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participación sociedad.herencia.

1 Comentarios
 
Participación sociedad.herencia.
25/05/2006 16:11
Hola. Una persona adquiere una participación de una sociedad estando casada en régimen de gananciales; la persona con la que esta casada muere, dejando ésta herederos a sus hijos (de ambos) y usufructuaria vitalicia a su pareja.
Pregunta: para vender la participación de la sociedad ¿tiene que contar con la autorización de los hijos (herederos) ?

Gracias
27/05/2006 21:29
Si