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Pensión alimenticia y otras obligaciones

27 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 27 comentarios
10/10/2007 10:33
¿En este caso, sería peor ir por lo penal?
10/10/2007 09:40
Gracias a tu contestacion Patricia,tengo q decirte q este señor cuando se le embargo la nomina dejo d trabajar legalmente, se ha vendido el vehiculo q se le iba a embargar y creo q lo siguiente es el piso por eso dice q marcha pero no tengo pruebas de ello crees q un juez me dara esa solucion para q no pueda sacar al niño del pais creyendo solo en mi palabra?bueno ya sabes piden pruebas d todo.Y teniendo en cuenta todo esto q t explico tengo q decir q sigo denunciando cada mes el impago d pensiones sigue sin depositar crees q deo hacer para q salga la via penal?q le puede pasar?Yen cuanto a lo q os conte de q frente el temor no estoy entregando al niño q me puede pasar a mi,quiero decir q no me niego a q lo vea pero si q se lo lleve todo el fin d semana.Gracias d nuevo.
10/10/2007 00:15
Si tiene indicios de que quiera sacar al niño del país, modifique las medidas para que se contemple esa prohibición. Si no le pasa la pensión, debe ejecutar en la via civil la sentencia y luego, si persiste, acudir a la vía penal.
Un saludo.
09/10/2007 22:02
Yo no doy consejos jurídicos. NO HAY TABLAS, no se saque ud porcentajes porque no los hay. Las diferencias no estriban en que "se lleve la contraria", sabe ud muy bien que no es por eso. No hace falta que lo mencione, no es necesario, a buen entendedor, pocas palabras.
09/10/2007 13:09
hola, para quien se haya encontrado en un caso similar, a quien pueda ayudarme estoy desesperada.4 años separada, nunca percibi pension alimenticia con sentencia firme, llevo 2 años consecutivos,dicen q por via penal se les castiga duro.ES ESO CIERTO, COMO?tampoco respeta del todo el regimen d visitas,tiene orden d alejamiento,miles d denuncias....la demanda civil esta en marcha pero ya no me importa el dinero solo la estabilidad emocional del nene y la mia.Como es posible q no haya salido todavia este juicio penal,q debo hacer para q asi sea,y lo mas importante para mi q pasaria si dejo d entregarle al nene...pueden quitarme a mi la custodia y darsela a este individuo?tengo indicios d q ahora quiera salir del pais y llevarse al niño....DESESPERADA,Gracias
08/10/2007 13:47
En todo caso la obligacion de cubrir las necesidades de los hijos asi como de mantenerles en el nivel de vida que tenga sus progenitores es acorde a la situacion de estos por lo que no corresponde en principio el tan intuitivo de por mitad cada uno.
El desequilibrio economico habitual debe ser reflejado en igual proporcion en la controbucion de cada progenitor, custodia compartida o no.
P0or supuesto que cubierto unos minimos el juzgado suele respetr el acuerdo de las partes ( estamos en civil) siempre que el Ministerio fiscal e incluso el juez/magistrado crea cubierto un standar.
Un saludo
08/10/2007 13:22
Depende de cómo se acuerde dicha custodia. Si se acuerda por periodos (ejemplo: 6 meses con el padre, 6 con la madre) quizás nada puesto que trabajan los dos; pero como depende mucho repito de cómo se acuerde, no podemos aventurarnos a dar cantidades, si bien las que se han dado creo que sirven a nivel orientativo.
Un saludo.
08/10/2007 13:08
Creo que hay algo que se os ha escapado. El consultante habla de ¿cuanto debería pasarle si acordamos la CUSTODIA COMPARTIDA? Creo que las respuestas que le habeis dado serían en caso de no compartir custodia.
08/10/2007 12:44
La verdad, estoy muy agradecido por los consejos que me están dando, pero a la vez, alucinando con las "peleas" entre contertulios. Espero que la sangre no llegue al rio. Pero si sería bueno que la persona que los dé, (los consejos), se identifique como letrada/o o simplemente uno/a que ha sufrido las consecuencias de un divorcio. Gracias. Eso ayudaria mucho a decidir si seguir el consejo, o no.
08/10/2007 11:36
esmeralda0

