuenta que entre que pides un convenio especial y te lo conceden pasa un tiempo y que no podrás solicitar el subsidio hasta que no pagues el convenio.
Si lo que decides es renunciar al complemento (en el caso de que lo tengas), desconozco el tiempo (imagino que menos).
Si, los 575 euros son netos. Cambia algo? Tal vez ya no me compense? En cualquier caso, no he visto cosa más injusta. Antes, hace poco, que yo sepa, se tenían en cuenta los ingresos pero no de forma individual sino conjunta con todos los miembros de la familia. No es lo mismo que coma una persona con 500 euros que coman 3 por ejemplo. Enfin,mañana preguntaré todo lo que me habéis dicho y os comentaré. Saludos y buenas noches a todos.
Hola de nuevo. Acabo de venir de la SS. No me han podido atender porque ahora tiene que ser con cita previa. Pero he restado revisando mis papeles de la pensión y cobro un 52% de la pensión y no tengo complemento a mínimos. Podría seguir por esa opción? O me recomendais suscribirme a un convenio especial?
Te contesto rápido luego lo miro con calma, pero partiendo de que no existe otra persona con derecho a pensión de viudedad (es decir, que existiera ex paraja además de tu), estás cobrando el 52% y no el 70% porque hasta ahora estabas trabajando y no era la pensión de viudedad tu única fuente de ingresos o bien superabas con la pensión y salario la rentas establecidas, pero si ahora estás desempleada puedes pedir el 70% de la pensión, y dada la cuantía que cobrabas con el 52% (bruto) no debía ser una mala base reguladora e igual te compensa pedir el 70% de la pensión, pues entiendo que ahora cumples los requisitos. Haz cálculos, mira cual es la base reguladora de la pensión de viudedad y aplica el 70% a la misma, en lugar del 52%, y ves la diferencia de pensión de viudedad que cobrarías.
Te copio y pego de la página seguridad socil los requisitos para el porcentaje del 70 en la pensión de viudedad:
Porcentaje que se aplica a la base reguladora para calcular la pensión de viudedad:
El 52% de la base reguladora, con carácter general.
El 70% de la base reguladora correspondiente siempre que, durante todo el período de percepción de la pensión, se cumplan los siguientes requisitos:
1.Que el pensionista tenga cargas familiares. Se entiende que existen cargas familiares cuando:
Conviva con hijos menores de 26 años o mayores incapacitados, o menores acogidos. A estos efectos, se considera que existe incapacidad cuando acredite una discapacidad igual o superior al 33%.
* lo cumples.
Los rendimientos de la unidad familiar, incluido el propio pensionista, divididos entre el número de miembros que la componen, no superen, en cómputo anual, el 75% del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
*lo cumples, aquí si que se divide.
2.Que la pensión de viudedad constituya la principal o única fuente de ingresos, entendiendo que se cumple este requisito cuando el importe anual de la pensión sea superior al 50% del total de los ingresos del pensionista.
*Tu ahora no tienes otros ingresos al no trabajar, por tanto lo cumples, probablemente con el trabajo antes no lo cumplías y de ahi que te aplicaran el 52%.
3.Que los rendimientos anuales del pensionista por todos los conceptos no superen la cuantía resultante de sumar al límite que, en cada ejercicio económico, esté previsto para el reconocimiento de los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, el importe anual que, en cada ejercicio económico, corresponda a la pensión mínima de viudedad con cargas familiares. A partir de 01-01-2013, el límite de ingresos es de 17.283,07 € anuales (7.063,07 10.220,00).
La pensión de viudedad, en cómputo anual, más los rendimientos anuales del pensionista, no pueden exceder el límite de ingresos del párrafo anterior. En caso contrario, se reducirá la cuantía de la pensión de viudedad a fin de no superar dicho límite.
Los tres requisitos exigidos deben concurrir simultáneamente. La pérdida de uno de ellos motivará la aplicación del porcentaje del 52% con efectos desde el día 1 del mes siguiente a aquél en que deje de concurrir dicho requisito.
Esta es una opción, pues creo que ahora te corresponde el 70%, tienes que ver cuanto resulta así la pensión que igual te compensa.
Por ejemplo...para una base reguladora de 1500 euros la pensión sería con un 52% de 780 euros, y con un 70% sería de 1050 euros. Es un ejemplo y calculado aproximado y por encima, simplemente para que veas un poco como debes hacer el cálculo,
En mi OPINIÓN, si estás segura de que NO tienes complemento a mínimos, esa opción ya NO te sirve.
Sólo podrías utilizar la vía del convenio especial con la SS.
Lo importante, para valorar y poder explicarte hasta qué punto te puede interesar suscribir un convenio especial con la SS (yo pienso que sí), es saber lo que cobras BRUTO mensualmente.
De acuerdo Ainoa, lo voy a mirar. Supongo que la base reguladora es el sueldo medio de mi marido, del cual se han basado para el hacer el cálculo de mi pensión.
Porque entonces, entiendo que no me puedo descontar ya nada de mi pensión al no tener el complemento?
O otra opción, me pregunto, podría solicitar ese complemento de mínimos que no percibo?
De verdad, muchas gracias, porque me estais ayudando un montón.
Lo miro y os digo..