Hola, alguien del foro sabe como va el tema de parejas de hecho en barcelona que se alcanzaron a registrar antes del cierre, fechas en las que van, avances???
Tengo algunas dudas sobre la pareja de hecho y la tarjeta de familiar de residencia de familiar.
Yo ahora vivo en Asturias, mi novio es extranjero queriamos hacernos pareja de hecho en asturias pero en febrero cambio la ley y ahora te exigen un año de conviencia aqui en asturias, lo cual no cumplimos.
Tenemos la posibilidad de empadronarnos los dos en casa de mis padres en santander donde puedes hacerte pareja de hecho con inscripción publica de pareja estable, pero yo trabajo en Oviedo con lo cual no podriamos vivir en Santander, podriamos tener algun problema por esto?
Y luego para solicitar la tarjeta de residente alguien sabe decirme si hay que pedir cita previa y con cuanta antelación.
Hola Condedecartagena. en primer lugar quiero agradecerte por la respuesta que me has dejado. y quiero hacerte otra pregunta mas, es que estuve averiguando sobre el certificado de estado civil que me pidieron en extrangeria de Asturias, y en el consulado que esta en Madrid no hacen ese tipo de certificado. y me dijeron para que lo mande hacer en mi pais, pero en mi pais, ese tipo de documento me tardaria en llegar en 1 mes recien. y ahora nose que hacer ya que solo me dieron solo 10 dias para poder entregar ese certificado. si me podes ayudar una vez mas y decirme con quien debo hablar, o irme en extrangeria para que me den mas un plazo hasta que me llegue el certificado. que hago? muchas gracias.
Pitufina, NO ahi que pedir cita para ir en extrangeria para solicitar la tarjeta de residencia comunitaria. Pero eso si tenes que irte muy temprano porque es por llegada y te dan un numero y otra cosa ahi mucha gente y solo dan creo que hasta 30 numeros. por eso irte a las 7 o 7:30 de la mañana si te atenderan rapido y llevar todos los comumnetos que te piden. yo fui hace 2 meses. soy de asturias tambien. saludos y suerte.
Aqui en el pueblo en donde yo vivo no, ni siquiera preguntaron si hacia ya un año viviendo juntos. yo creo que dependera en donde te empadrones o donde vivas. en oviedo la verdad nose si ahi tendran que vivir un año.
Muy buenas con todos, soy ecuatoriano llevo 4 años residiendo en España ( estoy de forma ilegal ) y quisiera saber si al registrarme con mi novia que es española como pareja de hecho me serviría para poder ser legal, si bien es cierto yo estoy empadronado en bizkaia y ella en navarra, si se puede ser legal, donde seria mejor hacer la inscripción en euskadi o en navarra, o tenemos que estar empadronados en el mismo lugar los dos, agradecidos de antemano por su tiempo y su ayuda.
Hola Conde, me gustaría saber si es válida la exigencia de tener visado en vigor o autorización de residencia a los ciudadanos extranjeros que quieren inscribirse como pareja de hecho en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía, que desde el 1 de Marzo del 2012 fue introducida a través de una Orden de la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Andalucía, sin que se haya producido ningún tipo de cambio en la Ley de Parejas de Hecho andaluza.
¿Podría esto ser válido desde el punto de vista jurídico, puede entenderse discriminatoria y no ajustada a derecho?
¿podría entonces un extranjero sin visado en vigor o autorización de residente, formar pareja de hecho con una sevillana?
Dicho requisito no es contrario la la propia ley andaluza, o a algunos tratados comunitarios??
¿Que aplicación podría tener?: La Instrucción DGI/SGRJ/03/2010, sobre aplicación de la Sentencia del Tribunal
Supremo, de 1 de junio de 2010, relativa a la anulacion de varios apartados del
Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulacion y
residencia en españa de ciudadanos de los Estados miembros de la Union Europea y
de otros Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Economico Europeo,
establece que, en atención a la anulación que hizo la referida sentencia,
en lo atinente a inscripciones de parejas de hecho en algún Registro Público
establecido para el efecto en alguno de los Estados miembros...
Espero su respuesta con la mayor brevedad posible, Gracias
Tengo una duda sobre el Certificado de Soltería. Yo soy Arg/italiano. Estoy inscrito en España como Italiano (NIE comunitario). Pero sacar el Certificado de Soltería en el consulado italiano lleva mucho tiempo (primero me tengo que inscribir, que nunca lo he hecho, y lleva unos 3 a 6 meses, y luego solicitar el certificado).
Es válido presentar el certificado de soltería del consulado Argentino (debidamente legalizado).
Hola. Tiene que presentar el certificado de estado civil del país de la nacionalidad que usted ejerza efectivamente en España. Por lo que usted dice, en España, su nacionalidad efectiva es la italiana, no la argentina, ya que es por su nacionalidad italiana que le es posible aplicar el régimen comunitario (que, por otra parte, es el que le corresponde de pleno derecho).
