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Sin mi hija

30 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 30 comentarios
Sin mi hija
30/05/2010 08:30
Siento molestar a los demas con mi problemas pero el no ver a mi hija me mata! Cada día que pasa es insufrible! Porque este vacio legal? Porque tanta maldad? Me dicen que hasta las medidas provisionales no podré hacer nada!
30/05/2010 09:11
Molestar?? NO, que estos problemas que nos llevamos cada un@, referentes a estas separaraciones, son muy fuertes a veces; por tanto no te preocupes y habla que te vendra bien, aparte de desahogarte;para informarte de cuales son tus derechos, y así también recibir consejos, la mayoria seguro que buenos.
Yo entiendo esa situación ( yo no podria estar sin ver a mis hijos) no es mi caso, yo los veo y estoy con ellos, por que soy la custodia, pero puedo comprender que si así no fuera, el dolor.Yo llevo lo mio con el ex que me ha tocado en la mala suerte, pero no voy a contar, lo que ya he contado por aquí antes. Si decirte que tu tienes unos derechos, y puesto que aún no tienes las provisionales ( eso es lo que me parece haber leido en otro spot tuyo ) tienes tanto, es decir, igual derecho que la madre a estar y ver a tu niña, ¿donde dice ella que tienes regimen de visitas, establecido? en ningún sitio, por tanto yo difiero, de lo que te han dicho en el otro spot, tu tienes derechos y entre esos derechos esta la obligación como padre a sustentar a tu hija ( junto con tu futura ex ) sin dejar de pasarle dinero, y el derecho a disfrutar de su compañia al igual que es también el derecho de la niña a tener a su padre,es decir a tí. Los abogados hay veces que son "comodones" y no dan soluciones, aún habiendolas,pues se que hay casos en que las hay,( en mi caso tengo derecho a reclamar, dinero que me debe mi ex, y mi abogado aún no ha escrito un escrito de alegaciones, ¿comodidad? ) en tu caso, como ya te he dicho tienes derecho tanto como la madre,informate
en la policia, con otro abogado, en el juzgado, en los servicios sociales, di en que situación estas, que no te dejan ver a tu niña, pide soluciones, y cuando vayas a verla ve con alguien amigo, para que se te vea la voluntad. Te puedo decir que el padre de mis hijos antes de las provisionales venia cuando queria y veia a los niños...sigue al día de hoy haciendo lo que le da la gana, aunque cansa y hay que ponerle soluciones. A mi las medidas provisionales tardarón en llegarme casi dos meses.
Bueno pues saludos y mucho animo.
30/05/2010 09:25
Gracias esperanzafutura, ya dije que ya me da lo mismo el dinero ya que lo he perdido todo asi que mejor ni pensarlo! Pero el hecho de no ver a mi hija esto si que no puedo! Mi abogado me dijo que hasta las provisionales casi no puedo hacer nada! Llamar a la policia pues es de risa, aunque mi hija la cuida su abuela, y yo podría perfectamente cuidarle pero siendo tan pequeña (6 meses) pues no puedo hacer nada según el abogado! Quiero solo verla, y abrazarla!
30/05/2010 09:48
Pues tu abogado dira misa! pero yo no estoy deacuerdo tu
eres su padre y mas derecho que la abuela la tiene un padre, ya te he dicho antes ¿donde esta escrito un regimen de visitas? en ningún sitio, por tanto ahí tienes la respuesta. Lo que pasa que hay abogados que van a lo comodo, y lo comodo es no hacer nada; pide una segunda opinión o tercera, eso si informate legalmente antes, pero por logica lo que yo te digo es asi.
30/05/2010 09:55
He leido tambien unos post tuyos, y entiendo tu postura frente a tu "ex", pero yo desde el primer momento he pasado lo que yo creo conveniente (mitad de hipoteca pensión)! Ella la deja con su hermano el sabado por la noche para salir, y yo esperando a ver a mi niña!!!! No es justo! No lo es! Acabo de llamar a los servicios sociales y casi me dicen lo mismo que el abogado!
30/05/2010 10:01
A los sitios no hay que llamar, hay que ir. Que las cosas se hablan cara a cara. Que el que la persona que te coge el telefono, no es la especialista en esos temas, por tanto tu con la verdad, a todos los sitios a reclamar lo que es justo.
30/05/2010 12:59
Esperanza, me temo que está metiendo cizaña a este señor contra su abogado con sus comentarios. No, en este caso, está correctamente asesorado, no puede hacer absolutamente nada hasta que se dicte el Auto de medidas provisionales porque aunque tenga todo el derecho a ver a su hija, si la otra parte no lo permite, la cobertura legal ha de darla una resolución judicial.
Esau, su abogado le ha dicho lo que hay, no es justo pero tiene que esperar hasta que un auto regule las visitas pues a la fuerza no puede ver a la niña pues implicará meterse en más procedimientos judiciales y quizás, penales.
Tenga paciencia y verá cómo al final las cosas se solucionarán y tendrá una resolución judicial que le facilitará el marco legal para realizar esas visitas.
Un saludo.
30/05/2010 14:40
Nuria, es que no entiendo como se le puede negar a un padre ese derecho, si tan padre es uno como madre la otra. Por tanto yo no creo haber metido cizaña, mi intencion desde luego no es esa.

