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Permuta de propiedades

8 Comentarios
 
28/08/2017 14:18
Loru2
Hola:

En que consiste una extinción de condominio (en un único acto notarial para todas las propiedades: pasas del 7% de ITP al 1,5% de AJD).ITP es Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, pero AJD que es y como se hace?

Gracias
17/03/2017 23:02
Loru2
Ah, muchas gracias por la respuesta, por favor que sería una extinción de condominio, en que consiste?.
Gracias
16/03/2017 17:09
Loru2
El contrato de permuta lo podéis hacer cuando queráis, como propietarios de vuestra parte (1538 CC). El otro hermano no puede oponerse, es vuestro y hacéis lo que queráis. Para eso id directamente al notario, de quien te puedes fiar bastante, entiendo (lógicamente lo que leas en internet de gente anónima ponlo siempre bajo sospecha, aunque diga ser un experto: esto sirve para orientar pero verifícalo siempre con un profesional, y qué mejor que directamente el notario).
Aunque ten en cuenta que hay impuestos, ITP de cada parte de propiedad transmitida. Supongo que lo más económico sería, si conseguís convencer al otro hermano, hacer una extinción de condominio (en un único acto notarial para todas las propiedades: pasas del 7% de ITP al 1,5% de AJD).
16/03/2017 13:25
Loru2
Muchas gracias veo quisiera saber si es usted abogado y donde tiene el despacho.
perfil veo
16/03/2017 01:41
Loru2
igualmente pueden hacerlo, incluso sin conocimiento del usufructuario
15/03/2017 18:44
Loru2
Gracias por las respuestas.
Se me olvidó indicar que una de las propiedades que queríamos permutar mi hermano y yo, tiene como usufructuario vitalicio a mi padre la otra es libre, podríamos de igual forma permutar nuestro tercio, sin comunicárselo a nadie?
15/03/2017 08:41
Loru2
Lo que usted plantea no tiene nada que ver con herencias, sino con la copropiedad, por mucho que accediesen a la misma por título sucesorio. Puede usted permutar con su hermano lo que quiera, sin necesidad de notificar nada a nadie. Su otro hermano no tiene derecho de adquisición preferente. Solo faltaría que un copropietario pudiese prohibir la permuta de otro copropietario.
perfil veo
15/03/2017 00:15
Loru2
vayan pidiendo cita en el notario, y lleven la escritura de aceptación de herencia
podrán hacerlo, pero se lo dirá el notario, que es un verdadero especialista
Permuta de propiedades
14/03/2017 22:07
Por Herencia de mis padres tenemos los 3 hermanos varias propiedades a partes iguales como propietarios de las mismas, es decir, 1/3 de cada propiedad cada hermano, mis preguntas son:
1.- ¿Puedo permutar con un hermano mi tercio de una propiedad por otro tercio de otra propiedad suya?
2.- ¿Se puede hacer ante Notario?
3.- ¿ Es necesario comunicárselo al otro hermano lo lo podemos hacer entre los dos sin necesidad de comunicarlo?
4.- Si fuese necesario comunicárselo y se opone este tercer hermano a que hagamos la permuta, que se puede hacer?

MUY IMPORTANTE que me respondan especialistas en Herencias , para no incurrir en ninguna ilegalidad.

Gracias