le ruego respete el esfuerzo de los letrados que deben ser los autenticos protagonistas del foro.
En mas de una ocasion ha dado consejos imprudentes y con ello obligado a letrados como Patricia MV a entrar a desdecirla.
Es indeseable que no solo no se valore el aporte que se realiza si no que se permita frases indeseables.
Aportemos en positivo
Un saludo
08/10/2007 01:01
Y yo la invito a abstenerse de dar los consejos jurídicos que da sin tener ni idea de las barbaridades que dice ni del daño que puede ocasionar a las personas que preguntan. Y de lanzar falsas acusaciones sin fundamento sólo porque se le lleva la contraria. En cualquier caso, los disparos los comenzó Vd. y la legítima defensa existe en derecho.
Pero si, creo que es mejor plantarse y no dirigirse bajo ningún concepto a Vd., ganaremos todos.
Un saludo.
07/10/2007 19:12
Hay algo en lo que creo que me he perdido, no lo pregunto con acritud, en serio. Es respecto a eso de ingresos-gastos fijos (hipoteca, comunidad, transporte etc.) Entonces, si mi ex p ej se compra un chalet de medio millon de euros ¿podria alegar esos gastos para revisar la pension de alimentos del niño? yo creo que no lo he entendido bien, en serio, porque pongamos un sueldo de 2000 euros para el progenitor no custodio, gastos fijos de hipoteca o alquiler, comida, transporte etc etc, como poco pongamos 1000 euros, queda neto otros 1000, aplicamos un 15% y sale una pension de alimentos de 150 euros, y yo creo que la inmensa mayoria de pensiones de alimentos superan esa cantidad, y no creo que la mayoria de los sueldos superen los 2000 euros
07/10/2007 17:28
Patricia, te invito a que no te dirjas a mi en lo sucesivo. Ni directa ni indirectamente. Sigue disparando si quieres pero apunta bien, que las balas las mandas en sentido contrario.
07/10/2007 11:25
Esmeralda, las cantidades que utilizamos las estipulan las diferentes sentencias de las Audiencias provinciales del territorio español. Son cantidades orientativas y se obtienen por término medio.
No tengo un solo cliente de este foro, no hago mis clientes en internet ¡¡oh, pozo de sapiencia!! y como los habituales lo saben, su intento de desprestigio cae en saco roto una vez más.
Por cierto, el diario de Patricia no lo dirijo yo, conatec, por si acaso induce a error o se me acusa de ello también, jajajaja.
Un saludo
06/10/2007 17:11
Solo a los fantasmas no se les puede hacer una autopsia, al resto de los muertos sí.
06/10/2007 16:45
Chinchillas ya estas tu, yo no uso de ese recurso, me gustan más los buenos argumentos que escuecen más y son más poderosos.
06/10/2007 16:45
lo siento esmeralda, no me puedo hacer una autopsia si ya estoy muerto....
(barrio sesamo capitulo 1, que no has debido ver claro)
forense, evidentemente, es un toque chisposo, que no casposo (que es lo que haces tu), a los comentarios del foro.
es como si te digo que tu eres una forofa, o una fosfora, (capitulo dos de barrio sesamo)
besitos de tu ex.
06/10/2007 16:36
jjajajajjaja, eso, vete al forense y te haces una autopsia, a lo mejor después vuelves más instruído. Si yo tuviera ex,sería bastante más educado que tu y más culto y oportuno.

No es el 15%, no hay nada estipulado, NADA, en europa aún hay más tablas que aquí. Lo que soy yo, no lo vas a saber tu.
06/10/2007 16:22
esmeralda, no sabia que ahora eras abogada o juez...
patricia mv tiene razon, mi abogada asi me lo dijo y asi se esta cumpliendo. Todo es orientativo, pero si que las cantidades se aproximan bastante a la formula de patricia.
esmeralda, un consejo, no hables por boca de ganso sin saber e intentando confundir a los forenses. porque no te vas a otro foro?
no se, futbol, cria de chinchillas, cursos de cocina acelerados, alguno de estimulacion cognitiva (que te hace falta), de calceta o macramé, incluso algun curso de rellenado de declaracion de renta (que tampoco te vendria mal). Si no te apetece, siempre puedes perder tu tiempo viendo Salsa Rosa o el Diario de Patricia...
Vete de los foros, te lo pedimos de corazon....
Tu ex-
05/10/2007 20:41
No hay tablas, depende del juez, todo lo demas son toques de flauta mágica buscando clientela.