Si lee esto Nuria, me gustaria me contestara a una pregunta que le formulo en el spot de " coco 39 ".

Gracias.
30/05/2010 18:34
Esau, como te dice Nuria M.G. lo lógico es que hagas caso a tu abogado, aunque eso no impide que si él no te informa de otras opciones mas que la clásica (esperar a que un juez decida mientras tu evidencias al juez lo que debe decidir: que seas no custodio, que pagues hipoteca y alimentos y quedes a expensas de la buena voluntad de la madre para poder ver a tu hija durante meses y años) puedes, yo diría que debes, informarte de otras opciones, comentarlas con tu abogado y que él obre según tu decisión (es tu hija, tu caso, el futuro de tu hija y tuyo)

Ya te dije " Si no hay resolución judicial aún puede quedarse con el menor, si es que quiere, puede no pasar alimentos ni pagar la hipoteca. Es mas pagar sin sentencia implica que el juzgador considerará que Vd. está dispuesto a asumir esos pagos (aunque le queden 300€ para Vd) y así lo decidirá en sentencia, luego si Vd llega a cobrar menos deberá solicitar nuevo procedimiento para legalmente poder pagar menos. Con lo que gana es imposible que mantenga los pagos que dice y al tiempo aportar al menor algo mas que una mas o menos triste compañía cuando esté con Vd, creo que esto también hay que valorarlo "por el bien del menor".

El que la menor tenga seis meses no es ningún inconveniente para que Vd. la custodie (no sé si se lo dice su abogado o es opinión o decisión suya) pero puedo decirle que hay casos en que el padre se hace cargo, en solitario, de su hijo recién nacido o a los pocos meses (en mi caso a los tres meses hasta que a los 25 la madre, en una visita se la llevó) Con esto le digo que hay otras opciones mientras no haya sentencia judicial y que si acepta la situación que actualmente tienen Vd. y su hijo el juez considerará que es lo que desea.

En cuanto a pagar la hipoteca, ninguna ley le obliga a pagar si es que no puede (que por lo que dice pagar implica una "vida muy estrecha viviendo en una vivienda compartida disponiendo sólo de una habitación y m3nos de 300€ al mes") Es su decisión, y estrategia, decidir si paga la hipoteca y mal vive o si decide que pague en solitario la otra parte si es que decidió unilateralmente que el uso de la vivienda es suyo antes que un juez lo decida. En cuanto a pagar 150€ de alimentos, voluntariamente lo veo adecuado.

Es su decisión si desea crear patrimonio para su hio y madre malviviendo Ud. puede que esté acabando de pagar la hipoteca y le compense...Pero el dinero que "tire" ahora nadie se lo va a valorar aunque acepte quejarse ahora de su suerte de padre y económica y seguir haciendolo toda la vida en el mismo grado, o mayor, si la madre tras unas medidas provisionales decide "torear" la situación alegando que el menor no se adapta a las visitas, o que llora antes o tras volver, o que Vd. no va a la recogerla (a no ser que lleve testigos de que va) o...

