Claro. Todo es embargable. La legitima significa que tiene derecho al mínimo que le concede la ley, pero son bienes, y por lo tanto perfectamente embargable por parte de los acreedores.
No solo eso: el acreedor tiene derecho a sustituir al heredero, exigir la partición de herencia y cobrarse directamente de lo que se adjudique, hasta el importe íntegro de su crédito.