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¿Se pueden negar a darme información escolar sobre mi hija?

28 Comentarios
Viendo 21 - 28 de 28 comentarios
29/12/2009 11:45
Nereiyo no lo consienta ni un dia más vaya a hablar con el inspector de educación al que pertenece el colegio de su hija.

La verdad es que esta directora parece no tener ni pajorera idea de a lo que está obligada por ley, eso de en este colegio las normas las dicto yo no se lo cree ni ella, el colegio no es suyo.

Haga escrito o hable con el inspector como le sea más cómodo, creo que con hablar será suficiente para que reciba el toque que merece y si no lo recibe que me extrañaria mucho escritos a donde haga falta.

Un saludo.
29/12/2009 18:51
La directora de ese colegio tiene una actitud autoritaria, machista y discriminatoria.
Autoritaria porque la norma que habla de la información a padres divorciados no la confecciona ella ni puede actuar en su contra porque tiene rango superior a las que el consejo escolar pueda dictar.
Machista porque con su actitud establece que para cuestiones educativas de los hijos está únicamente la madre de estos.
Y discriminatoria porque aún sabiendo que está obligada a informar también al padre, se niega.
En resumen, está señora no está preparada para su cargo y a lo sumo podría desempeñar labores de cuidados de los alumnos en el patio del recreo.
Pedro Cruz Montesdeoca - Gran Canaria -29 de Diciembre de 2009
29/12/2009 19:09
La petición por escrito de la información al colegio, además de ser un derecho, es importante para acreditar que uno se toma interés por el menor. Llegado el caso de que se cuestiones dicho interés, los papeles hablan, amén de que en caso de denegación, la dirección puede incurrir en responsabilidad.
Un saludo.
30/12/2009 09:49
Estoy totalmente de acuerdo con pedrocruz, porque ha sido exactamente con la actitud que ha actuado.
Decir también , ya que Samaruc hace mensión de ello, que no quisieron poner a la solicitud que presenté un numero de registro de entrada pues la señora directora dice que sólo los usan para papeles internos u oficiales del colegio.
Vinzza, en la solicitud , en primera página aparecen citadas algunas, diría bastantes leyes que sustentan lo que yo estoy solicitando (información).
Pues bien esta señora ojeó los papeles , pues mi familiar le preguntó que si no los iba a leer, y en ese momento sólo los ojeó y soltó lo de que aun así ella tiene sus normas...
A mi lo que no me cabe en la cabeza es para que me pide tantos papeles, si para ella sólo le interesa el si o no de mi ex-.
Y también tengo que decir, que siento un poco de miedo por lo que pueda llegar a pasar, ya que estuvo preguntando que niña era, y si ella de daba clases, ya que no se si podrá tomar alguna represaria con ella, porque hay de todo en esta viña del señor.
Gracias por los apoyos
30/12/2009 10:05
Nereiyo, si no le dieron registro, ni tiene cuñada con el sello el escrito, entonces no podrá acreditar nada.

Tendrá que coger y remitirlo denuevo al colegio, vía burofax, y simultaneamente le recomiendo que dirija el escrito a la inspección educativa, indicando que no le han querido admitir su escrito y lo manifestado por la directora.

En cuanto a las represalias con su hija, sería de una mezquindad extrema y de irresponsables si lo hicieran. Ese miedo, por el bien de su hija, no debe pararle a usted los pies, en la defensa de los derechos de su hija a tener un padre también informado. La educcación es cuestión de patria potestad, no de custodia, como muchos "profesionales de la educación" creen.

Su ex, no tiene que dar consentimiento, no es la administradora de los derechos de nadie. Como mucho el colegio, puede dirigirse a ella, para cotejar o comprobar que la sentencia que usted aporta es la última y no hay ningún pronunciamiento posterior que limite el ejercicio de la patria potestad.

Si el colegio es concertado y el ideario cristiano, le recomiendo que se lo lea, y la próxima vez, les azota verbalmente con su propio ideario.... suelen agachar la cabeza de verguenza, se lo digo por experiencia.

No se desanime y adelante.
30/12/2009 10:34
Si cuando solicitas información al colegio presentas TESTIMONIO DE SENTENCIA", no tienen porqué consultar nada al custodio, pues el testimonio de la sentencia (que se solicita en el juzgado donde fue emitido el fallo), da fe de que es la última sentencia dictaminada. El propósito de la remisión de la información aportada por el no custodio, al custodio, es para comprobar que sea la última sentencia y para ver si este tiene argumentos por los cuales no se deba entregar información al no custodio. Indudablemete todo esto es de risa y discriminatorio, pues convierten al custodio en autorizante de los derechos del no custodio. Lo que tendría que hacer el colegio es consultar al juzgado.
Puro dislate.
Pedro Cruz Montesdeoca - Gran Canaria - 30 de diciembre de 2009
30/12/2009 14:44
Hola:

Totalmente de acuerdo con Samaruc. Para empezar, Nereiyo, la experiencia demuestra que en la relaciones con la administración, sobre todo en estos temas, papelito manda. Si no le han dado entrada al escrito de forma oficial, a lo cual tiene total y absoluto derecho, es como si no hubiera presentado nada, seguramente esté en la papelera a estas alturas. Presente de nuevo el escrito en el centro, si insisten en no admitirlo, preséntelo en Inspección Educativa, de forma oficial siempre: sello, fecha, firma y número de registro de entrada. Deberá ser contestado de igual forma: sello, fecha, firma y número de registro de salida.
Personalmente soy más drástico, ante semejante “cachondeo”, lo hice en una ocasión, llamo “in situ” a la policía para que haga acto de presencia. En aquél caso todo fueron disculpas después.
En mi opinión, ya de por sí semejante actitud puede ser constitutiva de un presunto delito de los recogidos en nuestro Código Penal, artículos 511 y 512:

“Artículo 511

1. Incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro

meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres

años el particular encargado de un servicio público que deniegue a una persona una

prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su

pertenencia a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, SITUACIÓN FAMILIAR, enfermedad o minusvalía.