Su decisión es suya, aunque si quiere puede delegar en su abogado.
30/05/2010 20:23
José Ramón, la opción que le ha dado su abogado no es la "clásica", es la única posible cuando la otra parte impide las visitas, así que no entiendo que indiques otras posibilidades que no existen legalmente cuando no hay acuerdo entre las partes al respecto. Dará la sensación a Esau de que su abogado le está ocultando algo o que no le está asesorando correctamente cuando no parece ser el caso. Por otra parte, el impago de la hipoteca, si aún queda mucho importe por pagar, sólo puede traer como consecuencia la pérdida del piso y que la deuda persista pese a ello, así que no me parece muy recomendable dar ese consejo.
Esau, me temo que se está calentando la cabeza en exceso y va a conseguir llevar peor el trance de esta manera.
Un saludo.
30/05/2010 20:52
Nuria M.G., Vd. da su opinión, que lo lógico es que acepte ser no custodio, pagar 50% de hipoteca (aunque ello hipoteque su vida económicamente), que pague una pensión de alimentos y espere a que un juez decida que, ya que eso es lo que hace de grado, lo mantenga hasta que el hijo sea independiente económicamente, si acaso incrementando la pensión "algo" y añadiendo unos gastos extra (mas o menos según los especifique o no el auto o la sentencia y la otra parte los solicite y presente adecuadamente al cobro). Eso sí, si la madre quiere, seguirá impidiendo las visitas tras dictarse medidas provisionales durante meses o años (el juez ni el auto ni sentencia no le garantiza que eso no pase) También, de encontrar trabajo y cobrar más que actualmente deberá afrontar, si la otra parte así lo decide, una modificación de medidas donde casi con toda seguridad aumentará la pensión de alimentos ya que el juez concluirá que si es capaz de vivir con menos de 300€ al mes ahora lo podrá seguir haciendo si gana mas, y deberá pagar el abogado y procurador (porque no tendrá derecho a justicia gratuita)

Sí, es de entender que esto se lo explicó su abogado, detalladamente, como hacen generalmente todos, y Esau decide que como no hay otra opción esa es la que debe aceptar.

Por contra, cuando una de las partes decide forzar la vía contenciosa (anexionándose la vivienda común desde el principio, suponiendo que esa medida de hecho consumado será aceptada por la otra parte y por ello mandado por el juez, anexionándose el hijo común considerándose que tiene derecho a decidir que no trate con la otra parte, porque seguramente le dirán que no hay otra opción, y pagará hipoteca, pensión de alimentos, gastos extra porque conoce la responsabilidad de la otra parte que refuerza su pretensión y la decisión judicial) hay dos opciones, o sumisamente aceptar la estrategia de quien fuerza la situación o buscar fórmulas para evitarla:
- cuidar al hijo en solitario, incluso sin consentimiento, incluso con la oposición de la otra parte.
- Dejar que la otra parte asuma el pago total de la hipoteca ya que ella decide quien debe abandonar la vivienda y quien disfrutarla (la pérdida de la vivienda será un mal menor si la otra parte no la paga ella sóla frente a pagar 500€/mes durante quince o veinte años y no poder utilizarla, la otra parte puede comprar el otro 50% o vender ambos si es que ella sola no puede pagarla o es razonable y entiende que no es lógico que quien fue forzado a abandonarla malviva en una habitación y con menos de 300€/mes para todo)
- Preservar, en todo caso, todo el mas dinero que pueda (impagando hipoteca desde que es expulsado de la vivienda pero sí pagando alimentos) para tener unas condiciones dignas personales, de vivienda y sociales para ofrecérselas a su hijo.
- etc.

