El otro día, un amigo mío, cuya profesión es de policía, estaba realizando su servicio con toda calma, cuando una mujer que iba por la calle, al no percatarse de que el vehículo oficial había iniciado su maniobra marcha atrás, en un ataque de furia, les dijo, me cago en la madre que os pario. Mi amigo y su compañero escucharon este exabrupto, y procedieron a identificarla, para proceder a denunciarla ante el juez por una presunta falta contra el orden Público. Ahora la señora, ha procedido a denuncirlo ante sus superiores, y éstos, han recogido la denuncia a la señora por unas supuestas vejaciones injustas, al alegar una serie de comentarios y frases que mi amigo niega tajantemente. Entonces mi pregunta es la siguiente: ¿Puede mi amigo salir condenado por dichas frases, a pesar de haberlo negado tajantemente, y, estar la mujer sola en la vía pública?
Según lo relatado, me parece que los agentes se equivocaron de tipo penal. Aunque todo puede ser, porque con los tiempos que corren.
Y, por cierto, el que no existan testigos no implica que no puedan ser condenados. Dependerá de la fiabilidad que otorgue el juzgador a la declaración de la mujer y a los agentes. Tengamos presente que las pruebas, declaraciones, etc. son valoradas libremente.
Los policías no se equivocaron de tipo legal seguro que han denunciado vía administrativa por una alteración leve del orden público amparándose en la L.O. 1/92 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
nikita, lo habitual en estos casos es denunciar via judicial por una presunta falta contra el orden público, art. 634 C.P., falta de respeto o desobediencia leve a agente de la autoridad.
Vía administrativa no se suele hacer.
La denuncia se presenta, si es en Dependencias Policiales, ante los funcionarios de la Oficina de Denuncias y no ante los Jefes; no será que ha puesto una queja?
En vía penal, se buscará los medios para hacer frente a la sanción o será privado de libertad. Está más que demostrado que la vía penal es mucho más efectiva que la administrativa.
Yo hablo desde mi experiencia; vía penal lo arreglan con 30 euros; vía administrativa lo mínimo son 300 euros; se ahorran medios humanos, se evita colapsar los juzgados y la gente aprende la lección moral de que ser un faltoso no sale gratis.
Desde luego... aunque te sobren..., seguro que se le ocurren cien maneras mejores de crujírselo que esa; sobre todo sabiendo que con un poco de educación se los podía haber ahorrado.