Buenas tardes, quisiera consultar con vosotros una cuestion que me trae de cabeza estos dias. Tengo un nuevo regimen de visitas en el que por fin puedo disfrutar de mi hijo entre semana, segun sentencia, todos los miercoles a la salida del colegio, hasta el siguiente dia lectivo que lo tengo que dejar por la mañana de nuevo en el colegio.
Llega el puente de diciembre del 6 y el 8 y con el mis dudas, yo recogeré a mi hijo el miercoles día 5 en el colegio, el jueves es festivo ( ha de estar conmigo ), el viernes es puente en el cole ( por lo tanto no es lectivo ) y ese fin de semana es de disfrute de la madre. Que día tengo que dejar al niño con su madre?, el jueves por la noche ?, el viernes por la mañana ? por la noche?
Gracias
Un saludo.
e.a.m, creo que si a ella le toca el fin de semana, deberás dejarlo el jueves por la mañana en su casa. y esta vez, ella disfrutará del puente. Lo siento. Aunque si os lo montais bien, podeis repartir los cuatro dias. Lo mejor, como dice loquillo es hablarlo con ella.
Hola loquillo, estoy totalmente de acuerdo contigo, no he deseado otra cosa desde que empezó este calvario, pero teniendo en cuenta que con la madre de mi hijo ni los bueno dias pueden ser cordiales, y contanto con que ya tiene varias condenas por incumplimiento del regimen de visitas, mi unica vía es la ley. Por eso me gustaria saber que es lo más justo para esos días en concreto y guardarme las espaldas de cara a ese momento, ya que este puente de todos los santos teniendo que estar el niño conmigo desde el día 31 al día 5 de noviembre segun la sentencia, ella ya está intentando recortar días.
Un saludo
si en base al nuevo régimen de visitas establecido tras procedimiento judicial y sentencia firme se dice eso, ¿qué dudas pueden caber?
aún así, dado que usted ha tenido que tener un abogado, ¿no cree que lo más conveniente y oportuno es que su abogado de confianza le asesore en todas estas cuestiones?
por mucho que le digan en un foro en base a lago que dice o en base a unos criterios que puedan tener, quizá no sea lo realmente correcto...
yo desde luego, si estaría en su caso ( y en la posición de otras muchas personas que preguntan en otros asuntos ), me asesoraría con un abogado de mi confianza.
Loquillo, Neula gracias a los dos, si, tengo sentencia firme, despues de 10 largos años luchando, he conseguido pasar de tener a mi hijo 2 noches al mes conmigo, a poder disfrutar con el incluso entre semana!!, gracias a esta sentencia mi ex puso más empeño en que no tubiera ningun contacto con el niño, aunque " por suerte " otros jueces la han condenado por los reiterados incumplimientos del regimen de visitas, la situación ha llegado a ser caotica. Ha sido a través de mi abogado que he sabido que ella ya está intentando fustrarme el puente del día 1, se que tengo todo el derecho, pero eso no le ha impedido el resto de ocasiones hacer lo que le ha dado la gana. Mirando hoy el calendario he visto los días de diciembre y como soy lector de este foro, y en muchas ocasiones gracias a los textos y opiniones de los participantes he podido tener otras perspectivas de casos similares al mio, he decidido hacer la consulta esta vez en mi situación particular. La duda que se me ha creado para los días de diciembre no es precisamente en si tengo que dejar a mi hijo con su madre el jueves ( festivo ) ese día tiene derecho a estar conmigo, es el viernes cuando tengo dudas.
Un saludo
le felicito si ha visto mejorada su stiuación respecto a su hijo.
no quiero que se me entienda mal... Usted puede preguntar donde y como quiera.
pero yo, hipotetizando, si estuviera en su situación y no fuera abogado, cuando mi abogado me comentara que ella está intentando frustarme el puente de Diciembre, yo le preguntaría además de qiue me explique qué es lo que está intentando hacer mi ex pareja..........: ¿qué hago, entonces? ¿cuándo debo devolver a mi hijo?
Mi abogado me respondería y yo haría lo que me dice.