Entiendo que un abogado no debe explicar a su cliente nada mas que "te pilló por comprar vivienda, residir en ella en pareja, tener un hijo y tener mentalidad de responsable y protector de la madre de tu hijo"
30/05/2010 21:53
No, no doy mi opinión personal José Ramón, si mi opinión legal que es muy diferente. En absoluto he dicho que acepte ser no custodio, pero el bebé de 6 meses es difícil que se lo den hoy por hoy al padre, puede optar por luchar por la guarda y custodia, pero será difícil que la consiga a tenor de la pacífica jurisprudencia existente al respecto. Algún día cambiará, por supuesto, pero es una posibilidad, no una realidad, que es lo que hay que exponer, la realidad. En cuanto a la hipoteca, por supuesto que debe pagar la parte correspondiente puesto que de lo contrario, se encontrará sin la propiedad (con independencia de quien tenga atribuido el uso y disfrute de la misma) y con deuda, deuda que en el momento en que mejore de trabajo, conseguirá que su nómina sea embargada. Por tanto, no es la mejor solución, si la más práctica para no meterse en una deuda de tal calibre que sea incapaz de pagar los próximos años. El ir descargando la hipoteca, le asegura una mejor posición el día de mañana para poder vender el piso e incluso, dejar de pagarlo si no puede. Si la deuda de la hipoteca queda igualada al valor por el que se va a adjudicar esa vivienda en subasta pública, se queda sin deuda. El resto es malinterpretar lo que he dicho y hacer demagogia pura y dura, JOsé Ramón. La vida, no es justa.
A un cliente se le dice lo que hay, no lo que quiere oir, al menos, yo.

Y si como dices eso le explicó su abogado, es lo que tiene que hacer por su cliente, y no meterle pájaros en la cabeza o ponerle todo la mar de viable y bonito para que luego, se estrelle cuando las cosas no salgan como se le dijeron.

La otra opción es por supuesto no seguir las indicaciones de su abogado, acudir a casa de la abuela, arrancarle a la niña de los brazos (única alternativa que veo a la negativa de ver a la niña, ya que no teniendo visitas, mal puede tener consigo a la menor) o no pagar la pensión y acabar en un calabozo. Y en cuanto a la hipoteca, no pagarla y tener más dinerito en el bolsillo a corto plazo pero endeudado hasta las cejas y por supuesto, con un embargo sobre la nómina porque este señor, gana más del salario mínimo por lo que por encima de esa cantidad, podrá embargarlo el banco.

En fin, que no comparto en absoluto los consejos que estás dando en este post, sin perjuicio de que considero injusta la situación que viven la gran mayoría de los no custodios varones.
Un saludo.
31/05/2010 04:29
Nuria M. G. considero que da su opinión, si es abogada será legal, pero sigue siendo su opinión, a no ser que haya estudiado en detalle el caso con el consultante, cuestión que desconozco.

Imaginemos, una persona va al médico, le detectan una dolencia grave, es de entender que el médico le explique las distintas opciones que hay y las consecuencias de cada una, es de esperar que no le diga que esta grave y le expida un certificado... Una persona va al asesor fiscal, le explica las distintas opciones y las consecuencias que de cada una deriva, es de esperar que no le diga como ganas dinero debes pagar y no le explique como actuar para desgravar. Por tanto, es de entender que cuando una persona va al asesor legal reciba información de las distintas opciones y las consecuencias y no que le diga acepta las imposiciones o pretensiones de la otra parte, sin mas.

Por poner un ejmplo, no pagar la hipoteca el consultante varios meses no implicará ninguna consecuencia él a nivel legal, simplemente la madre deberá asumir el pago al completo, si puede, y si no sabe si esa situación perdurará mucho tiempo ni tampoco si la otra parte llegará a dejar de cobrar prestación por desempleo sin encontrar trabajo es probable que busque negociar. Si la negociación es fructifera puede que consiga ver a su hija. Decidir el impago de la hipoteca "para siempre" y su conveniencia dependerá del tiempo que haya transcurrido desde su contratación, del que falte para amortizarla, de la mentalidad de quien se plantea analizar si debe o no pagarla...

