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rebajar la pensión de alimentos de mi hijo

27 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 27 comentarios
Rebajar la pensión de alimentos de mi hijo
06/02/2009 20:41
Deseo pediros vuestra opinión para saber si puedo hacer algo para rebajar la pensión de alimentos de mi hijo. Le paso en la actualidad 1033 €, estoy pasando la pensión de alimentos desde hace 17 años, empecé pasándole 625 € (104.000 pts) representaba más o menos el 48% de mi sueldo así ha ido subiendo hasta situarse en la cantidad actual, case por segunda vez y el matrimonio ha fallado de nuevo 1ª causa claro por motivos económicos, a mi ex mujer actual o 2ª le paso 400 € de alquiler de mi vivienda pago 445 durante estos 17 años con el sueldo al 50% casi, pues no nos llegaba, siempre he vivido de alquiler porque no me llegaba para otra cosa, la forma era lógicamente recurrir a préstamos en la actualidad llevo cuatro mese que no he podido pasarle toda la pensión a mi hijo le he pasado 500, 500, 250 y 350 € este último mes, mi hijo tiene 26 años, termino el bachiller con 24 años, se ha presentado dos veces a dos oposiciones pero solo para justificarse el cobro de la pensión a tenor de las notas obtenidas en cada convocatoria, mi abogada prepara una demanda para revisión de tan exagerada pensión, además me van a embargar la pensión por falta de pago de un préstamo que lo tengo atrasado en 3 meses, por lo que me veré en la indigencia seguro porque no tengo donde ir, cobro una pensión por de 2441 por enfermedad sin posibilidad ninguna de trabajo claro, pago 1033 € de pensión de alimentos 400 a mi ex 445 de vivienda más agua luz y telf. mas los prestamos que he tenido que ir pidiendo para mi subsistencia, ¿ qué posibilidades de rebajar la pensión de alimentos tengo y que me puede ocurrir por pasar la pensión parcialmente?. Muchas gracias
06/02/2009 23:42
Debo estar espesa. ¿Lleva Usted 17 años pagando 1033 euros a un hijo que dice que tiene 26 años ?
y que a su ex mujer le "da"445 euros desde hace el mismo tiempo ?
Disculpeme, pero les está Ud. cebando.
07/02/2009 16:17
no me refiero a la madre de mi hijo, los 400 € son de mi segunda esposa que debido a las calamitosa situación económica generada por la pensión abusiva de mi hijo como 1ª causa tb hemos roto con el matrimonio y a mi hijo comenze pasando 625 € engañado por el abogado que cogimos cuando la separación de la madre, (de mutuo acuerdo) luego con las revalorizaciones anuales que eran iguales a los convenios colectivos que el ramo al que pertenecía yo subiese el salario, así se le subía al niño hasta situarse en la cifra actual, esta cantidad se mantiene desde 2006 que fue cuando me retire por enfermedad permanente absoluta
07/02/2009 16:31
Yo, disculpeme, no entiendo que siga manteniendo, a su hijo, un hombre de 26 años, pero tampoco entiendo el pago de 400 euros a su segunda esposa.
Saludos
07/02/2009 17:20
Hola, Extremeño:

Me indignan sobremanera los casos en los que uno u otro, o los dos progenitores se desentienden de las obligaciones como tales frente a sus hijos, pero también me indignan casos como el suyo, pues, en mi opinión, le están tomando el pelo, disculpe usted que se lo diga tan claro.

Si el “niño” ha acabado bachiller a los 24 años esto ya es de por si indicio suficiente de que su “ratio” académico deja mucho que desear, ahora se nos presenta a oposiciones, quizás mañana decida estudiar una carrera, con lo cual, en función de ese aprovechamiento escolar, no creo que se licencie hasta los 45 años. Nada de extrañar para quien, con semejante pensión de alimentos, muy parecida a la de millones de mileuristas que se levantan a trabajar todas las mañanas, parece querer perpetuar la situación.

Su “niño” no es un niño, tiene 26 años y capacidad suficiente para buscarse la vida como cualquier hijo de vecino.

Espero que su abogada no esté revisando la pensión, sino solicitando su extinción, porque, en caso contrario, con las debidas reservas, intuyo que hasta ella se esté riendo de usted. ¡Por Dios! Recuerde que el que paga, manda y que su abogada es un trabajador contratado por usted y a su servicio. Cambie de letrado si es necesario.

En mi opinión, existe base legal suficiente como para solicitar la extinción de la obligación de prestar alimentos. Hay jurisprudencia, sentencias, indicando claramente que las pensiones de alimentos no son para vagos.

Hasta intuyo una cierta posibilidad de revisar esa pensión compensatoria que ha de pagar a su segunda ex esposa.
Reaccione hombre, no deje que le esquilmen de esa manera, porque si no reacciona se verá, efectivamente, en la calle.

