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policia chulito

46 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 46 comentarios
12/08/2009 01:28
Aquí quien no tiene ni idea eres tu kapitan, cuando a una persona se le dice en tono amenanzante que volverá a tener noticias, se puede interpretar como una amenaza, y el sacar la placa para nada, es una coacción en toda regla.Parece ser que no leiste el post inicial, que dio lugar al resto de respuestaa.

En cualquier caso, en tus respuestas abunda mucho aquello de que "no tienes ni idea", seguro que eres tu el que más idea tiene del tema, porque un policía solamente procede a comunicarte que van a denunciarte cuando realmente lo va a hacer, no te lo dice en tono amenazante, exhibiendo una placa, para despues nada.

Por cierto a mi ciudad aún no han llegado policías con sillas - bebé, y por ello como no se puede demostrar la falsedad de la placa, solamente por eso, se le denuncia por amenazas, coacciones y abuso de cargo, en concurso con abuso de superioridad.

Ahora que sacas a colación el RDL 339/1990, aprobecha y héchale un vistazo, que no parece que lo hayas hecho, en el artículo 77,"notificación de denuncias" pone que las denuncias de caracter obligatorio, se harán de manera inmediata al conocimiento de los hechos constitutivos de la misma, y se podrá retrasar la notificación de denuncia cuando haya condiciones meteorológicas adversas, obras, o el conductor no esté presente por encontrarse el vehículo estacionado.

En el caso que franjota comenta, el supuesto policía se fue sin más, y aún no había recibido tales "noticias", con lo que parece ser que la denuncia aún no se ha notificado y seguramente ni se notifique porque no existirá tal denuncia.

Te puedo citar jurisprudencia del Tribunal Supremo en la que se dice perfectamente en qué consiste exactamente la coacción.




12/08/2009 01:31
Otra vez me equivoqué al definir el tipo penal, es un concurso de amenazas, coacciones y abuso de cargo, agravado con abuso de superioridad.
12/08/2009 08:37
La verdad, no le eché ningun morro. Yo conduzco tranquilo y concentrado. Me sorprendio lo sherif paleto que fue el conductor del 4x4. Nunca habia presenciado semejante comportamiento.
12/08/2009 12:11
Craxo, vamos avanzando, ya desestimas el 390.

Pasemos al 392. Ahora hay que saber cuál es el documento público, no vale una placanosesabedequé. Si dices que la placa es falsa, tienes que decir por qué y de qué placa se trata la falsificación, en qué consiste, aportar pericial con contraste con la auténtica... Y si resulta que es una de bombero, o de las que regalan con los bollicaos?, o quizás una placa auténtica de la policía de Los Ángeles que alguien se encontró...

Ahora bien, si un individuo, haciéndose pasar por policía y mostrando una placa lo suficientemente perfeccionada como para llevar a engaño, detiene a un vehículo, identifica a su conductor, le cachea..., entonces, sólo entonces, estaríamos delante del tipo penal del 402, pero mientras tanto, nada de nada.

Si resulta ser un policía de verdad, tan solo pudo cumplir con su obligación, recordemos la referida LO 1/92, sin olvidar las distintas instrucciones que puedan haber salido en distintos cuerpos policiales al respecto, yo recuerdo una en la que se instruía al personal policial a denunciar las infracciones que se observaran que pudieran entrañar algún riesgo para el resto de usuarios aun cuando éstos se encontraran francos de servicio, y en estos casos, mk, no se está a lo dispuesto en el artículo que citas de la LSV, que habla de denuncias obligatorias, y si ese supuesto policía no está de servicio, la denuncia será siempre voluntaria (salvo materia penal), por lo que no cabe notificación alguna.

Mk, veamos lo que dice el C.P. sobre las coacciones:

"El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados."

Ahora dime mk, qué le impidió a hacer ese "policía" o qué le compelió a hacer?

Materia penal ninguna, y si alguien lo cree, que denuncie.

