Me estoy divorciando y estamos en todo de acuerdo menos en un prestamo del que quedan uno 12000 ?. Este prestamo lo pedi yo solo, por la urgencia que requeria, y era para ayudar al padre de mi esposa a pagar un piso. Todos los hijos pusieron la misma cantidad.
Naturalmente, puedo demostrar que el mismo dia que nos abonaron el credito se le ingreso a mi suegro en su cuenta.
El desencuentro viene cuando le digo a mi mujer que no me parece moral que yo deba seguir pagando un credito que se pidio, unica y exclusivamente, para su padre y mas teniendo en cuenta que yo estoy en el paro cobrando 800€ y ella cobra 2800€.
-¿Legalmene debo yo pagar el 50% del credito?
-¿Un juez me daria la razon? en caso de llegar al contencioso.
Si el régimen de la sociedad es el ganancial, el préstamo es ganancial (al 50%). Además, si puede acreditar el préstamo al padre de su esposa, éste tiene una deuda con la sociedad ganancial que en su momento, deberán reflejar al liquidar gananciales (si son Vds. españoles y se han casado en dicho régimen) como derecho de crédito que tiene la sociedad con un tercero.
Consulte con un abogado antes de firmar nada. Un saludo.
Afecta en el sentido de que los deudores serán los herederos una vez acepten la herencia. Desde luego, lo que le digo es a título orientativo, lo más conveniente es que un abogado le conteste revisando previamente la documentación que tiene (respecto a su suegro y herederos), pero la deuda desde luego, entiendo que es ganancial.
Un saludo.