Y si no tuviera confianza en lo que me dijera mi abogado, pues cambiaría de abogado.
y si mi abogado me recomendara que le notificara por escrito mis intenciones o hacer lo que fuera, lo haría.
aún así, sólo es mi forma de pensar y todo es más sencillo desde fuera.
Gracias uam yo tambien creo que seria la mejor opción y a ti Loquillo, te entiendo perfectamente, claro que cuando mi abogado me ha dicho que me está intentando fustrar el puente de Noviembre, he preguntado y se que derecho tengo y que hacer si ella incumple. Con referencia al de Diciembre que tambien ha salido en la conversacion, mi abogado me ha dicho que cuando se aproxime la fecha ya lo estudiaremos, cosa que entiendo tambien porque me consta el volumen de trabajo que tiene, eso no quita que debido a lo que hemos pasado ya, la angustia se haya apoderado de mi, no se que criterio tengo que seguir, pero tengo claro que si quiero ser lo más justo posible para con mi hijo. Está claro que ella va a intentar recortar al máximo mi tiempo con el niño y a mi me gustaria tener el máximo de ideas, argumentos y ejemplos similares que me pudierais aportar.
Un saludo
Entiendo su punto de vista, pero me es imposible no pensar que se precipita en preocuparse. Si ya tiene claro el de nov, disfrútelo, si imcumple la madre, tras comentarlo con su abogado, denuncie si procede... cuando su abogado le recomiende para el de dic. idem. No se planté espectativas a medio plazo, sabe que lo tendrá (y que la madre seguro que cumplirá aunque intente fastidiar discutiendo un día), creo que es mejor que su hijo tenga a un padre relajado que disfrutar un día que un padre agobiado por tener un día mas... Yo llevo mas de año y medio esperando una sentencia sobre custodia y alimentos... y procuro no desesperarme, que aún falta. No pretendo que se consuele con que otros están peor, ni mucho menos, simplemente pretendo transmitirle que es mejor estar un día con el hijo y dosificarse para seguir estando bien el siguiente que amargarse pensando si ese día uno u otro. Su hijo se merece un padre animado y positivo.
Animo y viva los dias con su hijo en positivo, presencialmente o no. Cuando surja un problema, si surje, actúe según recomendación de su abogado.
Yo creo que en lugar de dejar al niño en el colegio (por ser puente) ha de entregarlo a la madre el Viernes 7/12/07 con el mismo horario que dejaría al niño en el colegio o sino proponer a la otra parte otro horario de entrega para ese día en concreto, pero tenga en cuenta que ese fin de semana le pertenece a la madre.
Tendría que ir ella a recoger al niño el miércoles a la salida del colegio puesto que ese fin de semana le toca a ella, esa sentencia es igual que la que yo tengo desde noviembre de 2004, además así no tienes que ver a la "señora" para nada, y te alegraras, ya habrá otros puentes que te toque a ti con el crio, comentas tambien que hubo incumplimiento del regimen de visitas por parte de ella, lo mismo que me ocurrió a mi y hice que modificarán la sentencia mediante cambio de medidas. Y el juzgado modificó la sentencia y estoy super feliz porque yo a la madre del niño no la tengo que ver para nada.
Buenas tardes, ante todo muchas gracias a todos por vuestra opinión. Tal y como imaginaba, despendiendo del punto de donde se mire, hay varias opciones, para mi tambien es la mejor la del viernes, pero a ver a que hora!!, aunque me temo que mi ex intentará que sea el miercoles como dice Alfil, a ti en concreto me gustaria recordarte que hace muy poco que disfruto de este nuevo regimen de visitas y que durante 10 años, no he podido disfrutar de mi hijo ni un solo puente, de hecho ni un solo dia más de las 2 noches que marcaba la sentencia, mi ex no ha concedido nada ni aun pidiendoselo el niño. Ahora es verdad que lo recojo del colegio y lo vuelvo a dejar en el por la mañana, pero te aseguro que el hecho de tener que verla no me va a hacer renunciar a ningun dia de los que tengo derecho para disfrutar con el, han sido demasiados los que se me han negado hasta hoy. No es que pretenda yo hacer lo mismo, como ya dije, solo quiero ser lo más justo posible para con mi hijo.
Un saludo
e.a.m.
