No solo eso: el acreedor tiene derecho a sustituir al heredero, exigir la partición de herencia y cobrarse directamente de lo que se adjudique, hasta el importe íntegro de su crédito.
Claro. Todo es embargable. La legitima significa que tiene derecho al mínimo que le concede la ley, pero son bienes, y por lo tanto perfectamente embargable por parte de los acreedores.