Es que las normas contra incendios, si indican que el límite de vehiculos es X y hay exactamente X plazas, ya que los constructores hacen todas las plazas que esas normativas les permiten, prohiben que se estacionen más coches, por tanto, el derecho a disfrute por plaza es de sólo un vehículo y le pueden prohibir, incluso denunciar antesel ayuntamiento, si estaciona más de un vehículo y se soprepasa ese límite, que suele ser lo normal.
Existen casos donde los promotores no pueden construir dos plazas, por razones logísticas, pero sí pueden hacer una doble y poner dos coches si no han soprepasado el límite de vehículos.
En otros casos, han agotado el cupo de plazas, y como no pueden hacer más, las hacen más grandes para venderlas más caras, en esos casos, si te dicen que puedes poner dos coches y resulta que según las normas contra incendios y/o las ordenananzas, han pasado el cupo, hasta se les podría denunciar por estafa, cosa que desgraciadamente nunca suele pasar, pues nunca se llega a esos extremos y se van de rositas
Las normas contra incendios no se meten en el nº de vehicilos sino solo en el uso .Exigen extintores, mangueras, puntos de agua, iluminación.luzces de emergencia, salidas de emergencia, etc.
Los Ayuntamientos tampoco entran en el número de vehiculos, si hay uno o dos por plaza, siempre que no estorben.
Las dimenmsiones de plaza y su disposición contemplan más que nada los anchos de pasillo, giros, rampas, etc. para una evcuación ordenada.
En Madrid, sitio riguroso, nunca han indagado el nº de coches. La plaza nínima es de 2 por 2´50 m ( moto o coche minusválido, o minicoche) y si hay una plaza de 7m. y puede entrar dos o tres motos etc. nadie indaga eso, más que los chinches de las comunidades.
Los seguros cifran sus pólizas por daños a indemnizar en cantidades máximas, y dejan constancia de que el garaje tenga su licencia, pero nada más.
Prueba son lo garajes de alquiler por horas, muy inspeccionados, y que están asegurados en póliza
indemizatoria por cantidad de euros.
Los garajes tienen su natural limitación de ocupación.
Los talleres también están asegurados, por cantidad de daños en euros, y puede haber motos o coches, etc.
En las ordenanzas urbanisticas municipales se indica claramente el número de vehiculos que pueden estacionarse en una plaza de garaje segun el coeficiente de esta. Dependiendo de los metros cuadrados que tenga la plaza esta puede ser para un vehiculo de dos ruedas o un coche pequeño, mediano o grande. Pero siempre un vehiculo, ya sea coche o moto. Si tienes dudas, puedes ir a tu ayuntamiento a la concejalia de urbanismo y pedir por escrito el número de vehiculos que puedes aparcar en tu plaza de garaje. Para mas información puede revisar las "Normas de Suelo Urbano" y más concretamente puede encontralo en el punto 7.9.5.4.2 en su apartado F.
Precisamente en mi garaje se planteó la cuestión hace tiempo tanto en comunidad como en el Ayuntamiento, pues hay varias plazas dobles, con doble dimensión de coche y doble cuota de participación en el garaje, y pueden aparcar dos vehículos.
Siempre que no estorben a otros.
Por tanto una plaza de 5 m. por 2.5 m. que es para un solo coche grande, es doble para motocicletas.
Hola de nuevo
He solicitado el acta donde se detallaban los puntos a tratar en la junta de vecinos y cual es mi sorpresa que el punto por el que me quieren denunciar pone claramente "utilización de zonas comunes para estacionamiento de vehiculos".
Como es posible que me quieran denunciar por tener dos vehiculos dentro de mi plaza, siendo al privado, no zona común?
Como debo de actuar frente a la denuncia? Alego este punto para mi muy importante?
Gracias
Pues una de dos, o tus vehículos rebasan, aunque sea levemente, las líneas privativas de tu plaza, o sencillamente no te van a poder denunciar con ese texto del Acta, si es literal.
Oye, ¿eres la única persona del garaje con dos vehículos en una plaza, no hay más motos?
¿Tampoco hay objetos "no vehículos" en ninguna plaza, por ejemplo armarios, baterías, remolques, bicicletas, transportines, trastos? Si los hay, fotografíalos también y envía al secretario y presidente un escrito "amenazando" con un "o todos, o ninguno"...
Por si os sirve de algo, en los estatutos de mi comunidad dice claramente que se podrán aparcar todos los vehículos que quepan en cada plaza, siempre y cuando se permita la entrada y salida a los vehículos adyacentes.
Por puro egoismo, no he ido al ayuntamiento para ver si alguna ordenanza lo impide, ya que yo tengo además de mi Matiz dos bicis, que por las dimensiones del coche caben holgadísimas.
Opino que si no hay Estatutos que expresamente prohiban aparcar más de un vehículo no se le puede impedir al propietario de la plaza. Si le denuncian al Ayuntamiento, ¿qué puede hacer éste contra el derecho del propietario?
En varias inspecciones que ha tenido nuestro garaje
los inspectores dijeron que no entraban en la ocupación de las plazas, siempre y cuando se respetasen las calles de circulación.
Miraron las instalaciones de seguridad. Suprimieron un ventano que daba al cuarto de calderas. Miraron las luces y las de emergencia y que hubiese extintotres, ertc.