estoy divorciado y ella tien la custodia pero los dos tenmos la patria potestad mi pregunta es puedo denuciar a mi ex pareja por no decirme nad o casi nad o no contar conmigo para nad a en las decisiones de mi hijo
gracias
la relación con tu ex no es buena verdad? Primero intentalo de buenas, hablando con ella, diciendole que te gustaría saber las cosas de tu niño/a, dile que tienes tus derechos y que te gustaria que ella te implique mas en la vida del niño/a, y si por las buenas no cede, insinuale lo de la denuncia. Si se puede denunciar.
gracias nazka 32 lo llevo hablando desde hace tres años pero la paciencia tine un limite eligio el colegio sin consentimiento mio y cosas
como una exursion ir al medicoetc.....
que se pùede alegar en la denucia .
pues puedes alegar que tu ex no te deja cumplir con tus derechos/obligaciones inherentes de la patria potestad para con tu hijo, primero te sugiero que le mandes un burofax con acuse de contenido a tu ex notificándole tu disconformidad en la manera que tiene de hacer ella las cosas que tienen que ver con tu hijo sin consultarte, mas que nada para quede constancia de tu desacuerdo.
muchisimas gracias nazka32 pero mi ex pareja sbe perfectamente que estoy en desacuerdo con ella
el año paso despues de no tomarme en cuta par la decision del colegio tubo la car de pedirme dinero material escolar
ayer le notifique por telefono despues de enterarme que habia ido a una exurdion y almedico sin yo saber nad que al final tomeria parte en le asunto si no cambiaba
De nada hombre. Ya imagino que lo sabe, pero si denuncias, a parte de que le digas al juez que en varias ocasiones la has llamado por telefono para expresarle tu desacuerdo, es mejor que haya un testimonio escrito con ese desacuerdo. Tanto el material escolar, libros, uniformes ect... si no está especificado a parte en el convenio como gastos extra, entra en la manutencion mensual que pasas por tu hijo asi que no tiene que pedirte nada a parte.
leí en un post que un forero que se llama topicat, presentó una denuncia directamente en el juzgado por algo parecido, presentó el convenio regulador, la sentencia y le dieron una hoja para que escribiera su denuncia.
y como quedo al final sabes algo de asusto sabes cual esel problema que se piensa que puede hacer esta persona lo que quiera y si voy ajuicio voy apedir daños y perjucios
por que me esta afectando ami vida personal estoy poc apo entrando en una etapa depresiba por que me sinto inpotenyte ante la situcion los padres solo vaemos para pagar
joer ya me gustaria que mi ex fuera como tu y se preocupara por saber de su hijo, en temas escolares y de medicos ect, solo sabe lo que le cuento yo y el apenas pregunta, solo que tal esta el niño, imaginate que hace 2 años y pico que no viene a verlo porque no quiere.
la verdad es que no se como quedo el asunto, buscalo por el foro o pon un post preguntando por topicat a ver si se pone en contacto contigo y te cuenta.
yo he tenido que renuciar a verlo entre seman
los miercoles por que esuna situcion malisima con su madre y me estab creando ansiedad obte por llamrlo
pienso que tu ex pareja no sabe ni lo que hace ami se me llena la car cundo lo veo y estoy con el se m pas el tiempo volando
pro meda miedo el dia de mañna que me diga por que no has estado mas ahi en serio
mira pa eso te valdra la denuncia, porque las palabras se las lleva el viento pero cuando tu hijo tenga edad para entender le puedes enseñar la denuncia pa que vea que te has preocupado por el, es triste tener que llegar a esos extremos pero en algunos casos es lo ke hay
pues yo le puse una ejecucion de sentencia porke desde ke me dieron la custodia, llevaba 3 años sin pagar, le embargaron la nomina durante 3 meses hasta ke dejo de trabajar, pa lo unico bueno ke me ha servido es para ke siga pagando, pero lo ke es antencion hacia su hijo, nula, no le llama pa navidades ni para su cumple.