Sotomondro, yo como si lo estuviera viendo, niñato con la música a toda pastilla, zigzagueando, continuos cambios de carril sin respetar la prioridad de los que circulan por los que ocupa, todo para ponerse el primero en el semáforo. El resto, sufridos conductores, a aguantarse y preocuparse de frenar lo suficiente para permitirle al nene ponerse delante de ellos. Algo así debió pasar, y me jugaba unas cervezas.
12/08/2009 13:17
hoy escribo casi indigando, me acaba de ocurrir en un parquing de un centro comercial algo similar a lo que le paso al forero franjota, con la diferencia que yo si me pase un ceda el paso con la casi colision con otro vehiculo, del que sale un Sr indignadisimo por que me habia pasado un ceda, me disculpo por que ademas tenia razon, y continua nervioso, cuando veo que no se puede razonar me dispongo a continuar, y oh sorpresa, resulta que saca una cartera con carnet profesional¡¡¡¡¡ y yo que me pongo a reir al recordar este hilo¡¡¡¡ para que hice eso¡¡¡¡ se puso como nunca pense que se podia poner un agente, improperios los que queramos... pues como yo tambien tengo una, y pesa mas que la del muchacho de marras pues me identifico, el personajillo se queda blanco y despues de disculparse, resulta que esta en practicas.

El informe a su jefatura ya esta enviado.

por mk_sa, para que sea amenaza, primero se tiene que sentir amenazado, y mucho me temo que asi no ha sido, coaccion tampoco, ya que no le obligo a nada, y si le obligo a cambiar de carril una vez identificado como policia, podria hacerlo, otra cosa es que este bien o no, pero recuerde que esa es una de las funciones que la las diferentes leyes permiten, tanto limitar la libre deambulacion como en trafico dirigir el mismo.

por lo del procedimiento sancionador...leamos el artiulo entero a ver que dice...

"Artículo 10. Notificación de denuncias.

1. Como norma general, las denuncias de carácter obligatorio, formuladas por agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, se notificarán en el acto a los denunciados, haciendo constar en las mismas los datos a que hace referencia el artículo 5 del Reglamento , así como que con ellas quedan incoados los correspondientes expedientes y, en su consecuencia, que disponen de un plazo de quince días para que aleguen cuanto consideren conveniente a su defensa y propongan las pruebas que estimen oportunas. Por razones justificadas que deberán constar en las propias denuncias, podrán notificárseles las mismas con posterioridad.

2. Las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad sin parar a los denunciados no serán válidas a menos que consten en las mismas y se les notifique las causas concretas y específicas por las que no fue posible detener el vehículo.

3. Será causa legal que justifique la notificación de la denuncia en momento posterior el hecho de formularse en momentos de gran intensidad de circulación o concurriendo factores meteorológicos adversos, obras u otras circunstancias en que la detención del vehículo también pueda originar un riesgo concreto.

Asimismo, la notificación de la denuncia podrá efectuarse en un momento posterior cuando la autoridad haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios autorizados de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.

Procederá también la notificación de la denuncia en momento posterior a su formulación en los casos de vehículos estacionados cuando el conductor no esté presente"

si bien dice que se deben notificar al acto, el articulo en cuestion empieza con "Como norma general..." eso ya deja una puerta abierta a casos excepcionales, cuales son...despues lo define, no sin ser ambigua, lease el punto 3, asi que tal como en principio dice una cosa, no acaba el articulo sin permitir justamente lo contrario en casos "especificos", tan "especificos" que se pueden englobar casi todas las infracciones de trafico, "u otras circunstancias en que la detención del vehículo también pueda originar un riesgo concreto" creo que este ultimo parrafo se le olvido leerlo.

para poder denunciar por abuso de cargo,
1º tendra que tener ese cargo?? y despues tendra que hacer un uso abusivo del mismo?? ¿no son los agentes, agentes en todo momento y lugar? ¿¿pues entonces donde esta el uso abusivo?? informar a un infractor de que va a ser denunciado no es abusar del cargo, otra cosa es el modo como se lo dice, que es poco etico, SI rotundamente, pero no mas que eso y por supuesto abuso de superioridad, habria que leerse lo que define el cp por abuso de superioridad, pero recuerde que suponiendo que sea agente, es justamente la ley la que da esa superioridad a los agente en materia de trafico, hay una infraccion que dice: "no obedecer el orden de los agentes..." y si no es agente, la superioridad no aparece por ningun lado.

