Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Quiere impedir la inst. ascensor.

25 Comentarios
Viendo 21 - 25 de 25 comentarios
23/04/2008 12:24
Muchísimas gracias, otro punto positivo para mi cuadrante, jeje.
perfil TN
23/04/2008 12:28
JVA229, con la ley en la mano no es como tú indicas, te aconsejo que leas el art. 11.4 de la LPH, verás que indica que se necesita el consentimiento expreso.

Otra cosa es las diferentes interpretaciones que hacen los tribunales, sobre todo las audiencias (que son las únicas que, de momento, han tratado el tema). La Audiencia de Sevilla, la aplicable en este caso, suele dictaminar que se puede colocar sin permiso, en caso de que haya mayores de 70 años o minusválidos y pagar una indeminización. La de Barcelona, por ejemplo, es al contrario, se inclina por no permitir la instalación si no se obtiene el permiso.

JVA229, desde luego el acuerdo que has obtenido es pésimo para tus intereses, deberías haber obtenido tanto la exoneración del pago como del mantenimiento, tenías la sarten por el mango en la negociación.
23/04/2008 12:52
JVA229, estoy deacuerdo con TN, pero bueno, yo os aseguro que mi disidente no se conformará con nada y todo será por encima de su cadaver, porque está mal del corazón y el tio no se evita de estos problemas... Ay dios mio! ¿como acabará esto?...
perfil TN
23/04/2008 13:15
Tampoco te preocupes, yo te explico lo que puede pasar, no lo que vaya a pasar necesariamente, simplemente debéis poneros en lo peor al analizar para saber por dónde irían los tiros y ver las opciones para evitarlo.

Yo negociaría, es lo que recomiendo siempre en estos casos y en casi todos se llega a un acuerdo, porque se evitan juicio que sólo salen caros y tardan tiempo en salir (desconozco el tiempo que se tarda en Sevilla, pero 3-4 años hasta la sentencia de la Audiencia no creo que os lo quite nadie y mientras no se resuelva, no se puede colocar).

Una cosa que recomiendo siempre es dejar el tema en manos de abogados, es un coste mínimo en comparación a la instalación y os puede evitar quebraderos de cabeza.
23/04/2008 13:20
Para TN: tienes razón, pero después de que los vecinos estaban detrás del ascesor desde hacía casi cuatro años, no llegaban a ninguna conclusión el administrador no ayudaba mucho y yo me tuve que trabajar todos los cálculos posibles, cosa que por más que le indicábamos al administrador que hiciera, no hubo manera, después de haberme leído y buscado todas las sentencias del Tribunal Supermo, buscado ayudas, subvenciones y, al final encontramos la subvención ideal: el 70% del coste total de la instalación del ascensor a las comunidades de propietarios, y conseguir que el administrador y el presidente convocaran una junta extraordinaria antes de que todo el mundo se fuera de vacaciones (junio-07), fue todo un triunfo. Piensa que nuestra finca es de antes de la guerra civil, fachada protegida por tener un edificio histórico enfrente, pisos por planta: 6 interiores + 2 exteriores en entreplanta y más grandes que el resto + coeficiente, total: 40. Si, como en un principio los pisos exteriores huvieran tenido que pagar 6000 euros cada uno por la instalación, que son las primeras cuentas que hizo el administrador allá por el año 2004, nunca se hubiera puesto. Sin embargo el que sólo paguen aprox 3000 euros y creo que no llegan está más que bien. Como bien dices, son las diferentes interpretaciones que hacen los tribunales y, por ello hay sentencias que avalan lo que he dicho y tú, por ser abogado deberías saber que la ley es como un "chicle que se estira a conveniencia de cada uno". No soy abogada, pero me he defendido en bastantes ocasiones por demandas que he interpuesto, he ido sin abogado y ellos con. Sabes, les he ganado. ¿Por qué?, simplemente he tenido todas las pruebas a mi favor, me he estudiado la ley tanto el código civil como el penal y les he rebatido. Muchas veces aunque tengas la sartén por el mango, para poner a toda una comunidad de acuerdo en algo tan importante es necesario perder un poquito y ganar un mucho.
Bien es cierto, que necesita el consentimiento expreso pero sólo por el simple hecho que para poder realizar las obras deben de pasar por su casa, ahora bien si tienen una ventana que da a ese patio, no se necesita mucho su consentimiento ya que el suelo y el vuelo pertenece a la comunidad. Por ese motivo he recomendado un dictamen técnico. La ley obliga a la comunidad a indemnizarle ya que le van a quitar unos pocos metros como mucho dos o tres, pero sólo si el resto de los propietarios quieren que quede exonerado de todos los pagos instalación, mantenimiento... pueden descontárselo de dicha indemnización. Es cuestión de negociación y, sólo por no volverle a oir es preferible perder un poquito.
Creo que eres una persona inteligente y con un toque de humor ácido (sobre todo cuando en el mismo tema os enfrentáis...), no sueles equivocarte, pero muchas veces hay que conocer el problema desde la raiz para poder aconsejar muy bien y sin errar, tu ego está muy alto porque eres bueno en lo que haces, pero a veces la humildad y la sinceridad, aunque no se gane siempre lo que uno quiere, es mucho mas reconfortante y dulce que el haber gando.
Llevo casi dos años leyendo en este foro y lo que he expresado en el párrafo anterior es como te veo. No es mi intención el ofenderte y si ho he hecho pido que me disculpes y, para acabar, con referencia a Barcelona, decirte que es totalmente diferente la operativa: primero presentas el proyecto, ten dan la subvención, pides los permisos y se vota en junta inclusive la Generalitat y algunos bancos tienen un acuerdo por el que facilitan con préstamos a la comunidad a pagar en veinte o veinticinco años para la instalación. Lo sé porque una de mis hermanas vive en Barcelona.
Sabes lo que no me gusta, es el utilizar este foro para este tipo de contestaciones. Si quieres que sigamos charlando te rogaría que lo hicieramos a través de mi e-mail: eviso229@gmail.com. Eso si tú quieres comentar algo.
23/04/2008 13:30
Como le he comentado, hacemos consultas a nuestro abogado y le tenemos ahí, él nos dice que para adelante con nuestro propósito de instalación, que si el disidente quiere denunciar a la comunidad que lo haga, pues será el disidente contra la comunidad... pero claro, nos enteramos de cosas y encima conocemos al individuo, pues.... Tambien tenemos el añadido de que si seguimos para adelante, ya tenemos que solicitar el prestamo bancario para adelantar al constructor el 15% que son unos 10.000 euros y éso crea un cierto desconcierto, pues sobre todo las personas mayores tienen ingresos muy bajos y les da miedo todo esto, y para que luego no se pueda poner.....