Propietario vivienda fallece hace 40 años. No deja testamento. Los hijos no tramitan la declaración de herederos.
Uno de los hijos se queda a vivir en la vivienda y asume todos pagos de ibi, comunidad prop. y suministros.
El pago del ibi se realiza con titularidad "Herencia yacente de X". El hijo que realiza dicho pago tiene problemas de salud y no puede acudir a la entidad bancaria a abonar las cuotas. No puede domiciliar bancariamente tampoco.
¿Puede realizar un tercero dicho pago aunque no sea heredero yacente?
Si tienes el recibo del IBI, puedes ir al Banco a pagar sin mas. Y si no te han enviado el recibo, con una autorización del miembro de la herencia yacente te darán la carta de pago. No te pondrán problemas.