Una cosa queria comentarle, en los coches particulares, cada uno lleva lo que quiere, sean sillitas de bebes, como tablas de surf...para eso es coche particular, que me temo que es el que nos ocupa en este lugar ;)

Quiero recalcar que no estoy para nada con la actitud del otro conductor, sea o no agente, pero tampoco hay nada que imputar penalmente con lo que tenemos encima de la mesa.

Algo me dejo en el tintero. pero entro en breve al trabajo y no debo llegar tarde.
saludos
12/08/2009 13:35
Coacciones; si complementas el código penal, con la jurisprudencia, observarás que el Tribunal Supremo ha aumentado el alcance de lo denominado por el código como coacción, pudiendo una tipificarse como coacción un comportamiento pasivo, o simplemente una actitud, que impida al sujeto pasivo del delito hacer lo que la ley no le prohibe, aumentando así el alcance de lo que el código denomina como "violencia".

Yo baso mis argumentos siempre en la versión que franjota ha expuesto, si los hechos fueron diferentes, ni tu, ni nadie está en condición de saberlo, porque es imposible.

Amenazas; es evidente que hay unas amenazas, porque según comenta franjota, el sujeto, le dijo que ya tendría noticias suyas, lo que quiere decir, que seguiendo el 169 del Código Penal, el sujeto le amenazó con infringirle un mal indeterminado en este caso (al decirle que ya tendría noticias suyas), constitutivo de delito, en este caso contra la libertad y puede que contra su patrimonio.

Abuso de cargo, es cierto, (según la versión franjota de los hechos), que el sujeto le sacó una placa, y segun se deduce de la versión de los hechos, el supuesto policia iba con una silla-bebé al lado, de lo que se deduce que este no estaba de servicio, con lo que hay indicios de un presunto abuso de su ejercicio.

Y el concurso de los anteriores delitos, podría ser agravado con la agravante de abuso de superioridad, por valerse el policía (fuera de servicio), de las circunstancias del momento para mostrar una posición superior a franjota, con el hecho de mostrarle la placa, e incluso,podría tomarse como agravante más segura que la anterior (ante posibles interpretaciones restrictivas de esta, del juez), el prevalerse del carácter público que tiene este, que en este caso si que parece estar más claro.

Un saludo.
12/08/2009 13:58
Volviendo al RDL 339/1990, en su art. 77, notificación de denuncias, el artículo expresa claramente aquellos supuestos en los que la comunicación de la denuncia puede ser pospuesta, y ellos son, cuando las circunstancias metorológicas sean adversas, cuando el coche esté aparcado por no encontrarse el conductor en el vehículo, etc..

El párrafo 2 del 77, termina así "obras u otras circunstancias en que la detención del vehículo también pueda originar un riesgo concreto"

Permítame la duda Sr Sotomondro, pero dudo mucho que la detención de un vehículo a la salida de un semáforo, suponga riesgo concreto, en cualquier caso, la detención podría perfectamente haberla llevado a cabo a la salida del semáforo, en un lugar mas descongestionado del tráfico rodado, cosa que tampoco se procedió a hacer, ¿por qué? es difícil saberlo, pero puede que el supuesto policía, no estubiera de servicio.

Un saludo sotomondro, y un placer debatir con el respeto y la educación, que merece otra forma de ver las cosas. Buenas tardes.
12/08/2009 15:34
Pues entonces queda que, según mk_sa, el policía ha cometido dos delitos, coacciones y amenazas, agravados por abuso de su cargo, y podría cometer uno más si denuncia al otro conductor, prevaricación.

