Hola:
Una persona muere sin descendientes directos y sin testamento hace 2 años.
-¿A partir de que tiempo el estado puede quedarse
con sus bienes?
-¿Podria un familiar colateral reclamar esos bienes?
-Si es asi ¿el estado responderia con todos los bienes , o solo con los que tuviera en su poder?
Gracias
El orden sucesorio, en el Derecho común es(entiendo que no estamos en el supuesto de vecindad en un territorio con Derecho foral o especial; en caso contrario, indíqueme la vecindad civil del causante para poderle ayudar):
1º.- Descendientes. No hay en este caso.
2º.- Ascendientes. ¿Hay o no vivos?
3º.- Cónyuge no separado judicialmente o de hecho. ¿Hay o no en estado de vivo?
4º.- Hermanos. ¿Existen?
5º.- Hijos de hermanos. ¿Hay?
6º.- Demás colaterales hasta el cuarto grado (primos). ¿Existen estos parientes?
7º.- A falta de todos los anteriores, heredaría el Estado.
Este orden es subsidiario, es decir, a falta del primero heredará el segundo y así sucesivamente.