2. Las mismas penas serán aplicables cuando los hechos se cometan contra una

asociación, fundación, sociedad o corporación o contra sus miembros por razón de su

ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una

etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, SITUACIÓN FAMILIAR,

enfermedad o minusvalía.


3. Los funcionarios públicos que cometan alguno de los hechos previstos en este Artículo,

incurrirán en las mismas penas en su mitad superior y en la de inhabilitación especial

para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años.


Artículo 512.


Los que en el ejercicio de sus actividades profesionales o empresariales denegaren a una

persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o

creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual,

SITUACIÓN FAMILIAR, enfermedad o minusvalía, incurrirán en la pena de inhabilitación

especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio, por un período de uno

a cuatro años.


Como puede observar la comisión de este delito está referida tanto a funcionarios públicos como a particulares, es decir, da igual que sea un centro educativo público o privado. Como cualquier delito es perfectamente denunciable en cualquier dependencia policial o en el Juzgado de Guardia.

Todo ello sin perjuicio de las actuaciones que puede realizar ya ante la Inspección Educativa y, transcurrido el preceptivo plazo, desde que se puedan constatar hechos de forma fehaciente, ante la Agencia de Protección de Datos.

Jamás dé un paso atrás en la defensa de los intereses y derechos de su hija ni de los suyos propios. El que pudieran tomar represalias, aparte de mezquino, como indica Samaruc, me parece muy
30/12/2009 14:45
improbable. Se puede ser mezquino pero no tonto, o tonta, en este caso. Vamos, sería rizar el rizo, no sé si con nocturnidad pero si con alevosía, pues se vendría a incurrir de nuevo en la comisión del delito expuesto: Discriminación clara por cuestiones de SITUACIÓN FAMILIAR. Aunque es muy cierto que, en muchas ocasiones, se juega con esos temores infundados. Soy de los que piensa que jamás hay que agachar las orejas frente a aquellos que delinquen y se lo dice alguien que siempre demostró el movimiento andando y que ha estado casi tres años enfrentándose a delincuentes pistola en mano, sin ser policía, pero al amparo de la misma y de la ley.

Por lo que respecta al pretendido permiso de su ex, como también le indica Samaruc y yo mismo le indiqué, no existe tal. Si es cierto que la directora habrá de poner en conocimiento de su ex tales circunstancias, se recoge en el respectivo protocolo, pero tan sólo al efecto de que pudiera ejercer oposición sustentada, presentando el correspondiente pronunciamiento judicial indicando que usted no tiene derecho a dicha información. Es de entender que el plazo máximo para que su ex ejerza esa oposición sería, a lo sumo, de un mes, es decir, estaría incluso dentro de ese tiempo prudencial exigido por la Agencia de Protección de Datos. Usted, más allá de presentar el respectivo convenio de separación o divorcio, identificarse y acreditar que es padre de la menor, no tiene mayor obligación, usted no tiene que demostrar su inocencia, en todo caso sería su ex quien deberá demostrar su culpabilidad. Todo lo demás son cánticos milongueros de esa directora y su coro de ángel-ex.

Por cierto, no se quede jamás en solicitar información solamente, sus derechos, y obligaciones, son mucho más amplios y se resumen en su derecho a participar en todo el proceso formativo de su hija, de forma activa, entrevistas con tutores o profesores, control sobre los contenidos que se le imparten, que se le solicite permiso para realizar actividades escolares de todo tipo, por ejemplo, excursiones y visitas, derecho a pertenecer al AMPA, votar en las elecciones al Consejo Escolar y un larguísimo etcétera.

No le deseo suerte, pues aquí la suerte nada tiene que ver, sino un accionar firme desde el conocimiento de causa. El principal actor de ese accionar firme es usted y por lo que respecta al conocimiento de causa, para eso estamos casi todos los que andamos por estos foros, cada uno con su pequeña, como la mía, aportación.

Feliz Navidad y un Próspero, y más justo, Año Nuevo.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
31/12/2009 09:24
Disculpadme, pero creo que a lo mejor no me he expresado bien y me habeis entendido otra cosa.
El colegio si me recogió la solicitud, con sello , fecha y firma, pero se negaron a darme número de registro de entrada.
Con respecto de la autorización de mi ex-, lo que me molesta no es que se lo notifiquen a ella o que le pregunten, me da exactamente igual, es el porqué me lo exigen a mi, que sea yo el que les de un escrito con el permiso, cómo si les costara trabajo cojer el telefono y llamarla.
Emigrante he presentado toda la documentación con todos los contenidos, tal cual usted me la pasó, solicitando también todo lo que ha expuesto en el anterior post.
Bueno , sólo me queda decir que voy a esperar un mes o un poco más ya que también han cogido vacaciones y tendría que tener en cuenta estos días.
Gracias a todos/as y también que tengais una feliz entrada de año nuevo. Felicidades