Sin duda, un policía que observe lo que él cree que es una infracción de tráfico, afee la conducta al otro conductor y le indique que tendrá noticias en forma, presumiblemente, de denuncia, merece ser castigado con, por lo menos, cinco o seis años de prisión, inhabilitación absoluta para el uso de su cargo, privación del derecho de sufragio pasivo, retirada del permiso de conducir, privación del derecho de porte de armas, y multa. Además de la indemnización que en vía civil corresponda para la parte demandante, por el daño moral sufrido, y que no debería ser inferior a 200.000 euros, por supuesto el responsable civil subsidiario debería ser el estado, comunidad autónoma, o entidad local que le haya entregado la placa al semejante peligro público que es autor de tan gravísimos e imperdonables hechos.

Procede además la intervención y precinto del vehículo utilizado para la comisión de los hechos, de cuyo valor económico se realizará una pericial. Una vez dictada la sentencia, si esta fuera condenatoria, se procederá al comiso del vehículo y a su pública subasta, dedicándose el importe obtenido al pago de las costas procesales ocasionadas y de la imdenización acordada para la víctima.

En cuanto a la presencia del menor en el coche, si fuera hijo del autor, cabría adoptar la medida de seguridad de retirada de la patria potestad, atendido el riesgo que para la educación y la estabilidad emocional del menor ha supuesto presenciar la actuación de su padre, tratándose sin duda de un menor en peligro necesitado de protección institucional por parte de los organismos autonómicos de índole social que correspondan, que en todo caso deberán informar sobre la situación familiar, social y psicoafectiva del menor.

Ah!, no olvidemos que en virtud de la alarma social que se ha creado en este hilo, el agente debería ser inmediatamente identificado e ingresado en prisión preventiva, habida cuenta además de que por la gravedad de los delitos cometidos y la consiguiente dureza de las penas que correspondería imponer, existe la posibilidad de que el autor se ponga fuera del alcance de la justicia, hallándose además el autor en riesgo de reiteración delictiva, pues sin duda se trata de un conductor habitual, y atendido además que existe la posibilidad de que pueda hacer desaparecer las pruebas del delito.


¡Y menos mal que no se bajó el agente del coche con las manos en alto y mirada amenazante! pues nos encontraríamos ante los supuesto delitos de torturas y trato inhumano y degradante en grado de tentativa y la comisión intelectual de un delito de detención ilegal!

El principio básico del derecho que establece la intervención mínima del derecho penal, no es de aplicación en este caso, atendida la gravedad de los hechos y la naturaleza del autor de los mismos, un servidor público que debiera distinguirse en el más exquisito cumplimiento de las leyes.

Todo ello sin perjuicio de las medidas preventivas que en materia disciplinaria interna del cuerpo debieran acordarse, como la suspensión de funciones y la minoración de retribuciones correspondiente y a retirada de las armas y de la acreditación profesional, durante la tramitación de la causa.

Espero que los señores fiscales que aquí han intervenido, estén de acuerdo.
12/08/2009 18:09
Ante tanta necedad, desisto. Me niego a seguir la comba de mk, que no se entera de nada. Cuando sepas que son amenazas o coacciones hablamos de nuevo, desde luego yo no voy a perder el tiempo contigo. Sobre lo de la obligación de notificar una denuncia lo mismo, a ver si te enteras de una vez que una denuncia voluntaria no se notifica en el acto, busca, busca en ese RDL.

Sotomondro, siempre he dicho que las credenciales donde mejor están es en el bolsillo, y sacarlas ante este tipo de circunstancias un acto de bisoñez, pero de ahí a decir las barbaridades que aquí se han dicho..., vamos, como para ponerse muy colorado, pero como ves, mk insiste, insiste y volverá a insistir. Si ya lo decía mi abuela, la ignorancia es muy atrevida.