y que me desvibo por mi hijo como ser asi si lo mas hermoso es cmpartir cosa con tu hijo
yo estoy desenado tenerlo enmi cas a para estar con el y disfrutar los pocos ratos que tenemos
el problma que por culpa como tu ex marido estamos todos en le mismo bombo y hay pades que se preocupan por sus hijos y quieren saberlo todo y serles util en todo
eso es cierto hay veces ke pagan justos por pecadores, es una faena, es injusto pero es lo que hay. Mira yo he aprendido mucho en este foro y se que no todos (afortunadamente) son como el padre de mi hijo
visita esta pagina web
http://ec.europa.eu/civiljustice/parental_resp/parental_resp_spa_es.htm
6. ¿Si los padres no llegan a un acuerdo sobre la cuestión de la responsabilidad parental, cuales son los medios alternativos para resolver en conflicto sin acudir a los tribunales?
La medida alternativas por excelencia, a las resoluciones judiciales, para llegar a un Acuerdo entre las partes la constituye la Mediación Familiar.
Para que tengan fuerza ejecutiva los Acuerdos que se adopten siempre tienen que estar aprobados en la resolución judicial.
7. ¿Si lo padres acuden a los tribunales, qué cuestiones relativas al menor puede decidir el juez?
En la resolución judicial el Juez siempre ha de resolver las siguientes medias en interés de los hijos menores, procurando no separar a los hermanos, y tras oírles si tienen suficiente juicio y siempre a los mayores de 12 años:
Comienzo
Las medidas judiciales sobre la custodia, y el cuidado otorgándolo a uno u otro padre, o a ambos, y la educación.
El régimen de visitas entre los padres, indicando el tiempo. modo y lugar en que se podrá comunicar con los hijos y tenerlos los padres en su compañía.
Excepcionalmente este derecho de visitas se puede tener que limitar o suspender si concurren circunstancias graves, o se incumplen grave y reiteradamente los deberes por alguno de los padres.
Atribución de la patria potestad, y si hubiera causa para ello y conviene a los hijos sobre su ejercicio total o parcial por uno de los padres, e incluso sobre la privación de la misma si se revela causa para ello.
La pensión de alimentos que se ha de abonar por cada progenitor para satisfacer las necesidades del hijo, teniendo en cuenta las circunstancias económicas que concurren adoptando las medidas necesarias para asegurar su efectividad .
La atribución del uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario, en los casos en que no hay acuerdo entre las padres, teniendo preferencia los hijos menores.
8. ¿Si el tribunal decide que uno de los padres tenga la custodia exclusiva del menor, quiere esto decir que este padre puede decidir sobre todo aquello que concierne al menor sin antes consultar con el otro padre?
La patria potestad como norma general les corresponde a los dos progenitores, por tanto la facultad de decidir y resolver sobre todas las cuestiones que afectan a un menor es de ambos padres, aunque solo uno de ellos tenga atribuida su custodia.
Comienzo
En caso de existir desacuerdo entre los padres en las decisiones que se pueden o deben adoptar sobre el hijo menor, que pueden ser relativas a temas escolares y de educación como elegir el colegio o las actividades extraescolares, de atención sanitaria al elegir un médico, de formación personal al elegir el nombre o su formación religiosa, o de elección de lugar o país donde vivan los menores, etc. y no ser posible el acuerdo conjunto , cualquiera de los padres puede acudir al Juzgado para que se resuelva la controversia.
El Juez después de oír a ambos y al hijo si tuviera juicio suficiente atribuirá sin ulterior recurso la facultad de decidir al padre o a la madre , si los desacuerdos fueran reiterados o concurriera otra causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad, el Juez podrá atribuir a uno de los padres total o parcialmente la facultad de decidir, o incluso distribuir entre ellos sus funciones. Todas estas medidas se pueden adoptar por un plazo máximo de dos años.
9. ¿Si el tribunal decide que los padres tengan la custodia compartida, qué significa esto en la práctica?
En los supuestos en que la guarda de un menor se atribuya de manera conjunta a ambos padres, en la practica se alterna el cuidado diario y la atención directa del menor por cada progenitor, por unos periodos previamente determinados, que suelen coincidir con periodos escolares concretos, como trimestres o cursos.
También supone un reparto de todos los periodos vacacionales entre ambos padres.
Comienzo
Esta modalidad de custodia no es habitual que exista, aunque es más frecuente en los procesos de mutuo acuerdo a propuesta de los padres.