El estado civil de una persona, se rige por su ley personal, que es la ley de su nacionalidad. En su caso, que tiene doble nacionalidad y no ser ninguna de ellas la española, según el apartado 10 del art. 9 del Código Civil, al cual remite el apartado 9 del mismo artículo en situaciones de doble nacionalidad sin que ninguna de ellas sea la española, se considerará ley personal de los que carecieren de nacionalidad, o la tuvieren indeterminada, la del lugar de su residencia habitual. En su caso, no hay una indeterminación de la nacionalidad, porque aunque la tiene doble, evidentemente, para el Derecho español, su nacionalidad efectiva es la italiana, ya que es la que ha ejercido siempre ante autoridades españolas (sino, no podría haberle sido de aplicación el régimen comunitario) y en tal caso, se aplica directamente el art. 9.1, que dice, a secas, que la ley personal de un sujeto es la de su nacionalidad y que su estado civil y capacidad, entre otras cosas, se rigen por ella.
Lo que siempre se debe tener presente es que no se puede jugar con las nacionalidades, cuando se ostenta más de una, sea porque se las tiene de nacimiento o porque luego se adquirió otra. La nacionalidad tiene elementos de orden público, que no pueden estar difusos, ni quedar al libre arbitrio de los indivuiduos. Cuando un sujeto es nacional de un Estado, aunque tenga más de una nacionalidad, ese Estado siempre lo considerará su nacional, mientras esté en su territorio, pasando la o las otras a un estado de latencia o hibernación. Cuando se entra en territorio de Estados diferentes a los del de nacionalidad, la nacionalidad que se tiene ante esos Estados, es la que, expresamente, se ejerza al momento de solicitar ser admitido al territorio de ese Estado o si no hay controles de pasaportes, al momento de ejecutar actos que supongan el ejercicio de una nacionalidad y no de otra (en su caso, usted ha ejercido la italiana para entrar en España y para poder residir en régimen comunitario, circunstancia que no hubiera sido posible ejerciendo la nacionalidad argentina).
Por tanto, en España, al ser usted italiano y haber pruebas suficientes de que lo es, para todos sua actos jurídicos, relativos al estado civil o para acreditar su estado civil, siempre resultarán exigibles los documentos italianos y no los documentos argentinos. Admitir lo contrario, es abrir la puerta hacia lo que, precisamente, el Derecho trata de evitar: la inseguridad jurídica.
hola, entiendo q llevan tiempo sin actividad en este caso, pero es q necesito sacarm una gran duda, eh leido todas las preg y respuestas y ya se como realizar el tramit pa la residencia a traves d mi pareja d hecho, yo tengo un hijo con un español, yo soy argentina y queremos ir a vivir en españa debido a q a el le dieron empleo, no puedo hacerlo por arraigo familiar ya q los papeles d mi bb demoraran entre 12 y 18 meses segun m dijeron en el reg central, entonces solo nos queda hacerlo por pareja d hecho sino tendria q estar ilegal y eso no quiero, el tema es q yo soy casada, mi divorcio aun no esta terminado, aqui en argentina demoran mucho, algunos hasta 10 años, pero tengo un papel del juzgado dond dice q estamos separados judicialment pero q aun no esta la sentencia final, quiero saber si puede servirm ese papel, claro q lo apostillaria previament, pero valdra como certificado d estado civil? es q no veo otra manera d hacerlo. viviremos en andalucia, cordoba, y tengo todo para viajar pero quiero asegurarm q no tenga q llevar mas papeles, ademas ya tengo 1 mes y medio como turista alla por lo q solo m queda otro mes y mdio, debere ampliar por 90 dias mas? o m sera tiempo suficient pa realizar el tramit?
le agradeceria muchisimo Condedecartagena me responda y m ayude como lo hizo con los demas
NO. Si está todavía casada, no se le puede aplicar el régimen comunitario. Tanto la Directiva 38/2004/CE, como el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, exigen para las parejas de hecho que ambos estén inscritos en un Registro Público establecido para el efecto en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, pero además, resalta que, en todo caso, las situaciones de pareja registrada y matrimonio, se considerarán INCOMPATIBLES ENTRE SÍ. Esto significa que, si alguno de los miembros de la pareja mantiene todavía vínculo matrimonial con una tercera persona, regirá esta incompatibilidad y no se podrá aplicar el régimen comunitario.
Debe distinguirse dos cosas, radicalmente diferentes:
A) La inscripción en el Registro Público de parejas de hecho: en España, eso varía de una Comunidad Autónoma a otra, de modo que si alguna Comunidad Autónoma tiene una normativa que permite la formalización e inscripción a personas que continúan casadas con otras, pero separadas (legalmente, como en Madrid o de hecho, como se permite en Cataluña), eso es materia de ámbito estrictamente autonómico.