Paleg, como siempre, ha estado muy fino, así que me uno a la propuesta ;)
12/08/2009 18:42
Yo tambien me sumo a paleg en este ultimo post
12/08/2009 19:18
Paleg, para defender el estado de excepción en el que el policia actua por derecho divino al margen de cualquier forma legal, no hacían falta tan pesadas alforjas.
Solo cantar la vieja copla aquella.... yo soy la ley y así lo mando y firmo.
Saludos
12/08/2009 20:18
Pues lo que yo decía Laposte, que ha quedado acreditado que el policía actuó por derecho divino y al margen de la legalidad ¿no?. Y queda fuera de toda duda que la persona con quien tuvo el encontronazo es un probo ciudadano.

Pues eso, los polis los malos ¡SIEMPRE! y el resto los buenos ¡POR SUPUESTO!.

Observo que a pesar del peso de las alforjas, has entendido poco.

Saludos también.
12/08/2009 20:37
Lo único que entraría en compentencia divina és que aquí supiéramos lo que en efecto ocurrió.
Y dentro de los supuestos, todos fictícios, que podemos abarcar, los infundidos, los que practican del sentido común y tutti quanti.
Saludos
12/08/2009 22:22
Veo que asumes, Laposte, que no se puede saber que ocurrió. Estoy de acuerdo. Entonces ¿por qué razón opinabas en el comentario anterior que el policía actuó sin someterse a la ley? ¿prejuicios basados en estereotipos?... ¿tal vez la creencia de que ese es el proceder normal de los policías?

La principal diferencia entre los policías que aquí han opinado y los que no lo han hecho y el resto de los opinantes "civiles" es que a un policía nunca se le ocurría imputar a cualquier ciudadano, policía o no, el rosario de delitos que algún que otro personaje dice que el funcionario de esta historia ha cometido.

¿Juzgarían los foristas los mismos hechos con la misma severidad si el protagonista no fuera un policía?... Lo dudo mucho.

Vayan los "fiscales" de este foro a cualquier comisaría y denuncien los mismos hechos pero omitiendo el detalle de la placa, me juego lo que quieran a que la policía remite la denuncia con un informe diciendo que no constituyen infracción penal. Pero la placa lo cambia todo y convierte el tema en coacciones con violencia y amenazas graves ¿ése es el caso si median placas?. No sé donde he leído yo algo sobre la igualdad ante la ley...

En fin...
12/08/2009 22:34
"Sotomondro, yo como si lo estuviera viendo, niñato con la música a toda pastilla, zigzagueando, continuos cambios de carril sin respetar la prioridad de los que circulan por los que ocupa, todo para ponerse el primero en el semáforo. El resto, sufridos conductores, a aguantarse y preocuparse de frenar lo suficiente para permitirle al nene ponerse delante de ellos. Algo así debió pasar, y me jugaba unas cervezas."
???
13/08/2009 09:13
Franjota, al cesar lo que es del cesar, y a kapitán lo que es de kapitán.

Si tu viste amenazas, coacciones, chulería y despotismo, yo vi lo que achacas a sotomondro. Quizás tu concentración en la música a "bajo volumen" te obnubiló.

Que alguien me diga el porqué un policía se va a dirigir a un probo ciudadano y así, sin más, le va a decir que tiene mucha cara y que recibirá una denuncia por su comportamiento en la conducción. Le cae gordo quizás, se conocen de algo? Para mí, está clarísimo, le recriminaba la conducta que debió de ser excepcionalmente mala, de lo contrario la habría ignorado.
13/08/2009 13:37
A ver aquí nadie discute que se pueda poner una denuncia que se esta en todo su derecho.
Igual que la puedo poner yo .
Y teóricamente con el mismo valor
Aquí lo que se discute es que saque una placa , ¿para que la saca ?
¿ para que no le responda ? ¿y si le responde acusarle de desobediencia o falta de respeto?



13/08/2009 15:26
Eso ya se contestó, Craxo. Ya dijeron los policías del foro que no debería haberla sacado, "es un acto de bisoñez" dijo alguien.