Por otro lado, lo que le podrían embargar de una prestación de 900€ serían 180€, de un sueldo de 1800€ podrían embargarle 480€. La decisión debe ser del interesado, pero la información puede ser conveniente tenerla, sea "legal" o de "aficionado", la información, y recibida en un foro o por el abogado contratado (y si es de oficio idem, que cobra del ministerio de justicia u organo competente autonómico, poco, pero ese no es problema del administrado o cliente)
Ahora, si los abogados lo que deben decir es te " tiene pillado la otra parte" y haz esto, y el cliente queda convencido, ambos contentos, el abogado no trabaja, sólo hace el trámite que la ley exige y el cliente... a pagarle por el trámite, como si realmente lo hubiera asesorado y defendido sus intereses y los de su hijo.
31/05/2010 05:00
Ah, que normalmente no se conceda la custodia de un bebe de 6 meses, ni de un adolescente de 17 años a un padre no implica que este "pueda darle un homenaje de custodia de hecho al hijo" hasta que el juez decida lo de siempre... o decida no variar la situación de custodia (con seis meses, seis años o dieciseis) Pues si no se fuerzan situaciones para negociar en niveles generales y de caso particular, ni los abogados informan, no se como va a llegar el cambio que comenta sería de desear...

Ah, si el abogado no le informa al consultante que puede custodiar de hecho al hijo... ni como puede forzar negociar...malamente el consultante la recogerá de casa de la abuela materna, ni de la que fue su domicilio, ni de ningún lado...
31/05/2010 05:43
Corrijo: Por otro lado, lo que le podrían embargar de una prestación de 900€ serían 90€ aprox, de un sueldo de 1800€ podrían embargarle 390€ aprox

31/05/2010 08:57
A ver si nos queremos enterar... este señor ha dicho en todos sus post que se le prohibe ver a su hija, por tanto, ni custodia de hecho ni nada que se le parezca porque no tiene acceso consentido físicamente a la menor, por tanto, mal puede custodiar nada hasta que un juez autorice a ello mediante una resolución judicial. En consecuencia, Esau no tiene otra opción que esperar a poder ver a su hija. Basándome en esos datos, no necesito ningún otro para asesorar en el sentido indicado, y lo mismo en el tema de la hipoteca. Podemos imaginarnos lo que nos parezca, pero este señor expuso hechos concretos y son en los que me baso.
Forzar determinadas situaciones económicas que pueden derivar en ruina total, es lo que me parece un consejo irresponsable, si bien cada uno es dueño de opinar como quiera. El problema del embargo del salario para el pago de la hipoteca, es que no exime del pago de los alimentos. Si deja de pagar la hipoteca y se acredita, pueden fijarle una pensión de alimentos más alta sobre los ingresos brutos y no pudiendo descontar ese pago, puede encontrarse con mayor pensión alimenticia y el embargo de todas formas, con lo cual... le quedará aún menos dinero para afrontar sus propias necesidades. De unos ingresos de 900 euros, le pueden embargar el 30% sobre la diferencia entre el SMI y el resto, es decir, más de 90 euros. La diferencia entre una opinión y otra es que si yo aconsejo eso, incurro en negligencia profesional, y si lo aconseja otra persona en un foro, el problema lo tiene quien ha decidido aceptar dicho consejo.
Si la respuesta a la falta de sentido común de la madre es actuar de la misma manera, Esau debe prepararse para más pleitos, algunos de ellos, penales.

Un saludo.
31/05/2010 09:20
De mis 973 euros, ya paso 550 euros (mitad de la hipoteca) y 150 euros de manutención de la niña (me encantaría pasarle 1.000.000 euros pero no puedo) hasta que un juez determine la cantidad exacta!

Mas no puedo hacer!
31/05/2010 09:31
Pues ahí algo que no me cuadra, ¿quien le impide ver a su propia hija? si es una sentencia, sera por algo que se me escapa de comprender¿?; si es su futura ex mujer, pues eso no tiene sentido, pues tanto derecho de ser padre tiene el como ella de ser madre y nadie tiene el derecho a prohibir SUS derechos al otro.
31/05/2010 09:34
Es que por esa regla de tres, un día llegas a casa y te dice
tu todabia marido o mujer...Ya no puedes ver a los niños,
y tu dices bueno como tu lo dices, pues ni los miro.

Eso como poco sale a absurdo
31/05/2010 09:35
A ver esperanzafutura, mi hija está en casa de su madre mientras ella trabaja, que hago??? No puedo forzar la puerta de su casa! Aqui hay un vacio legal bastante importante!