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Pensión alimenticia y otras obligaciones

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
08/10/2007 13:08
Creo que hay algo que se os ha escapado. El consultante habla de ¿cuanto debería pasarle si acordamos la CUSTODIA COMPARTIDA? Creo que las respuestas que le habeis dado serían en caso de no compartir custodia.
08/10/2007 13:22
Depende de cómo se acuerde dicha custodia. Si se acuerda por periodos (ejemplo: 6 meses con el padre, 6 con la madre) quizás nada puesto que trabajan los dos; pero como depende mucho repito de cómo se acuerde, no podemos aventurarnos a dar cantidades, si bien las que se han dado creo que sirven a nivel orientativo.
Un saludo.
08/10/2007 13:47
En todo caso la obligacion de cubrir las necesidades de los hijos asi como de mantenerles en el nivel de vida que tenga sus progenitores es acorde a la situacion de estos por lo que no corresponde en principio el tan intuitivo de por mitad cada uno.
El desequilibrio economico habitual debe ser reflejado en igual proporcion en la controbucion de cada progenitor, custodia compartida o no.
P0or supuesto que cubierto unos minimos el juzgado suele respetr el acuerdo de las partes ( estamos en civil) siempre que el Ministerio fiscal e incluso el juez/magistrado crea cubierto un standar.
Un saludo
09/10/2007 13:09
hola, para quien se haya encontrado en un caso similar, a quien pueda ayudarme estoy desesperada.4 años separada, nunca percibi pension alimenticia con sentencia firme, llevo 2 años consecutivos,dicen q por via penal se les castiga duro.ES ESO CIERTO, COMO?tampoco respeta del todo el regimen d visitas,tiene orden d alejamiento,miles d denuncias....la demanda civil esta en marcha pero ya no me importa el dinero solo la estabilidad emocional del nene y la mia.Como es posible q no haya salido todavia este juicio penal,q debo hacer para q asi sea,y lo mas importante para mi q pasaria si dejo d entregarle al nene...pueden quitarme a mi la custodia y darsela a este individuo?tengo indicios d q ahora quiera salir del pais y llevarse al niño....DESESPERADA,Gracias
09/10/2007 22:02
Yo no doy consejos jurídicos. NO HAY TABLAS, no se saque ud porcentajes porque no los hay. Las diferencias no estriban en que "se lleve la contraria", sabe ud muy bien que no es por eso. No hace falta que lo mencione, no es necesario, a buen entendedor, pocas palabras.
10/10/2007 00:15
Si tiene indicios de que quiera sacar al niño del país, modifique las medidas para que se contemple esa prohibición. Si no le pasa la pensión, debe ejecutar en la via civil la sentencia y luego, si persiste, acudir a la vía penal.
Un saludo.
10/10/2007 09:40
Gracias a tu contestacion Patricia,tengo q decirte q este señor cuando se le embargo la nomina dejo d trabajar legalmente, se ha vendido el vehiculo q se le iba a embargar y creo q lo siguiente es el piso por eso dice q marcha pero no tengo pruebas de ello crees q un juez me dara esa solucion para q no pueda sacar al niño del pais creyendo solo en mi palabra?bueno ya sabes piden pruebas d todo.Y teniendo en cuenta todo esto q t explico tengo q decir q sigo denunciando cada mes el impago d pensiones sigue sin depositar crees q deo hacer para q salga la via penal?q le puede pasar?Yen cuanto a lo q os conte de q frente el temor no estoy entregando al niño q me puede pasar a mi,quiero decir q no me niego a q lo vea pero si q se lo lleve todo el fin d semana.Gracias d nuevo.
10/10/2007 10:33
¿En este caso, sería peor ir por lo penal?