Existen casos de agentes que se identifican como tales para evitar una agresión a sí mismos o a terceros y es tras la identificación cuando les curran por ser policías.

Desde luego, yo jamás sacaría la placa, ya fuera yo parte en el problema o no, demasiado riesgo de salir escaldado y acusado de cualquier cosa, se lleve razón o no.

Los fines que persigue quien saca la placa solo los puede conocer quien lo hace.

Que un policía identificado como tal denuncie a quien "le ha respondido" por desobediencia o falta de respeto me parece lo más normal si la infracción ha existido. En todo caso si alguien decide responder a quien sabe que es un policía en términos irrespetuosos, o desobedece una orden legítima, debería saber a qué se expone.

Se pude presuponer que un policía saca placa para buscar jaleo o para evitarlo, eso ya depende de la mentalidad de cada cual. No olvidemos que franjota dijo: "Paramos en el semáforo, yo le dije qué quería de mi" (...) no sabemos el tono que franjota usó, el caso es que reconoce que NO FUE un actor pasivo, no señor, interpeló al otro y fue tras esta interpelación cuando el agente sacó la placa, no antes. ¿con qué actitud, con qué ademán, con que tono de voz o expresión facial interpeló franjota?. Cada uno que interprete este detalle según su mentalidad o su sentido común, pero no se puede obviar que fue tras esta pregunta de franjota cuando el otro sacó la placa. ¿qué habría pasado si franjota hubiese pasado del tema?. ¿cabe la posibilidad de que franjota también fuese un chulito? ... mentalidades... para alguien con mal concepto de la policía la cosa esta clara, no existen dudas, el policía fue el chulo. Para un policía que ha sufrido mil y uno chulerías la cosa tambíen está clara, franjota infringió, se lo recriminario y se puso chulo. ...Mentalidades... experiencias...

Al menos duden ustedes, señores ciudadanos, que ni el ciudadano es tan bueno, ni la policía tan mala, y lo expreso en este orden y no al revés porque se ve claramente que el sentir mayoritario del foro es contrario a los policías.

Deberían saber ustedes que si un día tienen un accidente de tráfico, los tiran de la moto, por ejemplo, muchos conductores y peatones pasarán de largo sin ayudar, incluso los coches maniobrarán para esquivar su cuerpo tendido en el suelo. Ninguno de esos conductores será policía. Tengan claro que un policía, esté o no esté de servicio, JAMÁS pasará de largo y mucho menos maniobrará para esquivar su cuerpo. Eso me pasó a mí, la primera persona que se paró a auxiliarme, detuvo el tráfico, habló conmigo y me preguntó como estaba, era, casualmente, un policía fuera de servicio. Estoy seguro ninguna de las varias decenas de personas que pasaron de largo o se pusieron a mirar sin hacer nada, era policía, y tampoco lo era el tipo que me tiro, se dio a la fuga y luego fue detenido. Era comercial. Hay que ver que malos son los comerciales ¿eh?

Ustedes verán.
13/08/2009 15:49
en fin, yo me dirijo a este foro con buena voluntad, para obtener algun consejo, y ya soy el malo de la pelicula. Cuando digo que el conductor prepotente del 4x4 iba de sherif es que es cierto. Mi historial esta absolutamente limpio de incidentes o accidentes de trafico asi que ya me diras.
¿Haceis eso siempre con clientes reales? ¿el bueno es el malo y el malo es el bueno?
saludos
13/08/2009 15:59
Se me olvidó escribir que la primera persona que me auxilió, el policía fuera de servicio, tuvo que sacar la placa para parar el tráfico porque hubo gente que no hacía ni puñetero caso de sus gestos antes de que la sacara. Tal vez algún conductor con tanta prisa como para no auxiliar a un accidentado pensara en denunciar al policía o pusiera una queja por el abuso de autoridad que supuso su pérdida de tiempo. No me extrañaría lo más mínimo.