Usted dice: que segun sentencia estará con su hija todos los miercoles a la salida del colegio, hasta el siguiente dia lectivo que lo tiene que dejar por la mañana de nuevo en el colegio.
Haga exactamente eso aunque el fin de semana le tocara a la madre caso de no haber puente.
Recoja a su hijo en la escuela el miércoles día 6 y llévelo a la escuela el siguiente día lectivo que es el lunes 10. Haga eso si es que no existe otra cláusula en el convenio que lo impida. La circunstancia de que el fin de semana, caso de no existir puente, le tocaría estar con la madre no puede variar la cláusula que usted expone.
Si quiere ser justo con su hijo téngalo con usted hasta que le corresponda.
Buenos dias Cano!, te doy las gracias por tu contestación, ni se me habia pasado por la cabeza esa posibilidad, voy a mirarme con lupa la sentencia para ver si pone algo, pero creo que no, las anteriores si que eran más especificas con los fines de semana, pero claro, como yo apenas tenia derechos y siempre las de perder, a poco podia acogerme. Jamas se presentó una situación como esta.
Seguro que no estoy icumpliendo, aunque no diga nada en la ultima sentencia sobre los fines de semana?
Lo que si que tengo claro es que textualmente dice: que recogere al niño todos los miercoles a la salida del colegio y lo devolveré el primer dia lectivo a éste. Y tambien especifica los turnos de vacaciones, así como la ampliación de los fines de semana alternos, en los que recojo a mi hijo los viernes a la salida del colegio y tengo que llevarlo de nuevo el siguiente día lectivo.
Otra pregunta: Si esto es así y puedo tener al niño conmigo todo el puente, que pasará el siguiente fin de semana?? cambiará el turno??, le tocará a ella??
a mi de nuevo??
No se preocupe por lo que pasará el siguiente fin de semana...
Al siguiente fin de semana a su hija le correspondería estar con usted si es que en el convenio no se contempla, ni implícita ni explícitamente, la posibilidad de cambiar la cadencia de los turnos.
Si considerase que existe alguna duda derivada del texto del convenio, respecto del cambio de cadencia de los turnos, pacte acuerdo. De no existir acuerdo, y ante la duda, cumpla escrupulosamente con el convenio en el sentido que le indique y que usted lógicamente deduzca.
Es normal que en los convenios no se contemplen tidos los contratiempos o situaciones que puedan darse.
Mi posición sería la de ante una duda forzar la balanza hacia el interés de su hija que supongo consistirá en pasar el máximo de tiempo con usted.
Tenga presente que usted tiene la posibilidad de cumplir con la ley a "rajatabla", de forma literal, y que por hacer eso nadie podrá culparlo.
Revísese de forma concienzuda el convenio, y si en él no existe prohibición expresa y tácita para hacer lo que le recomiendo...hágalo si va en benefício de la relación de su hija con usted.
todo este debate y actuar de esta forma es el mejor sistema para que pueda haber problemas.
debe seguir EXCLUSIVAMENTE el criterio de su abogado y dejarse de hacer "investigación" y aún menos recibir consejos de personas que ni tan siquiera conoce ni sabe quiénes ( yo también me incluyo ).
Porque si confía más en personas que no conoce de nada y que le aconsejan en un foro abierto en vez de en su abogado de confianza (que es la ÚNICA PERSONAS que sabe exactamente cual es la situación, qué es lo que se ha establecido, cómo interpretarlo... ) , por mal camino va.
Y si no confía completamente en su abogado, cambie de abogado.
Pero nuevamente sólo expreso mi opinión y es usted libre de hacerme caso o no.
Creo que e.a.m. ya sabe lo que representan los problemas de no poderse relacionar con su hija.
Seguramente debería adoptar, a partir de ahora, una actitud firme y valiente que beneficiara la relación en contra de cualquier actitud pusilánime.
Multitud de abogados tienden a aconsejar evitar el riesgo de conflicto, pero entiendo que si esa actitud va en detrimento del derecho de su hija a la relación con su padre, el padre no debería aceptarla. Se supone que la hija ya ha sufrido demasiado la falta de relación. Y seguirá sufriéndola si no adopta una postura suficientemente activa.