Afecta en el sentido de que los deudores serán los herederos una vez acepten la herencia. Desde luego, lo que le digo es a título orientativo, lo más conveniente es que un abogado le conteste revisando previamente la documentación que tiene (respecto a su suegro y herederos), pero la deuda desde luego, entiendo que es ganancial.
Un saludo.
Si el régimen de la sociedad es el ganancial, el préstamo es ganancial (al 50%). Además, si puede acreditar el préstamo al padre de su esposa, éste tiene una deuda con la sociedad ganancial que en su momento, deberán reflejar al liquidar gananciales (si son Vds. españoles y se han casado en dicho régimen) como derecho de crédito que tiene la sociedad con un tercero.
Consulte con un abogado antes de firmar nada. Un saludo.
Me estoy divorciando y estamos en todo de acuerdo menos en un prestamo del que quedan uno 12000 ?. Este prestamo lo pedi yo solo, por la urgencia que requeria, y era para ayudar al padre de mi esposa a pagar un piso. Todos los hijos pusieron la misma cantidad.
Naturalmente, puedo demostrar que el mismo dia que nos abonaron el credito se le ingreso a mi suegro en su cuenta.
El desencuentro viene cuando le digo a mi mujer que no me parece moral que yo deba seguir pagando un credito que se pidio, unica y exclusivamente, para su padre y mas teniendo en cuenta que yo estoy en el paro cobrando 800€ y ella cobra 2800€.
-¿Legalmene debo yo pagar el 50% del credito?
-¿Un juez me daria la razon? en caso de llegar al contencioso.