Un cordial saludo
07/02/2009 18:12
Gracias por sus ánimos "emigrante" pero para detrás ya es hasta algo tarde porque tres revisiones de pensión que demande durante estos 17 años, las tres me las han denegado incluso cargándome en costas en ellas, para colmo, en la última tenía 23 años y repetía por segundo año dos asignaturas y la juez me contesta que el "niño" estaba en plena formación y han conseguido comprar dos casa entre otras cosas con el trabajo también de mi hijo clandestinamente sin dar de alta en la seguridad social y yo por no poder comprar he tenido que vivir siempre de alquiler, llegando a cobrar 1 pts en una ocasión y 1 € en otra además de llegar a cobrar menos de lo que costaba el alquiler, como consecuencia vivir a base de préstamos y ahora tengo un préstamo impagado en tres cuotas y la entidad me ha comunicado por telegrama que me embarga la pensión que dicho sea de paso es lo único que tengo, la abogada por otra parte se retrae de interponerla demanda por miedo a no cobrar los honorarios aunque no me ha dicho nada de eso, pero lo intuyo me veo en la más grande de las indigencias.
07/02/2009 18:36
O cambia Usted de Letrada o recusa a la Magistrada o siga pagando. Es su decision, claro
07/02/2009 19:02
No es tan facil recusar a la magistrada, cambiar de abogado si pero a cualquier abogado que le digas que si no ganas esa demanda no le puedes pagar te dice que no lleva el caso pero como comprenderas mo es mi gusto seguir pagando esa cantidad ni ninguna otra dado la edad que tiene para trabajar, aunque yo no me negaria a colaborar en momentos puntuales como todos los padres.
07/02/2009 19:04
lo de esa magistrada es absurdo, es una pensión exagerada, ¿tiene discapacidad médicamente reconocida su hiji, que justifique tal cantidad de gastos?
07/02/2009 19:29
No, afortunadamente no tiene ninguna discapacidad medicamente reconocida, pero para mas lindeces la señora magistrada me dijo tb entre otras lindeces que eos era una cuestion de administración domestica y claro mi hijo que no copia otras cosas, esa si la copió y la ultima vez que le suplique que medejara respirar que estaba bien y que yo creia que deveria ponerse a trabajar sabiendo como estoy fisica y economicamente, me dijo que me administrara mejor y que dejase de pensar tanto en mi, sinceramente de me desespero.
07/02/2009 19:57
Cuéntanos como te queda el asunto, pero vamos, teniendo embargos, deberían concedertelo.
07/02/2009 20:06
Siento decírselo, pero tiene Usted un hijo "chupóptero"...
07/02/2009 22:15
De todas formas, estaba pensando que haria yo...con los datos que proporciona... ¿Que quieren seguir "sangrandole" ? Hay un refran muy majo: Quien quiera peces que se moje el cu... deje de pagar y que le denuncien o le demanden, si mejor que le demanden que al menos se gastaran los cuartos...
Eso haria yo, total de perdidos al rio...
Suerte
07/02/2009 22:26
No haga caso a ese consejo, si deja de pagar, cuando le demanden para reclamarle lo adeudado, le harán a usted pagar las costas del procedimiento más la deuda.
07/02/2009 22:33
Señor Extremeño, intentelo, deje de pagarles a ver si no sienten ergueza al demandarle. En caso que asi fuera y tuvieran el morro de pedirle dinero, cuando le den traslado de la demanda, dice que si que en efecto que se le ha olvidado pagar,consigna ante el Secretario y ni costas ni juicio ni nada.
07/02/2009 22:37
Gracias por su respuestas a todos, pero me gustaria que me dijeran que me puede pasar por haber pasado estos 4 meses ultimos solo parte de esa mensualidad por este orden 500,500,250 y 350 porque materialmente me ha sido imposible
07/02/2009 22:41
Pues si le ha sido imposible y mas teniendo en cuenta la edad de su hijo, que puede pasarle mas, hombre de Dios ?
07/02/2009 23:52
Hola Exctremeño,

Puede usted tranquilizarse, el impago de la pensión de alimentos sólo es constitutivo de infracción penal cuando pudiendo abonarla, no se hace voluntariamente, cuando no se puede -y se acredita- no existe ilícito penal.

En mi opinión debería solicitar extinción de la pensión de alimentos.

Los 400 € que le pasa a su segunda esposa ¿es una pensión compensatoria? si es así, imagino que será temporal ¿no?.

Animo, le deseo suerte.

Un saludo,
08/02/2009 00:35
No "katia" la abogada que redactó el convenio regulador, que fué de mutuo acuerdo no pidió la temporalización aludiendo que como tenia 53 años (ahora tiene 54) la juez no lo iba permitirlo por la dificultad de encontrar trabajo
08/02/2009 11:34
Extremeño,

Parece que le exprimen a usted por todas partes, ese Convenio Regulador entiendo que ya se ha ratificado y existe sentencia firme ¿verdad? su segunda esposa ¿no ha trabajado nunca? ¿cuánto tiempo estuvieros casados?

Realmente si realizan un Convenio Regulador de mutuo acuerdo, estableciendo esa pensión compensatoria, no le va a quedar más remedio que abonarla, siempre que pueda; en mi opinión, es posible que no recibiera usted un asesoramiento adecuado, cuando no se está de acuerdo con alguno de los puntos fundamentales del Convenio, en ocasiones es preferible recurrir a un contencioso y que el juez resuelva.

Reciba un saludo,