B) El reconocimiento del derecho de residencia en régimen comunitario al conviviente de hecho registrado extracomunitario: esto se rige por normativa de la Unión Europea y estatal (en España, lo relativo a Extranjería es competencia exclusiva del Estado), de modo que, hay que estar a lo que en ella se dispone y es absolutamente irrelevante a estos efectos que tenga una inscripción en un Registro Público si, al mismo tiempo, consta de los certificados de estado civil de ambas personas que, al menos una, mantiene vigente un vínculo matrimonial con una tercera persona: entra en seguida a regir la incompatibilidad y debe denegarse el reconocimiento y por tanto, la expedición de la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.
muchisimas gracias por responder, pero entonces que opcion me queda? nuestro hijo ya esta inscripto pero m dijeron q ese tramit demora muchos meses, para lograr mi residencia x medio d el m es dificil en estos momentos verdad?
y tampoco puedo hacer como pareja d hecho, tendria alguna otra opcion es q el trabaja en junio y aqui empleo no tenemos asi q no nos queda otra q irnos alla
m podria aconsejar q hacer?
Hola, tengo una duda:
Tengo 2.5 años en Barcelona estudiando, y aun estaré unos dos años mas, todo este tiempo he estado con el NIE, pero en unos meses tengo planes de casarme en mi país y venir con mi futura esposa (yo de Honduras y ella de Colombia).
Mi pregunta es: ¿es posible legalizarla a ella mientras estoy con mi NIE en mis siguientes dos años?
Hola. Si ella está en el extranjero y se casan en ese país, puede hacerle extensiva su autorización de estancia por estudios. Cuando esté casado, tendrá que solicitar una visa de estudios, como cónyuge de un titular de autorización de estancia por estudios. Y la visa de ella, será exactamente igual a la suya, por el mismo tiempo.
Si, en cambio, ella estuviera en España, en situación irregular y quisieran casarse en España, no habría obstáculo alguno en lo atinente al matrimonio. Pero, no le serviría por sí solo para regularizar su situación en España.
Hola antes como mi nick lo dice soy cubano y quisiera agradecer su preocupación por la situación de nosotros lo latinos.
Quisiera información sobre mis planes futuros ya q no encuentro por ningún lado nada explicado de la forma que yo un simple ciudadano pueda entender:
Vivo en Madrid con mi novia que es de Polonia, donde pensamos juntarnos por pareja de hecho, quisiera saber si no hay problema de que ella solo pertenece a la comunidad europea con NIE aca en España para poder trabajar pero no es española?
También quisiera saber si mi documentación que viene apostillada de cuba con el sello del gobierno español y del MINREX esta completa para poder gestionar estos tramites?
También quisiera saber porq como la documentación de mi chica es en polaco necesita traducción y esta se hizo en Polonia por funcionarios polacos y no de acá de España, habría algún problema con eso?
Hola, buen día a todos:
Soy de Honduras y llevo en Barcelona 3 años viviendo con el NIE (Residencia estudiantil), hace unos meses me hice novio de una Lituana aquí en Barcelona y luego me fui con ella 2 meses a vivir a Lituania, luego me regresé para Barcelona. Ahora decidimos vivir juntos pero en Lituania, ya rentamos un apartamento y dentro de poco será mi vuelo a Lituania.
Pero tengo que estar regresando a Barcelona por lo menos 2 veces al año, ya que con el doctorado debo hacer una defensa de tesis anual, ademas de que con esto es que yo renuevo mi NIE. Es muy probable que deba estar en Barcelona de julio hasta octubre 2014 (y vendré con ella), para luego volvernos a ir.
Se que Lituania no es España, pero si que forma parte de Europa, y mis preguntas son:
1.- Al vivir con ella en Lituania 5 meses y venirme con ella a Barcelona 4 meses y luego regresar a Lituania, se consideraría como “no consecutivo” el convivir con ella? (lo digo por el tema de que en Lituania solo constaría que vivi con ella unos meses y luego me fui con ella, y luego aparezco….¿en Barcelona solo constaría que vivo con ella el tiempo que tengo de estar aquí?
2.- ¿En Lituania también esta la misma ley de derechos de un extranjero al vivir con una europea? 3.- ¿Esto puede afectar de alguna forma mi NIE, o debo irme olvidando de el?
4.- ¿El trámite de pareja de hecho puede hacerse en cualquier país y/o ciudad de europa?
5.- ¿Es conveniente no renovar el NIE, si procedo algún trámite de ser pareja de hecho con ella? De ser así ¿Tendría problema en ir y regresar a España para acabar mis estudios?
Me tiene todo confundido, todo este asunto, y realmente quiero hacer las cosas bien. ¿Cuál es su recomendación?
Primero que nada quiero agradecerles la ayuda que siempre me han brindado, ha sido de mucha ayuda.
Próximamente cumpliré un ano como residente comunitario por la unión como pareja de hecho con mi novio y quiero saber los requisitos necesarios para solicitar mi nacionalidad, si ya es posible por el tiempo cumplido.